La declaración del IVA es difícil para todas las empresas, eso es un hecho. Pero si encima hablamos de la regla de la prorrata del IVA puede que creas que estamos hablando en otro idioma 😅
Por eso, tu superhéroe favorito se sabe todos los idiomas y va a traducírtelo todo la mar de clarito ☺️
Qué es la prorrata del IVA
La prorrata del IVA es un mecanismo que tiene que ver con la deducción de las cuotas soportadas.
La ley limita las cantidades que pueden deducirse como cuota soportada en función del destino que tengan los bienes y servicios adquiridos. Se tiene en cuenta la medida en que éstos se utilizan para hacer actividades con las que se tiene derecho a deducción.
Da como resultado un porcentaje que se llama prorrata y que se aplica en dos modalidades distintas: prorrata general y prorrata especial.
Cuándo se aplica la prorrata del IVA
La prorrata del IVA se aplica en las empresas que hacen operaciones que tienen derecho a deducción y también otras que no lo tienen.
Como no todo el IVA es deducible, con la prorrata se establece el importe que sí se puede desgravar.
Se puede aplicar la prorrata general o la prorrata especial.
Tipos de prorrata del IVA
Vamos a ver detenidamente los dos tipos de prorrata del IVA que existen, la general y la especial.
Prorrata general del IVA
La prorrata general del IVA consiste en aplicar un porcentaje sobre el total del IVA soportado. Para ello, hay que coger las operaciones por las que se tiene derecho a deducción y multiplicarlas por cien, para después dividir el resultado de la multiplicación entre el total de las operaciones que se han hecho. El resultado se redondea hacia el número inmediatamente superior.
La fórmula a aplicar para la prorrata general del IVA es:
🧑🏫 Operaciones deducibles x 100 / Total operaciones
Hay que tener en cuenta que es una fórmula muy simple, y que el cálculo de la prorrata general se hace teniendo como referencia el total de las operaciones y no se presta atención al uso concreto de cada bien o servicio. Esto quiere decir que el resultado no será preciso.
Prorrata especial del IVA
La prorrata especial del IVA tendrá que aplicarse de forma obligatoria cuando las cuotas deducidas durante un año natural superen el 20% cuando se haga la prorrata general.
En este tipo de prorrata existen tres grandes grupos:
- Gastos generados en la adquisición de bienes y servicios con uso exclusivo en actividades deducibles, sujetas a IVA. En estos gastos se podrá deducir todo el IVA soportado.
- Gastos generados en la adquisición de bienes que se hayan utilizado en exclusiva en actividades no deducibles, que no están sujetas o están exentas de IVA. Esa situación es la contraria a la anterior, no puede deducirse ningún IVA.
- Gastos generados en la adquisición de bienes o servicios comunes a actividades deducibles y no deducibles. Cuando se dé este caso, habrá que utilizar la fórmula de la prorrata general.
Una vez que hemos dividido los gastos en estas tres deducciones, nos queda hacer la suma total, que nos dará como resultado la prorrata especial. Éste será un dato preciso que ayudará de una forma notoria a las tareas de contabilidad.
Cómo se calcula la prorrata del IVA
Cuando en tu empresa se hagan actividades con derecho a deducción y actividades sin derecho a ella, podrás deducir una parte del IVA, aplicando la regla de la prorrata.
Ya hemos visto que existen dos tipos de prorrata en función de las necesidades y situación específica de tu empresa, la general y la especial.
Para calcular la prorrata tienes que hacer la división de las siguientes cantidades:
- Numerador. La parte que se divide es la suma del importe de la base imponible de las ventas y prestaciones de servicios que se han hecho durante el año natural y que tienen derecho a deducción.
- Denominador. La cantidad anterior se divide entre el importe total de las bases imponibles de las ventas y prestaciones servicios que se han hecho durante el año natural, incluyendo las que no tienen derecho a deducción.
El resultado de la división se multiplica por 100 y después, se redondea a la unidad superior.
La Agencia Tributaria pone a disposición de todos los contribuyentes una calculadora de prorrata para hacer los cálculos, así que no tendrás que estar haciendo mucho cálculo 😉
En cualquier caso, tras la aplicación de los porcentajes, al comprobar los datos reales se hará una regularización de la prorrata del IVA.
Prorrata y modelo 390
El modelo 390 es una declaración informativa que se presenta anualmente y que resume todas las operaciones en relación con el IVA. Podríamos decir que es el equivalente del modelo 303 trimestral.
Y si te lo estabas preguntando, sí, tanto si estás en prorrata general como si estás en prorrata especial debes rellenar el modelo 390.
Para ello, este resumen anual tiene un apartado especial para la deducción del IVA en régimen de prorrata. En esta parte del modelo debes indicar las actividades que realizas, con su CNAE correspondiente, el total de operaciones de cada actividad y su importe, el tipo de prorrata y el porcentaje de prorrateo que tienes que aplicar.
Además, hay una casilla en el modelo 390 que tienes que seleccionar si estás obligado a rellenar el apartado de prorrata. Esta casilla es la 522, Regularización por aplicación porcentaje definitivo de prorrata. En ella debes poner el resultado de la regularización de las deducciones que has hecho durante el año como consecuencia de aplicar el porcentaje de prorrata.
Si el resultado de esta casilla hace que las deducciones sean menores, debes poner un signo negativo.
Si te has deducido más de lo que toca, esa cantidad se indica con un signo negativo, así le dices a hacienda que te has quitado gastos.
Si te has aplicado una prorrata provisional y has deducido menos gastos de lo que tocan se añade al modelo en positivo.
Ejemplo de prorrata del IVA
Como sé que todo lo que implique números es mejor verlos con tus ojitos, te voy a poner un par de ejemplos de la prorrata del IVA 👀
Ejemplo de prorrata general
Si tienes ventas con IVA por un valor de 100.000€ y ventas sin IVA por valor de 80.000€, la regla quedaría así:
🔴 Prorrata general = (100.000 / (100.000 + 80.000) x 100 = 55,55%.
Ejemplo de prorrata especial
En una actividad de alquiler de locales y viviendas se ha optado por aplicar la prorrata especial. Las actividades realizadas en un año han sido:
- Alquiler de viviendas, que no tiene derecho a deducción: 20.000 euros.
- Alquiler de locales, con derecho a deducción: 25.000 euros.
El IVA soportado durante ese año es:
- IVA soportado en alquiler locales: 800 euros.
- IVA soportado en alquiler viviendas: 320 euros.
- IVA soportado en servicios de uso común en ambas actividades: 160 euros.
Por tanto, el IVA soportado deducible:
- En operaciones sin derecho a deducción: 0 euros.
- En operaciones con derecho a deducción: 800 euros.
- Cuotas deducibles por servicios de uso simultáneo en ambas actividades:
[25.000 ÷ (20.000 + 25.000)] x 100 = 55,5555%
Se redondea en exceso = 56%
160 x 56% = 89,60 euros
Total IVA soportado deducible: 889, 60 euros.
Y con esto finaliza esta guía de la regla de la prorrata del IVA. Espero haber resuelto tus dudas acerca de este complejo sistema 😇
Mi recomendación es que si tu empresa está incluida en este régimen, cuentes con profesionales que te asesoren y se encarguen de todas las declaraciones y la contabilidad de tu empresa. Así, te aseguras que todo está bien hecho y tú puedes encargarte de hacer crecer tu negocio. Y para eso, Ayuda T Pymes estará al pie del cañón 💣