Con todas las obligaciones fiscales y con los costes de la Seguridad Social que tienen los autónomos, muchos son los que se plantean trabajar sin estar dado de alta.
Sin embargo, la multa por trabajar como autónomo sin estar dado de alta puede hacer replantearte esta esta opción.
Es importante diferenciar entre la situación de baja derivada de una Incapacidad, y el incumplimiento de la obligación de alta en el RETA.
Ya sabemos que enfadar a Hacienda y a la Seguridad Social no es buena idea 😅
Realizar la actividad sin estar de alta en el RETA
Como ya sabrás, estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es obligatorio siempre que realices una actividad de forma personal, directa y habitual.
Entonces parece claro que si te das de baja como autónomo ya no podrás seguir desarrollando la actividad que venías haciendo hasta el momento.
Estar de baja en el RETA no es lo mismo que estar de baja médica. Es importante que la diferencia quede clara, como hemos comentado anteriormente.
La baja médica, como en el Régimen General, es temporal y deriva de una enfermedad, común o profesional, o a un accidente laboral o cotidiano. Para recibir la prestación por incapacidad temporal tienes que haber cotizado previamente.
Sin embargo, encontrarse de baja en el RETA y en Hacienda implica dejar de ser profesional por cuenta propia. Este tipo de baja es la que se hace cuando ya no quieres seguir siendo autónomo y finaliza tu actividad.
Si te encuentras en esta situación, pero sigues llevando a cabo tu actividad profesional, estarás actuando de manera fraudulenta, y las consecuencias son costosas.
Consecuencias
Sí, existe una multa por trabajar estando de baja de autónomo. Independientemente del motivo que te haya llevado a tramitar la baja, puedes ser sancionado.
De hecho, pueden caerte dos sanciones. Por un lado de la Agencia Tributaria y por el otro de la Seguridad Social.
Multa de Hacienda por facturar estando de baja de autónomo
Si decides continuar con tu actividad sin estar de alta en la Agencia Tributaria la multa puede llegar hasta los 6.000 euros, siendo de un mínimo de 150 euros.
Y esta es sólo la parte de Hacienda, que no tiene nada que ver con la Seguridad Social. Tenlo en cuenta si estás pensando seguir con tu actividad después de darte de baja en la Agencia Tributaria.
Multa de la Seguridad Social por trabajar estando de baja de autónomo
Además de la multa que ya te he explicado de Hacienda, cuando la Seguridad Social se da cuenta de que estás realizando una actividad por cuenta propia, habitualmente tramita el alta en el RETA automáticamente.
Esto puede parecer poco pero no lo es. Iniciarías la actividad como nuevo autónomo sin derecho a ningún tipo de bonificación y tendrías que pagar todas las cotizaciones desde el momento en que la Seguridad Social considera que has estado realizando la actividad.
Ten en cuenta que, al pago de las cotizaciones atrasadas, debes sumar un 20% de recargo por pagarlas fuera de plazo.
Trabajar estando de baja médica como autónomo
La Incapacidad Temporal se define en el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) como el tiempo en el que un trabajador no puede trabajar por una enfermedad o accidente. Así que, como hemos visto antes, no es lo mismo que estar de baja en el RETA.
Lo que sí parece aparentemente claro es que de la definición se desprende que durante el tiempo en que esté de baja médica no es posible trabajar.
Consecuencias
Si se trabaja, se podrá denegar la prestación por incapacidad temporal. De hecho, el artículo 175 de la LGSS establece que el subsidio puede ser denegado, anulado o suspendido en caso de que la persona trabaje, ya sea por cuenta propia o ajena.
Además, este comportamiento se considera una infracción grave, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).
La sanción, regulada en el artículo 47 de la misma ley, consiste en la pérdida del derecho a cobrar la prestación durante un período de tres meses.
Excepciones
En el caso de la incapacidad temporal del autónomo existe jurisprudencia que ha creado una excepción cuando hay dos trabajos diferentes, sea porque la persona está de alta por cuenta propia y ajena o porque tiene dos actividades diferentes.
Será el médico el que tenga que determinar si la dolencia afecta a uno o varios empleos y cómo afecta al tiempo de curación.
En conclusión, ahora ya sabes que la multa por estar trabajando de baja como autónomo es sólo una de las consecuencias. Nuestro consejo es que siempre que lleves a cabo una actividad lo hagas legalmente.
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