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Para todos los emprendedores, poner en marcha una empresa es una oportunidad de generar ingresos propios.
Y más aún en el caso de las personas con discapacidad para quienes, hacerse autónomo, es una interesante opción a tener en cuenta por su flexibilidad.
Para los autónomos con discapacidad que deciden dar el paso y crear un nuevo negocio, existen una serie de bonificaciones y ayudas públicas específicas que deben tener en cuenta.
¿Sabías que si la discapacidad la adquieres estando de alta en RETA, puedes solicitar también una bonificación en tu cuota de autónomos? 📣
¿Sabes en qué consisten las bonificaciones disponibles para los autónomos con discapacidad?
Pues aquí te lo cuento todo. Coge aire y ni te muevas que arrancamos en cero coma 🚀
Ventajas de los autónomos con discapacidad
Desde la entrada en vigor en 2017 de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo, existe una serie de ventajas para los autónomos con discapacidad que antes no existían.
Esto ha propiciado que el número de autónomos con discapacidad haya crecido un 7,6 % en los últimos años.
En 2018 se contabilizaron 21.500 trabajadores autónomos con discapacidad afiliados al RETA (1.516 más que en el año 2017) según datos del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI)
Y la tendencia sigue al alza.
A este crecimiento contribuye también la ampliación de los supuestos que permiten solicitar los incentivos.
Por ejemplo, antes las bonificaciones se limitaban a las personas con discapacidad inicial; ahora se ha ampliado a las personas con discapacidad sobrevenida, como puede ser una enfermedad laboral.
Ayudas para autónomos con discapacidad
Además de las bonificaciones que luego veremos, existe otra clase de ayudas que la Seguridad Social ofrece para acceder al trabajo autónomo a desempleados que sufran alguna discapacidad.
Si tienes una discapacidad reconocida del 33% o más y estás pensando en poner en marcha un negocio propio, puedes aprovechar las ayudas económicas establecidas en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo para personas con discapacidad.
Estas subvenciones consisten en 👩🏫
- Ayudas económicas para la inversión inicial que van desde los 5.000 hasta los 10.000 €, dependientes de las Comunidades Autónomas para establecimiento y financiación.
- Financiación más barata. Si necesitas pedir un préstamo para poner en marcha tu negocio como autónomo discapacitado, puedes reducir hasta 4 puntos el interés fijado en el mismo.
- Ayudas para la asistencia técnica de la actividad, hasta cubrir el 75% del coste de los servicios prestados con un tope de 2.000 euros.
- Ayudas para formación, hasta cubrir el 75% del coste de los cursos justificados y con un importe máximo de 3.000 euros.
La condición para acceder a estas subvenciones es que el autónomo debe estar dado de alta durante un mínimo de tres años.
Deducción en seguros para autónomos discapacitados
Los autónomos con discapacidad también pueden beneficiarse de una deducción del IRPF en los seguros que les cubran a ellos y a sus hijos menores de 25 años que vivan en su domicilio. La cuantía anual a desgravarse será de 500 euros por beneficiario y 1.500 euros en caso de que los beneficiarios sean personas con discapacidad.
Tarifa plana para autónomos discapacitados
La cuota por contingencias comunes para los nuevos autónomos, incluida la incapacidad temporal, que opten por la base mínima de cotización se reducirá a 62,70 euros mensuales durante los primeros 12 meses siguientes a la fecha del alta ✅
👩🏫 Si el autónomo discapacitado desarrolla su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes la reducción de 62,70 euros se aplicará durante 24 meses.
Para ello, el autónomo deberá:
- Estar empadronado en el municipio en el momento del alta en el RETA
- Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de las Haciendas Forales, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio cuyo padrón municipal sea inferior a 5.000 habitantes.
- Mantener el alta de su actividad como autónomo en el municipio durante dos años y permanecer empadronado durante los cuatro años siguientes.
En caso de optar por una base de cotización superior, la reducción será del 80% de la cuota.
Bonificación de las cuotas para discapacitados
Transcurrido el periodo de 12 meses de tarifa plana, los autónomos con discapacidad independientemente de su base de cotización, pueden beneficiarse de una bonificación del 50% sobre la cuota por contingencias comunes durante un periodo máximo de 48 meses hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de efectos del alta.
Para ello, es suficiente con no haber estado de alta como autónomo durante los dos años anteriores.
Además, aquellas personas discapacitadas que en el pasado se hubieran dado de alta como autónomos disfrutando de la tarifa plana podrán beneficiarse de la misma de nuevo, una vez hayan transcurrido tres años de baja en autónomos.
Una vez finalice esta bonificación, los autónomos discapacitados deberán pagar a la Seguridad Social lo mismo que cualquier otro autónomo.
Bonificación por discapacidad sobrevenida
Esta bonificación entró en vigor el 1 de enero de 2019 y permite solicitar la tarifa plana a los autónomos que sufran una discapacidad sobrevenida, esto es, adquirida cuando ya eran autónomos.
De forma que, si por ejemplo, te diagnostican una discapacidad siendo autónomo, puedes acogerte a la tarifa plana en las mismas condiciones de cuantía y duración que hemos visto antes.
Requisitos para la discapacidad sobrevenida
Los requisitos para conseguir la tarifa plana para autónomos con discapacidad sobrevenida son 👨🏫
- Estar dado de alta en el RETA
- Tener una discapacidad mínima del 33% reconocida por la Seguridad Social
- La bonificación debe ser solicitada expresamente por el autónomo (no es de oficio)
Solicitud de la discapacidad sobrevenida
La tarifa plana se puede solicitar en los siguientes casos 📣
- Cuando la actividad por cuenta propia comenzó antes del 1 de enero de 2019 y la discapacidad fue reconocida después.
- Cuando el autónomo ha disfrutado de bonificaciones de la Seguridad Social y, acabadas, se le reconoce la discapacidad (tiene derecho a beneficiarse de nuevo de la tarifa plana)
- La discapacidad se reconoce durante el tiempo que esté disfrutando de la cuota de autónomos reducida por tener derecho a la tarifa plana genérica. En este caso, podría pagar la cuota reducida por la discapacidad.
Bueno, pues hasta aquí hemos llegado. Ahora ya sabes con qué ayudas puedes contar.
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Buenos días, si estás en una mutualidad profesional (arquitectos, hna) y te das de baja para pasarte al RETA, con una discapacidad (no sobrevenida) de nacimiento, del 34% con movilidad reducida, ¿podrías beneficiarte de la tarifa plana durante los 5 años?
Gracias por el artículo.
Hola Javier, si cumples el resto de las condiciones si podrías optar por la tarifa reducida establecida con la nueva forma de cotización de 2023. Ya que cumples el requisito de no haber estado de alta en Seguridad Social y los grados de discapacidad.
Buenas noches, soy autonomo de hace unos 3 años estuve sobre 6 meses creo recordar pagando 60 euros ahora pago 300 euros, sabría decirme a qué ayudas podría acogerme. También tengo dos menores refugiados de Ucrania acogidos, su mamá vino en principio pero después se marchó y me cedio la custodia. Gracias
Hola Benjamín, en este caso te acogiste a la tarifa plana de 60 euros durante el primer año, en los siguientes doce meses tuviste un aumento de forma progresiva hasta el pago de la cuota correspondiente según la base de cotización, en tu caso la mínima. No sé si actualmente cuentas con alguna discapacidad, porque en tal caso podrás acogerte a una bonificación en seguridad social, aunque pueden no concedértela al ser con efecto retroactivo. Los refugiados. en función de la Comunidad Autónoma. podrán acogerse a alguna bonificación pero habría que investigar tu caso concreto.
He estado de alta de autónomo,hasta Julio de 2020, he estado de baja medica dos años, y en Junio del 2022, me han concedido la incapacidad permanente Total, y tengo reconocida una incapacidad del 55%, ahora quiero darme de alta como autonomo, para emprender un negocio distinto. A que ayudas tendría derecho?
Hola Bartolomé. Podrías tener una tarifa de cuota de autónomos reducida por discapacidad al darte de alta. Contacta con nuestros asesores especialistas para poder ver tu caso.
Hola. He sido autónoma hasta agosto de este año. El último año estaba de baja médica y cuando me dieron el alta y ante la imposibilidad de trabajar me di de baja de autónomos. Tengo solicitada la discapacidad desde enero de este año y ahora se que me la conceden y que en un mes me llega la resolución. Entiendo que no puedo darme de nuevo de alta de autónomos con la reducción de discapacidad no? Gracias
Hola Luisa Fernanda. Habría que estudiar tu caso concreto, ya que es muy especifico. Contacta con nuestros asesores especialista para que puedan ayudarte.
bUENOS DÍAS,
Buenos días, mi duda es la siguiente. Tengo 63 años y reconocido un grado de discapacidad del 36% desde febrero de este año 2022 por lo que llevo pagando prácticamente la mitad de la cuota de autónomos desde entonces. Mi pregunta es si la discapacidad sobrevenida se contempla de la misma manera con las nuevas cuotas de autónomos o si, por el contrario, dejan de ser efectivas las bonificaciones y tengo que pagar como si no tuviera discapacidad.
Muchas gracias por adelantado.
Hola Raquel. Seguridad Social ha previsto que se mantenga la reducción de la cuota por discapacidad. Concretamente, el primer año se pagarían unos 60€ (si se cotiza por la base mínima) y luego, el 50% de reducción de la cuota por un período máximo de 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de efectos del alta.
Buenos días. Llevo de autónomo desde 2010. Me reconocieron una discapacidad permanente total 19 8 2022, y me dicen que no puedo seguir con un bar en el que tengo tres empleados. Me dicen que me de de baja de autónomo y que haga un poder a un empleado para seguir con la actividad. ¿No tengo derecho a una tarifa plana por discapacidad sobrevenida? Saludos
Hola Florentin Ángel. La incapacidad permanente la conceden porque debido a un accidente o enfermedad existen secuelas que hacen imposible desarrollar el trabajo. Lamentándolo mucho, no puedes seguir en el mismo trabajo con la incapacidad permanente para trabajar en él. Puedes hacerle un poder a un empleado para seguir con el bar o bien, traspasarlo a un familiar para que se haga cargo. Si necesitas más información sobre esto mis compañeros asesores especialistas pueden ayudarte.
Hola.
Tengo una discapacidad 38% me gustaría ponerme como autónomo con una licencia VTC pero no si hay algún tipo de ayuda o.subvencion o qué pasos tengo que hacer para poder hacerlo. Gracias
Hola Dario. En el caso de tener discapacidad reconocida superior al 33% la tarifa plana de la cuota de autónomos te puedes acoger hasta un máximo de 5 años. Contacta con nuestros asesores especialistas para hacer todos los trámites correctos de alta y no perder tus bonificaciones de la cuota.
Me gustaría montar un negocio de souvenirs y antigüedades, tengo una discapacidad del 65%,pese a eso tuve una serie de problemas por lo que entré en ASNEF y RAI, el caso es que no sé cómo hacer si me quitaron la no contributiva, ayudas, etc, y es que he encontrado el local ideal para la tienda casi listo con una pequeña inversión de 2500€ a 3000€ y no sé muy bien cómo son las ayudas el local está muy bien situado.
Hola, David. La discapacidad es un factor que posibilita bonificaciones, pero si hay deudas de por medio el acceso a estas es muy difícil, y de las ayudas y subvenciones posteriores ya ni te digo. Desconozco las cifras que te reclaman, pero medita si sale más rentable pagar esas deudas para acceder en el futuro a todas las ayudas que te puedan corresponder como emprendedor.