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Cómo rellenar el modelo 200 paso a paso

Te espera el modelo 200 del Impuesto de Sociedades, y no vale plantón en esta cita porque por más que te pese, sabes que Hacienda es rencorosa.

Ni perdona, ni olvida ❌

En esta cita obligatoria llegar tarde no es una opción, y equivocarse va a hacerte perder más tiempo y dinero.

¡Que no cunda el pánico! Deja el drama a un lado, que ya está aquí el superhéroe que te va a explicar cómo presentar el modelo 200 paso a paso.

Toma nota, pero con calma. Despacito y buena letra.

Pasos para rellenar el modelo 200

Para cumplimentar el modelo 200 debes seguir los siguientes pasos.

Accede a la página web de la Agencia Tributaria

En primer lugar debes entrar en la web de la Agencia Tributaria, en concreto en la página que trata del modelo 200, a la que puedes acceder directamente desde aquí.

Una vez que estés dentro, busca el recuadro en el que pone «Servicio tramitación de declaración (Sociedades WEB)», y haz clic en ese enlace:

Identifícate con certificado digital

Para continuar con el trámite tienes que identificarte a través de tu certificado digital. Si lo tienes instalado en tu ordenador no tendrás que hacer nada, el sistema lo detectará de forma automática.

Cumplimenta la página 1 y el anexo del modelo 200

Una vez que estés dentro del modelo, debes hacer lo siguiente:

En la página 1 tienes que aportar la siguiente información:

  • Periodo impositivo. Aquí debes indicar solo la fecha de inicio y final del periodo al que corresponde la declaración.
  • Identificación del declarante. Esto se refiere a tu razón social, domicilio social y NIF.
  • Ejercicio. Según cómo sea tu ejercicio económico, tendrás que marcar una de las siguientes opciones:
  1. Ejercicio económico de 12 meses correspondiente a un año natural.
  2. Ejercicio económico de 12 meses no correspondiente a un año natural.
  3. Ejercicio económico con una duración inferior a 12 meses.

Una vez cumplimentada la página 1 del modelo 200, solo te queda rellenar el anexo:

  • Código CNAE (siglas de Clasificación Nacional de Actividades Económicas). Debes introducir el código correspondiente a la actividad que desarrolla tu sociedad.
  • Declaración complementaria. Esta casilla solo tienes que marcarla en el caso de que realices esta declaración para sustituir a otra declaración anterior errónea.
  • Firma del declarante. Firma la declaración para finalizarla.

Adjunta la documentación requerida

Además de cumplimentar el modelo, debes presentar los siguientes documentos para hacer la declaración:

  • Balance de situación y cuenta de pérdidas y de ganancias.
  • Justificación de los impuestos satisfechos en relación a la renta impositiva que se tenga que incluir en la base imponible.
  • Comunicación de inversiones anticipadas y del sistema de financiación, si realizas la declaración en Canarias.

Una vez que envíes el modelo 200, recuerda que puedes descargarlo en PDF para guardarlo y no tener que entrar a la página web de la Agencia Tributaria para buscarlo cuando necesites acceder a la declaración ✅

Errores frecuentes a evitar al cumplimentar el modelo 200

Es importante que no cometas los siguientes errores cuando rellenes el modelo 200:

Marcar una casilla incorrecta al indicar el tipo de entidad

Cuando comiences a rellenar el modelo, tendrás que marcar la casilla correspondiente a tu tipo de entidad y al régimen a aplicar, para que después el sistema despliegue las casillas correctas.

No te equivoques en esto porque luego no podrás corregirlo, sino que tendrás que presentar una nueva declaración para sustituir a esta ⚠️

No compensar las bases negativas de anteriores ejercicios

En caso de que el resultado de la declaración sea a pagar, si en ejercicios anteriores has tenido resultados negativos, puedes restarlos.

Indicar un representante legal, socio o administrador que no son los actuales

A menudo, se indica como representante de la entidad, socio o administrador al que lo era al cierre del ejercicio, y no al que ejerce el cargo en el momento de la declaración.

Recuerda indicar siempre a las personas que están en el cargo en la fecha en que presentas la declaración 🎯

¿Qué ocurre si se presenta mal la declaración?

Si una vez que has presentado el modelo 200 te das cuenta de un error, tendrás que actuar de una u otra manera según si el perjudicado eres tú o es Hacienda:

Si el perjudicado eres tú

En estos casos tendrás que solicitar la rectificación de la declaración a la Agencia Tributaria. Puedes hacerlo de dos maneras:

  • A través de Internet, presentando una solicitud telemática en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • De forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria, llevando un escrito en papel en el que se explique cuál fue el error en la declaración presentada.

Si la perjudicada es Hacienda

Se considera que la perjudicada es Hacienda si si has ingresado una cantidad menor de la que deberías, o si has recibido una devolución mayor a la que te correspondía.

Cuando esto sucede, la solución es presentar una declaración complementaria. Esto consiste en presentar de nuevo el modelo 200, indicando en la casilla correspondiente que se trata de una declaración complementaria.

La declaración complementaria debe contener:

  • Los datos de la declaración a modificar.
  • Los datos añadidos en la nueva declaración.
  • Los datos que se van a modificar.

En la casilla correspondiente tienes que indicar:

  • Que el resultado de la liquidación anterior era en negativo, si fue a ingresar.
  • Que el resultado de la declaración fue positivo, si era a devolver.

¿Y si se pasa el plazo para presentarla?

Si se pasa el plazo para presentar el modelo 200, se puede presentar fuera de plazo, pero con las sanciones correspondientes.

Pueden darse dos situaciones:

Que la Administración aún no haya hecho requerimiento

En este caso habrá que pagar un recargo al hacer la declaración, que será del 1% si ha pasado menos de un mes, y aumentará en otro 1% por cada mes de más que pase hasta un año.

Es decir, se puede pagar desde un 1% de recargo si han pasado unos días, hasta un 12% si han pasado entre 11 y 12 meses.

A partir de los 15 meses, el recargo será siempre del 15%.

Hay que tener en cuenta los posibles intereses de demora que también puede corresponder pagar por presentar el modelo 200 fuera de plazo.

Que la Administración haya hecho requerimiento previo

Si la Administración ya te ha requerido, las sanciones pueden ser más graves.

  • En caso de que el resultado de la declaración fuera a ingresar, se impondrá una sanción que irá del 50% al 150% de dicho resultado.
  • Si el resultado de la declaración fue a devolver o igual a 0, se pagará una sanción fija de 200 euros.

Aunque te pueda parecer que el modelo 200 no es demasiado complicado, recuerda que si cometes algún fallo, vuelves a tener una cita con Hacienda. Pero esta vez, con recargo.

¿Vas a exponerte a «vértelas» con la Agencia Tributaria, cuando en AYUDA T PYMES tenemos un equipazo de asesores que te pueden ayudar con el modelo 200? Respira y deja tu declaración en las mejores manos.

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