La Agencia Tributaria cuenta con diferentes mecanismos a la hora de tributar y a veces es difícil saber qué hay que hacer para no enfrentarse a sus sanciones, ¿a que sí?
Por eso voy a explicarte qué es el SII y quién está obligado a estar inscrito, para que sepas si tienes que hacerlo y no tengas que sufrir la furia de la AEAT 😜
Qué es el SII
El SII o Suministro Inmediato de Información, es un sistema de tramitación del IVA que ha desarrollado la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para la gestión electrónica de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido. Este sistema se basa en el suministro inmediato de información por parte de las empresas.
Los contribuyentes que estén obligados a utilizar este sistema y los que quieran utilizarlo de forma voluntaria deben enviar el detalle de la facturación a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Esto conlleva para ellos la exención de la obligación de presentación del modelo 347 de operaciones con terceras personas, el modelo 340 de libros registro y el 390 de resumen anual del IVA.
Otra ventaja que aporta a los contribuyentes es la posibilidad de comparar la información de sus Libros Registro con la que hayan enviado a la Agencia Tributaria los clientes y proveedores que estén incluidos en este sistema.
Con el sistema SII se mejora de forma importante la relación y la comunicación entre los contribuyentes y la Agencia Tributaria, ya que es bidireccional, automatizada e instantánea. Además, aporta ventajas tanto para los usuarios como para la Administración en sus tareas de control tributario.
Quién está obligado a estar inscrito en el SII
Aunque el SII puede ser utilizado por cualquier contribuyente que lo desee, existen algunos que deben hacerlo de forma obligatoria.
Los sujetos obligados son aquellos que tienen obligación de autoliquidar el Impuesto del Valor Añadido de forma mensual. Concretamente son los siguientes:
- Grandes Empresas. Tienen esta consideración aquellas compañías que facturen más de 6 millones de euros anuales.
- Grupos de IVA. Se considera grupo de entidades el formado por una entidad dominante y sus entidades dependientes cuando todas ellas tengan su establecimiento en territorio español.
- Inscritos en el REDEME, Registro de Devolución Mensual del IVA. Éste es un régimen especial en el que el IVA se devuelve mensualmente, en lugar de anualmente y para el que hay que cumplir ciertos requisitos.
Cómo funciona el SII
Tal y como ya te he adelantado en puntos anteriores, el SII consiste en suministrar de forma electrónica la información contenida en los registros de facturación que se encuentran recogidos en los Libros Registros del IVA.
El procedimiento consiste en acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y comunicar los detalles sobre la facturación. Esto puede hacerse mediante servicios web basados en el intercambio de mensajes XML o mediante la utilización de un formulario web. Con esta información se irán configurando, prácticamente en tiempo real, los distintos Libros Registro.
SII facturas emitidas
El plazo para enviar los datos de las facturas emitidas en el SII es de 4 días hábiles desde su emisión.
Si la factura la hace un tercero o el destinatario, por ser auto facturación, el plazo aumenta de 4 a 8 días.
SII facturas recibidas
En el caso del alta en el SII de facturas recibidas el plazo es de 4 días hábiles desde que se haya registrado contablemente el documento. Es decir, 4 días desde la fecha contable del registro del IVA de la factura.
En todo caso, deberá enviarse siempre antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se hayan incluido las operaciones correspondientes. Esto es, dentro del período en que se deduce el IVA soportado.
Cuando las facturas correspondan a operaciones de importación, el plazo de 4 días hábiles empezará a contar desde que se produzca el registro contable del documento en el que conste la liquidación del IVA por la Aduana.
En cualquier caso, debe enviarse siempre antes del día 16 del mes siguiente al final del periodo al que se refiera la declaración en la que se hayan incluido. Es decir, en el período en que se deduce el IVA soportado.
Ahora ya sabes qué es el SII y quién está obligado a estar inscrito en él. Sólo te queda cumplir con tus responsabilidades tributarias y todo irá bien jeje
Pero si tienes dudas, es mejor contar con profesionales que te asesoren. El equipo de Ayuda T Pymes puede ayudarte con todo lo que necesites 😊