«Te lo juro por Peppa Pig» «Quien tiene la información tiene el poder» El sentido de esta frase es que quien tiene la sartén por el mango no es quien sabe donde encontrar determinada información, sino quien sabe cómo usarla.
Y en eso, Hacienda tiene nivel «pro». No todas las declaraciones tributarias que se presentan conllevan impepinablemente un pago (raro, raro, ¿eh?) algunas son solo informativas. Este es el caso de la declaración anual de operaciones con terceros que, sin embargo, juega un papel clave para Hacienda 👩🏫
¿Quieres saber por qué, para qué y cómo usa Hacienda la información del modelo 347? Si sientes ansia viva por conocer las respuestas a estas preguntas, sigue leyendo hasta el final. No te arrepentirás.
Abróchate fuerte el cinturón que despegamos el avión-cohete con destino a las operaciones con terceros 🚀
Qué es la declaración anual de operaciones con terceros
La declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347) es una declaración informativa que deben presentar cada año a través de internet y antes del último día de febrero, los autónomos y pymes que desarrollan una actividad económica con otra persona o entidad.
En ella deben detallar una a una todas las operaciones con terceros «proveedores o clientes» cuyo volumen durante el año natural haya superado los 3.005,06 euros IVA incluido.
Qué operaciones hay que declarar en el modelo 347
Se tienen que declarar las operaciones de:
- Venta y compra de bienes o servicios, lleven o no IVA.
- Alquiler si la factura no tiene IRPF.
- Subvenciones.
- Leasing.
Quién presenta las operaciones con terceros
Tienen obligación de presentar la declaración anual de operaciones con terceros 💪
- Empresas
- Autónomos
- Entidades de carácter social.
- Asociaciones sin ánimo de lucro.
- Comunidades de bienes.
- Comunidades de propietarios.
No hay obligación de presentarlo si:
- Está incluido en la devolución de IVA mensual (en este caso, ya se dispone de la información en el modelo 340)
- Tiene la sede de la actividad o el domicilio fiscal fuera de España
- El arrendador (propietario) de un local u oficina emite las facturas con retención de IRPF (en este caso, ya incluye la información en el modelo 180 que presenta).
Por qué hay que presentar la declaración de terceros
Porque con ella la Agencia Tributaria puede controlar y evitar cualquier despiste por parte del autónomo o la empresa en sus declaraciones tributarias. ¿Cómo?, cruzando la información facilitada por ambas partes, el autónomo empresario y el cliente o proveedor, para cuadrar las operaciones y comprobar que las cantidades coinciden con lo declarado a lo largo del año en otros impuestos.
Por tanto, antes de presentar la declaración, es esencial que te asegures de que tu información coincide con la de tus clientes o proveedores, chequeando los listados de operaciones y cantidades.
Ejemplo: has indicado en tu modelo 390 de IVA unas ventas de 30.000 pavos y, sin embargo, en el modelo 347 dices que has facturado 45.000 pavos a dos clientes. Esto no cuadra, te has dejado alguna venta sin declarar. Hacienda lo va a comprobar y después «van a pasar cositas». Esto parece un thriller, pero ¿ves para qué sirve? 💃🏻
Cómo se presenta la declaración de terceros
Rellenar y presentar el modelo 347 es fácil, pero aburrido porque se trata de picar pagos y cobros como si no hubiera un mañana. Para no liarte «más que la pata de un romano» y darte una bañada si tienes muchas facturas, hazte dos listados, uno de clientes y otro de proveedores que superan el límite de 3.005,06 en el año IVA incluido. Así te servirán como guion para ir punteando luego las operaciones y no se te escape ninguna 👈
Después tendrás que dividirlo por trimestres, sí, has leído bien, la declaración informativa, aunque se refiere a un periodo anual, deberá incluir las operaciones totalizadas por trimestres. No pasa nada si lo metes en u trimestre o en otro según recibas o emitas la factura. Lo realmente importante es la cifra anual.
Dijimos al principio de este artículo que quien tiene la información tiene el poder pero… ¿Para qué más le puede servir a Hacienda en un momento dado toda la información que le estás dando de tus clientes?
En la «declaración de operaciones con terceros» tienes que identificar quiénes son tus clientes y su volumen de negocio contigo. Hacienda podría utilizar después esta información para ejercer el derecho preferente de cobro de tus deudas tributarias.
Tienes que identificar uno a uno con nombre, apellidos, denominación social, NIF o CIF quién te paga y cuánto te paga. Sabiendo eso ¿podría disponer Hacienda de esa información para cobrarse tus deudas? Sí, correcto.
Si por lo que sea, en algún momento tuvieras una deuda con Hacienda, podrían ir al listado de clientes que has declarado en el modelo 347, contactar con todos ellos y decirles que la deuda que tienen contigo, se la paguen a la propia Hacienda por ser acreedor prioritario.
Si esto sucede el daño a tu reputación comercial sería importante. Por un lado, en la confianza de tus clientes a quienes tendrás que dar muchas explicaciones para que vuelvan a confiar en ti y por otro, en las facilidades para la financiación de los proveedores cuando se enteren. Ya sabes que conseguir la confianza en los negocios lleva años, pero se pierde en un minuto.
Y así poco a poco irás rellenando el modelo.
Si, por ejemplo, un cliente es también proveedor debe aparecer en ambos listados, no se pueden compensar sus cifras. Si un cliente supera el importe mínimo lo incluyes en el modelo 347, pero si como proveedor no lo supera, no debes incluirlo en el de proveedores. Si supera el límite en ambos casos pues lo incluyes en los dos listados.
Cuando hayas terminado de introducir toda la información, lo transmites por internet desde la página de la Agencia Tributaria con tu clave (no existe soporte papel para presentar el modelo 347) y has acabado.
Por si te da pereza presentar el modelo, que sepas que la sanción mínima es de 300 euros y la máxima de 20.000 euros. Quizá esto te motive un poco más.
Bueno, pues hasta aquí puedo leer. Ya sabes en qué consiste y por qué es tan importante para Hacienda el modelo 347. Y tú, ya sabes ¡Ojo al dato!, puedes hacer dos cosas: cotejar tus cifras con las que van a comunicar a Hacienda tus clientes o proveedores para evitarte muchos quebraderos de cabeza por errores de céntimos o delegar esta gestión fiscal y las demás en nuestro super equipo de AYUDA T PYMES para que se encarguen de todo. Solo clica abajo y se pondrán en contacto contigo.