¿Puedo desgravar la compra de un ordenador si soy autónomo?
Esta es una pregunta muy recurrente de los trabajadores autónomos cuando se preguntan qué compras se pueden desgravar. Y es que el ordenador se ha convertido en una herramienta de trabajo más, incluso para las profesiones que son rudimentarias, pues les permite organizarse y comunicarse con las administraciones.
¡Resolvamos esta pregunta tan necesaria!
Desgravar la compra de un ordenador dependerá de su uso
Como te dije en la introducción, cada vez más profesionales de cualquier tipo, incluso de agricultura, ganadería, pesca, etc., recurren a un ordenador. Se ha vuelto indispensable para tanto tareas administrativas, como para hacer crecer el negocio, por ejemplo, poniéndose en contacto con potenciales clientes.
💻 Si piensas darle al ordenador un uso privado, además de utilizarlo para tu trabajo, no quiero aguarte la fiesta, pero entonces no podrás deducirte el IVA ni el IRPF.
Es decir, el ordenador que compres como autónomo debe usarse solo para desarrollar tu actividad económica.
Pero la normativa refleja una excepción: utilizar el ordenador, sea de sobremesa o portátil, de forma privada si es «accesoria y notoriamente irrelevante», es decir, en momentos fuera de la jornada laboral y que no sea un uso dominante.
El precio es importante para desgravar tu ordenador como autónomo
Es interesante que tomes en cuenta cuánto va a costarte el nuevo ordenador.
¿Por qué? Si la compra de tu ordenador supera los 300 euros sin incluir el IVA, deberás desgravar el gasto a efectos del IRPF mediante la amortización del mismo, es decir, no podrás desgravar el importe completo del ordenador en el momento de la compra, sino que el gasto que suponga el ordenador irá desgravando de forma periódica hasta que la amortización se haya completado.
Hacienda tiene unas tablas en las que especifica durante cuánto tipo puedes desgravarte los bienes de inversión, en base al producto que adquieras.
Para la amortización de los equipos para procesos de información, como es en este caso un ordenador, la Agencia Tributaria establece un coeficiente lineal máximo del 26% anual en un periodo máximo de 10 años. Es decir, en el caso de que quisieras amortizar el ordenador lo más rápido posible tardarías 3,85 años en hacerlo (26% cada año), mientras que el límite temporal se fija en los 10 años (10% cada año).
A efectos de IVA, podrás deducirte el importe que hayas soportado al completo en el momento de la compra independientemente del precio del ordenador.
Como sabrás, para desgravarte cualquier importe, debes tener una factura con tu nombre y demás datos donde puedes demostrar la compra.
¿Es obligatorio amortizar un ordenador si eres autónomo?
Como acabamos de explicar, el precio es importante y también será importante para dar respuesta a esta pregunta. La solución es sencilla, la amortización no es obligatoria si el precio del ordenador no supera los 300 euros, ya que es el limite establecido para la libre amortización de los bienes de inversión.
Ejemplo de cómo contabilizar compra de ordenador como gasto
Si la compra superase los 300 euros
Imaginemos un caso hipotético en el que compramos un ordenador cuyo precio es de 800 euros. A efectos de IVA, podríamos deducirnos todo el importe soportado en el momento de la compra. En este ejemplo sería de 800€ x 21% = 168€
Sin embargo, a efectos de IRPF no podríamos imputar los 800€ de gasto en el momento. Habría que realizar la amortización del ordenador. Si en este caso quisiéramos amortizarlo rápidamente, aplicaríamos el 26% anual, lo que da un importe de 800€ x 26% = 208€ al año. De esta forma podremos deducir 624€ durante los tres primeros años y 176€ en el cuarto y último año.
Si la compra NO superase los 300 euros
Ahora imaginemos que el precio de nuestro ordenador es de 200 euros. En este caso, tanto a efectos de IVA como a efectos de IRPF podríamos desgravar el importe completo al momento de la compra.
Por lo que desgravaríamos 200€ x 21% = 42€ de IVA y 200€ que se imputarían directamente al gasto sin necesidad de amortización
Comprar el ordenador después del alta de autónomo
Por último, y no menos importante, no conseguirás desgravar el ordenador si lo adquiriste antes del alta como autónomo. Es un error que cometen aquellos emprendedores que apuran hasta el último momento el alta. Primero se equipan, luego se convierten en autónomos. El orden debe ser el contrario para poder desgravar tu equipo informático.
Tal vez te queda alguna duda. Pues estás de suerte por entrar a leerme. Tengo unos compis muy majos que te atenderán con mucho gusto para darte las soluciones que necesites desde nuestra asesoría.