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¿Qué tiene que pagar un autónomo?

Trabajar se trabaja para ganar dinero, claro está. Pero si eres autónomo, también trabajas para pagar. Es la verdad 🙄

Se trata de que lo que quede después de esos gastos compense, ¿verdad? Pero para hacerse una idea de si eso va a ser posible, antes de montar un negocio, es fundamental tener claro qué es lo que tiene que pagar un autónomo.

No te me asustes, criatura emprendedora. Vamos a ver cuáles son esos pagos que hay que hacer al trabajar por cuenta propia y ya luego echamos cuentas, ¿te parece?

La cuota de la Seguridad Social

En primer lugar, para trabajar por cuenta propia hay que estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Y para ello, hay que pagar una cuota todos los meses, a final de mes.

Hasta febrero de 2023, cada autónomo pagaba la cuota que quería (o podía) dentro de la horquilla permitida, y en función de eso estaría cotizando en mayor o menor medida. El mínimo era algo menos de 294 euros.

Pero en marzo de 2023 se implantó el sistema de cotizaciones por ingresos reales. Esto significa que cada autónomo tiene que pagar una cierta cuota según la previsión de ingresos que tenga para cada periodo de tiempo (se puede cambiar cada 2 meses).

Este sistema de cotización por ingresos reales tiene establecidas unas cuotas iniciales para 2023, que irán variando de momento hasta 2025. En 2023, los autónomos tienen que pagar unas cuotas que van desde 230 a 260 euros en el tramo mínimo hasta de 500 a 1267 euros en el tramo máximo.

De esto habría mucho que explicar, pero yo creo que lo mejor es que amplíes esta información en el siguiente post en el que te hablo de la cuota de autónomos de 2023 a 2025.

Solo quiero recordar, eso sí, que existen algunas facilidades al comienzo. Me refiero a la tarifa plana de autónomos, que incluso se queda en una cuota cero de momento en el caso de algunas comunidades autónomas (La Rioja, Andalucía, Murcia y Madrid).

Impuestos

Otro de los pagos de los que no hay autónomo que se libre son los impuestos. Vamos a ver cuáles son los que tienen que afrontar los trabajadores por cuenta propia:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Todos los autónomos tienen que pagar el IRPF por los beneficios obtenidos por su actividad económica.

La declaración se hace, en primer lugar, trimestralmente, a través de los siguientes modelos:

  • El modelo 130 para los autónomos en régimen de estimación directa, simplificada o normal. No tendrán que presentarlo aquellos cuyos ingresos procedan al menos en el 70% de sus actividades profesionales y que retengan en sus facturas o ingresen a cuenta.
  • El modelo 131 para los autónomos en régimen de estimación objetiva (por módulos).

Y por otro lado, tienen que hacer la declaración anual, que es la famosa declaración de la renta, a través del modelo 100.

Hay que tener presente que no es que se pague doble: las cantidades adelantadas en los modelos trimestrales van a cuenta de la declaración anual.

Lo que no puedo decirte es cuánto tendrías que pagar por IRPF al ser autónomo. Pero sí que este es un impuesto progresivo, en el que cuanto más se gana, más se paga.

Sí puedo contarte que el IRPF que tienen que retener los autónomos en sus facturas (en su caso) es, de forma general, del 15% en estos momentos, si bien durante el tiempo correspondiente al primer ejercicio y los 2 siguientes es del 7%. Ojo que no hablo de 3 años naturales.

Imagina que te das de alta en septiembre. Lo que reste de ese año, y los dos años siguientes enteros, retendrías ese 7%. No durante 3 años completos, a menos que te des de alta al principio de todo del año.

Por otro lado, en el IRPF hay gastos que como autónomo te puedes deducir total o parcialmente. Por ejemplo, los suministros (luz, Internet, teléfono, etc.) o los pagos a la Seguridad Social.

Te recuerdo que si en vez de trabajar como empresario individual constituyes una sociedad, tendrías que pagar el Impuesto sobre Sociedades en lugar del IRPF. Este impuesto tiene un tipo fijo del 25% de forma general, salvo ciertas excepciones.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El IVA es otro impuesto generalizado para todos los autónomos. Este impuesto, que grava el consumo de bienes y servicios, se paga de forma trimestral, a través del modelo 303. En el mes de enero se presenta el modelo 390, pero este es meramente declarativo, porque se resume el IVA del ejercicio anterior pero sin pagar nada.

El autónomo tiene que pagar la diferencia entre el IVA devengado o repercutido (el que él ha cobrado en sus facturas) y el IVA soportado (el que ha pagado él en sus facturas por los bienes y servicios adquiridos por su actividad).

Como es obvio, si el IVA soportado resulta mayor que el devengado, será Hacienda quien tendrá que pagar al autónomo.

Por otro lado, hay que indicar que el IVA general está en el 21%. Pero también existen:

  • El IVA superreducido, cuyo tipo impositivo es del 4%. Se aplica a artículos de primera necesidad como ciertos alimentos (por ejemplo la fruta, la leche y el pan), medicamentos, libros, etc.
  • El IVA reducido, que tiene un tipo impositivo del 10%. Resulta de aplicación a los alimentos que no tienen un IVA superreducido, otros artículos como los relacionados con la agricultura y la ganadería, y determinados servicios como la hostelería, ferias, exposiciones, etc.

Impuestos especiales y medioambientales

Dependiendo de cuál sea la actividad a la que se dedique el autónomo, puede tener que pagar otros impuestos de los llamados especiales y medioambientales. Por ejemplo, el nuevo Impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables, si bien un fabricante normalmente no será un empresario individual sino que tendrá una sociedad.

Salarios y seguros sociales de los trabajadores

Un autónomo puede contratar a un cierto número de trabajadores, que variará entre 2 y 10 en función de su actividad. De esto te hablo más en este artículo: Soy autónomo y quiero contratar a otra persona.

Entonces, si un autónomo tiene trabajadores, tendrá que pagar en primer lugar su salario. El SMI está en 2023 en 1.080 euros, pero en 14 pagas. En 12 pagas, hablaríamos de 1.260 euros.

Además, una vez que un autónomo contrata a un trabajador tiene que elegir un convenio que se adapte a su negocio. Y el convenio puede establecer un salario mayor.

Por otro lado, hay que pagar los seguros sociales de los trabajadores, que dependerán de sus salarios y de sus bases de cotización (conceptos por los que cotizan), entre otros aspectos.

No olvidemos otros pagos que puede tener que hacer un autónomo a un trabajador, como la indemnización por despido objetivo.

Alquiler, suministros y otros conceptos

Finalmente, hay toda una variedad de pagos que puede tener que hacer un autónomo y que guardarán relación con su actividad, directamente.

Así por ejemplo, un autónomo con un negocio abierto al público normalmente tendrá que pagar el arrendamiento de un local, un seguro de responsabilidad civil, luz, teléfono, proveedores, etc.

Los autónomos suelen pagar también una asesoría que les lleve sus asuntos fiscales, laborales y contables. Cosa para la que ya sabes que por aquí podemos echarte una mano 😉

Y ahora que ya sabes cuáles son los pagos que tiene que hacer un trabajador por cuenta propia, queremos recordarte que algo en lo que podemos ayudarte también en AYUDA T PYMES es con tu alta como autónomo.

A ti se te vienen no solo pagos, sino mucho tiempo que echarle al asunto. Así que esta parte, de la que puedes librarte alegremente, mejor déjanosla a nosotros.

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