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Tarifa Plana de Autónomos 2022 y Novedades 2023

Darse de alta como autónomo es un gran paso para iniciar tu vida como emprendedor. Los comienzos nunca son fáciles y todas las ayudas que puedas recibir en esos momentos de incertidumbre son bienvenidas.

Si has investigado un poco antes de lanzarte a ser tu propio jefe, seguro que habrás escuchado hablar de la Tarifa Plana para autónomos hasta 2022, pero, ¿qué significaba esto realmente?

La Tarifa Plana para autónomos era la vía empleada por el Gobierno en los últimos años para fomentar el emprendimiento en España mediante la bonificación de las cuotas de autónomo en los primeros 24 meses.

Ahorrarse un dinerillo nunca está de más. Así que, en este post te voy a contar todo lo que necesitarás saber antes de darte de alta como autónomo y pagar menos en tu cuota mensual. ¡Vamos allá!

Requisitos para obtener la Tarifa Plana para autónomos

La Tarifa Plana estaba destinada a todos los nuevos emprendedores que se dieron de alta por cuenta propia antes de 2023, momento en que fue sustituida por la Cuota reducida, que tiene las mismas condiciones para acogerse a ella.

Dicho esto, da la impresión de que todas aquellas personas que se den de alta como autónomo pueden acceder a ella, pero hay una serie de condiciones que debes cumplir:

  • No haber estado dado de alta como autónomo en los últimos 2 años (en caso de haber disfrutado esta bonificación el plazo subirá a 3 años).
  • No ser autónomo colaborador o pluriactivo. Los colaboradores (familiares) tienen sus propias bonificaciones. Aquellos que hayan escogido aplicar la bonificación por pluriactividad, estando dados de alta tanto en el RETA como en el Régimen General, tampoco podrán beneficiarse de la tarifa plana de autónomos.
  • Estar al día con Hacienda y la Seguridad Social. Si tienes alguna deuda con ellas, no podrás acceder a la bonificación. En el caso de que no quieras llevarte sorpresas solicita un Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, el trámite telemático es muy sencillo.

Cómo solicitar la Tarifa Plana para autónomos

Si cumplías las condiciones de la tarifa plana “solo” tenias que darte de alta como autónomo e indicar que quieres acceder a ella. Te lo pongo entrecomillado porque tiene su miga.

Podías optar por dos opciones diferentes: hacerlo tú mismo o confiar en un profesional para hacerlo.

Solicitar la Tarifa plana para autónomos tú solo

Puedes echar un vistazo al siguiente artículo y gestionar tu alta como autónomo por ti mismo siguiendo los pasos que se indican en él.

👨‍🏫 Recuerda que tienes que notificar que quieres acceder a esta tarifa plana cuando estés tramitando tu registro en el RETA. Si lo olvidas, luego perderás el derecho a beneficiarte de la bonificación.

Solicitar que un profesional gestione tu alta como autónomo

Los asesores profesionales dan de alta a nuevos emprendedores a diario. Si quieres que el equipo de Ayuda T Pymes se encargue de tramitar tu alta y solicitar la bonificación en la cuota actual (la cuota reducida), solo tienes que hacer clic en el botón de aquí debajo. Evitas papeleos y te aseguras que el alta se va a realizar correctamente.

Cuota de autónomo con la tarifa plana de 2022

Existían varios tramos para la tarifa plana de los autónomos en función del tiempo que ha pasado desde el alta.

  • 1º tramo: Durante 12 meses se aplica una reducción del 80% en la cuota. Pagas unos 60 euros durante el primer año de actividad.
  • 2º tramo: En los seis meses siguientes de actividad, del mes 13º al 18º, se aplica el 50% de reducción sobre las bases de cotización y tipos vigentes.
  • 3º tramo: En los últimos 6 meses de vigencia, desde el mes 19º al 24º en los que se aplica un 30% de reducción en la cuota.
  • 4º tramo: Sólo para autónomos menores de 30 años o autónomas menores de 35 años. 12 meses adicionales con un 30% de descuento en la cuota.

Para que lo comprendas mejor, te pongo como ejemplo lo que paga un autónomo en 2022 con la base mínima de cotización:

  • Primer año (meses 1-12): 60 euros
  • Del mes 13 al 18: 143,13 euros.
  • Del mes 13 al 23: 200,00 euros.

👨‍🏫 Si eras menor de 30 años o menor de 35 como mujer, podrás disfrutar durante 12 meses más del descuento del 30%, una vez concluya el tercer tramo de descuento de la tarifa plana para autónomos.

Esto significa que el ahorro dependerá del tramo en el que se encuentre. Para que lo comprendas mejor, voy a explicarte cómo sería el ahorro para un autónomo que se acoja a la base mínima de cotización.

Partiendo de esta premisa, cualquiera que cumpliera los requisitos pudo beneficiarse de la bonificación tarifa plana de 60 euros para autónomos.

Esta “rebaja” implica un ahorro para el autónomo de 234 euros mensuales y 2.808 euros en total durante los primeros 12 meses.

Tras el primer tramo de descuento, en el siguiente semestre se aplica un descuento del 50% de la cuota. Pagas unos 143,14€ en lugar de los 294€ que corresponden sin tarifa plana. Esto implica un ahorro adicional de 905,22 euros al finalizar los seis meses.

En los últimos 6 meses de tarifa plana, la bonificación se reduce a un 30%. Pagas 200 euros de cuota, por lo que ahorras unos 94€ al mes y 520,20 euros en total al finalizar la última etapa de bonificaciones.

👨‍🏫 ¡Recuerda! si iniciaste tu aventura como autónomo con la tarifa plana en 2022, seguirás manteniendo estas bonificaciones aunque haya sido sustituida por la nueva cuota reducida.

Novedades en la Tarifa Plana de autónomos en 2023

La Tarifa Plana para autónomos en 2023 refleja cambios respecto a la de años anteriores. De hecho… ¡Ha dejado de existir como tal! Aunque sigan llamándola tarifa plana, que sepas que se refieren a la cuota reducida de 80€.

El cambio a la modalidad de pago en función de los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia supone, a su vez, un cambio en la cuota de autónomo.

De este modo, la cantidad a pagar queda de la siguiente manera:

  • Primeros 12 meses: La cuota mensual es de 80 euros para aquellos que coticen por la base mínima.
  • Desde el mes 12 hasta el 24: Las personas que tengan unos rendimientos que no superen el SMI durante el segundo año pagan 80 euros. En caso de superar el SMI, se aplica la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos. Es decir, se pierde la bonificación.

Esto supone que, para las personas que en años anteriores tenían unos ingresos bajos, la cuota será más reducida. En cambio, aquellos con ingresos superiores al SMI dejarán de disfrutar el segundo año de la Tarifa Plana.

Cuota reducida en 2023 si ya eras autónomo en 2022

A los autónomos que han comenzado su actividad en 2022 se les mantiene las condiciones que se aplicaron en el momento de solicitar la Tarifa Plana. Esto significa que los cambios no les afectan.  

En nuestro post “Novedades en la Cuota reducida de los autónomos para 2023” encontrarás toda la información que necesitas saber al respecto.

Oportunidades especiales en la Tarifa Plana para autónomos

Existen opciones especiales de bonificación para autónomos a través de la Tarifa Plana que es muy probable que no conozcas. Para ello deberás cumplir unos requisitos extras a los indicados anteriormente. Sigue leyendo para conocerlas todas.

Ampliación de la Tarifa Plana para autónomos

¿Sabías que en determinadas Comunidades Autónomas existe la posibilidad de ampliar la Tarifa Plana para autónomos?

Algunas de las comunidades que permiten esta ampliación son Madrid, Canarias, Castilla y León o Andalucía. En nuestro post sobre “Ampliación y ayudas de la Tarifa Plana” más información sobre la ampliación de la Tarifa Plana para autónomos.

Si no estás seguro de si puedes acceder o no a ella, te recomiendo que contactes con un asesor de Ayuda T Pymes.

Tarifa Plana para autónomo con trabajadores

Hasta 2015 parecía que los autónomos con trabajadores estaban destinados a tener que pagar la cuota general y a no beneficiarse de la Tarifa Plana. Sin embargo, en la actualidad existe la opción de contratar personal y seguir disfrutando de la bonificación.

Tarifa Plana para autónomos societarios

¿Sabías que hasta 2020 los autónomos societarios no podían acceder a la Tarifa Plana?

La situación ha cambiado mucho desde entonces y, en estos momentos, los autónomos societarios pueden disfrutar de la Tarifa Plana como cualquier otro trabajador por cuenta propia.

Si quieres saber más sobre este supuesto, te recomiendo que le eches un vistazo al post sobre la Tarifa Plana del autónomo societario.

Municipios con menos de 5000 habitantes

¿Vives en un municipio con menos de 5000 habitantes? ¡Estás de suerte! Las personas con residencia en pequeños pueblos españoles podrán acceder a la Tarifa Plana Rural, con una bonificación especial en el pago de cuotas.

Pero eso sí, te aclaro que, si no vives en uno, no intentes la jugada de empadronarte mañana para acceder a ella porque no servirá de nada, ya que existe un periodo de latencia 👀

Preguntas frecuentes sobre la Tarifa Plana o cuota reducida

El mundo del emprendimiento suele ser un mar de dudas para todos aquellos que, como tú, buscan su futuro laboral en el trabajo por cuenta propia. Es lógico que te surjan miles de preguntas, así que te traigo la respuesta a las principales cuestiones que rondan por tu cabeza.

Qué duración tiene la Tarifa Plana para autónomos

La Tarifa Plana para autónomos tiene una duración inicial de 24 meses. Sin embargo, esto dependerá del momento en el que te diste de alta como autónomo.

En caso de que el alta se haya realizado en 2022, la duración será de 24 meses, independientemente del rendimiento neto.

En cambio, si el alta se produce en 2023, ya no te habrás acogido a la tarifa plana, sino a la nueva cuota reducida. La duración es de 24 meses, si no se supera el SMI durante los dos primeros años de ejercicio, o de 12 meses en caso de que lo superes.

Si me doy de baja como autónomo, ¿pierdo la bonificación?

Sí. Antiguamente te podías dar de baja y seguir disfrutando de la bonificación cuando volvieses a tramitar el alta. En la actualidad, si te das de baja como autónomo mientras disfrutas de la bonificación perderás el derecho a tenerla y deberás esperar 3 años para volverla a solicitar.

He perdido la bonificación por darme de baja, ¿Qué tengo que hacer para reanudar la Tarifa Plana?

Como te comenté en la respuesta anterior, darte de baja supone la pérdida de la bonificación (aunque vuelvas a tramitar el alta un mes más tarde). Una vez tramitada la baja tendrás que esperar tres años desde el momento de la misma para volver a disfrutar de ella.

En cambio, si la baja se produjo sin haber disfrutado de la bonificación, el periodo de espera será de dos años.

¿Los autónomos colaboradores tienen acceso a la Tarifa Plana?

Por autónomo colaborador se entiende aquel que es contratado por un familiar que vive en la misma vivienda y trabaja junto a él. Por ejemplo, podría ser un marido que contrata a su mujer o alguien que contrata a su hijo.

Lamentablemente, ni la tarifa plana ni la cuota reducida son accesibles para los autónomos colaboradores, ni tienen previsión de serlo a medio plazo.

No obstante, para este tipo de autónomos existen otro tipo de bonificaciones que ya reducen la cuota. En nuestro blog encontrarás más información sobre cuánto paga un autónomo colaborador.

¿Cuánto se paga el segundo año de autónomo?

El pago de la Tarifa Plana en el segundo año de autónomo es diferente en función de cuándo se tramitó el alta. Si esta se ha producido en 2022, el segundo año conlleva una reducción del 50% en los meses 13 al 18 y del 30% en los meses del 19 al 24.

En cambio, con la cuota reducida, las altas en 2023 pierden la bonificación del segundo año si los rendimientos son superiores al SMI.

Los jóvenes autónomos menores de 30 y las autónomas menores de 35 años, ¿seguirán disfrutando de la ampliación de la Tarifa Plana?

Hasta el momento, los jóvenes emprendedores menores de 30 años y autónomas menores de 35 años disfrutan de una reducción de las cuotas de un 30% en el tercer año. Sin embargo, por el momento no se ha aclarado si, tras la reforma de la nueva normativa en 2023, seguirá activa o no.

En el supuesto de que estés pensando en emprender y tu edad sea inferior a 30 años (si eres hombre) o 35 (si eres mujer), mi consejo es que te des de alta antes de terminar el año y garantizarte así la bonificación en el tercer año.

¿Necesitas ayuda para tramitar tu Tarifa Plana para autónomos?

El alta como autónomo y la solicitud de la cuota reducida (recuerda que la Tarifa Plana ya no existe) es algo que puedes hacer por ti mismo. Sin embargo, el temor a cometer un error al rellenar los papeles está ahí. Un solo error y ¡Plof! adiós subvención y un par de miles de euros a la basura.

Mi recomendación es que, si no estás seguro de que puedas realizar todas las gestiones por ti mismo, acudas a un profesional.

Te quitas de papeleos, dolores de cabeza y de estómago por un posible fallo y te garantizas que toda la tramitación está correcta. Así podrás centrarte en lo que realmente se te da bien, tu negocio. Solo tienes que hacer clic en el botón de aquí debajo y un asesor profesional se encargará de todo.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Alberto dice:

    Buenas,

    leyendo tus otros comentarios veo que hay un proceso para solicitar devoluciones de importes, yo llego pagando desdde diciembre 2022 97,57, que veo que les ha pasado a otros, se puede solicitar la devolución de esto o es un importe correcto?

    Por otro lado, hay algún enlace oficial de la AEAT en el que mencione que si estás acogido a la tarifa plana de 2022 tienes las reglas de la misma para los meses 13 a 24? No encuentro nada.

    Gracias! Buen trabajo

    • GesTron dice:

      Hola Alberto. La cifra de 60€ puede variar por diversos motivos: el nuevo MEI (eso sube 5€ más o menos, es un porcentaje que se aplica), si cotizas por cese de actividad… La cifra que proporcionas es coherente con otros casos que he visto sin que haya error de por medio. La verdad es que la liaron en gordo a principio de año en la TGSS, tenían que haber hecho una campaña de comunicación mejor porque menudos sustos empezaron a llevarse el día del cobro los millones de autónomos que hay en España (y encima muchos con errores, que se supone subsanaron en el primer semestre de este año).

  • Marta dice:

    Pero entonces hay algo que no entiendo. Si cada año la cuota base mínima es menor que el anterior, ¿porque se paga más? En teoría en 2022 eran 300€, que a esa reducción del 80% se queda en 60 (efectivamente lo que estoy pagando ahora) pero en 2023 la cuota mínima es de 230 y ese 80% sería de 46€ y se me esta cobrando 65. Y en 2024, la cuota mínima es de 225 y el 2025 de 200€, porque no se hace bien las reducciones? Tu me acabas de decir que deberían de empezar a acobrarme 155€ apartir del mes que viene, pero teniendo en cuanta que la base mínima es 230, el 50% es 115€.
    ¿Me lo podrías aclarar? (Yo estoy dada de alta y mis ingresos no superan los 300€ al mes, es por eso que me hago todas estas preguntas, porque si veo que no me sale rentable tendré que darme de baja, cosa que no me gustaría.
    Muchas gracias por su tiemp y amabilidad

    • GesTron dice:

      Hola de nuevo Marta. Señalé que con el sistema anterior esa cifra (aprox 155€) sería la que te cobrasen. Como bien dices este año se ha cambiado el sistema y se ha establecido en 15 tramos, reduciéndose la cuota a los que menos ingresaran . Sin embargo, dado que en enero de 2023 hubo tantas sorpresas (y errores en la TGSS que subsanaron en el primer semestre) respecto a las cuotas, no puedo darte la cifra exacta sin comprobar datos confidenciales de clientes de la asesoría que estén en tu misma situación (que es muy concreta por ser una bonificación extinta). Te recomiendo que pruebes a contactar con una asesoría, a ver si pueden darte feedback de algún caso idéntico al tuyo, o contactar directamente con un técnico de la TGSS.

  • Marta dice:

    Buenos días. Me di de alta como autónoma en octubre del 2022. Empecé pagando 60€ y me subieron a 65€ en enero. Ahora voy a hacer un año como autónoma y por más que busco en páginas que es lo que me van a cobrar este segundo año no encuentro una cifra exacta… solo reducción del 50% los siguientes 6 meses y reducción del 30% los últimos 6 meses. Pero en base a que esa reduccion? Porfavor ¿me podría indicar cantidad aunque fuese orientativa? Tanto de los meses 13 al 18 y 19 al 24. Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Marta, esos euros de más en enero fueron por el MEI, un nuevo impuesto que también afecta a los autónomos. En 2024 subirá algún euro más porque es progresivo. Si el sistema de cotización no hubiera cambiado, que lo hizo a principios de año, hubieran comenzado a cobrarte unos 155€ (contando con el MEI) a partir del mes 13.

  • Sergio dice:

    Buenas tardes,

    Si estas dado de alta como autónomo en régimen de equivalencia y cambias a régimen general, se perdería la bonificación de tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos? Llevo 6 meses dado de alta como autónomo en recargo de equivalencia y necesitaría cambiar a régimen general.

    Un saludo, y muchas gracias por tu tiempo.

  • CECILIA dice:

    Hola una consulta me di de alta a fines de Oct 22 mi cuota salio 80 euros porque tenia 56 años. En enero esos 80 subieron a 122.26 porque mi gestora en esa época presiono el boton que se ajuste por IPC ( al menos ellos dijeron eso, ante mi insistencia de saber que había pasado). Mi pregunta es: eso que pago hasta hoy setiembre 122.26. Cuanto sera en Octubre. Por favor si me dice el monto se lo agradeceré, ya que estoy buscando cuanto era la cuota al 100% para aplicar 50% del 2022 y no la encuentro. En mi Hoja de la Seguridad Social dice que mi base es 1,124.99. Muchas Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola Cecilia. Es cierto que hubo mucho revuelo a principios de año por subidas mal comunicadas por la Seguridad Social, y además cometieron errores (pero se supone que los subsanaron en el primer semestre). Para analizar si tu caso nuestros asesores necesitarían más datos. Puedes ponerte en contacto en el siguiente enlace dejando tus datos.

  • MARTA dice:

    Hola! Mi nombre es Marta.
    Me di de alta como autónoma en Junio 2022. Desde entonces hasta diciembre 2022 me cobraban de cuota de autónomo 69.61€ (por la tarifa plana del primer año).
    Llegó el nuevo año… y de pronto empezaron a cobrarme desde Enero hasta Mayo de 2023: 108€. (Donde pienso que deberían haber seguido cobrando 69.61€, pero no se qué cambio hubo en las bases de cotización… jamás llegué a entenderlo pero mi asesoría me dijo que «era lo que había»)
    Desde Junio 2023 hasta día de hoy, me han venido cobrando 189€ de cuota. (entiendo en cierto modo el aumento, porque ya entraría en el tramo del mes 13 al 18) pero la subida debía haber sido respecto a 69.61€, no a partir de 108€.

    Habría alguna manera de reclamar una devolución de este cobro indebido con carácter retroactivo? Ya que es desde Enero que creo que estoy pagando dinero de más…

    Necesito consejo y ayuda porque en mi asesoría no me dan solución. Gracias!
    Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Marta. Es cierto que a principios de año hubo un revuelo enorme con las subidas y que se cometieron muchos errores por parte de la TGSS (que se supone que ya subsanaron en el primer semestre). Lo de «era lo que había…» bueno, creo que hay mejores maneras de justificarlo a un cliente. Por ejemplo, desde enero hay un impuesto nuevo que se aplica también a los autónomos (el MEI), que ya de por sí implica una subida de unos euros en la cuota (y como es progresivo, en 2024 subirá algún euro más). Para poder justificar tus cifras te recomiendo contactar con uno de nuestros asesores. De todos modos sí te avanzo que hay un procedimiento en la TGSS para solicitar la devolución de ingresos indebidos, pero antes hay que cerciorarse de que realmente los ha habido.

  • Alejandro dice:

    Hola buenas, tengo una duda que me atormenta mucho. Tengo 21 años y me de di de alta por agosto de 2022, por temas en los que no pude seguir trabajando, me di de baja en febrero de 2023. Ahora que me he dado de alta de nuevo en octubre, ayer mismo se nuevo porque puedo reanudaer la activad, estoy muy tenso porque al parecer me han comentado que ya no tengo derecho a bonificaciones por primeros años de autónomo ya que me di de baja y ya no puedo disfrutar del 7% de IRPF ni de los 60€ de cuota. Me siento muy mal por todo esto ya que yo realmente no tengo la culpa de nada. No sé si podría volver a recuperarla de alguna manera o si podría al menos seguir optando a otra bonificación por los 21 años que tengo. Agradezco muchísimo la ayuda de antemano, muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro. Lo siento, para volver a acceder a la cuota reducida (que ya es de 80 euros), tienes que esperar 3 años desde la última baja en el RETA, o 2 si no estabas bonificado. Algunas comunidades autónomas ofrecen ayuda a jóvenes emprendedores, pero por lo general hay que solicitarlas antes del alta. De todos modos deberías consultar en el apartado de ayudas de tu comunidad autónoma, por si acaso (hay algunas con carácter retroactivo).

      Por cierto, respecto al 7% IRPF, eso no es una ayuda, porque luego se compensa en la declaración de la renta como si hubiera sido al 15%. Sirve solo para estar más capitalizado hasta que llegue el momento de la declaración.

  • Cristian dice:

    Buenas tardes,
    A ver si me podéis ayudar con mi caso, porque no entiendo muy bien la tarifa que me aplicaron de Enero a Marzo. A finales de marzo de 2022 me di de alta como autónomo en Madrid, en abril pagué la tarifa plana mas los días de marzo y hasta diciembre bien (cuota de 69,61€). El problema viene a partir de Enero, dejo las cuotas por aquí:
    Enero y Febrero: 108€
    Marzo: 129,77€
    Abril-Agosto: 189,56€
    Septiembre: 204,08€

    Y lo siguiente, si he pagado de mas durante este año por tener una base de cotización elevada, ¿cómo se reclamaría?

    Gracias de antemano.

    Un saludo.

  • Natasha dice:

    hola!
    Por tema de Seguridad Social

    Le di alta en diciembre de 2022. Para diciembre de 2022 me cobraron 60 euros, por 2 meses seguidos me cobraron 97, 57 euros (por enero y febrero de 2023), luego a partir de marzo me cobraron 65,76 euros.
    Preguntas:
    1. ¿Cuánto me deberían cobrar cada mes si se lo di a la viola en diciembre de 2022?, ¿no son 60 euros?porque 65,76?
    2. ¿Puedo solicitar un reembolso por un pago en exceso?

    Muchas gracias de antemano por tu respuesta.

    • GesTron dice:

      Hola Natasha. Son varios euros más en la cuota por el nuevo impuesto MEI que también se aplica a los trabajadores autónomos. En 2024 te subirá algún euro más, ya que es un impuesto progresivo. A principio de 2023 hubo muchas sorpresas y disgustos por esto, ya que no lo comunicó nada bien la administración (además se cometieron errores en los cobros, pero se supone que esas incidencias ya las solventaron en los meses siguientes. Respondiendo a tu segunda cuestión, SÍ, hay un procedimiento para la solicitud de Devolución de ingresos indebidos.

  • Nil dice:

    Buenas!
    Tengo una pregunta: si cuando termine mi primer año de autónomo no preveo superar el SMI y pido el segundo año de tarifa reducida, pero finalmente sí lo acabo superando durante el segundo año, entonces ¿voy a tener que pagar algún recargo? O solamente pagar lo que deba para regularizar mi situación?
    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Nil. La cuestión es no haber superado el SMI anual durante el primer año para seguir 12 meses más con esa bonificación. Si es así, no te pedirán nada más. Del mismo modo si se supera el SMI anual durante el primer año, tampoco pedirán las cuotas estándar por ese primer periodo.

  • Fernanda dice:

    Buenos días,
    Resulta que hace 1 mes me despidieron de la empresa en la que trabajaba y empecé a cobrar el paro justo ahora. Me salió un trabajo puntual de 1 solo día, no estoy dada de alta como autónoma. La pregunta es ¿Al ser un trabajo puntual cobrando por debajo del salario mínimo aún así tendría que darme de alta como autónomo? o puedo directamente solo darme de alta y de baja en hacienda… No quiero que me afecte para recibir el paro

    • GesTron dice:

      Hola Fernanda. Alta y baja en Hacienda, y te recomiendo que avises a SEPE por si acaso, sobre todo antes de que lo cobres, para evitar malentendidos. Simplemente interrumpirán tu cobro 1 día.

  • Maralau dice:

    Buen día, Tengo 18 años y comenzaré a trabajar con contrato en jornada de 12 horas semanales en una cafetería, pero como eso no es suficiente para subsistir, me estoy dedicando a crear/vender artesanías como bisutería pero me ha surgido un cliente grande que me pide factura. Debo darme de alta como autónoma y pagar cuota si ya estaré con la Seguridad Social por parte de mi empleador ? gracias por aclarar mi duda !

    • GesTron dice:

      Hola Maralau. Si va a ser una factura puntual, basta con el alta y baja en Hacienda. Si esas facturas por esa actividad van a repetirse durante el año fiscal, por ser una actividad habitual será necesaria también el alta en el RETA. Por otro lado, los autónomos que también son asalariados pagan la cuota igualmente aunque estén también dados de alta en el RGSS.

  • Laura dice:

    Buenas, estoy pensando en darme de alta como autónomo para clases particulares de ingles, la cuestión es que yo trabajo por cuenta ajena a jornada completa, y tengo duda sobre las cuotas….el primer año pagaría 80euros, ¿independientemente de los ingresos,? ¿y el segundo año? Mi ingresos creo que serian unos 500€ mensuales aproximadamente.

    Muchisimas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Laura. Con esos ingresos pagarías los 80€ (y un poco más por el MEI, que es un nuevo impuesto) durante dos años, ya que durante el primero no sobrepasarías el SMI.

  • María Martínez dice:

    Buenos días , el pasa 1 de Agosto del 2022 me di de alta como autónoma y con tarifa plana de 60 €, tengo una minusvália reconocida del 69% y hoy me a venido el cargo de la cuota de autónomo de 154,18 €, tenía entendido que los 2 primeros años pagaría 60 € o yo estoy equivocada.
    ¿ Es correcto la subida que e pagado hoy, después de haber pasado 12 meses de alta como autónoma ?
    Gracias, un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola María. Sí, es correcta esa cuota. A partir del año pasas a un 50% de bonificación con la antigua tarifa plana. La ventaja que obtienes por la discapacidad es que este tramo de bonificación lo tendrás durante más tiempo. Ten en cuenta que tu situación no es comparable a aquellos que se han dado de alta a partir de 2023, ya que directamente la tarifa plana dejó de existir para pasar a ser la cuota reducida. También hubo cambios respecto a los autónomos con discapacidad que afectan a las nuevas altas.

  • angel iglesias dice:

    hola buenas soy autónomo con tarifa plana pero estoy en situación de it y y estado pagando la cuota estos meses pues se supone que no estoy exento por tener tarifa plana, pero el mes pasado no me pasaron la cuota y al consultar con la seguridad social me mandan un correo que es la mutua la que se encarga me lo podéis aclarar gracias

    • GesTron dice:

      Hola Ángel. A falta de más datos entiendo que han pasado dos meses (es a partir del día 61 cuando entra en juego la exención de pago) hasta que has dejado de recibir el cargo habitual de la cuota. En tal caso así es, desde 2019.

  • Álvaro Pérez dice:

    Buenas tardes. Me di de alta en Junio de 2022 como autónomo. Pagué 60€/mes desde Junio 22 hasta Diciembre 22 y luego me subieron a 65,76€/mes, los cuales pagué hasta Mayo 2023. En Junio 2023 me cambian la cuota (como es lógico por haber pasado los primeros 12 meses de la tarifa plana) y me pasan cargo de 115,86€. Pero hoy mi han pasado la cuota de Julio y es de 154,18€. No entiendo esta subida ni si se volverá a repetir. Trato de acceder al portal de la Seguridad Social y no tengo éxito. ¿Alguna recomendación de donde reclamar esto? Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Álvaro, sin más datos te diría que la última cifra es la correcta, y que los 115€ se debieron al pico de días hasta final de mes en el que cambiaste de tramo de la tarifa plana.

  • Alejandro dice:

    Hola buenas noches . Tengo pensado abrir un bar y seguir trabajando para una empresa (pluriactivo) cuanto pagaría de seguridad social.?

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro. Si tienes derecho a la cuota reducida de 80 euros no tendrás que pagar según los ingresos obtenidos, al menos el primer año, como mínimo. Ser pluriactivo ya no tiene efectos en la cuota a pagar desde comienzos de 2023.

  • María dice:

    ¡Hola buenas!

    Yo me día de alta como autonoma para noviembre de 2022 y solo estuve pagando 60 y pico euros noviembre y diciembre. Desde enero me empezaron a cobrar 97 con algo y así llevo hasta ahora. Según leo, deberían haberme mantenido la tarifa plana… ¿debería reclamar?

    ¡Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola María. Hay ciertas variables (MEI y revalorización de la base reguladora) que han provocado una subida en quienes estaban acogidos a la tarifa plana antigua. Variables que, por cierto, no comunicaron debidamente desde la administración. De hecho, hubo un revuelo tremendo en el recibo de autónomo de enero de este año con subidas de todo tipo e incluso errores que se supone que a estas alturas estarán todos subsanados.

  • Beatriz dice:

    Buenas tardes, me di de alta de autonoma en mayo 2022 y desde entonces llevo pagando la tarifa plana. No me queda claro si una vez pasados los 12 primeros meses , se me seguirá aplicando el descuento del 50% automaticamente o si para ello tengo que presentar una previsión de ingresos inferior al SIM. Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Beatriz. Al ser autónoma con anterioridad a 2023 se te respetarán las condiciones de esa bonificación ya extinta (al margen de la subida que hayas podido notar desde enero de 2023 que viene motivada por otras cuestiones).

  • Merce dice:

    Buenas tardes
    Me encuentro en la siguiente situación: el verano pasado me di de alta en hacienda como autónoma, hice una factura por trimestre. A finales de febrero de este año me ofrecieron hacer un trabajo para un ayuntamiento que consta de diversos diseños por cada uno de los cuales tengo que emitir factura. Cuento que el trabajo total me lleve unos tres o cuatro meses y tendré varias facturas cada mes. Por ello, quiero darme de alta en la Seguridad Social, pero me preocupa no poder acceder a la tarifa plana (no creo poder hacer frente al pago de la tarifa normal) e, incluso, que me puedan multar por no haberme dado de alta antes en la Seguridad Social.

    • GesTron dice:

      Buenas Merce!

      Cuando te das de alta como autónoma en Hacienda, al mismo tiempo tienes que hacerlo en Seguridad Social.
      Seguridad Social al realizar tu alta como autónoma en su organismo actualmente, puede cobrarte las cuotas no abonadas anteriormente, teniendo en cuenta tu fecha de alta en Hacienda, la cual es con fecha del verano pasado.

      La tarifa plana ya no existe si te das de alta en 2023, pero si puedes optar si cumples los requisitos, a la tarifa reducida.

      Te aconsejo que cuanto antes, te pongas en contacto con nuestros asesores expertos para que te regularicen toda tu situación.

      ¡Suerte en tu emprendimiento!

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