¿QUÉ NECESITAS?

Inicio > Categorias > Laboral > Contrato de sustitución por baja laboral | Guía y Novedades

Contrato de sustitución por baja laboral | Guía y Novedades

Hay más motivos que nunca para hablar del contrato de sustitución por baja laboral. ¡Las novedades desde septiembre de 2023 te interesan, y mucho!

Si cuentas con trabajadores en tu plantilla, es imposible que todos estén siempre perfectamente para trabajar. Lo sé, es una faena pero sucede en el 100% de las empresas con trabajadores.

Las bajas se pueden producir por diferentes motivos, ya sea por enfermedad, accidente o porque han sido papás o mamás. Ante este tipo de situaciones, aparece como agua de mayo el contrato de sustitución por baja laboral del que te voy a hablar en este post.

Así que, tengas o no a alguien de tu plantilla de baja (o que próximamente va a traer un bebé al mundo), esta guía te resultará muy útil. ¡Te aconsejo que la dejes guardada en favoritos para consultarla en el futuro! Ahora sí, comencemos. 

¿En qué consiste el contrato de sustitución por baja laboral?

El contrato de sustitución por baja laboral es un tipo de contrato temporal que surge cuando un trabajador no puede acudir a su puesto de trabajo por un tiempo determinado debido a una baja por maternidad o incapacidad. Dicho de otro modo, es buscar un sustituto para ese periodo. 

Este es el concepto principal y más general de este tipo de contratos, pero no es el único. Muchos papás y mamás, después de tener un bebé, solicitan la jornada reducida, ya que es un derecho que tienen por ley. Esto para la empresa se traduce en una necesidad de horas que necesitará cubrir. 

En este tipo de situaciones, también se puede emplear el contrato de sustitución para cubrir las jornadas reducidas de los empleados.

Otra de las situaciones en las que se puede emplear este tipo de contratos es cuando surge una vacante durante un proceso de selección. Por ejemplo, cuando son puestos que necesitan la realización de unas oposiciones como puede ser un trabajador de la limpieza pública contratado por el ayuntamiento. 

En España, a estos contratos los llaman ahora contratos por sustitución de persona trabajadora. Un nombre un poco largo, ¿no? Antes se les conocía como contratos de interinidad, pero el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, vino a cambiarles el nombre. ¡Qué modernos somos para algunas cosas!

Pero ojo, estos contratos por sustitución de persona trabajadora son solo una de las dos opciones de contratos temporales a las que, como empresario, te puedes acoger hoy en día. 

El otro tipo es el contrato por circunstancias de la producción. El gobierno, en su afán de fomentar los contratos fijos, decidió cargarse los contratos temporales por obra y servicio determinado. Pero ya hablaremos de esto más adelante en el post. 

Características del contrato de sustitución

Mucho ojo con este tipo de contratos porque, para poder acogerte a ellos deberás tener en cuenta una serie de características vitales que deberás cumplir sí o sí:

  • Temporalidad: Este contrato tiene una fecha de caducidad y está ligado directamente al tiempo que el trabajador original esté de baja. Cuando el trabajador se recupere, se acabó el contrato.
  • Justificación: No puedes hacer un contrato de estos por la cara, tiene que haber una justificación legítima. La contratación del sustituto está fundamentada en la necesidad de cubrir la ausencia del trabajador original. No vale hacerlo solo porque quieres hacer contratos temporales. 
  • Igualdad de condiciones: El sustituto tiene derecho a las mismas condiciones laborales que el trabajador original. Esto significa que debe recibir el mismo salario, tener el mismo horario, disfrutar de los mismos descansos y beneficios… 

Tipos de contratos de sustitución

Existen diferentes opciones en las que puedes optar por este tipo de contrato. Así que, voy a explicarte las diferentes situaciones en las que puedes acogerte a un contrato de sustitución:

Contrato por sustitución por incapacidad temporal

Este contrato se utiliza cuando necesitas reemplazar a un trabajador que se encuentra en situación de baja por enfermedad o incapacidad temporal. El contrato tiene una duración determinada y finaliza cuando el trabajador original regresa a su puesto.

Contrato por sustitución por maternidad/paternidad/adopción

Cuando un trabajador se ausenta debido a un permiso por maternidad, paternidad o adopción, este contrato se emplea para cubrir su puesto temporalmente. El contrato se extingue al finalizar el período de permiso.

Hasta hace unos años, este tipo de contrato era muy utilizado para sustituir a las madres, ya que su permiso era mayor que el del padre. Sin embargo, actualmente ambos tienen la posibilidad de solicitar el mismo periodo de baja por maternidad o paternidad.

Contrato por sustitución por cuidado de menor o familiar

Si un trabajador solicita una reducción de jornada para cuidar a un menor o a un familiar, se puede utilizar  este contrato para incorporar a alguien que ocupe su puesto durante ese periodo. De este modo, la empresa no vería afectada su producción.

Contrato por sustitución por jubilación

Cuando un trabajador decide jubilarse, este contrato se emplea para cubrir su puesto con un nuevo empleado de forma temporal hasta que el trabajador se retire definitivamente. De esta manera, se asegura una transición adecuada y se mantiene la continuidad en el funcionamiento de la empresa.

Contrato por sustitución por excedencia

Este contrato se utiliza cuando un trabajador solicita una excedencia por cuidado de un familiar o para atender asuntos propios, e incluso porque necesita un descanso o unas vacaciones más largas. 

Para cubrir su puesto durante ese periodo, se contrata a otra persona de forma temporal que lo sustituya. 

Novedades del contrato de sustitución en 2023

El Real Decreto-ley 1/2023 no es precisamente una buena noticia para los empresarios y autónomos, ya que trae modificaciones significativas y nada halagüeñas, la verdad. 

Siguiendo a la normativa vigente, se establece que únicamente se bonificará el 58% de la cotización total de los empleados contratados y autónomos durante el periodo de sustitución debido a una baja por riesgo de embarazo o por el nacimiento de un hijo. 

Además, solo se podrán cubrir estas sustituciones con trabajadores menores de 30 años.

La modificación de los incentivos a la contratación laboral por sustitución afecta a todos los contratos que se celebren a partir del 1 de septiembre de 2023

Más costes para los empresarios

Cuanto mayor sea el salario de la categoría del trabajador, mayor será la diferencia y los costes que deberá asumir el empresario. Para que lo entiendas mejor, te pongo un ejemplo: En un salario de 2.000 euros brutos al mes, solo se bonificará el 58% de la cotización total. 

Un aspecto importante es que, hasta el momento, se bonificaba el 100%, por lo que la diferencia es más que significativa, y no es que precisamente se pague poco de impuestos, la verdad. 

Dificultad para la adaptación del trabajador sustituto

Con la nueva reforma, se limita la contratación del nuevo trabajador a un máximo de 15 días antes de que se produzca la baja. Esta reforma dificulta aún más, para los autónomos, la sustitución de las personas en situación de maternidad/paternidad. 

En definitiva, las nuevas novedades no traen muy buenas noticias. Por eso,  te recomiendo acudir a una asesoría para que te expliquen con todo lujo de detalles a las subvenciones que te puedes acoger en este tipo de contratos. 

Preguntas frecuentes sobre el contrato de sustitución o interinidad

Estoy seguro de que se habrán quedado algunas dudas sin resolver sobre los contratos de sustitución, así que voy a darte respuesta a las más repetidas entre autónomos como tú.

¿Un trabajador que cubre una baja tiene derecho a vacaciones?

Si tienes un trabajador que está cubriendo una baja en tu empresa, es importante tener en cuenta que también tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones. Aunque sea un sustituto temporal, sigue siendo un empleado con derechos laborales. 

El trabajador que está cubriendo la baja tiene derecho a un período de vacaciones remuneradas, en proporción al tiempo que ha trabajado durante el año. La duración exacta de las vacaciones puede variar según el convenio colectivo aplicable y los días efectivos trabajados. 

Es fundamental recordar que el derecho a vacaciones es acumulativo, lo que significa que si el trabajador no ha podido tomar todas sus vacaciones durante el período de sustitución, es necesario garantizar que se le compense económicamente por los días no disfrutados.

👩‍🏫 Importante: El periodo de vacaciones no puede ser inferior a 30 días naturales, o 22 días laborables, por año trabajado. 

¿Qué salario se debe pagar a un trabajador con contrato de sustitución? 

Mucho cuidado con esto porque puede traer cola. Cuando contratas a un trabajador con contrato de sustitución tienen derecho a cobrar el mismo salario base que la persona a la que sustituyen. Esto es así porque es obligatorio que estén adscritas al mismo grupo profesional. 

Eso sí, es importante no confundir tener el mismo salario base que cobrar el mismo sueldo, lo que ve en el banco, vaya. Existen otros pluses como el de antigüedad al que el trabajador sustituto no tendría derecho. 

¿Cuándo puede un autónomo formalizar un contrato de sustitución?

El contrato de trabajo por sustitución se puede establecer en los siguientes casos:

  • Cuando exista derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre y cuando se indique en el contrato el nombre de la persona que está siendo sustituida y la razón de la sustitución.
  • Para complementar la jornada reducida de otro empleado, cuando esta reducción esté respaldada por causas legalmente establecidas o reguladas en el convenio colectivo. Esta medida promueve y es coherente con el derecho de los empleados a conciliar su vida personal y laboral.
  • Para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, con el objetivo de cubrirlo de forma permanente con un contrato indefinido. Sin embargo, en este caso, la duración del contrato de sustitución no puede ser superior a tres meses.

Es importante tener en cuenta que estos son solo algunos de los casos comunes en los que se utiliza un contrato de trabajo por sustitución. La legislación laboral y los convenios colectivos pueden establecer otros supuestos específicos en los que se permite este tipo de contrato.

¿Cuánto tiempo se puede tener a un trabajador con un contrato de sustitución?

La duración de un contrato de sustitución puede variar dependiendo de la causa de la sustitución y la legislación laboral aplicable. Por lo general, se establece en función de la duración de la baja laboral del trabajador ausente (por enfermedad, maternidad/paternidad) o la duración de la excedencia solicitada. 

Una vez que el trabajador titular regresa, el contrato de sustitución llega a su fin. No obstante, en determinadas situaciones este contrato se puede ampliar. Por ejemplo, si el trabajador que regresa a su puesto solicita una reducción de jornada. 

¿Cuándo y cómo se finalizan los contratos de sustitución?

Los contratos de sustitución de trabajadores terminan cuando se producen alguna de las siguientes situaciones:

  • El trabajador que estaba ausente regresa a su puesto.
  • Se alcanza el plazo legal o acordado para el regreso del trabajador.
  • La razón por la cual se reservó el puesto de trabajo ya no existe.
  • Han transcurrido tres meses en los procesos de selección para ocupar el puesto de forma permanente. 

¿Qué beneficios tiene un contrato de sustitución?

Existen una serie de beneficios que un contrato de sustitución puede ofrecer a los autónomos y empresarios:

  • Continuidad del negocio: un contrato de sustitución ayuda a los empleadores a asegurarse de que su negocio siga funcionando sin problemas cuando un empleado se ausenta. Esto evita problemas y asegura que las tareas y responsabilidades del puesto de trabajo sean cubiertas durante ese tiempo.
  • Flexibilidad en la gestión del personal: brindan la posibilidad de ser flexibles en la gestión de su personal. Además, se puede contratar a alguien por un tiempo determinado para cubrir una ausencia temporal o para adaptarse a cambios en la demanda de trabajo. 
  • Evaluación del desempeño: Permite evaluar cómo se desempeña un empleado en un puesto específico antes de decidir si lo contratan de manera permanente. Así la empresa puede asegurarse de que está contratando a la persona adecuada para el trabajo.
  • Ahorro de costos: En algunos casos, los contratos de sustitución pueden ayudar a las empresas a ahorrar dinero. Pueden contratar a alguien por un salario proporcional o beneficiarse de reducciones en las cargas sociales durante el tiempo de sustitución, lo que puede ser beneficioso para el presupuesto del negocio.
  • Flexibilidad para probar nuevas contrataciones: Los contratos de sustitución permiten a los empleadores probar a nuevos empleados antes de tomar una decisión a largo plazo. Pueden ver cómo se adaptan al trabajo, al equipo y a la empresa antes de decidir si los contratan de manera permanente.

¿Qué indemnización tendrá el trabajador cuando finalice un contrato de sustitución?

Como norma general, el trabajador que tiene un contrato de sustitución temporal y tiene una duración específica, al finalizar el contrato, el trabajador no suele tener derecho a una indemnización por finalización. Eso sí, siempre y cuando no exista una cláusula específica en el contrato.

Pero mucho ojo con esto, existen determinadas situaciones en los que un contrato de sustitución se puede considerar, a ojos de la legislación laboral vigente, como indefinido. 

¿Cuándo un contrato de sustitución pasa a ser indefinido?

Aunque no es muy común, puede producirse que un contrato de sustitución pase a ser indefinido. A nivel general, sucede por dos motivos:

  • Exceso de duración: Según la normativa laboral en España, los contratos temporales tienen una duración máxima establecida. Si un contrato de sustitución supera dicha duración máxima, es posible que se considere como un contrato indefinido.
  • Renovaciones sucesivas: En España, la legislación laboral establece ciertos límites para las renovaciones sucesivas de contratos temporales. Si un contrato de sustitución se renueva repetidamente más allá de los límites permitidos, puede ser considerado un contrato indefinido. Estos límites pueden variar dependiendo de la modalidad de contrato y de la normativa vigente.

Mi consejo es que si tienes dudas en este aspecto, acudas a una asesoría laboral antes de tomar cualquier decisión. ¡Te salvará de más de un apuro!

¿Cómo transformar un contrato de sustitución en indefinido?

Si tienes un empleado con un contrato de sustitución y estás tan contento con su desempeño que quieres transformarlo en indefinido, deberás seguir una serie de pasos:

  • Evalúa el tiempo de ocupación: Verifica si el empleado ha estado ocupando el puesto por un periodo de tiempo más largo de lo esperado inicialmente. Esto puede implicar una cobertura prolongada de una baja por maternidad, una incapacidad o cualquier otra situación que justifique la interinidad.
  • Comunícate con el empleado: Ten una conversación con el empleado y expresa tu interés en convertir su contrato de sustitución en uno indefinido. Asegúrate de que comprendan las implicaciones y los beneficios de este cambio.
  • Formaliza el nuevo contrato: Una vez que ambas partes estén de acuerdo, procede a formalizar un nuevo contrato de trabajo indefinido. En este contrato, se establecerán las condiciones laborales, los derechos y las responsabilidades tanto del empleado como de la empresa.

Recuerda que estos pasos son solo una guía general y pueden variar según la normativa laboral y las circunstancias específicas. Así que te vuelvo a recomendar que no lo hagas tú solo y consultes a un experto antes de hacer nada, no vaya a ser que metas la pata.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • jose dice:

    Buenas tardes.En mi empresa somos 10 personas cada cual en su trabajo,se nos pone de baja un trabajador de larga duracion y necesitamos poner a otro en su lugar, asi lo hacemos, pasados 1 año y medido al trabajador dado de baja le comunican que se tiene que reincorporar a mi empresa, pero yo no quiero echar al que tenia y prefiero despedir al que han dado de alta.
    Puedo despedirlo el mismo dia que venga a la empresa o debo tenerlo unos dias y luego despedirlo ????
    Tengo la obligacion de mantenerlo trabajando aun sabiendo que me sobra un trabajador ????

    saludos

    • GesTron dice:

      Hola Jose. Tienes la potestad de despedir en cualquier caso, y no lo has hecho estando el trabajador en su periodo de baja (que es cuando no se debe hacer), pero dadas las circunstancias te recomiendo que trates este asunto con un asesor laboral, por si hay alguna información que se nos escape. Eso sí, si el trabajador que lo sustituye es debido a un contrato de interinidad, este contrato finaliza igualmente en cuanto desaparece el motivo de la contratación (la vuelta del trabajador sustituido).

  • Jordi Monterde dice:

    Buenas tardes

    he estado haciendo una sustitución por IT a una compañera, pero por desgracia ha fallecido recientemente. Tengo derecho al puesto de trabajo de la persona sustituida? gracias

  • Gemma dice:

    Hola , yo estaba cubriendo una baja laboral , yo me hice daño en el trabajo por no darme ellos zapatos de seguridad y estoy por mutua y antes de que ami me hayan dado el alta ya me han comunicado el cese del contrato por que le han dado el alta ha la persona que subtituia
    Como puedo firmar la carta para que me paguen pero poder revisar por abogado ? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Gemma. Estamos especializados en autónomos y empresas, pero tu solución la puedes encontrar en la APP Quarande, ya que de forma gratuita sabrás si tu demanda tiene viabilidad y cómo debes proceder. En muchos casos han conseguido no llegar a juicio. Te lo recomiendo ¡Descárgala en tu móvil!

  • Sonia Pereira dice:

    Me contrataron cubriendo una baja, regreso y me trajeron otra.
    Puedo seguir cubriendo puestos con este modelo de contrato cuando se incorpore el empleado al que estoy cubriendo ahora, Gracias.
    Además mi contrato tiene esta fecha : 20/02/2024 hasta el 31/12/9999.

    • GesTron dice:

      Hola Sonia. Consulta en la APP Quarande, que es un abogado laboral en línea, y comprueba si puedes reclamar en tu caso. Son expertos en defender derechos de trabajadores por cuenta ajena.

  • Laly dice:

    Hola, un trabajador está sustituyendo una baja médica, y el titular del puesto que está de baja ya no quiere incorporarse y pide baja definitiva de la empresa.
    El sustituto tiene derecho a cubrir esta vacante? La empresa tiene por obligación ofrecerle está plaza? O tiene más derechos otras personas que llevan más tiempo con contratos temporales en este empresa?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Laly. No, no existe ese derecho a la hora de cubrir el puesto. Que no se reincorpore, simplemente motiva la extinción del contrato de interinidad, ya que la causa de sustitución temporal deja de existir.

  • Jerónimo dice:

    Hola, buenas tardes.
    He estado cubriendo una baja por incapacidad.
    Hoy me han comunicado de la empresa que ya no tengo que ir porque el trabajador que estaba de baja le han dado la incapacidad absoluta.
    Mi pregunta es que pasa ahora con mi contrato.
    Gracias un saludo.

  • Cristian dice:

    Buenas. Tengo un contrato de sustitución por baja de paternidad, el día 14 de febrero se incorpora el compañero, si no me dicen nada y sigo acudiendo a trabajar, ¿cambia mi contrato automáticamente o me deberían hacer uno nuevo?

    • GesTron dice:

      Hola Cristian, ¿tu contrato expresa claramente a quién sustituyes y la fecha en que se incorpora? Porque si es así, no tienen que comunicarte nada. En cualquier caso, si quieren seguir contigo, ese contrato de sustitución no es el adecuado, y tendrían que hacerte otro, de distinto tipo.

  • Nerea dice:

    Hola, estoy cubriendo una baja, en caso de que no me avisen de que esa persona se ha incorporado a su puesto de nuevo y acudamos a trabajar los dos el mismo día, sería considerado un indefinido por fraude de ley o no tiene porqué ser así, muy agradecida por su respuesta, un saludo.

  • Jose Pereira dice:

    Buenos días, yo estoy cubriendo una sustitución. Me han contratado a través de ett. Además no estoy cubriendo el puesto de trabajo de la persona a sustiruir, me han colocado en otro puesto ¿es esto legal? Y otra pregunta me dicen que mientras esté cubriendo la sustitución no tengo derecho a vacaciones, ¿es cierto?

    • GesTron dice:

      Hola Jose. Lo primero, al ser contratado por una ETT, revisa tu contrato. Ahí se determina si efectivamente has firmado un contrato de sustitución, y qué función o puesto de trabajo es el que se ha firmado por las partes. En cuanto a las vacaciones, aunque no las disfrutes durante el tiempo de sustitución, te las pagarán como no disfrutadas, y los días cotizados de alta se sumarán al total.

  • Pilar García bodas dice:

    Buenos días yo llevo cubriendo una baja laboral 3 años, casi 4. Un año y medio de baja laboral y luego le han dado la incapacidad laboral revisable de dos años. Tenía un contrato por suplencia y ahora lo tengo indefinido totalmente. Cuál es la situación mía en la empresa? Trabajo en el Ministerio de Interior.

    • GesTron dice:

      Hola Pilar. No entiendo muy bien cuál es exactamente tu consulta, sobre todo si me dices que tu contrato ya es indefinido. Si ya eres indefinida estás en la misma situación que otros indefinidos en España. Y si regresa el trabajador no cambia en nada tu situación, ya que en verdad no le estás sustituyendo contractualmente.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SUSCRIPCIÓN

SUSCRÍBETE!

No deberías perderte nada de lo que cuente por aquí.