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Como empresario, probablemente una de tus grandes preocupaciones es que todos los trámites y obligaciones de tu empresa estén al día y correctamente realizados.
En lo que respecta al personal hay que retribuirles y pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social. Una duda habitual es saber si hay que añadir el plus de antigüedad en la nómina, ya que no siempre es así.
Qué es el plus de antigüedad
El plus de antigüedad es un complemento salarial que se incluye junto con el salario base de un trabajador por cada periodo de servicio que ha prestado a la empresa contabilizado desde su ingreso en la misma.
El objetivo del plus de antigüedad es tratar de retener a los trabajadores en la empresa. Además de mantener el talento en la compañía, también se amortigua el gasto que implica la formación de los nuevos empleados para la empresa.
Asimismo, este complemento contribuye a reconocer la experiencia acumulada, fomentar la estabilidad laboral y reforzar el compromiso del trabajador con la organización, lo que suele traducirse en una mayor productividad y un mejor conocimiento de los procesos internos.
Algo importante que es necesario saber en relación al plus de antigüedad es que su regulación no se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores, ya que no hay un artículo concreto donde esté incluido.
artículo concreto donde esté incluido.
Esto implica que no existe una obligación legal general de abonar este complemento. No obstante, sí será exigible cuando esté previsto en el convenio colectivo, en el contrato de trabajo o cuando derive de una condición más beneficiosa.
Todo lo referente a este plus se rige por lo establecido en los convenios colectivos. Esto significa que la regulación y la aplicación o no de antigüedad laboral dependen de la empresa para la que preste sus servicios el trabajador y lo que establezca el convenio colectivo de aplicación correspondiente, ya bien sea de sector o propio.
El plus de antigüedad es salarial o extrasalarial
Antes de ver si el plus de antigüedad es de tipo salarial o extrasalarial, voy a explicarte qué significa cada uno de estos conceptos.
Los complementos salariales son una suma de dinero que un trabajador percibe en su nómina y que complementan el salario base. Pueden generarse debido a una situación personal del empleado, a las circunstancias del trabajo que desarrolla o a la situación y resultados de la empresa.
Por otro lado, los complementos no salariales o extrasalariales, son las retribuciones que recibe un empleado pero que no están relacionadas directamente con el trabajo que hace dentro de la empresa. Normalmente son pagos que compensan gastos que ha adelantado y pagado con su propio dinero.
Como supongo que ya habrás acertado, el plus de antigüedad es un complemento salarial de carácter personal, como otros similares de formación o productividad.
Al tratarse de un complemento salarial, forma parte de la base de cotización a la Seguridad Social, está sujeto a retención de IRPF y computa a efectos del cálculo de indemnizaciones.
Cuándo se cobra el plus de antigüedad
El plus de antigüedad se devenga para los trabajadores por cuenta ajena que estén incluidos en la plantilla de la empresa.
Toda la normativa viene estipulada en los diferentes Convenios Colectivos que cuentan con este plus.
Con carácter general, cuando se extingue la relación laboral, se pierde la antigüedad. Esto ocurre independientemente de que se trate de un fin de contrato, despido o renuncia.
Si un trabajador deja la empresa, pierde el plus de antigüedad y el contador se pone a 0, no sumando los años anteriores en caso de volver a incorporarse. No obstante, la jurisprudencia ha establecido que la antigüedad puede mantenerse en supuestos de sucesión o concatenación de contratos cuando exista una continuidad real en la prestación de servicios, aplicando el criterio de la unidad esencial del vínculo.
Además, esta regla general debe matizarse, ya que la jurisprudencia ha establecido que la antigüedad puede mantenerse en supuestos de sucesión o concatenación de contratos cuando exista una continuidad real en la prestación de servicios, aplicando el criterio de la unidad esencial del vínculo.
Por tanto, no existe un plazo único (como un mes) que determine automáticamente la pérdida de antigüedad, sino que debe analizarse cada caso concreto.
Periodos que computan como antigüedad
El tiempo que un trabajador está prestando servicios en la empresa, cuenta para el cobro del plus de antigüedad. Pero hay que hacer distinción en función de los distintos tipos de períodos, ya que no todos computan para el cálculo de este plus.
Los periodos que computan son:
- Todos los tipos de contratos laborales, incluidos los temporales, en prácticas o de formación.
- El tiempo de periodo de prueba.
- El tiempo trabajando a través de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT), siempre que exista continuidad en la prestación de servicios o así lo establezca el convenio colectivo aplicable.
- Los periodos de excedencia forzosa, excedencia por cuidado de hijos, o excedencia por cuidado de familiares dependientes.
Los períodos que no computan son:
- El periodo de prácticas académicas. Computarán únicamente en el caso de que el convenio colectivo así lo establezca.
- Los periodos de excedencia voluntaria.
Para los trabajadores fijos discontinuos se considera toda la relación laboral, no solo el tiempo activo.
En cualquier caso, el cómputo de estos periodos dependerá de lo establecido en el convenio colectivo y de las circunstancias concretas, por lo que algunas de estas situaciones pueden requerir un análisis individualizado.
¿El plus de antigüedad es obligatorio?
Como ya hemos visto, el plus de antigüedad no se encuentra regulado por el Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, no hay en este punto ninguna obligación para las empresas a pagar un complemento económico por antigüedad.
En caso de que se refleje en el Convenio Colectivo por el que se rige la empresa su aplicación es obligatoria. No obstante, un convenio colectivo puede ser legal y no incluir el plus de antigüedad, pero puede acordarse el pago de este complemento entre empresario y trabajador bajo previo acuerdo entre partes como mecanismo para mejorar las condiciones del trabajador y retener el talento en la empresa.
Asimismo, cuando la empresa lo abona de forma reiterada en el tiempo, puede consolidarse como condición más beneficiosa, pasando a ser exigible para el trabajador.
Cómo se calcula el plus de antigüedad
Una vez que ya tienes claro si tienes que pagar o no plus de antigüedad a tus trabajadores, es importante que tengas claro cómo se calcula.
En primer lugar, tendrás que comprobar lo que dice al respecto el convenio colectivo que se aplique a los trabajadores de tu empresa. Ahí podrás comprobar cómo se calcula el plus de antigüedad y los límites que tenga. Puede ser que haya un máximo establecido y, aunque el trabajador tenga más antigüedad, no cobre más.
El aspecto central del cálculo del plus de antigüedad es el período de tiempo que el trabajador lleva prestando sus servicios para la empresa. Los más utilizados son los trienios, cuatrienios y quinquenios.
Por otra parte, hay convenios colectivos que establecen el cálculo mediante la aplicación de un porcentaje sobre el salario base y otros establecen una cantidad fija en función de los años, teniendo en cuenta los bienios, trienios, cuatrienios o quinquenios del trabajador.
Ejemplo de cálculo del plus por antigüedad
Como siempre, todo queda más claro cuando se ve un ejemplo de cómo se calcula la antigüedad en nómina.
Si nos fijamos en el convenio de artes gráficas, éste establece que el personal al que se aplica tendrá que cobrar un aumento periódico por el tiempo de servicios prestados a la misma empresa, consistente en dos trienios y quinquenios sucesivos.
Para el cálculo del plus de antigüedad se tendrá en cuenta el último salario base percibido, más el complemento de categoría, en su caso. La cuantía del complemento personal de antigüedad será del 3 por 100 para cada trienio y del 3 por 100 para cada quinquenio.
Ahora que ya tenemos la forma de calcularlo, vamos a imaginar que hay un trabajador al que se le aplica este convenio y que tiene 11 años de antigüedad y un salario base mensual de 2.000 euros.
El tiempo que lleva prestando sus servicios haría un total de 2 trienios y 1 quinquenio.
Estos períodos harían que el porcentaje de aplicación sea de un 9% sobre el salario base. Así, un 9% sobre 2.000 serían 180 euros mensuales en concepto de plus de antigüedad.
En este ejemplo, como ya hemos visto, este convenio establece la forma de calcular el plus mediante un porcentaje, pero habrá otros que establezcan una cuantía fija por cada periodo.
Trabajadores a tiempo parcial o con reducción de jornada
Pero…¿Qué pasa con los trabajadores que están a tiempo parcial? ¿Y los que tienen reducción de jornada?
En ambos casos, el plus de antigüedad se reduce en proporción a la jornada que efectivamente realice el trabajador.
Eso sí, la reducción no se aplica cuando el plus de antigüedad se calcula con un porcentaje, ya que el porcentaje se aplicaría sobre el salario base ya reducido.
En cambio, sí se reduce cuando el convenio colectivo establece una cuantía fija. Si, por ejemplo, esa cantidad fueran 100 euros y el trabajador presta sus servicios media jornada, cobrará la mitad. Es decir, su plus de antigüedad será de 50 euros.
Espero que con todo este despliegue de información tengas claro cuándo tienes que pagar plus de antigüedad a tus empleados y cómo calcularlo e incluirlo en las nóminas.
En cualquier caso, para todo lo referente al personal, lo mejor es que cuentes con personal especializado en legislación y gestión laboral. El equipo de Ayuda T Pymes puede ser tu mejor aliado en este ámbito, para que todo lo relacionado con tus trabajadores esté al día 😊

