La Agencia Tributaria puede llegar a ser bastante inoportuna. Tanto, que incluso puede pedirte facturas que no tienes, mira por dónde. Pero la culpa es tuya, porque tu obligación es conservarlas. Y por supuesto, el marrón también corre de tu cuenta 🤦
Lo que pasa es que ya lo dice el refrán, que a grandes marrones, grandes soluciones. Bueno, era otra cosa, pero así rima y mola más.
La cuestión: yo creo que lo mejor es que te cuente qué va a pasar si Hacienda te viene reclamando facturas a ti. Vamos a lo que vamos.
Hacienda me pide facturas que no tengo, ¿qué puede ocurrir?
Como comprenderás, Hacienda no se va a quedar de brazos cruzados si te pide facturas y resulta que no los tienes. Te va a tocar pagar, como quizás ya intuías y yo te confirmo, mal que me pese.
Cuál es la multa por no presentar facturas
Ahora te preguntarás cuál es la multa por no presentar las facturas requeridas. Pues bien, en principio la broma sería equivalente al 2% sobre el volumen de ventas que se haya declarado.
En caso de que no se pueda saber el importe del volumen de venta del negocio, la multa será de 300 euros por cada operación sin factura.
¿Durante cuánto tiempo hay que conservar las facturas?
Esta es otra pregunta del millón entre personas que no conservan sus facturas.
Pues bien, debes saber que hay múltiples respuestas a esta pregunta. Sí sí, no me estoy quedando contigo.
Y es que no solo hay que tener en cuenta el criterio de Hacienda respecto al tiempo que hay que guardar las facturas, sino que también debemos atenernos a otras normativas de aplicación.
Veamos.
Criterio de Hacienda
Si hacemos caso a lo que nos dice Hacienda (deberíamos), tenemos que tener guardadas las facturas durante 4 años.
Se nos da este plazo porque este es el tiempo de prescripción de los impuestos. Es decir, durante 4 años la Agencia Tributaria nos puede inspeccionar y comprobar nuestras facturas para ver si «todo está en orden» en lo que al pago de los impuestos se refiere.
Criterio del Código de Comercio
La normativa mercantil impone la obligación de guardar las facturas, y toda la documentación en general, durante un plazo de 6 años.
«GesTron, pero eso lo dice el Código de Comercio, ¿qué tiene que ver Hacienda en todo esto».
No te confíes. Hacienda puede pedirte explicaciones sobre facturas emitidas hace 6 años sin problema alguno. Ni serías el primero al que le pasara, ni el último, me temo.
Criterio del Impuesto sobre el Valor Añadido
Las facturas del IVA se deben guardar 4 años según Hacienda, como todas. Pero además, las relacionadas con bienes inmuebles tienen que conservarse durante un periodo de 9 años.
Lo sé, la cosa va aumentando. Pues espera, que hay más.
Criterio del Código Penal
Sé que puede haberte entrado un sudorcillo frío al leer la palabra «penal», pero a menos que hayas cometido un delito relacionado con tus facturas, que espero que no sea el caso, no tienes nada de qué preocuparte.
Pero ojo, la cuestión es que con las facturas se pueden cometer ciertos delitos como falsedad documental o delitos contra la Hacienda Pública (defraudar mucho dinerito, vaya).
De estos delitos, los que mayor pena conllevan son los de fraude fiscal, que están penados con penas de prisión de hasta 5 años, además de la multa correspondiente. Y esos delitos prescriben a los 10 años.
👨⚖️ ¡Conclusión! para demostrar que no has cometido delito ninguno con tus facturas, tienes que guardarlas durante 10 años.
Criterio de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales
Según esta ley, toda la documentación fiscal se debe guardar al menos 10 años, y esta tiene que estar disponible. Otra razón más (y de peso) para guardar las facturas toda una década.
¿Cada cuánto tiempo puede comprobar Hacienda las facturas?
Dicen que el futuro será digital o no será, ¿sabes? Y el futuro ya ha llegado a la Agencia Tributaria.
Lo que te quiero decir con esto es que en Hacienda cuentan con herramientas de Big Data con las que pueden comprobar las facturas cada 4 días.
Pues sí, este es el tiempo del que disponen las empresas para presentar sus facturas. Si detectan algo que les huele a chamusquina, en Hacienda pasan a una segunda fase de comprobación en las que cruzan los datos con los bancos y con quien haga falta.
También debes saber que pueden solicitar información en cualquier momento sobre ingresos de 2.500 euros en adelante, operaciones hechas con billetes de 500 (esos que nadie ha visto nunca) y préstamos superiores a 6.000 euros.
Y ahora te planteo una cosa: con todo lo que tienes tú que pensar, ¿te merece la pena estar también preocupándote del tema de las facturas? Que si Hacienda me pide documentación que no tengo, que si no sé cómo guardar mejor las facturas…
¡Ojalá todos los problemas tuvieran tan fácil solución! Porque para evitarte todo este fandango, te propongo que nuestros asesores se hagan cargo de todos estos asuntos de tu negocio, ¿qué te parece?
Ojo, que en AYUDA T PYMES contamos con unos pedazos de asesores que no nos creemos la suerte que tenemos. Si te quedas con nosotros, tú también estarás tan contento que hasta los vas a querer un poquito 🥰