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¿Cuáles son los gastos deducibles y no deducibles para empresas?

Hola soy Tron, GesTron la pesadilla del papeleo y recortador de Hacienda.

¿Acabas de descubrir que el sabelotodo de tu cuñado no sabe decirte qué gastos son deducibles y no deducibles del Impuesto de la Renta? 😱

¿Acudes a mí para pedir sopitas? Pues que sepas que me siento un plato de segunda mesa y también los superhéroes de los papeles tenemos sentimientos. 

¡Sniff!  😭

Aún estás a tiempo de evitar un desastre 🆘

¿Tienes claro cuáles son los gastos deducibles de una empresa?

Corre 🏃‍♀️ a buscar todas las facturas de gastos que tengas por ahí desperdigadas (otro día hablaremos de Marie Kondo y cómo organizar los papeles de tu empresa) y vamos a ver cuáles te valen y cuáles no.

Bueno, al lío.

¿Qué son los gastos deducibles?

👨‍🏫 Un gasto deducible es aquel que está vinculado a la actividad económica de un autónomo o una empresa y está permitido deducir fiscalmente, es decir, restarlo a los ingresos de tu negocio y así pagar menos impuestos.

Hacienda permite deducirlo de dos formas:

  • Por el IVA que tiene ese gasto y que lo incluirás en la declaración trimestral de ese impuesto.
  • Por el gasto en sí y que se incluye a efectos de calcular la cantidad a ingresar en concepto de retenciones trimestrales a través del modelo 130 y cuando haces la Declaración de la Renta.

¿Hasta aquí, sí? ¿Piloto, eh?

Para que un gasto sea fiscalmente deducible es necesario que se disponga de justificación adecuada (generalmente factura completa), esté registrado contablemente en el Libro de Gastos de la empresa y esté autorizado por Hacienda.

A ver cómo te lo cuento. Hacienda mira con lupa este tipo de deducciones, es de la Cofradía de la Virgen del puño cerrado para que tú me entiendas.

Y ahí surgen las movidas: cómo justificar esos gastos cuando trabajas en casa: la luz, el  agua, el gas, la tarifa de internet, etc. y qué porcentaje de ese gasto puedes deducir.

En todos estos casos Hacienda pone el embudo por el lado estrecho para ti y por el ancho para ella.

Y aunque lo justifiques con facturas completas (no valen facturas simplificadas ni tickets) y lo expliques como cuando tenías que convencer a tu madre que habías vuelto tarde a casa la noche anterior porque se te había acabado la pila del reloj, te pueden marear.

Muchos autónomos y emprendedores deducen todos los gastos que caen en sus manos, a lo loco, sin plantearse si son o no deducibles. Lo meten todo.

Perooo luego viene Paco con la rebajas, es decir, Hacienda con las sanciones. 

Ejemplos de gastos deducibles

Seguro que quieres la lista más completa posible de gastos deducibles, ¡pues prepárate!

Consumos de explotación

Son las adquisiciones de bienes (mercancías, materias primas) efectuadas a terceros para la actividad económica.

Sueldos y salarios

Son las cantidades pagadas a un tercero por una relación laboral: sueldos, pagas extraordinarias, dietas y pagos en especie.

Pero ojo al dato: si se trata de miembros de tu unidad familiar sólo podrás deducirlo si:

  • Es un trabajo habitual y con continuidad
  • Convive con el autónomo
  • Existe un contrato laboral
  • Existe afiliación a la Seguridad Social
  • La retribución fijada en el contrato no es superior a la de mercado

Seguridad Social

Son los pagos de la Seguridad Social o Mutualidades de los trabajadores y tu propia cuota de  autónomo.

 Otros gastos de personal

Como la formación, las indemnizaciones que se deriven de la relación personal y las de seguro.

Arrendamientos y cánones

Son los Alquileres, cánones y asistencia técnica.

El principal requisito es que el bien en cuestión esté afectado totalmente o al menos en parte a la actividad desarrollada.

Por otra parte, en caso de leasing o arrendamiento financiero, para que puedas deducir la cuota:

  • El arrendador ha de ser una entidad o establecimiento financiero de crédito.
  • Duración mínima de dos años para bienes muebles, y de 10 años para los inmuebles.
  • Que conste en el contrato la cuota y que no se incluyan el valor de la opción de compra y la carga financiera, es decir, los intereses.

Reparaciones y conservación

Se incluyen todos los gastos de mantenimiento y reparación. Mira por ahí si tienes facturas de alguna reparación.

No se incluyen aquellas que tengan por finalidad una ampliación o una mejora, porque esas inversiones se deducen fiscalmente mediante la amortización.

Servicios de profesionales independientes

Importe satisfecho a profesionales, tales como gestores, abogados, procuradores, economistas, notarios, auditores, asesores, el informático que te hace la página web o un programa a medida, etc.

Otros servicios exteriores

Se incluyen: gastos de investigación y desarrollo, gastos de transporte, servicios bancarios, publicidad, electricidad, etc.

Tributos fiscalmente deducibles

Como el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

No se incluyen las sanciones, los recargos de apremio y el recargo por presentar fuera de plazo las declaraciones.

No lo olvides: para cumplir con los plazos y que todo vaya más suave que un Longines tienes a AYUDATPYMES (momento cuña publicitaria).

Gastos financieros

Se refiere a los gastos que te cobra el Banco, por ejemplo por el descuento de Letras o recibos, a los recargos e intereses por aplazamientos y fraccionamiento de deudas, entre otros.

Mira bien porque seguro que tienes muchos gastos del Banco.

Pérdidas por insolvencia del deudor

Si la pérdida se debe a la posible insolvencia del deudor que te ha impagado será necesario que se cumpla alguno de los siguientes requisitos:

  • Hayan transcurrido seis meses desde el vencimiento (tres meses si eres una empresa de reducida dimensión).
  • El deudor esté declarado en concurso de acreedores. 
  • El deudor sea procesado por alzamiento de bienes. 
  • Las obligaciones sean reclamadas judicialmente.

Otros gastos deducibles

Todo  suma y a veces nos olvidamos de incluir estas cositas:

  • Adquisición de libros y de instrumentos no amortizables y la suscripción a revistas profesionales
  • Los gastos que se deriven de la asistencia a cursos, conferencias, congresos.
  • Las cuotas de corporaciones, cámaras y asociaciones de empresarios.
  • Las primas de las pólizas de seguro de enfermedad  y asistencia médica privada satisfechas por el autónomo para él, su cónyuge o sus hijos menores de 25 años, con el límite de 500 euros por persona. 

👨‍🏫 ¡Importante que lo recuerdes! No sirve un ticket ni una factura simplificada, debes disponer de una factura completa. Si no hay factura completa, no hay gasto deducible.

Más ejemplos de gastos deducibles

  • El software y hardware necesario para tu actividad.
  • La creación de una web para tu negocio por parte de una empresa.
  • Los servicios de agencias de marketing.
  • La factura de la luz, agua y calefacción de la oficina.
  • Los de tu vivienda propia si esta afecta a tu actividad profesional, pero sólo por el 30% del porcentaje afectado. 
  • Si tu vivienda es en alquiler podrás deducir los gastos asociados a la vivienda en ese mismo porcentaje.
  • Los gastos de las comidas de trabajo* en restaurantes hasta 26,67€ diarios en territorio nacional y 48,08€ fuera del territorio nacional, si pernoctas fuera de tu localidad.

* Si te alojas en un hotel de una localidad distinta de donde se realiza la actividad,  podrás deducir 53,67€ al día en territorio nacional y 91,35€ fuera de este. Eso sí, siempre que las comidas se hayan realizado en establecimientos de restauración u hostelería y hayas pagado con tarjeta para que quede constancia. No se puede pagar en efectivo.

Ejemplos de gastos no deducibles

Los gastos no deducibles son aquellos no relacionados con tu actividad económica y que por tanto, lo mejor que puedes hacer es olvidarte de ellos de cara a Hacienda.

  • Sanciones o multas: los recargos de apremio, multas de circulación, de  aparcamiento y sanciones por presentar liquidaciones  de impuestos fuera de plazo (cuña publicitaria: con AYUDATPYMES eso no te sucede).
  • Gastos por operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales: si tienes negocios en paraísos fiscales (no basta con ir de vacaciones) no vas a poder deducir aunque tenga relación con alguno de los gastos del apartado anterior.
  • Donativos y regalos que no están relacionados con la actividad (a un amigo, un vecino o a tu cuñado el sabelotodo por el que estás aquí).
  • El IVA que hayas soportado pero ya deducido en las declaraciones trimestrales de ese Impuesto.
  • No puedes deducir ni el coste ni los gastos derivados del vehículo salvo en supuestos muy concretos, como en aquellos casos en que se utilice íntegramente como herramienta de trabajo (taxistas, transportistas, repartidores…).
  • No puedes deducir el gasto del móvil a no ser que lo uses exclusivamente para realizar tu actividad económicaTe aconsejo tener una línea profesional y otra particular.

¿Tienes alguna duda sobre un gasto concreto que quieres saber si es deducible o no?

Comenta tu caso concreto con nuestros expertos. 

Están deseando ayudarte y ellos sí que pilotan.

Si has llegado hasta aquí leyendo ya sabes que la cuota de AYUDATPYMES es totalmente deducible y puedes incluirla como gasto. 

Trabajar con nosotros es una buena inversión.

¡ Y tú lo sabes! 👉

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Un grano no hace granero pero… 

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Cristian dice:

    Hola, una lavadora y una secadora para las toallas seria un gasto deducible en una peluquería?? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Cristian. Buena pregunta. ¿Se usa solo para la actividad profesional y estarán en el sitio donde se desarrolla dicha actividad? Entonces podríamos meterla. Eso sí, debe estar muy claro su exclusivo y necesario destino profesional.

  • Alfonso dice:

    Hola fabrico maquinas industriales las cuales llevan un motor eléctrico del tamaño de una bomba de agua pequeña de 1 caballo de fuerza mi pregunta ¿puedo deducir los consumibles y el motor q ocupo en su fabricación?

  • Emiliano T dice:

    Los gastos que genera el mantenimiento de un avión privado, todo es deducible y acreditable todo el IVA? Saludos.

  • lorena del carmen dice:

    que gastos serian deducibles si me dedico a la informatica, Servicios de consultoría en computación, Comercio al por mayor de equipo y accesorios de cómputo?

    • GesTron dice:

      Hola Lorena. Sin saber más de la necesidades de tu profesión y tu proyecto es complicado indicarte deducciones concretas. En general, podrás deducirte aquellos bienes y servicios que sean necesarios para el desarrollo de tu actividad económica, como tu equipo informático, compra de software, licencias… incluso los servicios de asesoría fiscal si los contratases. Dependiendo de donde realices tu actividad podrás deducirte alquileres, suministros energéticos, etc. en mayor o menor medida. Pero es algo que debes concertar con tu asesor para ahorrar hasta el último céntimo posible.

  • Belén dice:

    Hola Buenas Tardes,en el caso de una persona física que presta servicio de construcción (maestro mayor de obra) se puede deducir las compras de materiales ?? Usa un vehículo tanto personal como para el trabajo en otra ciudad, puede deducir lo que es gasto de viáticos o combustibles?? Desde ya muchas gracias.-

    • GesTron dice:

      Hola Belén. Solo podría deducirse ese gasto en materiales en el caso de que se trate de una actividad por cuenta propia. Igual para el vehículo, pero además será necesario que ese vehículo solo se destine a la actividad económica, sin usos particulares.

  • araceli dice:

    En el caso de un autónomo que tiene un gestor para llevarle el trimestre , la factura del servicio de este gestor sería deducible?Muchas gracias.

  • Andres Alejandro dice:

    Hola, quiero saber que tipo de cosas se pueden comprar con una SL que no necesariamente se tengan que desgravar, por ejemplo, más arriba te preguntan si se puede comprar un Reloj de lujo, y respondes que no hay ninguna ley que lo impida, es decir, puedo comprar un reloj de lujo a nombre de mi sociedad y usarlo, pero simplemente no lo desgravo y ya?. Puedes poner otros caso de ejemplo como este?. En todas partes donde investigó sólo se habla de gastos desgravables, pero se habla muy poco o nada de cosas que se pueden comprar con la sociedad pero sin desgravar. Gracias por vuestra aportación. Un 10 el foro.

    • GesTron dice:

      Hola Andrés. La cuestión es que hay que justificar que el gasto está destinado a las necesidades de la sociedad. Te pongo un ejemplo, y es el típico vehículo que se destina a un uso particular. Hasta tal punto se ha puesto las pilas que solo permite desgravar los gastos de un vehículo solo y cuando está destinado 100% a la actividad empresarial. Igual sucede con los móviles.

  • Sergio dice:

    Buenas tardes.
    Tengo una empresa de venta de productos de droguería e higiene. Utilizo mucho mi coche particular y un empleado el suyo propio para visitar a clientes y proveedores. Siempre que repostamos pedimos factura a nombre de la empresa. ¿Se puede deducir el IVA de esas facturas? ¿Y el gasto?
    ¿ Y las facturas de las comidas que pagamos cuando estamos fuera?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Sergio. Hacienda tiene el punto de mira en la deducción de los gastos generados por los vehículos, y exige que su destino sea 100% a la actividad por cuenta propia para poder desgravarse los gastos. En base a esto no podrías con el tuyo, salvo que quieras arriesgarte.

  • Javier dice:

    Buenas tardes,
    Tengo una empresa de construcción y reformas de edificios.
    Dispongo de una furgoneta catalogada como vehículo mixto y un camión de 3500 kg, ambos vehículos están rotulados con el nombre de mi empresa, y se utlizan únicamente en la actividad profesional.
    En este caso los gastos de mantenimiento, seguros, combustible, los puedo considerar gasto deducible al 100% tanto para IVA como para IRPF?
    Por último, tendría otra cuestión, los sueldos de los trabajadores que me puedo deducir en el irpf que sería por la cuantía líquida que cobran, o por el sueldo base?
    Gracias de antemano.
    Saludos.

    • GesTron dice:

      Hola Javier. Por lo que indicas todo parece apuntar a que efectivamente puedes deducir todos los gastos relacionados con ambos vehículos al 100% tanto en IVA como en IRPF, eso sí, si Hacienda lo requiere deberás demostrar que efectivamente sólo utilizas los vehículos para la actividad, algo que en la práctica no resulta fácil. En cuanto a los salarios de los trabajadores es deducible todo el gasto que te ocasionen, es decir el total de la suma del salario bruto y los seguros sociales abonados. Si quieres que te ayudemos con la gestión de tu negocio no dudes en contactar con nuestro equipo de asesores expertos.

  • Angeline dice:

    Buenas tardes, tengo una empresa de limpieza de casas vacacional. Compro productos de limpieza como paños de limpieza,
    detergente, productos de limpieza para suelos y baños. También una lavadora, secadora, aspirador etc. Son gastos deducibles? Gracias y un saludo desde Mallorca. Angeline

    • GesTron dice:

      Hola Angeline. Si son productos destinados a la actividad económica, sí que puedes deducírtelos. Es importante que no mezcles la compra de estos productos con otros que no están destinados a la actividad en la misma factura.

  • Pablo Martinez dice:

    hola, trabajo en una empresa que me da tickets (cheque)restaurante mensualmente por valor de 7 euros. Aparte trabajo como autonomo dando servicio de consultoria a otra empresa, si me compro una ensalada en las oficinas de mi cliente como autonomo . Puedo deducirmela? Puedo deducir la comida derivada de mi actividad como autonomo si ya recibo tickets comida de otra empresa?

    • GesTron dice:

      Hola Pablo, siempre que puedas justificar en una inspección posterior que ese gasto es consecuencia de tu actividad por cuenta propia y necesario, podrías.

  • Apartamentos dice:

    Buenas nos dedicamos al alquiler de habitaciones/estudios y apartamentos.

    Mi duda es podríamos deducirnos por trabajar con una lavanderia que es un centro especial de empleo en el que la mayoria de su plantilla es personal con discapacidad, esto de forma indirecta podríamos deducirnoslo?

    Gracias

    Un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola. Si en estos alquileres prestáis servicios hoteleros podríais deducirlos, puesto que, sería un gasto afecto a la actividad. Sino, la situación sería más complicada y antes una comprobación de la AEAT tendríais que poder justificar que dicho gasto está afecto a la actividad.

  • Jota dice:

    Buenos días, en una sociedad puedo comprar artículos de lujo como relojes de alto importe o algo asi, y No destrabar el IVA? El único fin es no descapitalizarme particularmente.

    • GesTron dice:

      Buenos días Jota. Si te refieres a si puedes comprarlo a nombre de la sociedad, como tal no existe impedimento legal para hacerlo, pero serán de titularidad de la sociedad a todos los efectos. Ahora, el IVA no será deducible en el caso de los artículos de lujo.

  • Alejandro Martínez dice:

    Gracias un gran contenido. Pero aún así tengo una pequeña duda. Mi empresa se dedica al asesoramiento gastronomico y los eventos. Si compro una casa la podría deducir?? Y una oficina? Y un local comercial en el cual hago un restaurante para grstionarlo y/o luego venderlo?? Muchas preguntas jejeje bueno gracias por su tiempo un saludo

    • GesTron dice:

      Hola, Alejandro. La cuestión es si se va a desarrollar la actividad económica en el domicilio u oficina. En el segundo caso suele haber menos dudas para demostrarlo en caso de inspección.

  • Midia Rosalba dice:

    Buen día me puede indicar si es deducible para una empresa, la factura por tenencia pagada en efectivo. Muchas gracias

  • Daniel Cifuentes dice:

     Durante este año se han satisfecho 1.404 euros en concepto de recargos por presentar fuera deplazo liquidaciones de la Seguridad Social. Estos 1.404 euros se incluyen como mayor importe delos gastos de personal.Entre los gastos contabilizados se incluyen los siguientes: – Luz: 14.420 euros.- Teléfono: 2.900 euros.- Otros suministros: 9.500 euros.- Gastos de administración y custodia de los títulos de la sociedad ESPECIAL: 180 euros. De estos, qué gastos son deducibles? Pues en ninguna parte del IS encuentro donde se especifique que éstos son o no deducibles.

    • GesTron dice:

      Hola Daniel,

      Como está explicado en artículo, el IS dice que los gastos deducibles son todos aquellos que sean necesarios para llevar a cabo tu actividad empresarial. Si quieres, ponte en contacto con nosotros rellenando el formulario de nuestra web de asesoría empresas y autónomos. Estudiaremos bien tu caso y te diremos cuáles son los gastos que puedes deducirte. Un saludo!

  • RUTH dice:

    Buenos dias, por favor me podria ayudar con esta consulta tengo un contribuyente que tiene la actividad de compra venta de granos y ventas al por mayor de otras materias primas agropecuarias, mi consulta , el donó algunos sacos de Urea a familiares , mi consulta es si ESTOS SACOS QUE HA DONADO son deducibles para Impuesto a la Renta, ya que el no vendió sino que los donó, por favor su ayuda aclarando esta duda.

    • GesTron dice:

      Hola Ruth, las donaciones no son un gastos deducibles por si mismas. Solo pueden tener ciertos beneficios fiscales en el IS o el IRPF si la entidad que recibe la donación es una entidad beneficiaria de mecenazgo. Es decir, una entidad sin fines lucrativos. Un saludo!

  • Rayo dice:

    Que gastos puede deducir mi empresa de producción de mezcal ?

    • GesTron dice:

      Hola Rayo, habría que estudiar el caso. Ahora mismo no sabría decirte específicamente tus gastos deducibles, aunque, como digo en el artículo, se considerarían «todos aquellos que sean necesarios para desarrollar la actividad empresarial». Si necesitas ayuda con este tema, ponte en contacto con nuestra asesoría empresas y autónomos. Un saludo!

  • Rayo dice:

    Me dedico a la producción de mezcal artesanal puedo deducir la compra de la materia prima que es el maguey aunque los que lo cultivan no me den factura o hay alguna forma de hacerlo ?

    • GesTron dice:

      Hola Rayo, habría que estudiar el caso. Ahora mismo no sabría decirte específicamente tus gastos deducibles, aunque, como digo en el artículo, se considerarían «todos aquellos que sean necesarios para desarrollar la actividad empresarial». Si necesitas ayuda con este tema, ponte en contacto con nuestra asesoría empresas y autónomos. Un saludo!

  • ELDA dice:

    Buen día tengo una duda como puedo deducir un recibo de luz que esta a nombre de otra persona y no a nombre de la empresa

    • GesTron dice:

      Hola Elda,

      Si no está a nombre del negocio ni de la propietaria del negocio entonces no podrías deducirlo ya que tienes que poder demostrar que esa factura está relacionada con tu actividad.

      Un saludo

    • Rayo dice:

      Me dedico a la producción de mezcal artesanal puedo deducir la compra de la materia prima que es el maguey aunque los que lo cultivan no me den factura o hay alguna forma de hacerlo ?

      • GesTron dice:

        Hola Rayo, habría que estudiar el caso. Ahora mismo no sabría decirte específicamente tus gastos deducibles, aunque, como digo en el artículo, se considerarían «todos aquellos que sean necesarios para desarrollar la actividad empresarial». Si necesitas ayuda con este tema, ponte en contacto con nuestra asesoría empresas y autónomos. Un saludo!

  • Angie Lorena dice:

    Un empleado me pidió reembolso una compra que hizo para la empresa pero la factura esta a nombre de èl, puedo deducirlo de renta?

  • Yaneth Vanegas dice:

    Una empresa puede deducirse el pago del arrendamiento de la oficina, si el contrato de esta esta a nombre del representante legal? Y por ende las facturas también están a nombre de el. Y en este caso la empresa debe practicar la retención en la fuente?
    Gracias

  • Yhaneca Eunice dice:

    ¡Buenos días! disculpe tengo una duda sobre unos gastos la empresa donde estoy tiene gastos de materiales de construcción, ya que abrieron una nueva sucursal seria un gasto deducible disculpe?

    • GesTron dice:

      ¡Buenos días! ¿Qué tal?

      Según la Ley del Impuesto de Sociedades los gastos deducibles será «todos aquellos que sean necesarios para desarrollar la actividad empresarial», hablando en plata, cualquier gasto que tenga algo que ver con aquellos a lo que se dedica la empresa y que tenga que ver con su actividad diaria.

      ¡Un saludo!

    • Yhaneca Eunice dice:

      Muchas gracias muy amable!!!!

      • GesTron dice:

        ¡Buenos días Yhaneca! ¡Muchas gracias por tu valoración! Es gratificante saber que estamos ayudando a la gente, si tienes alguna pregunta más no dudes en escribirme cuando quieras y te echamos un cable sin problemas.

        ¡Un saludo!

  • RONALDO CERDA TARQUI dice:

    gracias muy buena información

    SOBRE gastos no deducibles de empresas de seguros, hay algunas mas comprensibles?

  • Francisco dice:

    Saludos, la compra de un celular es deducible?
    Por ejemplo el celular que se le da a un guia de turismo o agente de ventas, el cual es con fines de comunicaion con la empresa.
    Y Como lo justifico a Hacienda.
    Gracias

    • GesTron dice:

      ¡Buenos días Francisco! ¿Qué tal?

      Si los celulares están vinculados a la actividad económica que desarrollas, están justificados con facturas a tu nombre y están registrado en contabilidad puedes deducirlo aunque no es 100% seguro que Hacienda lo acepte ya que existe controversia con el uso completo para la actividad económica de los celulares.

      Te recomiendo que te acerques a Hacienda para explicar tu caso, ellos te dirán cuáles son los requisitos necesarios y si finalmente los puedes deducir o no.

      ¡Un saludo!

  • jenny dice:

    tengo este recibo de vuelo que no va dirigida a la empresa sino a uno de los socios de la empresa pero está pagado con la tarjeta de la empresa, lo podemos poner como gastos?? Lo pone como gastos de empleado? Nos serviría para el IS o como no viene a nombre de la empresa no nos sirve??

    • GesTron dice:

      ¡Buenas! Siempre y cuando el viaje este relacionado con la actividad empresarial puede deducirse, debe tener añadido una hoja de gastos que especifique ese motivo y desglosar todos los gastos en las diferentes facturas.

      ¡Un saludo!

  • VICTOR RAMIREZ VILLALBA dice:

    Hola buen día estimad@s.

    Cada semana facturo casetas de peaje, pero estas no reflejan ningún impuesto, serán deducibles??

  • alejandra dice:

    HOLA BUEN DIA, TENGO UNA DUDA RESPECTO AL SEGURO DE QUALITAS, NO TENGO LA FACTURA ENTONCES LA POLIZA QUEDARA CARGADO EL GASTO NO DEDUCIBLE VERDAD???

  • flores ronald dice:

    me gustaria que me aopyen en muchas cosas

    • flores ronald dice:

      1. La empresa SOY DE JESUS SAC, cuenta con 50 trabajadores para 10 de ellos se contrata los servicios de alimentación en un restaurante ubicado a 100 mts de la empresa, cada fin de mes el restaurante envía la factura por el consumo realizado mas no hay una lista de quienes consumieron y que es lo que consumieron. El gasto asciende a S/ 10,520.00. si es deducible o no deducible porque

      • GesTron dice:

        ¡Buenos días! ¿Qué tal? Pues es un tema algo delicado pero suele haber problemas, lo que si se debería facturar por persona y por día de comida, deben ser comidas relacionadas con la actividad profesional.

        ¡Un saludo!

    • GesTron dice:

      Si necesitas ayuda Escríbenos a la gestoría y nos pondremos en contacto contigo.

      ¡Un saludo!

  • sandra dice:

    buen día:

    el impuesto a la seguridad, que se refleja en la factura de energía, es deducible?

  • Jorge dice:

    como se considera el alquiler de una casa de habitación , cancelada por la empresa XX para uso del gerente y/o administrador de la misma, que devenga honorarios profesionales,

    es gasto deducible para la empresa o como debe considerarse.

    • GesTron dice:

      Buenas Jorge, ¿qué tal? Lo primero que debes es revisar el contrato del alquiler para ver si se especifica en algunas de sus cláusulas que no se puede desarrollar una actividad económica en la vivienda. Otra cuestión importante es que seas el titular de la vivienda y que si estás dado de alta como autónomo tienes que poner tu dirección fiscal en tu casa a través del modelo 036 y además indicar los metros cuadrados totales de la casa y el porcentaje que utilizas para trabajar. En tu caso debes especificar en el modelo 036, por ejemplo que tu casa tiene 80 metros cuadrados y la habitación que se utiliza mide 30 metros.

      Espero haberte sido de ayuda, un saludo Jorge.

  • Jaime Reyes dice:

    tengo un perro y pregunto si su alimentacion lo puedo incluir en gastos

  • Gerardo Domínguez dice:

    Tengo una duda relacionada al tema que me ha causado confusión, la empresa semanalmente destina $500.00 MXN para compra de fruta para todo el personal de la oficina y sin costo alguno para ellos (cabe resaltar que solo somos 20 personas por eso el presupuesto), el giro de la empresa es de servicios de auditorías a productores agrícolas, por lo tanto queremos ver si es viable poder deducir este gasto y de ser así, cual es el procedimiento para llevarlo a cabo? de antemano gracias, excelente post.

    • GesTron dice:

      Buenas Gerardo, ¿qué tal? Lo siento pero no controlo aún sobre como va el tema que preguntas a nivel internacional. Lo siento por no poder ayudarte.

      Un saludo.

  • Juan dice:

    Entiendo que no son deducibles pero puedo tener problemas como socio administrador unico de la empresa de pasar las cuotas del gimnasio de toda la familia por la empresa?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Juan,

      Teniendo en cuenta que esos gastos no corresponden como deducibles para tu sociedad, si salta la liebre y estudian tu caso, sí, podrás tener problemas.

  • Larissa Bernal dice:

    Buenas las penciones para una persona que se viuda y sobra de su mujer ya muerta es deducible como ingreso? ya que el mismo solo le depositan en su cuenta, no tiene comprobante del mismo

    • GesTron dice:

      Buenas Larisa, ¿qué tal? Sólo se pueden deducir los gatos cuando eres autónomo. El caso que me comentas es un ingreso de dinero en una cuenta, por lo que no sería deducible.

      Un saludo.

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