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Ampliación Tarifa Plana para autónomos de Madrid ¿Ya no existe?

La ampliación de la tarifa plana para autónomos de la Comunidad de Madrid que permitía disfrutarla hasta los 24 meses ha sufrido unas… modificaciones.

¿Qué implican estas modificaciones? ¿Afectarán a tu bolsillo? Tranquilidad, porque en la mayoría de los casos será para bien. Te explicaré todo al detalle.

¿Existe aún la ampliación de la Tarifa plana de autónomos en Madrid?

No. La ampliación de la tarifa plana para autónomos de Madrid consistía en una ayuda de dicha comunidad para prolongar adicionalmente por 12 meses la bonificación estatal que tienen derecho la mayoría de nuevos autónomos.

Solo se beneficiaban de esta subvención aquellos autónomos dados de alta antes del 1 de enero de 2023. Si no perteneces a este grupo, solo tendrás la posibilidad de solicitar la cuota cero. Pero, ¿qué es la cuota cero? Te lo cuento.

Cuota cero para los autónomos de Madrid

La cuota cero es una ayuda adicional que existe en algunas comunidades que mejora aún más el incentivo estatal de la tarifa plana.

Si con la tarifa plana solo pagabas 80 euros todos los meses de cuota en vez de 200, 300 o 400 y pico euros, con la cuota cero te será devuelta toda la cantidad que hayas pagado por pequeña que sea.

¿Qué has pagado 80 euros durante el primer año como autónomo todos los meses? Pues 80 por 12… 960 más que te ahorras. Y además, esto puede extenderse un segundo año.

¿Entiendes ahora porque no tiene sentido antigua ampliación de la tarifa plana de Madrid?

Si quieres saber más sobre la cuota cero, consulta nuestro post sobre la tarifa cero de Madrid.

Diferencias entre la tarifa plana y la cuota cero en Madrid

Puedes confundir estas dos ayudas, y no me sorprende. Son dos conceptos muy parecidos, pero tienen sus diferencias y ahora vas a verlo. Toma nota.

Tarifa plana

  • Ayuda estatal.
  • Solo se pudieron beneficiar de ella los autónomos dados de alta antes del 1 de enero de 2023.
  • Tarifa reducida de 60 euros durante un año, que iba aumentando su importe en los siguientes tramos de meses.
  • Requisitos:
    • No haber estado dado de alta los 2 años anteriores.
    • No haber sido beneficiario de esta ayuda los 3 años anteriores.
    • No ser autónomo colaborador.
    • No tener deudas con Hacienda.

Cuota cero

  • Ayuda exclusiva de varias comunidades autónomas, entre ellas Madrid.
  • Los beneficiarios serán aquellos trabajadores por cuenta propia dados de alta después del 1 de enero de 2023.
  • Devolución del 100% de las cuotas pagadas, si eres beneficiario de la tarifa plana.
  • Posibilidades de ampliación otros 12 meses si tus rendimientos netos están por debajo del SMI.
  • Requisitos. Aunque en cada comunidad será diferente, en Madrid son los siguientes:
    • No tener deudas con la Seguridad Social, el Estado ni la Comunidad de Madrid.
    • Tener el domicilio de la actividad en la Comunidad de Madrid.

Otras ayudas para los autónomos de Madrid

Además de la ampliación de la tarifa plana madrileña, en el siguiente enlace tienes a tu disposición las ayudas para los autónomos de la Comunidad de Madrid.

Te adelanto algunas de ellas. Pero si quieres conocer más puedes acudir al post que te hemos señalado en el párrafo anterior o visitar la propia web de la Comunidad.

Subvenciones para desempleados de la Comunidad de Madrid que se den de alta como autónomos

Ya que hablamos de abaratar los costes a la hora de darse de alta como autónomo en Madrid, terminemos con un último apunte.

Para generar interés en torno a esta alternativa laboral, el Gobierno de la Comunidad puso en marcha una iniciativa de ayudas destinadas a ciertas personas que decidan impulsar su carrera profesional mediante la puesta en marcha de un proyecto empresarial como autónomos.

Los futuros beneficiarios tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser desempleado y darte de alta como autónomo:
    • Por cuenta propia en el régimen que corresponda a la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda.
    • Miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes, de socios mercantiles.
    • Socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales.
  • No tener deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social.
  • Realizar la actividad en la Comunidad de Madrid.
  • No haber realizado la misma actividad seis meses antes del alta.

Si quieres más información, solo tienes que clicar aquí.

Programa Impulsa para autónomos en dificultades

Si tu negocio está pasando por un mal momento puedes obtener una ayuda de la Comunidad de Madrid ha sacado el programa mencionado anteriormente para echaros un cable. Esta ayuda la pueden solicitar aquellos trabajadores que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluyendo también a socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles. Es imprescindible cumplir los requisitos que se han establecido en las bases reguladoras y debes disponer de un local físico.

Requisitos Programa Impulsa Madrid

Como ya habréis adivinado, y como toda ayuda que venga del estado, tiene una serie de requisitos. Si cumples con ellos tienes tres meses para solicitar la ayuda.

  • Tener un local físico en la Comunidad de Madrid.
  • Que en tu negocio haya pasado algunas de estas dos cosas:
    • Ejecución de obras por parte de la administración pública con una duración mayor a seis meses, con la cual se haya obstaculizado el acceso y/o la visibilidad de tu negocio tanto de forma peatonal como en vehículo. La distancia máxima a la que se debe haber ejecutado la obra es de 50 metros desde la entrada de tu local.
    • Haber sufrido cualquier tipo de catástrofe natural o siniestro fortuito con la consecuencia de cerrar el local y suspender la actividad del mismo temporalmente.
  • Debes de poseer una antigüedad mínima como autónomo de doce meses.
  • Por supuesto estar al corriente de tus obligaciones tributarias tanto con la Administración del Estado, como con la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
  • Tu actividad debe desarrollarse dentro de la propia Comunidad de Madrid.

Puedes obtener más información clicando aquí.

Pago único de la prestación contributiva

Pues si quiere darse de alta como autónomo en Madrid y tienes derecho a paro durante un tiempo puedes pedir que te hagan un único pago. Esta medida es incompatible con aquellas personas que estén recibiendo un subsidio, RAI (Renta Activa de Inserción) o cualquier tipo de prestación asistencial.

Esta ayuda no es exclusiva de la Comunidad de Madrid y también se la denomina como capitalización del paro; te lo aclaro por si te cruzas con esta segunda expresión.

Es super importante que pidas el pago único antes de darte de alta cómo autónomo. En Ayuda T Pymes podemos maximizar las posibilidades de que te concedan la capitalización, ya que tienes que desarrollar una memoria y convencerles en tu proyecto, y es algo que hemos hecho miles de veces.

Como ves, hay mucho más además de la ampliación de la tarifa plana de los autónomos en la Comunidad de Madrid. Es una zona de España que brinda muchísimo apoyo a los emprendedores y debes aprovecharlo a la mínima oportunidad que se te presente.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Antonio dice:

    Hola, en el 2021 he cobrada la subvención de la comunidad de Madrid de la ampliación de la tarifa plana, a la hora de hacer la declaración del IRPF tengo la duda de si hay que incluirla, y en el caso afirmativo si se computa como ganancia patrimonial o se pone como subvención corriente.
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Antonio, esta ayuda percibida tiene la calificación de rendimientos de actividades económicas, por lo que iría dentro de los ingresos de la actividad económica, concretamente, en la página 8 de la declaración de la renta de 2021.

  • Simone dice:

    Hola soy autónomo y tengo una tienda online, que por falta de dinero he puesto en mantenimiento. He tenido ayuda de la tarifa plana los primeros 12 meses, y como me dijeron un mes antes de caducar los 12 meses he solicitado 12 meses más ósea la ampliación de la tarifa plana a la comunidad de Madrid. Han pasado 10 meses y todavía no me han dado nada. No se que hacer.

    • GesTron dice:

      Hola, Simone. Los compañeros que se encargan del alta de autónomos son los que mejor controlan los trámites relacionados con la tarifa plana, sobre todo si se trata de las peculiaridades de cada comunidad en base a las competencias que les delegó el gobierno. Deja tus datos en el enlace que te mostramos para que se pongan en contacto contigo y te echen un cable 🙂

  • Noelia dice:

    Buenos días,
    Si me di de alta de autónoma en Cataluña en febrero 2019 y ahora trabajo en madrid, puedo beneficiarme de la tarifa plana de 24 meses al hacer el cambio de comunidad? cómo debo proceder para ellos?
    Gracias!

  • Sara dice:

    Hola buenas tardes
    yo estoy trabajando pero me ha salido un segundo trabajo pero tengo que ser autónomo. ¿Podría beneficiarme de la tarifa plana? y la otra pregunta que tengo.

    Mi Marido es discapacitado y trabaja por cuenta ajena, estuvo dado de alta como autónomo hace unos años, ¿podría beneficiarse de la tarifa plana? Es para sacarnos un dinero extra, no es una actividad a tiempo completo ni nada por el estilo.

    gracias

  • Marta dice:

    Buenos días:
    Estuve dada de alta durante dos años de junio del 2016 a junio del 2018 y recibí la ayuda estatal y de la comunidad de Madrid durante ese periodo. Después he tenido contrato, pero ahora me voy a quedar sin trabajo y estaba pensando en darme de alta cómo autónomo otra vez en enero. ¿Podría pedir alguna ayuda? Si es así ¿cual? ¿Cuánto tendría que pagar al mes de autónomos? Espero su respuesta. Muchas gracias. Un saludo,

  • Cristina dice:

    Hola estoy pagando la tarifa plana y cobrando el paro durante 9 meses. una vez transcurrido este plazo en el que ya no tendré paro que tengo que hacer para seguir con la tarifa plana hasta los 2 años? o automáticamente ya me beneficiaré de ella sin hacer nada?

    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Cristina,
      La ampliación de la tarifa plana a 24 meses es para la Comunidad de Madrid, para poder acceder a la ampliación tarifa plana, los trabajadores autónomos que decidan desarrollar actividad por su cuenta en Madrid deben cumplir prácticamente las mismas condiciones de quienes ya se benefician de la bonificación.
      Es decir, las personas que accedan a esta reducción de su cuota deben llevar al día sus obligaciones fiscales, no tener deudas con Hacienda o la Seguridad Social, estar inscrito en el RETA y mantener los requisitos que posibilitaron beneficiarse de la tarifa plana durante, al menos, 12 meses.
      Saludos.

  • CECILIA dice:

    Hola Buenas Tardes, padre se ha dado de alta como autónomo y ha solicitado la bonificacion. Todavía no le han contestado y le han cobrado 278,78 , esto significa que no le han reconocido la bonificacion o pueden que pague durante unos meses y si se lo reconocen luego le devolverán el dinero.
    Un sal

    • GesTron dice:

      Buenos días Cecilia,
      La »tarifa plana» por retomar la actividad después de la baja por maternidad es solo para las madres, no para los padres.
      Un saludo.

  • Ela dice:

    Buenas tardes!
    Llevo como autónoma TRADE desde noviembre del 2017. Llevo ya unos 5 meses pagando los 130€ aprox. Habría la posibilidad de que ahora que han ampliado el tiempo para la tarifa plana, me devuelvan algo o yo ya no tengo derecho a ella?

  • Luis D dice:

    Hola Gestron, Estoy empadronado en Madrid y la última vez que me di de baja como autónomo fue en Julio de 2016, después he estado en una cooperativa hasta junio de 2018.
    Puedo optar a la tarifa plana de 50€ si me doy de alta como autónomo en Septiembre de 2018?
    Muchas gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Luis,

      Pues a ver si no te dan problemas. Yo no abogo nunca por cooperativas de trabajo autónomo por ese mismo motivo. Si cuenta como trabajo asalariado y han cotizado pro ti, perfecto. Si sólo le has pasado las facturas, puede que incluso tengas que darte de alta con carácter retroactivo..

  • Veatriz dice:

    Hola puedo darme alta de Autónomo y disfrutar de la tarifa de 50 euros y darme de baja a los 2 meses y luego darme de alta 2 meses después? Y tener el mismo beneficio?

    • GesTron dice:

      Hola 🙂

      Sí puedes beneficiarte al principio, pero al darte de baja perderías el acceso a la bonificación. Es decir, para ahorrarte 100 euros de esos dos meses y pagar luego 280 casi, no te merece la pena cursar la baja.

  • diana dice:

    también me interesaría rotular el coche, hacerme una web y una cuña de radio, podría meter todos estos gastos en la subvencion de 3000 euros? cuando se hace efectiva esa subvencion ?

  • diana dice:

    hola soy parada de larga duración , resido en Madrid y estaba valorando darme de alta de autónomos, tendría tarifa plana 24meses? mi otra pregunta es si en la subvencion de gastos de empresa puedo meter un coche de segunda mano, necesito desplazarme par arealizar mi trabajo

    • GesTron dice:

      Buenas Diana,
      Podrías beneficiarte de la Tarifa Plana sin problemas al darte de alta como autónomos. Lo del coche podría entrar dentro de los gastos subvencionables, pero es competencia del ayuntamiento de Madrid decidirlo.

      En cuanto a si se trata de gastos deducibles o no, ten en cuenta que el vehículo debe ser afecto a la actividad y no ser empleado en temas personales.

      Las subvenciones pueden tardar varios meses en concederse y también en recibirlas.

      Un saludo

    • Tamara dice:

      Después de disfrutar de los 12 meses de la tarifa plana estatal y los 12 de la comunidad de Madrid (pagando 50€), cuanto se debería pagar como autónomo??? Los 140€ y va aumentando progresivamente o ya los 280? Un saludo y gracias de antemano

  • Agustin dice:

    Esta subvención tributa en el IRPF declaracion de la renta 2017?
    Si es afirmativo como hay que declararlo, como rendimientos de actividades económicas ?
    gracias

    • GesTron dice:

      Hola Agustín,

      Se refleja no la bonificación, sino lo que pagas en cuota. Si realizas una actividad como autónomo, en rendimientos de actividad económica. Si eres administrador de una sociedad y recibes nómina, en rendimientos del trabajo.

  • ALFENOR dice:

    Tengo una duda:
    Esta ayuda/subvencion tributará en la declaracion de la renta del ejercicio en el que se cobre?? Como habria que declararla??

    • GesTron dice:

      Hola Alfenor,

      Las cuotas de autónomo son deducibles en tu declaración, en las liquidaciones trimestrales de IRPF o la declaración anual, en concepto de cuota de la Seguridad Social. Va en gastos de Seguridad Social, te pone entre paréntesis incluidas las cotizaciones del autónomo, en el rendimiento de actividades económicas.

      Como te bonifican parte del coste de la cuota, tendrías que reflejar como cuota el importe efectivo que abonas y listo.

      En caso de que se te apliquen bonificaciones como las vigentes en la Comunidad de Madrid, que amplían la tarifa plana y dejas de pagarlo tú como contribuyente porque se hace cargo el propio organismo, eres tú quien debe informar expresamente.

      En ese caso, al principio del proceso de presentación te dice “tienes tal subvención, ¿la quieres incorporar?”. Di que sí y listo. Así se refleja sólo en la casilla correspondiente.

      Un saludo

  • GesTron dice:

    Gracias a ti por leer el artículo, Paula 🙂

  • Luia dice:

    Tengo que darme de alta proximemente de autónomo, la próxima semana, y mi negocio es en internet. Resido fuera de Madrid,…..¿me podría dar de alta en Madrid para acceder a las ayudas?
    Gracias

  • Sergio Caballero dice:

    Hola, me preguntaba si se puede dar de alta la actividad en Madrid aunque se esté empadronado en otra provincia. El negocio que voy a comenzar es de tipo online por lo que no voy a necesitar ningún local físico para desempeñarlo.

    Gracias por su respuesta.

  • Roberto dice:

    Hola Gestron! Para Andalucía hay algún tipo de ayuda o beneficio para nuevos autónomos? O nos tenemos que conformar con los 6 meses a 60€… gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Roberto 🙂
      En principio nosotros nos quedamos con los 6 meses a 50 pavos, hasta que amplíen a 12 meses con la aplicación de la Nueva Ley de Autónomos…

  • Jose dice:

    Vivo madrid si me doy de alta ahora en octubre por primera vez autonomo que m beneficiaria solo los 6 meses o dos años o me recomienda que me de de alta en enero

    • GesTron dice:

      Hola Jose,
      En la anterior ampliación en tu Comunidad Autónoma esta medida tuvo carácter retroactivo. No sé si volverá a pasar lo mismo y te la puedan conceder aun estando dado de alta desde ya…

  • Mª Carmen González dice:

    Ah, me olvidaba decirte que somos de Madrid.
    Para que me informes también sobre la tarifa plana. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Mª Carmen

      Lo mejor es que veáis primero como os va yendo en el negocio, darse de alta como autónomo del tirón sin saber si vas a generar lo suficiente para superar el SMI (requisito junto al factor de continuidad para darse de alta como autónomo, es decir, no tendrías más remedio si fueras a desarrollar la actividad por cuenta propia de forma prolongada en el tiempo y con unos ingresos superiores al Salario Mínimo interprofesional). ¿Por qué? Porque una vez te des de alta solicitando una bonificación, si en un par de meses te das cuenta de que el tema va mal y que no compensa afrontar los gastos de cuota en seguridad social y todo lo demás, si en adelante quisieras emprender otro proyecto diferente como autónoma, normalmente, a no ser que hubieran pasado 5 años de baja en el RETA, no podrías volver a solicitar otra bonificación.

      Lo mejor desde mi punto de vista es que te contratara, ya que si no dependes económicamente de tu hija y no vives con ella no tienes porqué (ni podrías en teoría) darte de alta como autónoma colaboradora, aunque eso ya depende de vuestro caso en concreto. Si decides darte de alta como autónoma normal, en Madrid existe la tarifa plana de 50 euros para autónomos durante 18 meses, los requisitos son, entre otros, ser autónomo (no colaborador) de nuevo alta y no haber solicitado ninguna otra bonificación.

      Saludos 🙂

  • Mª Carmen González dice:

    o como autónoma y facturo a mi hija por el trabajo que le haga?
    Muchas gracias por tu respuesta
    Carmen

  • Mª Carmen González dice:

    Hola, te escribo porque estoy hecha un lio, no sé que hacer, tengo 55 años, soy parada de larga duración, no cobro ningún tipo de ayuda ni subsidio y tengo una hija con un negocio y necesita ayuda que yo le puedo dar. Pero la pregunta es ¿cómo es mejor, que yo me dé de alta como autónoma colaborador

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