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Tarifa Plana de Autónomos 2024 | Novedades ¡Son más de 80 euros!

Darse de alta como autónomo es un gran paso para iniciar tu vida como emprendedor. Los comienzos nunca son fáciles y todas las ayudas que puedas recibir en esos momentos de incertidumbre son bienvenidas. Y la medida estrella es la Tarifa Plana de autónomos.

Si has investigado un poco antes de lanzarte a ser tu propio jefe, seguro que habrás escuchado hablar de la Tarifa Plana, pero, ¿qué es exactamente?

La Tarifa Plana para autónomos es la vía empleada por el Gobierno en los últimos años para fomentar el emprendimiento en España mediante la bonificación de las cuotas de autónomo en los primeros doce meses, con la posibilidad de prorrogarla un año más.

Ahorrarse un dinerillo nunca está de más. Así que, en este post te voy a contar todo lo que necesitarás saber antes de darte de alta como autónomo y pagar menos en tu cuota mensual. ¡Vamos allá!

Requisitos para obtener la Tarifa Plana para autónomos

La Tarifa Plana de autónomos de la Seguridad Social, o cuota reducida, está destinada a todos los nuevos emprendedores que se den de alta por cuenta propia. Para acogerse a esta ayuda inicial hay una serie de condiciones que debes cumplir:

  • No haber estado dado de alta como autónomo en los últimos 2 años (en caso de haber disfrutado esta bonificación el plazo subirá a 3 años).
  • No ser autónomo colaborador. Los colaboradores (familiares) tienen sus propias bonificaciones.
  • Estar al día con Hacienda y la Seguridad Social. Si tienes alguna deuda con ellas, no podrás acceder a la bonificación. En el caso de que no quieras llevarte sorpresas solicita un Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, el trámite telemático es muy sencillo.

Cómo solicitar la Tarifa Plana para autónomos

Si cumples las condiciones de la tarifa plana de la Seguridad Social tienes que notificarlo al tramitar el alta. Puedes optar por dos opciones diferentes: hacerlo tú mismo, o confiar en un profesional para hacerlo.

Solicitar la Tarifa plana tú solo

Puedes echar un vistazo al siguiente artículo y gestionar tu alta como autónomo por ti mismo siguiendo los pasos que se indican en él.

👨‍🏫 Recuerda que tienes que notificar que quieres acceder a esta tarifa plana cuando estés tramitando tu registro en el RETA. Si te olvidas, o lo haces mal, pagarás como el resto de autónomos y perderás miles de euros.

Solicitar que un profesional gestione tu alta como autónomo

Los asesores profesionales dan de alta a nuevos emprendedores a diario. Si quieres que el equipo de Ayuda T Pymes se encargue de tramitar tu alta y solicitar la bonificación en la cuota actual (la cuota reducida), solo tienes que hacer clic en el botón de aquí debajo. Evitas papeleos y te aseguras que el alta se va a realizar correctamente.

Tarifa Plana de autónomos según el año de alta

Según el año de alta como autónomo, se respetarán unas u otras condiciones en la tarifa plana. La gran diferencia está en las alta previas a 2023 y las posteriores. Además, en 2024, el importe de la cuota sufrirá un leve incremento debido a un nuevo impuesto progresivo.

Te lo explicamos al detalle a continuación.

Tarifa plana de los autónomos con alta en 2023

La Tarifa Plana para autónomos en 2023 refleja cambios respecto a la de años anteriores. De hecho… ¡Ha dejado de existir como tal! Aunque sigan llamándola tarifa plana, que sepas que se refieren a la cuota reducida de 80€.

El cambio a la modalidad de pago en función de los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia supuso, a su vez, un cambio en la cuota de autónomo.

De este modo, la cantidad a pagar quedó de la siguiente manera:

  • Primeros 12 meses: La cuota mensual es de 80 euros para aquellos que coticen por la base mínima.
  • Desde el mes 12 hasta el 24: Las personas que tengan unos rendimientos que no superen el SMI durante el segundo año pagan 80 euros. En caso de superar el SMI, se aplica la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos. Es decir, se pierde la bonificación.

Esto supone que, para las personas que en años anteriores tenían unos ingresos bajos, la cuota será más reducida. En cambio, aquellos con ingresos superiores al SMI dejarán de disfrutar el segundo año de la Tarifa Plana.

Tarifa plana de autónomos en 2024 y la subida de la cuota por el MEI

Las condiciones de la tarifa plana para nuevos autónomos no han tenido cambios en 2024, pero sí hay un impuesto progresivo desde 2023 que incrementará levemente el importe de la cuota: El MEI.

El MEI, Mecanismo de Equidad Intergeneracional, es un impuesto que afecta tanto a trabajadores por cuenta propia, independientemente del año de alta como autónomo, como a asalariados.

👨‍🏫 El MEI es el principal motivo de que los nuevos autónomos vieran el año pasado que el recibo de autónomo era más que los 80€ prometidos por la medida de la tarifa plana. En la gran mayoría de casos, la cuota era de alrededor de 85€. y en 2024 subirá algún euro más.

En 2024 el MEI incrementará la cuota un poco más, ya que pasa del 0,60% al 0,70%. Así que no te extrañes si te cargan un recibo con 86 u 87 euros desde enero.

Al ser un impuesto progresivo, seguirá aumentando año tras año hasta que en 2029 alcance su máximo: 1,2%

Cómo era la tarifa plana para las altas de autónomo previas a 2023

Existían varios tramos para la tarifa plana de los autónomos en función del tiempo transcurrido desde el momento del alta.

  • 1º tramo: Durante 12 meses se aplica una reducción del 80% en la cuota. Pagabas unos 60 euros durante el primer año de actividad.
  • 2º tramo: En los seis meses siguientes de actividad, del mes 13º al 18º, se aplica el 50% de reducción sobre las bases de cotización y tipos vigentes.
  • 3º tramo: En los últimos 6 meses de vigencia, desde el mes 19º al 24º en los que se aplica un 30% de reducción en la cuota.
  • 4º tramo: Sólo para autónomos menores de 30 años o autónomas menores de 35 años. 12 meses adicionales con un 30% de descuento en la cuota.

A los autónomos que comenzaron su actividad económica en 2022 se les mantiene las condiciones que se aplicaron en el momento de solicitar la Tarifa Plana.

Prórroga de la tarifa plana de autónomos el segundo año

🔴 Si cumples los requisitos para ampliar 12 meses más la tarifa plana debes comunicarlo a la Seguridad Social con un mes de antelación a través de Importass.

Es importante que cumplas el plazo de un mes o comenzarás a pagar como el resto de autónomos, dejando en el camino más de 1.000 euros en el mejor de los casos. Y no será posible enmendarlo a posteriori.

Bonificaciones especiales en la Tarifa Plana de autónomos

Existen opciones especiales de bonificación para autónomos a través de la Tarifa Plana que es muy probable que no conozcas. Para ello deberás cumplir unos requisitos extras a los indicados anteriormente. Sigue leyendo para conocerlas todas.

Cuota cero en varias comunidades autónomas

En el año 2023 varias comunidades autónomas lanzaron la cuota cero, o tarifa cero. Y en 2024 esta medida se ha expandido por más autonomías del territorio español.

La cuota cero implica la devolución de todo el importe invertido en las cuotas de autónomo de entre aquellos acogidos a la cuota reducida, lo que implica un ahorro de 1.000€ al año. Según qué comunidad autónoma, esta medida se aplica durante uno, o dos años.

Las Comunidades que han aplicado o anunciado la cuota cero para los nuevos autónomos son las siguientes:

Ampliación de la Tarifa Plana de autónomos

En determinadas Comunidades Autónomas existe la posibilidad de ampliar la Tarifa Plana para autónomos. Madrid fue abanderada en esta medida.

Esta prórroga de la bonificación ha perdido fuerza desde que existe la cuota cero en varias comunidades, ya que esta última supone una gran inversión para las autonomías.

Te recomiendo que consultes la web de tu Comunidad Autónoma para comprobar las medidas extraordinarias que son compatibles con la tarifa plana de autónomos y aumentan el ahorro de los nuevos emprendedores.

Por ejemplo, en Cuenca, Soria y Teruel la cuota reducida dura tres años, independientemente de si se supera el SMI anual en el primer año. Una medida especial enfocada a la España vaciada.

Tarifa Plana para autónomos con discapacidad

Los autónomos con un grado de discapacidad del 33% o superior, podrán disfrutar de la tarifa plana durante 36 meses más. Es decir, que la bonificación llegará a los 5 años.

Desde el tercer año el importe que pagarán será de 160€ en vez de los 80€ de la tarifa plana. Una cifra que sigue siendo bastante inferior a la cuota que pagan los autónomos sin bonificación.

Tarifa Plana para autónomos societarios

Hasta 2020 los autónomos societarios no podían acceder a una cuota reducida. La situación ha cambiado mucho desde entonces y, en estos momentos, los autónomos societarios pueden disfrutar de la Tarifa Plana como cualquier otro trabajador por cuenta propia.

Si quieres saber más sobre este supuesto, te recomiendo que le eches un vistazo al post sobre la Tarifa Plana del autónomo societario.

Tarifa plana rural para municipios con menos de 5000 habitantes

Los autónomos que desarrollaban su actividad económica en un municipio con menos de 5000 habitantes podían acceder a la tarifa plana rural, con una bonificación especial en el pago de cuotas. Desde 2023 ya no existe esta medida a nivel estatal.

Sin embargo, en ciertas comunidades autónomas siguen ofreciendo incentivos a emprendimiento en zonas despobladas o rurales. Y no son pocas. Fue el caso de la Comunidad Valenciana el año pasado, o Castilla-La Mancha, Asturias, Aragón, Castilla y León… ¡Comprueba si sigue abierta alguna convocatoria en tu zona!

Pero eso sí, te aclaro que, si no vives en uno, no intentes la jugada de empadronarte mañana para acceder a ella porque no servirá de nada, ya que existe un periodo de latencia 👀

Preguntas frecuentes sobre la Tarifa Plana de los autónomos

El mundo del emprendimiento suele ser un mar de dudas para todos aquellos que, como tú, buscan su futuro laboral en el trabajo por cuenta propia. Es lógico que te surjan miles de preguntas, así que te traigo la respuesta a las principales cuestiones que rondan por tu cabeza.

Qué duración tiene la Tarifa Plana para los autónomos

La Tarifa Plana para autónomos tiene una duración inicial de 24 meses. Sin embargo, esto dependerá del momento en el que te diste de alta como autónomo.

  • En caso de que el alta se haya realizado en 2022, la duración será de 24 meses, independientemente del rendimiento neto.
  • En cambio, si el alta se produce después de 2023, ya no te habrás acogido a la tarifa plana, sino a la nueva cuota reducida. La duración es de 24 meses, si no se supera el SMI durante los dos primeros años de ejercicio, o de 12 meses en caso de que lo superes.

¿Pierdo la tarifa plana si me doy de baja como autónomo un periodo corto de tiempo?

Sí. Antiguamente te podías dar de baja y seguir disfrutando de la bonificación cuando volvieses a tramitar el alta.

En la actualidad, si te das de baja como autónomo mientras disfrutas de la bonificación perderás el derecho a tenerla y deberás esperar 3 años (sin estar dado de alta) para volverla a solicitar.

¿Qué ocurre con la tarifa plana si un mes no pago la cuota de autónomo?

Si por cualquier motivo la Seguridad Social no ha podido cobrarse del banco la cuota y estás en periodo bonificado de tarifa plana, deberás pagar ese mes sin bonificación y con un recargo.

Es muy importante que lo pagues lo antes posible, ya que el siguiente recibo vendrá también no bonificado si no satisfaces esa deuda. En cambio, una vez pagada, volverás a la cuota estipulada en la tarifa plana.

¿Los autónomos colaboradores tienen acceso a la Tarifa Plana?

Por autónomo colaborador se entiende aquel que es contratado por un familiar que vive en la misma vivienda y trabaja junto a él. Por ejemplo, podría ser un marido que contrata a su mujer o alguien que contrata a su hijo.

Lamentablemente, ni la tarifa plana ni la cuota reducida son accesibles para los autónomos colaboradores, ni tienen previsión de serlo.

No obstante, para este tipo de autónomos existen otro tipo de bonificaciones que ya reducen la cuota. En nuestro blog encontrarás más información sobre cuánto paga un autónomo colaborador.

¿Cuánto se paga el segundo año de autónomo?

El pago de la Tarifa Plana en el segundo año de autónomo es diferente en función de cuándo se tramitó el alta. Si esta se ha producido en 2022, el segundo año conlleva una reducción del 50% en los meses 13 al 18 y del 30% en los meses del 19 al 24.

En cambio, con la cuota reducida, las altas en 2023 pierden la bonificación del segundo año si los rendimientos son superiores al SMI.

¿Cuál será mi cuota de autónomo cuando finalice el periodo de tarifa plana?

Si concluye el periodo de tarifa plana tras doce meses porque ya superas el SMI anual, o porque no solicitaste la prórroga, o a los 24 meses, pasarás al sistema de tramos en función de los ingresos reales. Puedes comprobar cuánto pagarás en 2024 en la siguiente tabla.

¿Necesitas ayuda para tramitar tu Tarifa Plana para autónomos?

El alta como autónomo y la solicitud de la cuota reducida (recuerda que la Tarifa Plana ya no existe) es algo que puedes hacer por ti mismo. Sin embargo, el temor a cometer un error al rellenar los papeles está ahí. Un solo error y ¡Plof! adiós subvención y un par de miles de euros a la basura.

Mi recomendación es que, si no estás seguro de que puedas realizar todas las gestiones por ti mismo, acudas a un profesional.

Te quitas de papeleos, dolores de cabeza y de estómago por un posible fallo y te garantizas que toda la tramitación está correcta. Así podrás centrarte en lo que realmente se te da bien, tu negocio. Solo tienes que hacer clic en el botón de aquí debajo y un asesor profesional se encargará de todo.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Valeria dice:

    Hola buenas tardes! muchas gracias por la información, te hago una consulta yo me di de alta en febrero del 2022 de autónomo y la di de baja en el 2023 mismo mes.
    Quisiera saber si en marzo del 2025 podría darme de alta nuevamente y adquirir la tarifa plana o debo esperar 3 años?
    Como estaba con la ley anterior no se si debo esperar dos o tres años para obtener nuevamente este beneficio.

    Desde ya muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Valeria. Serán dos años si en tu anterior periodo como autónoma no tuviste la bonificación de la tarifa plana. En caso contrario serán tres.

  • barbara c dice:

    Hola buen dia, gracias por todo lo que enseñan. Es de gran ayuda.
    Tengo algunas dudas espero me puedan ayudar:

    1- Yo me di de alta como autonomo en Julio de 2023 y quisiera saber cuando debo solicitar la cuota 0, antes de julio 2024 o cuando se cumpla el año? (yo pago actualmente 86 euros y un poco mas por la tarifa)…

    2- Si solicito la tarifa plana por segundo año porque el primer año NO superé el SMI, pero a mitad de año o meses despues llego a superar el SMI ¿Que pasaria? ¿Me cobrarán todos los mese antioriores o me cobrarán desde el mes que lo supere, o simplemente no me cobrarán de más hasta que termine el segundo año?

    ¡Muchas gracias de antemano!

    • GesTron dice:

      Hola Bárbara.

      1º Depende de tu comunidad autónoma, ya que cada una establece unos plazos distintos para la solicitud.Debes consultar las bases publicadas en el boletín oficial de tu comunidad.

      2º Si en el segundo año terminas superando el SMI anual, te pedirán la diferencia de cuotas. Pero el cómputo se realiza una vez terminado el segundo periodo de 12 meses.

  • manu garcia dice:

    Hola. Gracias por el artículo sobre la tarifa plana.
    Tengo una duda con cómo calcula el SMI la seguridad social para los autónomos con tarifa plana. ¿En 2024 se consideran 1134 por 12 meses o por 14 meses? Es decir, cuánto es el total anual. Y también, ¿cómo hay que calcular los ingresos por autónomo? ¿la suma de la base imponible de las facturas emitidas? ¿Hay que restar gastos de ahí para saber los ingresos de la actividad o no hay que tenerlos en cuenta? ¿Hay que sumar las cuotas de autónomo pagadas?
    Gracias por ayudarnos.

    • GesTron dice:

      Hola Manu. Se tiene en cuenta 15.876€ en 2024. Para calcular los ingresos reales ten en cuenta esta fórmula -> Rendimiento neto: (ingresos) – (gastos deducibles) – (% gastos de difícil justificación)
      y recuerda que los de difícil justificación solo te permiten incrementar el importe de los gastos en un 7%, o 3% si fueras autónomo societario. Por otro lado te recomiendo contar con una asesoría siempre que estés como trabajador por cuenta ajena, que tu tiempo es oro y por experiencia sé que se pierde mucho con los papeleos y dudas sobre ellos (renta, modelos trimestrales, notificaciones, subvenciones y bonificaciones….).

  • Claudia dice:

    Buenas tardes. Me surge una duda. Me di de alta como autónoma en Enero de 2023. No sabia que había que solicitar antes de los 12 meses la prórroga de la tarifa plana y ya no me aparece el botón para solicitarla. ¿Hay alguna forma de poder solicitarla ahora? Gracias!! Saludos,

    • GesTron dice:

      Hola Claudia. Lo siento, no es posible solucionarlo a posteriori. La prórroga de la Tarifa Plana hay que solicitarla antes de que finalice el mes 11.

  • Juan dice:

    Si actualmente estoy como asalariado con contrato de sustitución y al mismo tiempo decido darme de alta de autónomos. Me afecta para acogerme a la tarifa plana? Hablamos que primero soy asalariado y de ahí combino al mismo tiempo para autónomo.

    Porque mi duda principal es si voy haciendo contratos de sustitución como asalariado como altas y bajas, si eso me afectará a perder la tarifa plana de autónomos.

    Gracias.

  • Cristina dice:

    Hola, lo primero, muchas gracias por la valiosa información. Mi duda es, si estoy dada de alta como autónoma y a la vez estoy trabajando por cuenta ajena a media jornada, cuando indicáis que para pedir la prórroga no se debe sobrepasar el SMI, me imagino que será solo a los ingresos percibidos en mi actividad como autónoma, verdad? No será que la suma de ingresos de trabajo por cuenta propia y por cuenta ajena, no superen el SMI, verdad?

    Muchísimas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Cristina. Así es, lo que ganes como asalariada no suma, solo se basa en lo que generes como autónoma. Recuerda que debes solicitar la prórroga de la tarifa plana antes de que falte un mes para cumplir el año desde el alta.

  • Eu dice:

    Hola.
    Soy camionero asalariado. Quisiera darme de alta en la cuota reducida para así tener un año más cotizado. Podría darse esta circunstancia? Es decir, trabajo como camionero asalariado y además me doy de alta en cuota reducida de 80 euros durante un año. También comentar que sería autónomo (reparación electrodomésticos, no sé como vendrá en el epígrafe de la Seguridad Social).
    Evidentemente mis ingresos serían cero patatero ya que no ejercería como autónomo. Sólo me interesa pagar y cotizar.

    • GesTron dice:

      Hola Eu. Un día cotizado en dos regímenes distintos no aumenta tu tiempo cotizado a efectos de jubilación. Solo se suman las cantidades cotizadas, pero un día en dos regímenes nunca serán dos día cotizados.

  • Erea dice:

    Hola,

    Me di de alta el 01 de enero de 2023. Intenté en diciembre solicitar la prórroga de la tarifa plana por no superar el SMI y no me salía la opción. A día de hoy sigo sin poder hacerlo y el plazo finalizó. Puedo conseguir de alguna manera esta prórroga? Ya me la liaron el año pasado cobrando la cuota sin bonificación (aunque luego lo devolvieron) y no sé si es un fallo de ellos en la página.

    • GesTron dice:

      Hola Erea. No se puede solicitar la prórroga con carácter retroactivo. El plazo para solicitarla es antes de que finalice el mes 11 desde el alta, y se realiza desde Import@ss.

  • Sara dice:

    ¿Cómo accedo a la cuota cero en Canarias? Me dí de alta en 2023, ¿se devuelve automáticamente al cumplir los 12 meses o debo solicitarlo? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Sara. Hablamos con ellos el mes pasado y la tramitación es de oficio. Es decir, que no hay que solicitarlo. Aseguraron que comenzarían a pagar desde enero de 2024 las altas de 2023, pero no puedo confirmarte si lo harán para todas las altas, si lo harán poco a poco, o si esperarán a que esa alta cumpla un periodo determinado en ese estado (por ejemplo 12 meses, como están haciendo otras comunidades autónomas que también tienen activa la cuota cero).

  • pep dice:

    Buenos días, tenía algunas dudas sobre este artículo:
    1) ¿La tarifa plana se mantiene el 1r año independientemente del nivel de ingresos que se tengan?
    2) ¿Para optar a la prórroga del 2º año, se tienen en cuenta que los ingresos del 2º año sean menores al SMI o también que los del 1r año lo hayan sido menores al SMI? (en alguna respuesta anterior de principios de 2023 comentáis que una vez comunicado al Importass y aceptado, ya no hay vuelta atrás si durante el 2º año aumentas tus ingresos por encima del SMI y que sólo aplicarán cuota sin reducción a partir del mes 25, pero he leido información contradictoria respecto de esto ya que al revisar los ingresos del 2º año harían revisión de esa tarifa plana y pagarías la cuota normal ¿qué sería lo correcto?).
    3) ¿Cómo se calculan los plazos anuales (o de 12 meses como indica la ley también) para el caso de altas en RETA a mitad de año?
    Quiero decir, un alta en RETA en julio23, se calcularán los ingresos hasta junio24, ¿si?
    Pero los datos la Seguridad Social tengo entendido que los sacará de Hacienda, y ellos tienen los datos anuales siempre de enero a diciembre, a través del IRPF o Renta, entonces en este caso ahí sólo habrá los ingresos de jul23-dic23.
    Y para el segundo año, ¿en este caso se tendría que tener en cuenta que de jul24 a jun25 no se superase el SMI?
    No sé si me explico bien.
    Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Pep. Te respondo, y además revisaré el artículo, ya que la Seguridad Social se ha pronunciado recientemente sobre resquicios de dudas que quedaban sobre el tema del posible segundo año de los nuevos autónomos con la tarifa plana, ya que hasta el 1 de enero de 2024, en la práctica, no se podía comprobar cómo iban a proceder.

      1) La tarifa plana los primeros 12 meses es segura, garantizada.
      2) Sobre los siguientes 12 meses, te quedará muy claro visualizando este short de uno de los expertos de Ayuda T Pymes. Recuerda que la prórroga hay que solicitarla antes de que falte un mes para cumplir el primer año como autónomo. En el short también te aclara que se compensará por otros medios más adelante si la previsión que hiciste sobre el segundo año no fue finalmente certera. Ten en cuenta que aún no ha ocurrido este supuesto, por lo que no descartamos una novedad en los próximos meses respecto al «cómo lo harán». No sería la primera vez.

  • Almudena dice:

    Me di de alta en mayo de 2020 como autónomo. Con la tarifa plana y no se si la rural también. Pagaba 68 euros más o menos. En abril del 21 tuve un bebé y me bonificados durante un año las cuotas. Luego continúe pagando progresivamente hasta que en mayo o junio de 2023 ya pago la cuota integra que son 325 euros. Y ahora en enero de 2024 me quiero dar de baja por que el negocio no va bien. Tendré alguna repercusión económica?

  • Ana dice:

    Buenos días.
    Me di de alta como autónoma en septiembre de 2023 y hasta diciembre he pagado la tarifa plana. Es el primer año, así que entiendo que todavía quedarán 8 meses más para poder pagar la cuota reducida, ¿es así, o al cambiar el año es como si hubiera pasado el primer año de tarifa plana? Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Ana. En cada Comunidad puede ser diferente la forma de solicitar o de cuándo recibir el ingreso. En Madrid por ejemplo, solo se puede solicitar una vez han pasado 12 meses, en los tres meses siguientes, y pasado otro tiempo lo ingresan. Sin embargo en Andalucía se solicita en el momento del alta y, en algún momento luego de pasar 12 meses en el RETA, te devuelven lo invertido en cuotas.

  • Antonio dice:

    Buenas!
    Me di de alta en noviembre con la cuota cero (no llego al sueldo mínimo) y en diciembre me cobraron los 88 de la cuota + 25.
    Aún no me han devuelto la cuota, es normal esto? Me lo cobraron el 29 de diciembre, mi asesor me comentó que me devolvían la cuota a los pocos días.. pero ya ha pasado más de dos semanas.
    La devolución del importe lo hacen el mismo mes? O lo devuelven al tiempo?
    Gracias de antemano!

    • GesTron dice:

      Hola Antonio. Es completamente normal. Y en cada Comunidad Autónoma es distinto. Lo devuelven al tiempo, todo de golpe, cuando transcurren al menos 12 meses del alta. Pero como te decía, pueden haber salvedades según qué comunidad. En algunas ya están devolviendo la cuota reducida a aquellos emprendedores que estuvieron dados de alta todo 2023.

  • Javier dice:

    Buenas tardes:
    quisiera saber si después de 10 meses de estar disfrutando de una tarifa plana de la cuota de autónomos me doy de baja, tendría alguna repercusión económica. ¿Hay algún tiempo mínimo de permanencia?.
    Un saludo

  • Maria dice:

    Hola. Mi nombre es María.
    Me di de alta de autónomo en Julio y solicité la ayuda para nuevos autónomos la cual me han ingresado hace escasos días. Mi duda es, podría acogerme a la prórroga de la tarifa reducida de autónomos si entre la subvención y mis ingresos superó el SMI en mi primer año como autónomo? No me queda claro si el primer año cuentan los ingresos o no, y si la subvención influye o no.

    O se condece la prórroga si se estiman que los ingresos del segundo año van a ser inferiores.

    Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola María. Son los ingresos reales (rendimientos netos) los que cuentan, la subvención no. Recuerda que debes solicitar la prórroga antes del undécimo mes desde tu alta.

  • Adrian dice:

    Hola, si me doy de alta este mes se supone que tengo la tarifa plana de 85 euros pero si supero el imv este mismo año solo en algunos meses ¿en el 2025 ya no tendría la tarifa plana? Y otra cuestion es que gane lo gane este año tanto si es poco como si es mucho todo el año pagaré esos 85 euros verdad? Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola Adrián, con la subida del MEI se quedará en unos 86€ y pico la nueva cuota. Comunicarás una previsión anual de ingresos para el primer año, y más adelante para el segundo año. Si pones que será por debajo del SMI te la concederán, y si finalmente no se cumple, te exigirán pagar las cuotas de esos meses no bonificadas. Y sí, este año tienes asegurada esa cuota reducida ganes lo que ganes.

  • Juan Carlos dice:

    Buenos días , estoy valorando darme de alta como autónomo , en mi caso trabajo por cuenta ajena y ya e visto que la bonificación en Canarias de cuota cero no puedo solicitarla , hay alguna bonificación a la que me pueda acoger , tengo 48 años? , gracias

    • GesTron dice:

      Hola Juan Carlos. Imagino que no podrás acceder a la cuota cero de Canarias porque no cumples alguno de los requisitos de la tarifa plana estatal, porque ayer llamamos allí y la están tramitando de oficio. Por desgracia no hay otras ayudas al respecto.

  • Emilio dice:

    Buenos días:

    Me surge la duda de si en aquellas comunidades que cuentan con cuota cero para un único año, es posible acogerse a la tarifa plana para el segundo en caso de cumplirse los requisitos necesarios. Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Emilio. La cuota cero es una medida autonómica que busca mejorar la bonificación de la tarifa plana de autónomos estatal. No afecta a la consecución de la prórroga de la tarifa plana para el segundo año.

  • Mik dice:

    Una consulta, ¿qué pasaría si amplías al segundo año la tarifa plana porque el primer año cumpliste las condiciones pero a lo largo del segundo año hay algún momento en el que tus ingresos crecen y tu rendimiento neto ya pasa a superar el SMI? ¿Perderías el derecho a la tarifa plan a partir de entonces, de todo ese segundo año con carácter retroactivo o lo mantendrías y ya pasarías a pagar como el resto el tercer año?

  • Jessica dice:

    Buenas tardes, he estado leyendo los comentarios y hay muchos que les ha pasado igual que a mi. Me di de alta en octubre de 2022 y sólo dos meses pagué 60€ (cuándo lo que tenía entendido que durante un año iba a tener ese coste) después pasaron a cobrarme 97,57€ y una vez que he concluido el año han empezado a cobrarme 150€. ¿Es normal haber pagado esa cantidad desde un principio?. ¿Hay alguna ayuda actualmente que podamos solicitar los que nos dimos de alta a finales del 2022? Muchas gracias, un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Jessica. Sí, tu caso no es único y supuso un disgusto para muchos autónomos en enero de 2023, ya que les llegó de improviso ese cambio en la cuota. Respecto a las ayudas para nuevos autónomos con carácter retroactivo, solo la podrías encontrar en alguna comunidad autónoma. Por ejemplo, en Extremadura pusieron la cuota cero con carácter retroactivo a las altas del segundo semestre de 2022.

  • Marta dice:

    Hola. Me di de alta como autónoma societaria en noviembre de 2022. Mi domicilio y la razón social de mi empresa están en un municipio de Castilla y León inferior a 5000 habitantes. En principio me aplicaron la tarifa plana reducida porque cumplo los requisitos básicos, ahora al cumplirse el primer año me aplican la reducción del 50 % sobre la base de cotización y me ha subido la cuota prácticamente al doble de lo que venía pagando y supongo que dentro de otros 6 meses me subirá más porque me aplicarán solo el 30 % de bonificación. ¿Conoces la normativa de la TARIFA PLANA RURAL? Yo creo que por las circunstancias personales, me deberían haber mantenido la tarifa plana inicial durante los 24 meses. ¿Debería haber solicitado una prórroga indicando estas circunstancias? En caso de ser así, ¿Sabes si estoy a tiempo de solicitarla? Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Marta. Si tienes una sociedad imagino que contarás con un asesor (una sociedad tiene una complejidad fiscal mayor que la de un autónomo) desde el principio, y conocerá mejor que nadie tus condiciones y contexto en el momento del alta. De todos modos, si no estás satisfecha puedes contactar con nuestra asesoría. Dado que te diste de alta en 2022 se respetarían las condiciones de la antigua tarifa plana, que a los 12 meses pasaba a la siguiente fase de bonificación, como bien indicas. De hecho, por aquel entonces existía la tarifa plana rural (ya no, y solo en algunas comunidades autónomas han lanzado convocatorias de ayudas con un motivo similar), y este tipo de ayudas se deben pedir al inicio, no a posteriori.

  • Alberto dice:

    Buenas,

    leyendo tus otros comentarios veo que hay un proceso para solicitar devoluciones de importes, yo llego pagando desdde diciembre 2022 97,57, que veo que les ha pasado a otros, se puede solicitar la devolución de esto o es un importe correcto?

    Por otro lado, hay algún enlace oficial de la AEAT en el que mencione que si estás acogido a la tarifa plana de 2022 tienes las reglas de la misma para los meses 13 a 24? No encuentro nada.

    Gracias! Buen trabajo

    • GesTron dice:

      Hola Alberto. La cifra de 60€ puede variar por diversos motivos: el nuevo MEI (eso sube 5€ más o menos, es un porcentaje que se aplica), si cotizas por cese de actividad… La cifra que proporcionas es coherente con otros casos que he visto sin que haya error de por medio. La verdad es que la liaron en gordo a principio de año en la TGSS, tenían que haber hecho una campaña de comunicación mejor porque menudos sustos empezaron a llevarse el día del cobro los millones de autónomos que hay en España (y encima muchos con errores, que se supone subsanaron en el primer semestre de este año).

  • Marta dice:

    Pero entonces hay algo que no entiendo. Si cada año la cuota base mínima es menor que el anterior, ¿porque se paga más? En teoría en 2022 eran 300€, que a esa reducción del 80% se queda en 60 (efectivamente lo que estoy pagando ahora) pero en 2023 la cuota mínima es de 230 y ese 80% sería de 46€ y se me esta cobrando 65. Y en 2024, la cuota mínima es de 225 y el 2025 de 200€, porque no se hace bien las reducciones? Tu me acabas de decir que deberían de empezar a acobrarme 155€ apartir del mes que viene, pero teniendo en cuanta que la base mínima es 230, el 50% es 115€.
    ¿Me lo podrías aclarar? (Yo estoy dada de alta y mis ingresos no superan los 300€ al mes, es por eso que me hago todas estas preguntas, porque si veo que no me sale rentable tendré que darme de baja, cosa que no me gustaría.
    Muchas gracias por su tiemp y amabilidad

    • GesTron dice:

      Hola de nuevo Marta. Señalé que con el sistema anterior esa cifra (aprox 155€) sería la que te cobrasen. Como bien dices este año se ha cambiado el sistema y se ha establecido en 15 tramos, reduciéndose la cuota a los que menos ingresaran . Sin embargo, dado que en enero de 2023 hubo tantas sorpresas (y errores en la TGSS que subsanaron en el primer semestre) respecto a las cuotas, no puedo darte la cifra exacta sin comprobar datos confidenciales de clientes de la asesoría que estén en tu misma situación (que es muy concreta por ser una bonificación extinta). Te recomiendo que pruebes a contactar con una asesoría, a ver si pueden darte feedback de algún caso idéntico al tuyo, o contactar directamente con un técnico de la TGSS.

  • Marta dice:

    Buenos días. Me di de alta como autónoma en octubre del 2022. Empecé pagando 60€ y me subieron a 65€ en enero. Ahora voy a hacer un año como autónoma y por más que busco en páginas que es lo que me van a cobrar este segundo año no encuentro una cifra exacta… solo reducción del 50% los siguientes 6 meses y reducción del 30% los últimos 6 meses. Pero en base a que esa reduccion? Porfavor ¿me podría indicar cantidad aunque fuese orientativa? Tanto de los meses 13 al 18 y 19 al 24. Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Marta, esos euros de más en enero fueron por el MEI, un nuevo impuesto que también afecta a los autónomos. En 2024 subirá algún euro más porque es progresivo. Si el sistema de cotización no hubiera cambiado, que lo hizo a principios de año, hubieran comenzado a cobrarte unos 155€ (contando con el MEI) a partir del mes 13.

  • Sergio dice:

    Buenas tardes,

    Si estas dado de alta como autónomo en régimen de equivalencia y cambias a régimen general, se perdería la bonificación de tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos? Llevo 6 meses dado de alta como autónomo en recargo de equivalencia y necesitaría cambiar a régimen general.

    Un saludo, y muchas gracias por tu tiempo.

  • CECILIA dice:

    Hola una consulta me di de alta a fines de Oct 22 mi cuota salio 80 euros porque tenia 56 años. En enero esos 80 subieron a 122.26 porque mi gestora en esa época presiono el boton que se ajuste por IPC ( al menos ellos dijeron eso, ante mi insistencia de saber que había pasado). Mi pregunta es: eso que pago hasta hoy setiembre 122.26. Cuanto sera en Octubre. Por favor si me dice el monto se lo agradeceré, ya que estoy buscando cuanto era la cuota al 100% para aplicar 50% del 2022 y no la encuentro. En mi Hoja de la Seguridad Social dice que mi base es 1,124.99. Muchas Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola Cecilia. Es cierto que hubo mucho revuelo a principios de año por subidas mal comunicadas por la Seguridad Social, y además cometieron errores (pero se supone que los subsanaron en el primer semestre). Para analizar si tu caso nuestros asesores necesitarían más datos. Puedes ponerte en contacto en el siguiente enlace dejando tus datos.

  • MARTA dice:

    Hola! Mi nombre es Marta.
    Me di de alta como autónoma en Junio 2022. Desde entonces hasta diciembre 2022 me cobraban de cuota de autónomo 69.61€ (por la tarifa plana del primer año).
    Llegó el nuevo año… y de pronto empezaron a cobrarme desde Enero hasta Mayo de 2023: 108€. (Donde pienso que deberían haber seguido cobrando 69.61€, pero no se qué cambio hubo en las bases de cotización… jamás llegué a entenderlo pero mi asesoría me dijo que «era lo que había»)
    Desde Junio 2023 hasta día de hoy, me han venido cobrando 189€ de cuota. (entiendo en cierto modo el aumento, porque ya entraría en el tramo del mes 13 al 18) pero la subida debía haber sido respecto a 69.61€, no a partir de 108€.

    Habría alguna manera de reclamar una devolución de este cobro indebido con carácter retroactivo? Ya que es desde Enero que creo que estoy pagando dinero de más…

    Necesito consejo y ayuda porque en mi asesoría no me dan solución. Gracias!
    Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Marta. Es cierto que a principios de año hubo un revuelo enorme con las subidas y que se cometieron muchos errores por parte de la TGSS (que se supone que ya subsanaron en el primer semestre). Lo de «era lo que había…» bueno, creo que hay mejores maneras de justificarlo a un cliente. Por ejemplo, desde enero hay un impuesto nuevo que se aplica también a los autónomos (el MEI), que ya de por sí implica una subida de unos euros en la cuota (y como es progresivo, en 2024 subirá algún euro más). Para poder justificar tus cifras te recomiendo contactar con uno de nuestros asesores. De todos modos sí te avanzo que hay un procedimiento en la TGSS para solicitar la devolución de ingresos indebidos, pero antes hay que cerciorarse de que realmente los ha habido.

  • Alejandro dice:

    Hola buenas, tengo una duda que me atormenta mucho. Tengo 21 años y me de di de alta por agosto de 2022, por temas en los que no pude seguir trabajando, me di de baja en febrero de 2023. Ahora que me he dado de alta de nuevo en octubre, ayer mismo se nuevo porque puedo reanudaer la activad, estoy muy tenso porque al parecer me han comentado que ya no tengo derecho a bonificaciones por primeros años de autónomo ya que me di de baja y ya no puedo disfrutar del 7% de IRPF ni de los 60€ de cuota. Me siento muy mal por todo esto ya que yo realmente no tengo la culpa de nada. No sé si podría volver a recuperarla de alguna manera o si podría al menos seguir optando a otra bonificación por los 21 años que tengo. Agradezco muchísimo la ayuda de antemano, muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro. Lo siento, para volver a acceder a la cuota reducida (que ya es de 80 euros), tienes que esperar 3 años desde la última baja en el RETA, o 2 si no estabas bonificado. Algunas comunidades autónomas ofrecen ayuda a jóvenes emprendedores, pero por lo general hay que solicitarlas antes del alta. De todos modos deberías consultar en el apartado de ayudas de tu comunidad autónoma, por si acaso (hay algunas con carácter retroactivo).

      Por cierto, respecto al 7% IRPF, eso no es una ayuda, porque luego se compensa en la declaración de la renta como si hubiera sido al 15%. Sirve solo para estar más capitalizado hasta que llegue el momento de la declaración.

  • Cristian dice:

    Buenas tardes,
    A ver si me podéis ayudar con mi caso, porque no entiendo muy bien la tarifa que me aplicaron de Enero a Marzo. A finales de marzo de 2022 me di de alta como autónomo en Madrid, en abril pagué la tarifa plana mas los días de marzo y hasta diciembre bien (cuota de 69,61€). El problema viene a partir de Enero, dejo las cuotas por aquí:
    Enero y Febrero: 108€
    Marzo: 129,77€
    Abril-Agosto: 189,56€
    Septiembre: 204,08€

    Y lo siguiente, si he pagado de mas durante este año por tener una base de cotización elevada, ¿cómo se reclamaría?

    Gracias de antemano.

    Un saludo.

  • Natasha dice:

    hola!
    Por tema de Seguridad Social

    Le di alta en diciembre de 2022. Para diciembre de 2022 me cobraron 60 euros, por 2 meses seguidos me cobraron 97, 57 euros (por enero y febrero de 2023), luego a partir de marzo me cobraron 65,76 euros.
    Preguntas:
    1. ¿Cuánto me deberían cobrar cada mes si se lo di a la viola en diciembre de 2022?, ¿no son 60 euros?porque 65,76?
    2. ¿Puedo solicitar un reembolso por un pago en exceso?

    Muchas gracias de antemano por tu respuesta.

    • GesTron dice:

      Hola Natasha. Son varios euros más en la cuota por el nuevo impuesto MEI que también se aplica a los trabajadores autónomos. En 2024 te subirá algún euro más, ya que es un impuesto progresivo. A principio de 2023 hubo muchas sorpresas y disgustos por esto, ya que no lo comunicó nada bien la administración (además se cometieron errores en los cobros, pero se supone que esas incidencias ya las solventaron en los meses siguientes. Respondiendo a tu segunda cuestión, SÍ, hay un procedimiento para la solicitud de Devolución de ingresos indebidos.

  • Nil dice:

    Buenas!
    Tengo una pregunta: si cuando termine mi primer año de autónomo no preveo superar el SMI y pido el segundo año de tarifa reducida, pero finalmente sí lo acabo superando durante el segundo año, entonces ¿voy a tener que pagar algún recargo? O solamente pagar lo que deba para regularizar mi situación?
    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Nil. La cuestión es no haber superado el SMI anual durante el primer año para seguir 12 meses más con esa bonificación. Si es así, no te pedirán nada más. Del mismo modo si se supera el SMI anual durante el primer año, tampoco pedirán las cuotas estándar por ese primer periodo.

  • Fernanda dice:

    Buenos días,
    Resulta que hace 1 mes me despidieron de la empresa en la que trabajaba y empecé a cobrar el paro justo ahora. Me salió un trabajo puntual de 1 solo día, no estoy dada de alta como autónoma. La pregunta es ¿Al ser un trabajo puntual cobrando por debajo del salario mínimo aún así tendría que darme de alta como autónomo? o puedo directamente solo darme de alta y de baja en hacienda… No quiero que me afecte para recibir el paro

    • GesTron dice:

      Hola Fernanda. Alta y baja en Hacienda, y te recomiendo que avises a SEPE por si acaso, sobre todo antes de que lo cobres, para evitar malentendidos. Simplemente interrumpirán tu cobro 1 día.

  • Maralau dice:

    Buen día, Tengo 18 años y comenzaré a trabajar con contrato en jornada de 12 horas semanales en una cafetería, pero como eso no es suficiente para subsistir, me estoy dedicando a crear/vender artesanías como bisutería pero me ha surgido un cliente grande que me pide factura. Debo darme de alta como autónoma y pagar cuota si ya estaré con la Seguridad Social por parte de mi empleador ? gracias por aclarar mi duda !

    • GesTron dice:

      Hola Maralau. Si va a ser una factura puntual, basta con el alta y baja en Hacienda. Si esas facturas por esa actividad van a repetirse durante el año fiscal, por ser una actividad habitual será necesaria también el alta en el RETA. Por otro lado, los autónomos que también son asalariados pagan la cuota igualmente aunque estén también dados de alta en el RGSS.

  • Laura dice:

    Buenas, estoy pensando en darme de alta como autónomo para clases particulares de ingles, la cuestión es que yo trabajo por cuenta ajena a jornada completa, y tengo duda sobre las cuotas….el primer año pagaría 80euros, ¿independientemente de los ingresos,? ¿y el segundo año? Mi ingresos creo que serian unos 500€ mensuales aproximadamente.

    Muchisimas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Laura. Con esos ingresos pagarías los 80€ (y un poco más por el MEI, que es un nuevo impuesto) durante dos años, ya que durante el primero no sobrepasarías el SMI.

  • María Martínez dice:

    Buenos días , el pasa 1 de Agosto del 2022 me di de alta como autónoma y con tarifa plana de 60 €, tengo una minusvália reconocida del 69% y hoy me a venido el cargo de la cuota de autónomo de 154,18 €, tenía entendido que los 2 primeros años pagaría 60 € o yo estoy equivocada.
    ¿ Es correcto la subida que e pagado hoy, después de haber pasado 12 meses de alta como autónoma ?
    Gracias, un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola María. Sí, es correcta esa cuota. A partir del año pasas a un 50% de bonificación con la antigua tarifa plana. La ventaja que obtienes por la discapacidad es que este tramo de bonificación lo tendrás durante más tiempo. Ten en cuenta que tu situación no es comparable a aquellos que se han dado de alta a partir de 2023, ya que directamente la tarifa plana dejó de existir para pasar a ser la cuota reducida. También hubo cambios respecto a los autónomos con discapacidad que afectan a las nuevas altas.

  • angel iglesias dice:

    hola buenas soy autónomo con tarifa plana pero estoy en situación de it y y estado pagando la cuota estos meses pues se supone que no estoy exento por tener tarifa plana, pero el mes pasado no me pasaron la cuota y al consultar con la seguridad social me mandan un correo que es la mutua la que se encarga me lo podéis aclarar gracias

    • GesTron dice:

      Hola Ángel. A falta de más datos entiendo que han pasado dos meses (es a partir del día 61 cuando entra en juego la exención de pago) hasta que has dejado de recibir el cargo habitual de la cuota. En tal caso así es, desde 2019.

  • Álvaro Pérez dice:

    Buenas tardes. Me di de alta en Junio de 2022 como autónomo. Pagué 60€/mes desde Junio 22 hasta Diciembre 22 y luego me subieron a 65,76€/mes, los cuales pagué hasta Mayo 2023. En Junio 2023 me cambian la cuota (como es lógico por haber pasado los primeros 12 meses de la tarifa plana) y me pasan cargo de 115,86€. Pero hoy mi han pasado la cuota de Julio y es de 154,18€. No entiendo esta subida ni si se volverá a repetir. Trato de acceder al portal de la Seguridad Social y no tengo éxito. ¿Alguna recomendación de donde reclamar esto? Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Álvaro, sin más datos te diría que la última cifra es la correcta, y que los 115€ se debieron al pico de días hasta final de mes en el que cambiaste de tramo de la tarifa plana.

  • Alejandro dice:

    Hola buenas noches . Tengo pensado abrir un bar y seguir trabajando para una empresa (pluriactivo) cuanto pagaría de seguridad social.?

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro. Si tienes derecho a la cuota reducida de 80 euros no tendrás que pagar según los ingresos obtenidos, al menos el primer año, como mínimo. Ser pluriactivo ya no tiene efectos en la cuota a pagar desde comienzos de 2023.

  • María dice:

    ¡Hola buenas!

    Yo me día de alta como autonoma para noviembre de 2022 y solo estuve pagando 60 y pico euros noviembre y diciembre. Desde enero me empezaron a cobrar 97 con algo y así llevo hasta ahora. Según leo, deberían haberme mantenido la tarifa plana… ¿debería reclamar?

    ¡Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola María. Hay ciertas variables (MEI y revalorización de la base reguladora) que han provocado una subida en quienes estaban acogidos a la tarifa plana antigua. Variables que, por cierto, no comunicaron debidamente desde la administración. De hecho, hubo un revuelo tremendo en el recibo de autónomo de enero de este año con subidas de todo tipo e incluso errores que se supone que a estas alturas estarán todos subsanados.

  • Beatriz dice:

    Buenas tardes, me di de alta de autonoma en mayo 2022 y desde entonces llevo pagando la tarifa plana. No me queda claro si una vez pasados los 12 primeros meses , se me seguirá aplicando el descuento del 50% automaticamente o si para ello tengo que presentar una previsión de ingresos inferior al SIM. Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Beatriz. Al ser autónoma con anterioridad a 2023 se te respetarán las condiciones de esa bonificación ya extinta (al margen de la subida que hayas podido notar desde enero de 2023 que viene motivada por otras cuestiones).

  • Merce dice:

    Buenas tardes
    Me encuentro en la siguiente situación: el verano pasado me di de alta en hacienda como autónoma, hice una factura por trimestre. A finales de febrero de este año me ofrecieron hacer un trabajo para un ayuntamiento que consta de diversos diseños por cada uno de los cuales tengo que emitir factura. Cuento que el trabajo total me lleve unos tres o cuatro meses y tendré varias facturas cada mes. Por ello, quiero darme de alta en la Seguridad Social, pero me preocupa no poder acceder a la tarifa plana (no creo poder hacer frente al pago de la tarifa normal) e, incluso, que me puedan multar por no haberme dado de alta antes en la Seguridad Social.

    • GesTron dice:

      Buenas Merce!

      Cuando te das de alta como autónoma en Hacienda, al mismo tiempo tienes que hacerlo en Seguridad Social.
      Seguridad Social al realizar tu alta como autónoma en su organismo actualmente, puede cobrarte las cuotas no abonadas anteriormente, teniendo en cuenta tu fecha de alta en Hacienda, la cual es con fecha del verano pasado.

      La tarifa plana ya no existe si te das de alta en 2023, pero si puedes optar si cumples los requisitos, a la tarifa reducida.

      Te aconsejo que cuanto antes, te pongas en contacto con nuestros asesores expertos para que te regularicen toda tu situación.

      ¡Suerte en tu emprendimiento!

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