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6 Trucos para Capitalizar el Paro que casi nadie sabe

En esta vida, el que no sabe es como el que no ve y necesitamos saber para poder hacer muchas cosas.

«Nadie nace enseñado».

Por eso, si te estás planteando capitalizar el paro para conseguir un capital inicial que te ayude a emprender en una nueva actividad como autónomo, hay unos trucos que casi nadie conoce para evitar sorpresas desagradables

Sigue leyendo hasta el final porque este post puede valer oro para ti, algún familiar o amigo que se encuentre en esta situación.

Además, este directo con un experto con las dudas más frecuentes sobre la capitalización del paro aporta información que no encontrarás en este artículos sobre los principales trucos ¡No te lo pierdas!

¿Ya lo viste? Pues vamos que nos vamos, y arrancamos con el resto de información útil 🏃‍♂️

Qué es capitalizar el paro

Es muy habitual que para empezar un negocio por cuenta propia como emprendedor necesites realizar una inversión inicial dependiendo del tipo de actividad.

En este caso, las posibles fuentes de financiación pueden ser:

  • Disponer del dinero ahorrado
  • Pedir un crédito
  • Capitalizar el paro en un pago único

Vamos a centrarnos en esta última fuente de financiación, el pago único de la prestación por desempleo.

El trabajador por cuenta ajena puede capitalizar el paro solicitando el cobro íntegro de todas las prestaciones a las que tiene derecho como asalariado, con el fin de disponer o aumentar su capacidad de inversión para emprender un negocio.

Dependiendo del tipo de actividad que vaya a desarrollar, hay tres tipos de beneficiarios:

  1. Los que van a desarrollar una actividad profesional como autónomo.
  2. Los que quieran crear una cooperativa o unirse a una que ya está funcionando como socio trabajador estable.
  3. Aquellos que quieran constituir una sociedad laboral como socio trabajador o autónomo societario

Quién puede capitalizar el paro para emprender

Solo pueden optar a capitalizar la protección por desempleo las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo 👈

Por consiguiente, cuando un trabajador decide «despedirse» es decir, abandonar un trabajo de forma voluntaria, no tiene paro al carecer de la condición legal de desempleado y, por tanto, no tiene nada que capitalizar.

Entonces ¿no se puede capitalizar el paro sin despido? Pues si se puede. Por ejemplo, con la extinción de la relación laboral por fin de contrato sin renovación.

¿Y puedo capitalizar el paro si estoy trabajando? ¿Existen excepciones? No, no se podrá capitalizar el paro estando trabajando. En ningún caso. Por el mero hecho de que no estar en situación legal de desempleo.

Requisitos para capitalizar la protección por desempleo

  • Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral de al menos 6 meses de los que tenga pendiente de cobrar al menos tres.
  • No haber capitalizado el paro en los cuatro años anteriores.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud.
  • Se puede iniciar la actividad y darse de alta en RETA antes de la resolución del pago, una vez realizada la solicitud. No tienes que esperar a que termine todo el proceso.
  • Si se ha impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral que ha dado lugar a la prestación por desempleo, cuya capitalización se pretende, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento.
  • Si en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único se ha compatibilizado el trabajo por cuenta propia con el cobro por desempleo, no es posible solicitar el pago único.
  • Haber superado el periodo de prueba si se contempla en los estatutos de la cooperativa de la que se quiere formar parte. Se puede aprobar el pago único de la prestación, pero solo se percibirá cuando se justifique ante el SEPE haberlo superado.

En principio, parece que los requisitos están muy claros, pero a la hora de capitalizar el paro, se suelen cometer algunos errores que pueden costar caro al autónomo.

Los 6 trucos para capitalizar el paro

Para capitalizar el desempleo hay 6 sencillos trucos que debes tener en cuenta.

Solicitar el pago único antes de iniciar la actividad

La presentación de la solicitud de pago único ante el SEPE debe realizarse siempre antes de iniciar la actividad, es decir, antes de la fecha de alta en el RETA ⏰

De forma excepcional el SEPE ha permitido alguna vez determinados trámites como obtener una licencia administrativa necesaria para el desarrollo de la actividad, constituir una sociedad laboral o reformar el local donde se desarrollará la actividad.

Pero se aconseja evitarlo en lo posible porque puede afectar al proceso de aprobación del pago.

Una vez que el autónomo reciba la resolución reconociendo el derecho al pago único dispondrá del plazo de un mes para iniciar la actividad y tramitar el alta del trabajador en el RETA.

Destinar todo el pago al inicio

El importe percibido debe destinarse exclusivamente a financiar los gastos derivados de la puesta en marcha de la actividad o la incorporación en caso a la sociedad laboral o cooperativa. 

Si la prestación se utiliza para cualquier otro fin puede suponer una infracción laboral muy grave.

El error que, de manera inconsciente y de buena fe, cometen muchos emprendedores consiste en dejar una parte del pago único en su cuenta bancaria para cubrir necesidades futuras de la empresa.

El mejor de los trucos para capitalizar el paro es evitar este poderoso error que te puede salir muy muy caro.

Tributación en caso de cese

La prestación contributiva por desempleo tributa por IRPF cuando se percibe en la modalidad de pago mensual, pero cuando se percibe en la modalidad de pago único se encuentra exenta de este impuesto

Una cosa es la posibilidad de cesar la actividad por causas justificadas y otra bien distinta, la obligación de mantenerla durante al menos cinco años para poder conservar la exención de tributar por IRPF.

La exención solo se produce si la actividad iniciada se mantiene durante un mínimo de cinco años.

Por lo que el cese de la actividad antes de cumplir este plazo, aunque sea por causas justificadas, supondrá la declaración obligatoria del importe percibido en el siguiente periodo impositivo.

👩‍🏫 El «pago único del paro» está exento de tributar en el IRPF si la actividad iniciada se mantiene durante al menos cinco años. En caso contrario, se deberá declarar obligatoriamente el importe percibido en el siguiente periodo impositivo.

Justificación del cese de la actividad profesional

No existe ningún plazo preestablecido por ley durante el cual se deba mantener obligatoriamente la actividad.

Si el pago único está debidamente justificado y el cese de la actividad se produce por causas ajenas a la voluntad del autónomo, la Administración no puede exigir su devolución.

No obstante, debes conservar la documentación que justifique las causas del cese: fiscal, contable, albaranes de entrega, facturas, recibos, nóminas, la extinción de contratos por causas económicas, justificante de la fuerza mayor que haya causado el cese, de la pérdida de autorización administrativa, etc.

Porque una interrupción demasiado prematura de la actividad puede despertar sospechas y motivar que se abra una inspección.

No incluir el IVA en la memoria económica

Hay que desglosar el importe del IVA cuando justifiquemos los gastos por inversiones para la puesta en marcha de la actividad si queremos destinar el máximo importe posible a este apartado.

Debes tener en cuenta que el IVA no se considera gasto por lo que el SEPE no lo tendrá en cuenta 💪

No impugnar el despido

Si impugnas el despido no podrás acceder al pago único hasta que no se haya resuelto el procedimiento.

Si la impugnación del despido se resuelve en la conciliación administrativa previa, podrías solicitar la capitalización en los pocos días que se tarda normalmente en fijar la fecha para la conciliación.

Pero si ambas partes no llegáis a un acuerdo durante la conciliación y el procedimiento prosigue con la presentación de la demanda judicial, el proceso podría dilatarse demasiados meses y tendrías que esperar a su resolución.

Bueno, pues estos son los trucos que debes conocer si quieres capitalizar el paro y emprender.

Toma buena nota de ellos porque aquí cualquier despiste puede llevar al traste tu emprendimiento.

Si necesitas más información o quieres aclarar alguna duda que te haya podido surgir después de leer este post, tienes a tu disposición el superequipazo de especialistas de AYUDA T PYMES la mayor asesoría especializada en pymes y autónomos del país. Te guiarán paso a paso para capitalizar correctamente tu paro.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Santi dice:

    Buenas tardes,
    Quiero pedir el pago único del paro, pero tengo la duda:
    Para mí actividad tengo que comprar mobiliario, equipos informáticos y reparar un poquito el local,( pintura, cambio de focos etc.)
    Que ocurre si tras presentar el proyecto económico, me lo aprueban, compro todo lo necesario, pero tengo que devolver algún equipo informático o lo presupuestado no se ajusta al valor real final, por necesitar más tiempo de pintura o imprevistos que no tenías en cuenta.
    ¿Estarían pendientes de la devolución de los equipos?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Santi. En caso de que la realidad no coincida con el proyecto presentado al SEPE, deberás presentar una nueva memoria y la documentación complementaria que sea necesaria y que te indique el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). A partir de ahí, podrán darse tres casos distintos. Puedes consultarlos aquí en la misma página del Gobierno.

  • Diana dice:

    Hola. Somos un matrimonio, ¿Podemos solicitar los dos el pago único para abrir un negocio?

    • GesTron dice:

      Hola Diana. Debéis cumplir con los requisitos para capitalizar el paro. En caso de cumplirlos, podéis solicitarlo e invertirlo en la creación de un negocio.

  • Jose Miguel dice:

    Hola buenas tardes . Soy autónomo y trabajador por cuanta ajena , ambas cosas .
    En un par de meses me despedirán de la empresa en la que trabajo por un acuerdo en el que la empresa admitirá el despido improcedente ,etc… quedándome tan solo en situación de autónomo .
    Como puedo hacer para capitalizar el paro ¿ He de darme de baja en la actividad que ya tengo durante unos meses para poder hacerlo o como la actividad que quiero emprender es diferente , podría solicitarlo ? Creo que es más bien la primera opción , pero si podéis darme algo de luz , os lo agradezco . Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Jose Miguel. Uno de los requisitos para solicitar la capitalización del paro, es encontrarse en situación de desempleo; requisito que cumplirás en breves. Pero también es necesario no estar de alta como autónomo para poder disfrutar de esta prestación.

  • José Luis dice:

    Hola buenos días, muchas gracias de antemano por su respuesta. Aactualmente estoy en el paro y quiero capitalizar el paro pero como socio de una cooperativa, mi pregunta ¿cuánto tiempo tengo que estar de socio de la cooperativa y de autónomo para después empezar a trabajar como asalariado? Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola. Para evitar que te exijan el dinero de vuelta, tienes que justificar bien el cese de tu actividad. El hecho de que también trabajes como asalariado no afectará en nada, incluso si lo haces al poco tiempo de conseguir el pago único.

  • Javier dice:

    Buenas, quiero capitalizar el paro para empredner en un negocio, lo cual mi empresa no me despedira y si me voy yo no tengo derecho a paro, con o cual no puedo capitalizarlo… Hay alguna manera ??
    Por otro lado, podria capitalizar el paro, estando la actividad a nombre de otra persona y solo darme de alta como autonomo o tiene que estar la actividad a mí nombre ??

  • Malbin hernandez dice:

    Hola una pregunta yo e solicitado el paro para capitalizar pero no tengo claro si debo de darme de alta ya o esperar aque me aprueben el paro unico para darme de alta como autonomo muchas gracias

  • Fernando dice:

    Hola.

    Solicité la capitalización, pero ya van 2 meses que está en trámite y no parecen resolver. ¿Esto es normal o tengo que reclamar?

    Muchas gracias por tu ayuda

    • GesTron dice:

      Hola Fernando. Entiendo que estás siguiendo el proceso de tramitación. Eso es importante porque a veces piden más documentación o garantías, y los plazos corren igualmente. Si finalmente transcurren tres meses, puedes reclamar ante el SEPE.

  • Lev dice:

    Hola mira llevo 8 años trabajando para un empresa pero ahora quiero mudarme de ciudad y bueno quería pedir la capitalización del paro como podría hacerlo ya que tengo contrato fijo?

    • GesTron dice:

      Hola Lev. No se puede pedir la capitalización del paro a menos que tengas derecho a cobrar la prestación por desempleo, de modo que una baja voluntaria no valdría. Desconozco si es tu caso.

  • Jean dice:

    Hola !! Mira hice la tramitación de la capitalización del paro de golpe haces 3 semanas ya, pero ahora el gobierno me pide un precontrato de una empresa de reparto porque quiero comprar una furgoneta!!que hago ahora?

    • GesTron dice:

      Hola Jean. Seguramente te han pedido una garantía de que efectivamente ya tienes previsto un cliente, como mínimo, que haga viable el comienzo de tu actividad por cuenta propia como repartidor. Básicamente te han dado una oportunidad antes de denegarte la solicitud. Cuando hay una compra de algún elemento que se pudiera usar para fines no empresariales suelen ser más exigentes.

  • Vilma dice:

    Hola,mi contrato de trabajo se acaba en breve y quiero capitalizar el paro para abrir mi negocio,pero no sé si puedo ya que anteriormente fui autónoma,gracias

  • celi dice:

    Cuánto tiempo tiene que estar la actividad activa para justificar que se ha iniciado una actividad? si esta no funicona(que significa que no funciona) tienes que retornar el pago unico?

    • GesTron dice:

      Hola Celi. La cuestión, para que no tengas que devolver todo el dinero de la capitalización del paro, es que esté justificado el cese de la actividad, y que se deba a circunstancias ajenas a tu voluntad. Por otro lado, si la actividad no cumple 5 años, se anula la exención del IRPF.

  • Tye dice:

    Buenas tardes y gracias por su atención. Me gustaría saber si me podrían rechazar el pago único al ser un despido disciplinario. A día de hoy estoy cobrando el paro, pero ya h solicitado el pago único y estoy a la espera de respuesta. Muchas gracias y un saludo

  • andrea dice:

    Buenas, estoy trabajando actualmente y he hablado con ellos para ver si pueden arreglarme el paro e irme amistosamente pero, no han querido.

    Mi idea es capitalizar el paro para emprender.

    Hay alguna manera de poder hacerlo?
    Estoy a la espera de hablar con el SEPE.

    Gracias de antemano.

    • GesTron dice:

      Hola Andrea. Necesitarías un fin de contrato o un despido para tener derecho a la prestación por desempleo, que a su vez te permitiría capitalizar el paro.

  • Fran dice:

    Buenas tardes Gestron,

    Tengo un par de dudas y, aunque tengo previsto ir a informarme al SEPE, te la hago para ver si me la puedes resolver.

    SI capitalizo el paro, en el proyecto puedo incluir facturas de luz, agua, tec,,,pero sería la de un mes o las del año?

    Y si en el transcurso de mi actividad ( en un par de meses) pudiese tener el dinero que he capitalizado,,,,¿ Podría devolverlo y anular dicha capitalización?

    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Fran. Según qué conceptos puedes destinar el 100% o un porcentaje menor, y, según palabras del propio SEPE «Una vez que haya percibido el importe de la capitalización, en el plazo de un mes deberá iniciar la actividad y entregar la documentación que justifique que ha invertido el dinero en dicha actividad. Deberá destinar la cantidad que ha recibido a la actividad prevista, según lo que figura en la memoria del proyecto que forma parte del expediente.«. Por tanto, en un par de meses no deberías tener el dinero que ya te fue concedido, pues no lo habrías invertido en plazo. Por otro lado, una capitalización de paro concedida no es anulable, y se te exigen que se devuelva debido a alguna irregularidad, no volverías a cobrar el paro que tenías previsto antes de solicitar el pago único.

  • Victor dice:

    Buenas, tengo una duda.
    Trabajo por cuenta ajena. Se me acaba el contrato en breve. Además soy autónomo societario administrador de una SL.
    ¿En esta situación podría capitalizar el paro una vez se me acabe el contrato por cuenta ajena?

    • GesTron dice:

      Hola Victor. No, no podrías, ya que no tendrías derecho al cobro del paro por ser ya autónomo, no podrías en consecuencia acceder al pago único del mismo.

  • Jhon dice:

    Hola GesTron.
    Ya me han hecho el ingreso de la capitalización del paro.
    Mi pregunta es.
    ¿Hago la inversión ya, y después me hago autónomo? O va al revés.

    ¿Y Si me hago autónomo y invierto ya, puedo declarar el IVA?

    Gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Jhon. Si ya te han aprobado la concesión e ingresado el dinero puedes comenzar la actividad y darte de alta como autónomo lo antes posible, usando como recursos, entre otros, lo ya ingresado. Ya en la memoria previa indicaste en qué invertirías el pago único, solo quedará justificarlo en el plazo previsto. Y sí, si te haces autónomo ahora ya en abril tendrás tu primera presentación del modelo 303 del IVA, donde podrás deducir gastos y devolver el IVA de tus ingresos. Si necesitas a una asesoría cuenta con nosotros. Así te centras en el motor de tu negocio y dejarás de temer y perder tiempo por los papeleos.

  • TESEO dice:

    Buenas noches

    Me encuentro en lo siguiente, me despidieron de manera injustificada y he ido al acto de conciliación y la empresa no se ha presentado, no los he denunciado ante los tribunales todavía.

    Solicité la capitalización del paro único porque quiero comenzar un negocio y me lo han rechazado por tener este tema pendiente, podría firmar lo que la empresa me presentó dando el ok al despido, zanjando el caso y así poder capitalizar el paro y poner mi negocio?

    Si sigo a delante con la denuncia a la empresa, esto se puede demorar un año aproximadamente, podría tener la solicitud de paro unico pendiente y emprender con mi negocio?

    • GesTron dice:

      Hola Teseo. Lo primero, si el demandado no se ha presentado al acto de conciliación ya te habrá dicho tu abogado que es una buena señal para conseguir el propósito de tu demanda, pues podría considerarse probada por un juez. Respecto al pago único del paro, es cierto que no se puede solicitar hasta que se resuelva judicialmente el despido. Está en tus manos paralizar este proceso para poder acceder a la ayuda, pero es una decisión muy personal. Y por último, para la concesión de la capitalización del paro es imprescindible no iniciar la actividad económica hasta que haya una resolución favorable de su concesión.

  • javiatunara@hotmail.com dice:

    Si al recibir el total de la capitalización e iniciar la actividad, se da de baja ésta por cualquier circunstancia en un plazo breve, hay algún problema? Hay un plazo mínimo para ejercer la citada actividad?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Javi. No hay problema siempre que acredites que las causas del cierre del negocio son ajenas a tu voluntad, y siempre que hayas justificado de forma correcta la inversión inicial. A nivel económico, si la actividad no dura 5 años no habrá exención de IRPF. Eso sí.

  • Antonio Jimenez dice:

    Buenas, tengo unas preguntas relacionadas a un negocio de refrescos que quiero comenzar:

    1. Al capitalizar el paro para abrir una sociedad (SLU) en mi caso, ¿el importe de la capitalización está justificado solo con el aporte como socio al abrir la sociedad o también hay que especificar mediante presupuestos a que se va a que se va a destinar tal dinero?

    2. En el caso que haya que justificarlo todo como sociedad, y debido a la naturaleza de mi empresa, hay gastos iniciales que son variables dependiendo de varias características (adecuación de local, tratamiento de aguas…) y que, podrían variar en el presupuesto final. Es más, debido a que hay que hacer diferentes análisis hasta que demos con la fórmula correcta, seguramente pueda que pase más de un mes límete para demostrar esos gastos. En cualquier caso se puede aumentar/modificar ese límite para presentar las facturas?

    Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Antonio. Tus dudas son muy específicas, por eso te recomiendo que las trates con un especialista en capitalización del paro, que lo viven día a día y tienen más experiencia que nadie por las veces que lo han solicitado. Sí te confirmo que en el momento de presentar la memoria en la solicitud ya hay una estimación de la inversión, del capital necesario (y como se distribuirá entre propio, ajeno y el de la capitalización), así como una previsión de ingresos y gastos en los primeros ejercicios.

  • Frank dice:

    Buenas tardes,

    Primero que nada agradecerles por su atención. Tengo una duda que algunos profesionales a los que he acudido no saben responderme, a ver si Uds pudieran ayudarme. Me despidieron de mi trabajo con vacaciones pendientes por disfrutar pero las mismas fueron pagadas en en mi finiquito y estas ya se cumplieron ante la seguridad social, ahora me encuentro en el lapso para solicitar la prestación por desempleo y además tengo la idea de iniciar un emprendimiento pero que llevará un par de meses en concretarse. Mi duda es la siguiente; ¿Puedo hacer la solicitud de la prestación por desempleo para empezar a recibir el pago mensual y posteriormente solicitar la capitalización del paro y recibir el pago único por el valor restante, para luego iniciar mi actividad como autónomo?

    Muchas gracias.
    Un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Frank. Sí puedes solicitar la prestación y cobrarla, y luego pedir la capitalización del paro siempre que aún te queden 3 meses por cobrar como mínimo.

  • Catalina dice:

    Hola. Tengo duda si los gastos de marketing se pueden incluir en los gastos de comenzar un negocio. El negocio que quiero montar es de coaching y public speaking. Más allá de un ordenador, micrófono, cámara etc. no voy a necesitar mucho más en cuanto las cosas físicas. Sin embargo servicios de web, publicidad, creación de una estrategia con una agencia de marketing, un video profesional, sí. Pero en ningun sitio encuentro información si estos conceptos son válidos. Muchas gracias por la ayuda.

    • GesTron dice:

      Hola Catalina. Te recomiendo tratar este asunto con un especialista en capitalización del paro porque, en principio, se puede invertir en todo lo que sea estrictamente necesario para poder iniciar la actividad económica, pero hay ciertos límites en tiempo y porcentajes según qué conceptos. Por ponerte un ejemplo, podrías destinar solo hasta el 15 % a pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

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