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No me han cobrado el Recibo de Autónomo ¿Qué hago?

Ha terminado tu primer mes como autónomo. Ha habido momentos de subidas y bajadas, pero lo lograste.

Como sabes que el último día te cobrarán la cuota de la Seguridad Social, miras mil veces la cuenta del banco para asegurarte de que haya dinero suficiente.

Es día 1 del siguiente mes.

«¡Espera!… ¿Qué? ¿Por qué no me han cobrado el recibo de autónomo? ¿Y ahora qué hago?».

Lo primero, tranquilízate. Lo segundo, lee este post hasta el final, te resuelvo tu duda.

Cuándo cobran el recibo de autónomos

Según la Tesorería General de la Seguridad Social, el último día hábil de cada mes. Por ese motivo, podría adelantarse el cobro de la cuota uno o dos día antes de que el mes finalice si hay festivos o cae en domingo, por ejemplo.

En el caso de que hayas comunicado tu alta en el RETA a partir del día 10, puede ocurrir que en ese mes no te carguen la cuota y lo hagan a finales del mes siguiente. Suele pasar sobre todo cuando el alta es a partir del día 15. De todos modos, ten el saldo necesario en tu cuenta, por si acaso.

Por qué no me han cobrado la cuota de autónomo

La razón más común por la que a un autónomo no le han cobrado su cuota es porque inicia su actividad después del día 15. En ese caso, en vez de pagar a final de mes en que se dio de alta, pagará el último día del mes siguiente.

Esto sucede porque Seguridad Social emite la orden de pago al banco del autónomo los primeros 15 días del mes. Por eso, si alguien se da de alta después de esa fecha, Seguridad Social esperará hasta el inicio del mes siguiente.

Otra posibilidad, es que lleves tiempo dado de alta como autónomo, y aun así notes que no has pagado un mes el recibo de la Seguridad Social. Podría ser que se haya devuelto por falta de dinero en la cuenta bancaria. Sin embargo, no siempre tiene que ser error tuyo. Pero incluso si no es tu culpa ten mucho cuidado.

Intereses por impago del recibo de autónomos

No te dejo más en suspense. Te cuento lo que pagarías de más si no te cobran correctamente la cuota mensual.

Y mejor no lo llamemos multa, sino más bien recargo por demora. Aunque en el caso de que tengas una bonificación importante en la cuota comprobarás que puede salir más caro que una multa de tráfico.

👩‍🏫  Lo primero que debes saber es que si tienes derecho a la cuota bonificada de la Seguridad Social y un mes te devuelven el recibo, tendrás que pagar la cuota sin bonificación.

Además, te exigirán un recargo del 10% siempre y cuando realices el pago en el primer mes. A partir del segundo, este aumentará al 20% y en el momento en que la Seguridad Social levante un acta de liquidación se elevará hasta el 35%.

Aparte, es importante tener en cuenta que, aunque los intereses de demora se devengan desde el día siguiente en que debías haber abonado la cuota, serán exigibles una vez transcurridos quince días desde la notificación de la providencia de apremio sin que se haya hecho frente a la deuda.

En cristiano, los intereses a pagar contarán desde el siguiente día al que debías abonar la cuota, pero serán exigibles a los 15 días de recibir la notificación.

Los intereses, también podrán reclamados cuando no se haya pagado el importe de la cuenta dentro del plazo que se haya establecido. Serán los recursos presentados con las declaraciones de deuda o actas de liquidación, los que establezcan el plazo. Siempre y cuando, la ejecución de estas decisiones se suspendieran durante el procedimiento que se haya interpuesto contra ellas.

Los intereses de demora aplicables serán los generados por el monto principal de la deuda, desde que venció el plazo reglamentario de pago, además de los generados por el recargo aplicable en el momento del pago, desde la fecha en que, según se menciona anteriormente, sean exigibles.

El tipo de interés de demora será el interés legal del dinero vigente en cada momento del periodo de devengo (4,25% en 2024), incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro distinto.

¿Y si vuelven a no cobrarse el recibo de autónomo sin haber pagado la deuda anterior?

Y por si todo esto fuera poco, a partir de la segunda cuota sin abonar, la Administración podrá ordenar el embargo de tus cuentas corrientes para saldar la deuda.

Si el error no tiene nada que ver contigo, asegúrate siempre de contar con el dinero suficiente en tu cuenta para pagar la cuota.

Tendrás que poner una reclamación ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Además, sería oportuno que hablaras con tu banco, a ver si te pueden explicar qué pasó con el recibo y para que lo tengan en cuenta para el futuro.

Siempre es bueno contar con un asesor que te prevenga de estas situaciones y te proponga soluciones si la prevención ya no es posible. Ahorrarás tiempo y dinero. Y además, te dedicarás a lo que mejor sabes hacer, levantar un negocio.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • David dice:

    Hola buenas el mes pasado no me fue debitado la autonomia. Yo pago 85 por mes y ahora resulta que debo pagar más de 300 euros.

    • GesTron dice:

      Hola David. Esa cifra que apuntas parece coherente, siempre que no pudieran cobrarse la cuota de tu banco. Una vez abonado pasarán de nuevo a cobrarte tu cuota bonificada.

  • Monica dice:

    Hola,no entiendo porque a mi marido no le ha cobrado la cuota de autónomo en agosto y también en septiembre teniendo dinero en la cuenta.Ahora tenemos que pagar un cargo de casi 100 euros por la culpa de quien?Lleva 5 años como autónomo y nunca pasó esto.Como puedo averiguar quién se hace culpable de todo esto porqué no me parece normal que pase una cosa así que nunca pasó antes y llevando 5 años de autónomo sin ningún problema?

    • GesTron dice:

      Hola Mónica. Pues sí que es raro. A falta de más datos preguntaría al banco para que me confirmen que la TGSS no ha enviado la orden de cobro. Confirmaría que el número de cuenta bancaria que está grabada en la Seguridad Social coincide con la real. Pediría una cita con la TGSS lo antes posible, porque si ha ocurrido los dos últimos meses quién asegura que no volverá a ocurrir. Si se debe a un error de la TGSS, habrá que solicitar una devolución de ingresos indebidos.

  • Melissa leon dice:

    Hola buen día espero estés bien me tocaba pagar el recibo este 29 de septiembre pero no tenia el dinero en la cuenta y como el sábado es último pues intente pagar el día sábado pero no me dejo y todavía estaba en plazo q debo hacer para q no me corren el impuesto completo ayuda por fa

    • GesTron dice:

      Hola Melissa. Con el impago del mes pasado ya no podrás hacer nada. Deberás pagar la cuota entera con un 10% de recargo, y el mes próximo volverás a la cuota que pagabas antes de esta incidencia.

  • El mostafa DALAOUI KALIMI dice:

    Estoy de alta pero no mellegan los recibos de pago de la seguridad social
    Cual es el motivo?

    • GesTron dice:

      Hola. Es muy raro. Comprueba que estás dado de alta correctamente pidiendo la vida laboral. Ahí debe especificar la fecha de alta en el RETA. No suelen olvidarse de cobrar, te lo digo por experiencia.

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