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En esta vida, el que no sabe es como el que no ve y necesitamos saber para poder hacer muchas cosas.
«Nadie nace enseñado».
Por eso, si te estás planteando capitalizar el paro para conseguir un capital inicial que te ayude a emprender en una nueva actividad como autónomo, hay unos trucos que casi nadie conoce para evitar sorpresas desagradables ✅
Sigue leyendo hasta el final porque este post puede valer oro para ti, algún familiar o amigo que se encuentre en esta situación.
Vamos que nos vamos y arrancamos 🏃♂️
Qué es capitalizar el paro
Es muy habitual que para empezar un negocio por cuenta propia como emprendedor necesites realizar una inversión inicial dependiendo del tipo de actividad.
En este caso, las posibles fuentes de financiación pueden ser:
- Disponer del dinero ahorrado
- Pedir un crédito
- Capitalizar el paro en un pago único
Vamos a centrarnos en esta última fuente de financiación, el pago único de la prestación por desempleo.
El trabajador por cuenta ajena puede capitalizar el paro solicitando el cobro íntegro de todas las prestaciones a las que tiene derecho como asalariado, con el fin de disponer o aumentar su capacidad de inversión para emprender un negocio.
Dependiendo del tipo de actividad que vaya a desarrollar, hay tres tipos de beneficiarios:
- Los que van a desarrollar una actividad profesional como autónomo.
- Los que quieran crear una cooperativa o unirse a una que ya está funcionando como socio trabajador estable.
- Aquellos que quieran constituir una sociedad laboral como socio trabajador o autónomo societario
Quién puede capitalizar el paro para emprender
Solo pueden optar a capitalizar la protección por desempleo las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo 👈
Por consiguiente, cuando un trabajador decide «despedirse» es decir, abandonar un trabajo de forma voluntaria, no tiene paro al carecer de la condición legal de desempleado y, por tanto, no tiene nada que capitalizar.
Requisitos para capitalizar la protección por desempleo
- Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral de al menos 6 meses de los que tenga pendiente de cobrar al menos tres.
- No haber capitalizado el paro en los cuatro años anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud.
- Se puede iniciar la actividad y darse de alta en RETA antes de la resolución del pago, una vez realizada la solicitud. No tienes que esperar a que termine todo el proceso.
- Si se ha impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral que ha dado lugar a la prestación por desempleo, cuya capitalización se pretende, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento.
- Si en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único se ha compatibilizado el trabajo por cuenta propia con el cobro por desempleo, no es posible solicitar el pago único.
- Haber superado el periodo de prueba si se contempla en los estatutos de la cooperativa de la que se quiere formar parte. Se puede aprobar el pago único de la prestación, pero solo se percibirá cuando se justifique ante el SEPE haberlo superado.
En principio, parece que los requisitos están muy claros, pero a la hora de capitalizar el paro, se suelen cometer algunos errores que pueden costar caro al autónomo.
Los 6 trucos para capitalizar el paro
Para capitalizar el desempleo hay 6 sencillos trucos que debes tener en cuenta.
Solicitar el pago único antes de iniciar la actividad
La presentación de la solicitud de pago único ante el SEPE debe realizarse siempre antes de iniciar la actividad, es decir, antes de la fecha de alta en el RETA ⏰
De forma excepcional el SEPE ha permitido alguna vez determinados trámites como obtener una licencia administrativa necesaria para el desarrollo de la actividad, constituir una sociedad laboral o reformar el local donde se desarrollará la actividad.
Pero se aconseja evitarlo en lo posible porque puede afectar al proceso de aprobación del pago.
Una vez que el autónomo reciba la resolución reconociendo el derecho al pago único dispondrá del plazo de un mes para iniciar la actividad y tramitar el alta del trabajador en el RETA.
Destinar todo el pago al inicio
El importe percibido debe destinarse exclusivamente a financiar los gastos derivados de la puesta en marcha de la actividad o la incorporación en caso a la sociedad laboral o cooperativa.
Si la prestación se utiliza para cualquier otro fin puede suponer una infracción laboral muy grave.
El error que, de manera inconsciente y de buena fe, cometen muchos emprendedores consiste en dejar una parte del pago único en su cuenta bancaria para cubrir necesidades futuras de la empresa.
El mejor de los trucos para capitalizar el paro es evitar este poderoso error que te puede salir muy muy caro.
Tributación en caso de cese
La prestación contributiva por desempleo tributa por IRPF cuando se percibe en la modalidad de pago mensual, pero cuando se percibe en la modalidad de pago único se encuentra exenta de este impuesto.
Una cosa es la posibilidad de cesar la actividad por causas justificadas y otra bien distinta, la obligación de mantenerla durante al menos cinco años para poder conservar la exención de tributar por IRPF.
La exención solo se produce si la actividad iniciada se mantiene durante un mínimo de cinco años.
Por lo que el cese de la actividad antes de cumplir este plazo, aunque sea por causas justificadas, supondrá la declaración obligatoria del importe percibido en el siguiente periodo impositivo.
👩🏫 El «pago único del paro» está exento de tributar en el IRPF si la actividad iniciada se mantiene durante al menos cinco años. En caso contrario, se deberá declarar obligatoriamente el importe percibido en el siguiente periodo impositivo.
Justificación del cese de la actividad profesional
No existe ningún plazo preestablecido por ley durante el cual se deba mantener obligatoriamente la actividad.
Si el pago único está debidamente justificado y el cese de la actividad se produce por causas ajenas a la voluntad del autónomo, la Administración no puede exigir su devolución.
No obstante, debes conservar la documentación que justifique las causas del cese: fiscal, contable, albaranes de entrega, facturas, recibos, nóminas, la extinción de contratos por causas económicas, justificante de la fuerza mayor que haya causado el cese, de la pérdida de autorización administrativa, etc.
Porque una interrupción demasiado prematura de la actividad puede despertar sospechas y motivar que se abra una inspección.
No incluir el IVA en la memoria económica
Hay que desglosar el importe del IVA cuando justifiquemos los gastos por inversiones para la puesta en marcha de la actividad si queremos destinar el máximo importe posible a este apartado.
Debes tener en cuenta que el IVA no se considera gasto por lo que el SEPE no lo tendrá en cuenta 💪
No impugnar el despido
Si impugnas el despido no podrás acceder al pago único hasta que no se haya resuelto el procedimiento.
Si la impugnación del despido se resuelve en la conciliación administrativa previa, podrías solicitar la capitalización en los pocos días que se tarda normalmente en fijar la fecha para la conciliación.
Pero si ambas partes no llegáis a un acuerdo durante la conciliación y el procedimiento prosigue con la presentación de la demanda judicial, el proceso podría dilatarse demasiados meses y tendrías que esperar a su resolución.
Bueno, pues estos son los trucos que debes conocer si quieres capitalizar el paro y emprender.
Toma buena nota de ellos porque aquí cualquier despiste puede llevar al traste tu emprendimiento.
Si necesitas más información o quieres aclarar alguna duda que te haya podido surgir después de leer este post, tienes a tu disposición el superequipazo de especialistas de AYUDA T PYMES la mayor asesoría especializada en pymes y autónomos del país. Te guiarán paso a paso para capitalizar correctamente tu paro.
Hola, llevo trabajando en pluriactividad en dos empleos a jornada completa durante los últimos 30 años y me despiden improcedente de uno de ellos.
¿Es posible solicitar la capitalización del despido para montar una empresa mientras mantengo mi otro empleo?
Gracias
Hola Ignacio. Para capitalizar el paro es necesario tener derecho a la prestación por desempleo. Y si tienes uno, no es posible.
Buenas tardes.
Hoy he solicitado la capitalización y la chica con la que hablé no era capaz de responder ninguna de mis dudas. No sé si tú sabrás si es fácil obtener esto o si es altamente probable que se deniegue (en principio está todo bien presentado).
También me gustaría saber si puedo darme de alta en el RETA, ir haciendo las inversiones y después simplemente presentar todas las facturas para justificar los gastos. Entiendo que supone un riesgo en caso de que después me denieguen la capitalización.
Muchas gracias.
Buenas tardes Alfredo,
Siento mucho su situación, revisando nuestros expedientes no vemos que su capitalización se haya realizado con nosotros.
La ultima palabra en la aceptación o no de la capitalización, la tiene la administración, por lo que nunca se puede dar una seguridad del 100% de que el tramite sea aceptado, ya que esto depende del técnico que mire la memoria facilitada.
Desde Ayuda-T nos aseguramos que se cumplan todos los requisitos para solicitarla y que la resolución sea favorable (aun así, tal y como he comentado anteriormente la última decisión recae en la administración competente).
SEPE admite que se realice el alta como autónomo una vez pasadas 24h/48h de la presentación de la solicitud de la capitalización, pero lo recomendable es esperar a que este aprobada debido a que el objeto de la capitalización es obtener el importe para comenzar con la inversión y con ello iniciar la actividad.
Consulta a nuestros especialistas en capitalización de paro y en alta de autónomos.
Buenos dias. Actualmente estoy trabajando por cuenta ajena des de hace 20 años en una empresa a media jornada, y hace 6 meses me di de alta de autonomo como agricultor para compatibilizar los dos trabajos.
Resulta que es posible que en los proximos meses me despidan de la empresa. Seria posible tener derecho a paro y capitalizarlo para invertir en el trabajo por cuenta propia?
Gracias.
Hola Juan. No podrías capitalizar el paro porque ya eres autónomo, y de hecho por ser autónomo tampoco podrías cobrar el paro (tendrías que darte de baja como autónomo con anterioridad).
Buenas. Estoy trabajando a jornada completa y tengo el máximo de paro. Soy militar y llevo 14 años. Quiero abrir un negocio, podría pedir la capitalizacion del paro? O al estar en activo no puedo solicitarla? Gracias.
Hola José. Debes tener derecho a la prestación por desempleo en el momento de solicitar la capitalización del paro y estar en situación de desempleo.
Hola Daniel. Solo se puede capitalizar el paro si tienes derecho a la prestación por desempleo en el momento actual.
Hola, Buenos días, actualmente llevo un mes en el paro, y quiero solicitar la capitalización para crear una empresa, mi duda es, debo de utilizar el total de la remuneración para la empresa o podría destinar solo una parte a la creación de la empresa y desarrollo de la actividad? Toda la información adicional que creáis relevantes, bienvenida sea.
Muchas gracias, un saludo.
Hola Álvaro, el total del dinero recibido de la capitalización debe ser invertido en la empresa, y posteriormente justificado.
Hola! Quiero iniciarme como autónomo y poder capitalizar mi paro lo que ocurre que actualmente soy asalariado, ¿qué tendría que negociar con mi empresa para poder pedir la capitalización? un despido? ¿Cuánto podría percibir? Llevo trabajando 4 años en esa empresa cotizando el máximo casi.
Y Otra duda es, si por ejemplo me conceden la capitalización y a los 6 meses dejo de ser autónomo, ¿Qué porcentaje tendría que devolver?
Hola Álvaro, para poder solicitar la capitalización del paro, debes de tener reconocida la prestación por desempleo, si te das de baja voluntaria no puedes acceder a esta prestación, por lo que tu empresa debe de despedirte para tener esta opción.
Si dejas de ser autónomo a los 6 meses, si por no poder mantener el negocio económicamente, el SEPE requerirá acreditar cuáles son las razones objetivas del cierre. También es posible que debas demostrar que el pago único se empleó para la actividad (presentar facturas, etc.). Normalmente si se cumple con lo anterior no se debe devolver nada, pero puede haber excepciones.
Para la cantidad a percibir, te puedo poner en contacto con nuestros especialistas.
Mucha suerte en tu nueva aventura!
Hola!
Soy trabajadora de una empresa hace años y me ha salido una oportunidad de montar mi propio negocio. Mi jefe no me despediría, ni me mandaría al paro, en todo caso que yo renuncie. Que otra manera hay para capitalizar mi paro?
Hola Natali. Si no se tiene derecho a la prestación por desempleo no se puede acceder a la capitalización del paro. ¡Pero oye! Siempre te queda la bonificación por pluriactividad si tienes previsto seguir trabajando por cuenta ajena más de 3 o 4 años. La otra opción es acogerte a la tarifa plana en 2022, o a la cuota reducida a partir de 2023.
Hola, muy buenas.
Tengo una duda. ¿Se podría capitalizar el paro para aportarlo al capital social de una Sociedad Limitada y así ser yo socio trabajador de la misma. Dicha Sociedad Limitada tiene más de tres años.
Muchas gracias, Un saludo,
Jacobo.
Hola Jacobo. Se puede capitalizar el pago para aportarla al capital social de una sociedad, siempre que vaya a ser de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad.
Hola. Compatibilizo cuenta ajena a jornada completa con autónomo por las tardes. Quiero percibir el paro capitalizado cuando acabe mi contrato pues ya me podré dedicar sólo al autónomo. Pero, ¿Cómo hacerlo? Darme de baja de autónomo un tiempo antes de finalizar contrato, pero cuando… ¿Puede el SEPE ponerme trabas cuando me quede desempleada y pida el paro? ¿O después por volverme a dar de alta tan rápido? La idea es volverme a dar de alta de autónomo cuanto antes y darle un empuje al trabajo por mi cuenta. Gracias.
Hola Mercedes. Es una cuestión complicada, porque la capitalización del paro está pensada para iniciar una actividad nueva y afrontar los gatos iniciales. Puede ser que al darte de baja y de alta con poco tiempo lo detecte el SEPE y tengas inconvenientes. Nuestros compañeros especialistas en capitalización pueden estudiar tu caso más detenidamente para asesorarte en este tema.
Hola buenas tardes!! Si solicito la capitalización del paro y después no inicio la actividad en el primer mes (debido a que necesitaré más financiación pedida a un banco y quizás me la denieguen) , tendré que devolver todo el importe de lacapitalización? Y perderé mi derecho a prestación por desempleo mensual? Que otras penalizaciones tendré?
Muchas graciasss
Hola Yolanda. La capitalización es para iniciar la actividad, con lo que, si no la inicias en un mes te la pueden retirar o, incluso, el SEPE abrirte una investigación para determinar que no ha habido ningún tipo de fraude. Y sí, puedes perder el derecho a la prestación por desempleo.
Hola estoy trabajando en una empresa que son dos socios, uno de ellos me vende su parte, si me despiden y pido el paro de golpe, ¿pasaría algo si lo invierto en la misma empresa de la cual me han despedido?
Hola Marga. Lo que tienes que tener en cuenta es que para capitalizar el desempleo para adquirir participaciones de una sociedad, esta sociedad debe de haber sido creada en el plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.
Buenos días
tengo la siguiente duda:
– estoy en el paro cobrando la prestación.
– desde hace unos meses soy socia al 50% de una SL ya existente. Sólo socia.
– quiero darme de alta como autónoma para facturar mis servicios de consultoría a esta empresa.
– en este caso, ¿podré pedir la compatibilización de la prestación del paro con ser autónoma si como autónoma facturo a la misma empresa de la que soy socia?
¿Puedo tener algún problema?
Hola Pepa. En principio, podrías solicitarla siempre que lo en el plazo improrrogable de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad como autónomo. Es decir, transcurrido dicho plazo no podrás solicitar la compatibilización.
Buenas tardes!
Llevo 14 años trabajando en una empresa y me gustaría poder capitalizar mi paro para emprender por mi cuenta. Si hago baja voluntaria, entiendo que no tengo derecho a paro…pero si me busco otro trabajo temporal, ¿es necesario que esté cotizando con la empresa 6 meses o puedo pactar un despido antes de este tiempo? Tipo 1 o 2 meses y que me despidan. Porque entiendo que si me despiden de esta nueva empresa independientemente del tiempo que esté con ellos, ¿me sirve la cotización de los 14 años que he estado en mi empresa actual más el par de meses que esté en la nueva (con el despido)? ¿O tengo que estar 6 meses con esa empresa si o si?
Muchas gracias!
Hola Nisrin. En la nueva empresa no es necesario que estés 6 meses trabajando para tener derecho al desempleo, pero si quieres capitalizar el paro contacta con nuestros asesores especialista para que puedan revisar bien tu situación y asesorarte.
¡Hola!! Estoy pensando en montar mi negocio capitalizando el paro. Actualmente estoy trabajando, ¿cuánto tardaría desde que llegué a un acuerdo con la empresa para que me mande al paro y poder solicitarlo, hasta que pueda cobrarlo y empezar a montarlo?
Una vez solicitado hasta que yo disponga del dinero , ¿Podría disponer de un préstamo de terceros y devolverlo con la capitalización?
Gracias!
Hola Rocío. ¡Felicidades por aventurarte en tu propio proyecto! El tiempo depende un poco de cada oficina, algunas suelen tardar un mes y en otras se pueden demorar algo más. Respecto al préstamo, ten en cuenta que la capitalización del paro está pensada para un proyecto concreto, este tema es muy preciso y lo mejor sería que uno de nuestros asesores especialistas en capitalización revisara tu caso para poder ayudarte.
Buenas,
Me han despedido del trabajo y voy a hacerme autónomo (ya estoy de alta en el paro), el caso es que aun tenemos que ir con la empresa a conciliación pero ya tenemos un acuerdo satisfactorio para ambas partes. ¿Puedo pedir la capitalización ya antes de formalizar la conciliación?
Hola Jose. En principio, no sería posible pero en casos como el tuyo hay que estudiarlo detenidamente. Si lo necesitas, uno de nuestros asesores especialistas en capitalización puede revisar tu caso.
Hola,
Trabajo en una empresa con jornada comoleta y quiero hacerme autónomo para trabajar por mi cuenta desde casa. El trabajo en cuestión es de locución y publicidad y necesitaría invertir en un estudio de grabación
E instalarlo en casa. Mi pregunta es, ¿existe alguna posibilidad de capitalizar el paro para cubrir esa inversión pero siguiendo en mi puesto de trabajo por cuenta ajena? Al menos por el momento no tengo planeado dejar la empresa. Gracias.
Hola Fermín. Para poder solicitar la capitalización del paro primero hay que obtener la prestación por desempleo, y me comentas que estás como asalariado ahora mismo. ¿Hay algún dato extra que no me has proporcionado?
Buenos días! Si compatibilizo trabajar por cuenta ajena(llevo 7 años en la misma empresa) y por cuenta propia como autónoma(quiero montar una lavandería autoservicio):
1-Como me afecta fiscalmente? Hacienda me crujiria en la declaración de la renta?
2-Podria capitalizar el paro después de unos meses o años de ser las dos cosas si me despiden de la empresa?
Muchas gracias
Hola Yolanda.
1. Fiscalmente unos son ingresos percibidos como asalariada y los otros por actividad económica. Cada uno con lo correspondiente (no hay penalización por ello).
2. No, solo se puede capitalizar el paro si lo estás percibiendo y vas a empezar una actividad por cuenta propia. Es más, si eres autónoma y te despiden, no tendrás acceso a la prestación por desempleo (en todo caso al cese de actividad como autónoma, que es su equivalente al paro), porque se entiende que no estás desprotegida (que esto siempre es discutible porque hay muchos autónomos cuyos ingresos mensuales no alcanzan el SMI, pero es la normativa actual).
3. (EXTRA) Recuerda que podrás elegir entre tarifa plana y bonificación por pluriactividad al darte de alta en el RETA. En tu caso quizá te venga mejor a largo plazo la segunda opción. Echa cuentas.
Hola quiero darme de alta como autónomo y capitalizar el paro para empezar mi negocio como transportista qué me recomiendas hacer y cuánto suele tardar el proceso.
Hola, Víctor. Lo que te recomiendo es que hables con nuestros especialistas en capitalización del paro. Una cosa es lo que tarde en aprobarse, que depende en parte de la fecha en que se solicita; y otra que dispongas ya de lo necesario para iniciar la tramitación (si es así todo se acelera). Y que sepas que tenemos una división de asesores especializados en transporte, por si quieres que lleven tus papeleos y declaraciones.
Yo llevo cobrando el paro desde febrero y ahora quiero darme de alta como autónomo puedo pedir el paro que me queda de golpe.? Muchas gracias un saludo
Hola, Moid. Si cumples los requisitos sí.
estoy en una empresa a media jornada sin posibilidades de que me la aumenten ,y estoy cobrando la mitad de la prestación, estoy buscando algo a jornada completa pero no me esta siendo facil, por lo que he pensado en abrir un negocio y seguir trabajando a media jornada, tendrìa posibilidades de que me capitalizarán el resto de la prestación para poder abrir mi empresa y seguir trabajando por cuanta ajena ?GRACIAS
Hola, Ester. Con tu situación tienes varias posibilidades. Entre otras cuestiones podrás elegir entre la bonificación de la tarifa plana y la de pluriactividad (si estás a media jornada es más probable que te convenga la primera). En cuanto a la capitalización del paro comprueba que cumples todos los requisitos en este momento. Y recuerda que si tienes derecho, con nosotros puedes capitalizar el paro en 48 horas y quitarte de problemas.
hola, puedo capitalizar el paro si no he superado el periodo de prueba ( menos de tres meses) y he sido despedido
Hola, Cristian. Si has sido despedido no es baja voluntaria y tendrías derecho al subsidio de desempleo si has acumulado los meses suficientes. Por tanto, también para la capitalización del paro si cumples con el resto de requisitos.
Hola,
Estoy a media jornada desde hace años en una empresa que no va bien, y seguramente me despidan.
Si me decido por montar una empresa yo, y quiero capitalizar el paro, influye el importe de la capitalización con la media jornada? Es decir, si a una persona que esta a jornada completa, al capitalizar el paro, le han dado 16.000€..17.000€, yo al estar a media jornada solo podría optar a la mitad aprox?
Gracias
Hola Saray, para tener derecho a la capitalización debe de estar en situación legal de desempleo, es decir, debe de haber finalizado el contrato con su empresa y cumplir los requisitos para cobrar el paro. Posteriormente, deberá realizar la solicitud de la capitalización y cuando te aprueben la misma ya podrías darte de alta como autónoma. La cantidad a percibir depende de las cotizaciones que tengas por desempleo y del tiempo reconocido de la prestación.
Buenos días, me he ido d la empresa en la que llevaba 10 años, para trabajar en otro sitio, pero me han despedido al mes, estoy pensando, en acogerme a la modalidad del pago único, la pregunta es si esto sería posible en esta situación.
Gracias.
Hola Jenifer. Sí que puedes si has sido despedida y tienes derecho a la prestación por desempleo. Cuestión aparte es si podrás recibir el pago único al 100% según variables como la edad. Mis compis especializados en capitalizar el paro pueden echarte una mano con el trámite para sacar el máximo provecho. En 48h lo tendrás listo todo.
Buenas tardes, es intención solicitar la capitalización del paro para constituir una SL, pero tengo una duda, el momento de la constitución de la SL, tiene que ser posterior a la solicitud de la capitalización o puedo ser antes? Por otro lado, para justificar la inversión bastaria con presupuestos a nombre del administrador unico? gracias
Hola, Covadonga. El inicio de la actividad debe ser posterior a la concesión del pago único. Respecto a la justificación de la inversión, el SEPE ofrece información al respecto. Dado que nos has dado un supuesto concreto, puedes consultar por él a nuestros asesores legales.