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Cómo Negociar una Deuda con Hacienda si eres autónomo

Siempre hemos oído que el que paga descansa y el que cobra más, pero a veces «lo que no puede ser, no puede ser y además es imposible» como decía «el Guerra». Llega el momento de presentar las liquidaciones trimestrales de IVA e IRPF y no tenemos liquidez para pagar. En este caso, la Agencia Tributaria permite aplazar el pago de impuestos a autónomos y empresarios, siempre y cuando justifiques esas dificultades financieras.

Pero claro, comienza la fase de negociar una deuda con hacienda: ¿cómo fracciono los pagos con la AEAT?, ¿qué me pueden exigir?, ¿cómo se llega a un acuerdo con Hacienda?, ¿qué condiciones exigen para conceder el aplazamiento? Es normal que te hagas todas estas preguntas y más. Aquí vamos a despejarlas todas. Si lees este artículo, sabrás cómo negociar tu deuda con Hacienda.

Despegando que es gerundio hacia el mundo del aplazamiento de las deudas tributarias 🚀

¿Quién puede aplazar el pago de impuestos?

Cualquier autónomo (empresario) o empresa puede solicitar el aplazamiento de sus pagos con Hacienda. Y no te preocupes porque esto no supone tener una deuda con la Administración ni aparecerás en ningún listado negativo. Aunque pidas un aplazamiento, estarás al día en tus pagos corrientes con la Agencia Tributaria, solo que lo harás de una manera más cómoda ✅

¿Qué deudas con hacienda se pueden aplazar?

Se pueden aplazar los principales pagos fraccionados y liquidaciones trimestrales de los autónomos y empresarios, es decir: 

¿Los Impuestos Anuales se pueden aplazar? 

  • Si el resultado de tu Declaración de la Renta es a pagar puedes aplazarlo fraccionando la deuda tributaria en dos: un primer pago del 60% que te cargarán el último día del plazo establecido por Hacienda para presentar la declaración en el momento de presentar la declaración, y un segundo por el 40%, normalmente en noviembre. Este fraccionamiento se indica en el propio documento de la declaración de renta y no conlleva ningún tipo de interés. 
  • El Impuesto de Sociedades (modelo 200) anual, lo que viene a ser la «renta de las empresas», se puede aplazar.  
  • El IVA anual modelo 390 es solo informativo, no conlleva ningún pago por lo que no cabe aplazamiento. 

¿Qué deudas con la AEAT no se pueden aplazar?

No se pueden negociar deudas con Hacienda correspondientes a: 

  • Las retenciones e ingresos a cuenta de los modelos 111, 115  y 123 porque este dinero es de Hacienda y el autónomo aquí solo es su recaudador; lo retiene para ingresarlo, pero no puede disponer de él.
  • Los pagos fraccionados del Impuesto Sociedades modelo 202

Procedimiento para negociar una deuda con Hacienda

El procedimiento es muy fácil. A través de la Sede Electrónica presentas el modelo 303 en el caso del IVA o el modelo 130 en el caso del IRPF y marcas la opción “Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento”.
También puedes solicitar el aplazamiento una vez producido el impago y haya iniciado la Agencia Tributaria el procedimiento de apremio, pero no es lo más aconsejable. Debes tener siempre bien controlada tu liquidez para saber cuanto antes si vas a poder hacer frente o no al pago de los impuestos. Si ves que no llegas, debes solicitar el aplazamiento dentro del periodo voluntario de pago para evitar recargos e incluso embargos.
No olvides tampoco que si solo tienes liquidez para hacer frente a una parte del impuesto y no a todo, puedes pagar una parte y solicitar el aplazamiento del resto.

👨‍🏫 Si durante la vigencia de un aplazamiento de impuestos recibes una devolución tributaria por cualquier concepto, Hacienda procederá automáticamente a la compensación de deuda.

Solicitud de aplazamiento del pago de la deuda

  • Presentar una propuesta de aplazamiento: puedes elegir el número de plazos que te venga bien dentro de los límites de 24 mensualidades para los autónomos y 12 para las empresas. La periodicidad debe ser mensual y no inferior a 50 euros. Tú mismo puedes proponer cuándo y cómo quieres pagar. Por ejemplo, algo lógico sería 3 o 4 cuotas o 2 pagos fraccionados, para que Hacienda no te rechace el calendario.
  • Indicar el motivo por el cual solicitas el aplazamiento.
  • Presentar los documentos justificativos. Normalmente se indica “problemas transitorios de liquidez” pero si estás aplazando el pago del IVA debes seleccionar “Facturas emitidas no cobradas en el trimestre” porque es el único por el que Hacienda admite aplazar el pago de ese impuesto.
  • Domiciliación bancaria de los pagos mediante certificado de titularidad de cuenta 👨‍🏫

Garantías para aplazar el pago con Hacienda

El importe mínimo para solicitar un aplazamiento de pago de impuestos (sea IVA o IRPF) es de 300 pavos. Si el importe de la deuda está por debajo de 50.000 euros, no tienes obligación de aportar garantías, la autorización del aplazamiento es automática. Si la deuda sobrepasa los 50.000 euros Hacienda exige una garantía porque se trata de un procedimiento ordinario (no automático) que puede terminar denegando el aplazamiento y exigiendo el pago inmediato.

¿Qué garantías se piden para negociar una deuda con hacienda?

Lo más habitual es un aval bancario que ha de cubrir el importe de la deuda más los intereses de demora y se tiene que entregar en un máximo de dos meses desde la notificación del aplazamiento. También se admite una garantía hipotecaria sobre un inmueble libre de cargas que tenga una valoración suficiente para cubrir la deuda o presentar un seguro de caución.

Plazo máximo de aplazamiento de la deuda con la AEAT

El plazo máximo del aplazamiento dependerá del importe de la deuda tributaria:

En deudas inferiores a 50.000 euros: 

  • 1 4meses para personas físicas.
  • 12 meses para personas jurídicas.

En deudas superiores a 50.000 euros el plazo máximo de aplazamiento varía en función del tipo de garantía que se aporte:

  • Aval bancario o certificado de seguro de caución: 60 meses.
  • Bienes inmuebles urbanos libres de cargas: 36 meses.
  • Otras garantías: 24 meses.
  • Dispensa total o parcial de garantía: 12 meses.
  • Supuestos que concurran motivos excepcionales, bajo autorización de una persona titular de la dirección del Dpto. Recaudación: 60 meses.

¿Qué sucede si no pagas un plazo de la deuda?

  • Si llega el vencimiento de un plazo y no puedes pagarlo: dirígete personalmente a una delegación de Hacienda para renegociar un nuevo calendario, ampliar los plazos y bajar el importe de las cuotas.
  • Si se te pasa el plazo y no has hecho algún pago, el resto de los plazos sigue su curso. Recibirás una notificación con un nuevo plazo para liquidar la cuota impagada con un 20% de recargo de apremio. Si pagas en apremio es recomendable que vayas a una delegación de Hacienda con el recibo para que tengan constancia del pago cuanto antes. En caso contrario, se devengará la totalidad de la deuda y si no se paga, comenzará el procedimiento de embargo de bienes o ejecución del aval. Hacienda anulará el aplazamiento y exigirá el importe total de las cuotas que queden por pagar ⏰

Hay más de una oportunidad para pagar. Si no lo haces en voluntaria, pues pagas en vía de apremio (aunque sea con recargo) pero… lo que debes evitar en cualquier caso, es incumplir el pago en apremio porque la vía ejecutiva (el embargo de bienes). Es muy difícil pararla una vez que empieza y en unos pocos días te puedes encontrar con todas tus cuentas bancarias embargadas y, en ese caso, el lío que tienes montado ya es «de pantalón largo» ⛔️

Tipo de interés por aplazar la deuda con Hacienda

Pedir un aplazamiento de pago a Hacienda no es gratis, conlleva un tipo de interés que se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Actualmente, el tipo de interés de demora para aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias, se sitúa en el 3,75% sobre el total de la deuda que se quiere aplazar.

Si la deuda a aplazar es superior a 50.000 euros y se presenta aval, el interés aplicable será el del interés legal del dinero actualmente en el 3,25%.

Bueno, pues hasta aquí puedo leer. Ya sabes qué hacer para pedir un aplazamiento de impuestos en Hacienda. Adelante con los faroles si es necesario. Ya sabes que «es mejor una vez rojo que cien colorado».

Pero si prefieres que se encarguen mis compañeros de todo ello, no tienes más que clicar en el botón abajo y se ponen al lío en cero coma.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Brenda dice:

    Me hizo un mal trámite un gestor que no era muy eficiente en su trabajo, una inspectora de sanidad me denunció por coacción y amenazas, totalmente falso, por supuesto, y llegó a hacienda
    Que abogado me haría falta exactamente para esto ?

  • rocio.alaniz001@gmail.com dice:

    Disculpa, no sé ni cuanto debo a AEAT. ¿Si acudo a una dirección de hacienda podría verificar el total de la deuda y renegociar una forma de pago?

    • GesTron dice:

      Hola, Rocío. Cuidado con esas deudas que son como un globo que se va hinchando incluso cuando no miras. Es muy importante tener siempre a mano el buzón 060 de notificaciones, ya que ahora las comunicaciones importantes llegan ahí, y si pasan 10 días se entienden como vistas. Puedes pedir cita en una delegación, y también podemos hacer nosotros el trámite por ti, así como buscar la mejor solución para que te la quites de encima. Solo tienes que dejar tus datos a los asesores y se pondrán en contacto contigo para echarte el cable.

  • Miguel Ángel García felices dice:

    Me piden más dé lo que puedo pagar

    • GesTron dice:

      Hola, Miguel Ángel. Lamento que la suma de tu deuda comprometa tu capital hasta tal punto. Por desgracia hacienda no olvida una vez ha iniciado el procedimiento. Será necesario negociar con ellos la fórmula más flexible para afrontar esa deuda.

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