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Nadie quiere enfrentarse a Hacienda o tener que hacer frente a los pagos por multas o sanciones que se imponen por no hacer las cosas correctamente.
Uno de los elementos relacionados con los pagos y cobros de la Agencia Tributaria son los intereses de demora de Hacienda.
Este tema suele suscitar dudas, así que te ayudo a entenderlo 😉
Qué son los intereses de demora de Hacienda
Los intereses de demora de Hacienda son un recargo que se cobra sobre la deuda pendiente cuando se dan las circunstancias que lo justifican.
Si se realiza un pago fuera de plazo o se presenta una autoliquidación o declaración con resultado a ingresar, se exigirá a los obligados tributarios y a los sujetos infractores el pago de los intereses de demora de Hacienda.
A efectos prácticos, los intereses de demora es la forma que tiene Hacienda de penalizar a los deudores cuando no pagan dentro del plazo.
Aunque, eso sí, también se aplican estos intereses cuando es la Agencia Tributaria la que debe dinero a los contribuyentes y no se lo ha devuelto antes del 31 de diciembre.
Los intereses de demora por devolución ingresos indebidos, también forman parte de este tipo de intereses, aunque son menos conocidos. Se dan por cantidades que se han pagado a la Agencia Tributaria, aunque nunca se debieron de pagar.
Por tanto, el interés de demora es el recargo que se aplica a las deudas según el valor del dinero, que cambia con el paso del tiempo. Por eso, es el Gobierno el que establece cuál será el importe de los intereses de demora en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Ejemplos de intereses de demora de Hacienda
Los intereses de demora los aplicará la Agencia Tributaria en los siguientes casos:
- Presentación de los modelos 303 fuera de plazo.
- Cuando se presentan los modelos 130 o 100 fuera del período establecido.
- Si se han presentado los modelos anteriores pero el pago no se hace durante el tiempo que se fija en la normativa.
Cálculo de los intereses de demora de Hacienda
Como ya hemos adelantado en el apartado anterior, el importe de los intereses de demora se fija por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.
Entonces, el interés de demora será el interés legal del dinero vigente, incrementado en un 25%.
Para calcular los intereses de demora hay que multiplicar el importe de la deuda por el número de días que se ha retrasado el pago y dividirlo por los 365 días del año y multiplicado por el tipo de interés que se haya establecido por el Gobierno.
El cálculo de los intereses de demora devolución de ingresos indebidos se hace de la misma forma que hemos explicado para el resto de intereses de demora.
Ejemplo del cálculo de los intereses de demora de Hacienda
Vamos a imaginar que la deuda por IVA asciende a 1.000 euros y que el tipo de interés establecido es del 3%.
El retraso que se ha producido ha sido de 20 días. Es decir:
1.000X20/365X0,03= 1,64
En este caso, como el importe que se ha adeuda no es muy elevado y no se ha producido mucho tiempo de retraso, el obligado tendrá que pagar 1,64 euros en concepto de intereses de demora.
Eso sí, si ponemos una situación donde la deuda sea mucho más alta y el tiempo más amplio, estos intereses de demora pueden ser mucho más importantes.
Contabilizar los intereses de demora de Hacienda
Una vez que ya conocemos el importe que hay que pagar en concepto de intereses de demora de la Agencia Tributaria, hay que contabilizarlos para que queden registrados y la contabilidad refleje la imagen fiel y real de la empresa.
En el período al que correspondan, se deberán incluir estos intereses en las siguientes cuentas:
- Cuenta 669, Otros Gastos Financieros. Aquí se incluyen los intereses que se hayan devengado en el ejercicio de la liquidación.
- Cuenta 113, Reservas Voluntarios. En esta cuenta se añaden los intereses que se han devengado en ejercicios anteriores al actual.
Ejemplo de contabilizar los intereses
Si seguimos con el ejemplo anterior, los 1.000 euros de IVA pendientes habría que registrarlos en la cuenta de Hacienda Deudora y los intereses en la cuenta 669 de Otros Gastos Financieros, ya que son del mismo año que se va a liquidar.
Veamos el asiento:
1.000 (4750) Hacienda Pública Acreedora por IVA
1,64 (669) Otros gastos financieros
A
Bancos (572) 1.001,64
¿Son deducibles los intereses de demora de Hacienda?
Ya sabemos que los gastos deducibles son importantes en la actividad económica de las empresas, por lo que hay que intentar incluir todos los costes relacionados directamente con la empresa y su actividad.
Entonces…¿los intereses de demora de Hacienda son deducibles? La respuesta es que sí, la Agencia Tributaria permite deducir estos intereses, entre otros gastos deducibles, como gastos del ejercicio.
A la hora de deducir los gastos por intereses de demora, se hará de forma diferente en función de si se han contabilizado en la cuenta 669 o en la 113:
- Si los intereses están contabilizados en la cuenta 669 no hay que hacer ningún otro ajuste ni movimiento, ya que se consideran gastos.
- Si los intereses están contabilizados en la cuenta 113, hay que hacer un ajuste extracontable en negativo por el total del importe.
Como resumen los intereses de demora de Hacienda se usan habitualmente y se pagan cuando no se presentan las autoliquidaciones en fecha o se paga más tarde del período establecido.
Para evitar el pago de intereses de demora de Hacienda, lo mejor es contar con el equipo de Ayuda T Pymes. Así, tendrás el asesoramiento necesario para tu negocio y los impuestos se pagarán correctamente y dentro del plazo establecido. De esta forma, todos los trámites y gestiones no serán una preocupación para ti 😊
