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Todos sabemos que la jubilación es el paraíso para un trabajador tanto por cuenta propia como ajena porque pasa de una situación laboral activa a otra pasiva o de inactividad.

Pero ¿y si te digo que existe la posibilidad de acogerse a la jubilación activa mediante la que un trabajador autónomo o no puede jubilarse y trabajar al mismo tiempo? Has leído bien, cobrar la pensión de jubilación mientras sigues trabajando e ingresando

¿Quieres saber en qué consiste, sus requisitos y si te puede interesar la jubilación activa para autónomos?

Aquí te lo voy a explicar negro sobre blanco para que puedas decidir si te conviene o no.

Agárrate que despegamos 🚀

¿Qué es la jubilación activa de los autónomos?

Es una modalidad de jubilación en la que un trabajador que ha llegado a la edad legal de jubilación decide alargar su vida activa cobrando una parte de su pensión.

Aquí no hay diferencia entre autónomos o empleados por cuenta ajena, porque se creó en 2013 para promover en general el envejecimiento activo haciendo compatible el disfrute de la pensión de jubilación con cualquier trabajo a tiempo completo o parcial 💪

Requisitos para solicitar la jubilación activa para autónomos

Entre los requisitos y compatibilidades para el disfrute de la pensión en su modalidad contributiva están:

  • Haber alcanzado la edad legal de jubilación sin haberse acogido a bonificaciones o jubilaciones anticipadas ✅
  • Haber alcanzado la pensión máxima en años cotizados, es decir, alcanzar el 100% de la base reguladora que se utiliza para determinar la cuantía de la pensión ✅
  • Acceder a la pensión al menos un año después de haber cumplido la edad que resultará de aplicación✅
  • Poder realizar cualquier trabajo tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, ya bien sea a jornada completa o a jornada parcial. ✅

La edad legal de jubilación en España se está ampliando cada año desde 2013 hasta llegar progresivamente a los 67 años en 2027 o a los 65 años siempre que se acrediten 38 años y 6 meses o más cotizados. 

Cuánto se cobra con una jubilación activa

El trabajador que cumpla estos requisitos puede seguir en activo y cobrar el 50 por ciento de su pensión de jubilación en el caso de que sea trabaje por cuenta ajena o sea un autónomo sin empleados a su cargo.

Si no has cotizado lo suficiente para alcanzar la pensión mínima y tienes que aplicar el complemento a mínimos la reducción del 50% será menor todavía porque no se tiene en cuenta ese complemento para el cálculo.

👩‍🏫 Si la actividad se realiza por cuenta propia y se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la pensión compatible con el trabajo alcanzará el 100% (no vale contratar autónomos para cubrir servicios)

Solicitud de jubilación activa para autónomos

La jubilación activa se solicita en cualquier sede de la Seguridad Social rellenando un formulario de solicitud. Puedes descargarlo de la web de la Seguridad Social o pinchando en este enlace de Solicitud.

Los trabajadores por cuenta ajena necesitarán este formulario de conformidad de la empresa. También está disponible en la web de la Seguridad Social. Es evidente que los autónomos no requieren dicha conformidad.

Si se cumplen los requisitos indicados arriba, la concesión es automática, no cabe la denegación. Desde ese momento, el beneficiario tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos con la misma revalorización que cualquier otra pero sin derecho a los complementos para pensiones inferiores a la mínima durante el tiempo en el que compatibilice la pensión con el trabajo 📣

Cuando finalice el trabajo por cuenta ajena o cese el autónomo con o sin empleados, se empezará a cobrar íntegra la pensión de jubilación, incluyendo los mínimos que estuvieron exentos durante la jubilación activa.

La jubilación activa de los autónomos societarios

La jurisprudencia viene entendiendo que los autónomos societarios no tienen personas contratadas a su cargo, por lo que el autónomo societario encuadrado en RETA que compatibilice trabajo y pensión de jubilación no tendrán acceso al 100% de la pensión.

Qué cuota de autónomo se paga durante la jubilación activa

Los autónomos que se encuentran en jubilación activa no pagan las mismas cuotas RETA que si no estuviesen jubilados.

En concreto, únicamente van a cotizar por contingencias comunes un 1,3%, por incapacidad temporal un 1,55% y habría que sumar un 9% por el tipo cotización especial de solidaridad. Es decir, la cuota de autónomo sería un 11,85€ de la base de cotización elegida.

¡Recuerda! La cuota va en función de los rendimientos netos obtenidos con el nuevo sistema de cotización vigente.

Por ejemplo, un autónomo con rendimientos netos mensuales de 1500€, que cotice por la base mínima de ese tramo, es decir 960,78€ pagaría una cuota de autónomos de 113,85€.

Al final, volvemos a la pregunta que nos ha traído hasta aquí. ¿Es interesante acogerte a la jubilación activa? ⚠️ Para tomar la mejor decisión en un tema tan importante como este, tienes a tu disposición al equipazo de asesores de Ayuda T Pymes deseando poder ayudarte. Después, depende de lo que quieras hacer con tu vida. Yo ahí lo dejo.