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Cómo Disolver una sociedad y cuánto cuesta | Prepárate para el combate

No siempre las historias tienen un final feliz y aunque eches más horas que un reloj o más años que los calendarios en dar vida a tu empresa, puede que tengas que cerrar y disolver tu Sociedad.

En Ayuda T Pymes te entendemos perfectamente y sabemos en primera persona que los trámites necesarios para cerrar una Sociedad son complicados. 

Por eso mi objetivo hoy es ayudarte a cómo disolver tu sociedad paso a paso y en qué aspectos debes tener más cuidado.

👩‍🏫 Estamos a tu disposición para ayudarte a decidir si debes o no disolver tu Sociedad

Cómo disolver una Sociedad Limitada

La disolución de una Sociedad Limitada es un proceso que se realiza en tres pasos sucesivos: 

1º Disolución 

2º Liquidación  

3º Extinción cancelando los asientos de la empresa en el Registro Mercantil.

Veamos en qué consiste cada uno.

Disolución de la Sociedad Limitada

Mediante la Disolución desaparece la forma societaria de la empresa, pero su actividad continúa hasta que termine en su Liquidación.

Una Sociedad solo puede disolverse por unos motivos concretos que veremos después.

Aquí no vale recurrir a «san queremos».

La disolución de la sociedad debe constar en escrituras públicas e inscribirse en el Registro Mercantil, dando lugar al proceso de liquidación, durante el cual la sociedad funcionará de forma muy limitada.

Cese de la Sociedad Limitada

Con el cese la Sociedad queda inactiva, es decir, sin obligaciones tributarias, está viva pero no puede operar.

Es un estado provisional que no puede durar más de 1 año y que permite atrasar durante ese tiempo el pago de los Impuestos que conlleva la disolución de una Sociedad.

El coste de la Sociedad durante ese año es menor que si optas por la disolución ya que no incurres en gastos y solo tienes obligación de presentar los Impuestos a título informativo.

Pero transcurrido 1 año sin actividad la Sociedad entra automáticamente en causa de disolución y ahí sí que no te libra nadie de pagar todos los gastos que has evitado hasta ese momento y que luego veremos. 😉 

¿Qué tienes que hacer para pedir el Cese de actividad? 

  • Presentar el Modelo 036  indicando el cese de actividad económica, quedando así solamente la obligación del Impuesto de sociedades del año en curso .
  • Presentar las declaraciones informativas de los periodos del año en que la sociedad ha estado en cese de actividad.
  • Dar de baja en Seguridad Social a todos los socios y autónomos que haya en la sociedad.

Motivos para disolver una sociedad

Ya lo hemos visto antes. Una sociedad no se puede disolver por cualquier motivo.

No te puedes levantar una mañana y decir «venga, disuelvo mi sociedad». 

Según el Real Decreto Legislativo 1/2010, 2 de julio, la sociedad solo se puede disolver por una de estas causas:

  1. Por el cese en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyan el objeto social. Exactamente, cuando se ha estado al menos un año sin prestar ningún tipo de servicio.
  2. Porque la finalidad con la que fue creada la empresa ha concluido.
  3. Por la imposibilidad de conseguir el fin social con el que se propuso la empresa.
  4. Por la paralización de los órganos sociales de modo que resulte imposible su funcionamiento.
  5. Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso de acreedores.
  6. Por reducción del capital social por debajo del mínimo legal, que no sea consecuencia del cumplimiento de una ley.
  7. Porque el valor nominal de las participaciones sociales sin voto o de las acciones sin voto excediera de la mitad del capital social desembolsado y no se restablece la proporción en el plazo de dos años.
  8. O por cualquier causa establecida en sus Estatutos.

En resumen, una sociedad se puede disolver si está inactiva durante 1 año, si la finalidad para la que fue creada no se puede cumplir o se ha cumplido, o si hay pérdidas graves.

Pasos previos a la liquidación de la sociedad

Una vez acordada la disolución se da paso a la Liquidación, durante ese periodo se le añadirá a la razón social la coletilla “en liquidación”.

¿Qué hay que hacer para liquidar la Sociedad?

Se convoca la Junta General de Accionistas y ,a partir de este momento, los Administradores cesan en su cargo, siendo reemplazados por los liquidadores que asumirán sus funciones velando por el patrimonio social que será repartido entre los socios al final del proceso.

Los liquidadores (que pueden ser los mismos administradores) se encargan de:

  • Hacer el Inventario y el Balance de la sociedad 
  • Presentar el Impuesto Sociedades en un mes 
  • Continuar la actividad económica para cobrar a los deudores de la Sociedad y pagar a la Administración si hay deudas sociales (IVA, IRPF, etc.) y a todos los acreedores
  • Terminar las operaciones pendientes y realizar las nuevas que sean necesarias para la liquidación
  • Vender los bienes de la sociedad de la mejor manera posible
  • Causar Baja de la Sociedad en Hacienda en un mes desde la inscripción en el Registro Mercantil
  • Escriturar la Liquidación de la Sociedad ante Notario.

Concluida la liquidación someten a la aprobación de la Junta General el Balance Final de la liquidación y el proyecto para repartir entre los socios los bienes de la sociedad.

Vías para disolver una sociedad

Cuando la Sociedad ya ha sido declarada disuelta hay tres vías para llevarlo a cabo:

  1. Transferencia de la propiedad: compra o venta de la sociedad.
  1. Liquidación de la sociedad: cese de la actividad, pago a los acreedores y socios y cierre definitivo de la empresa.
  1. Concurso de acreedores: cuando no se puede hacer frente a los pagos a los acreedores, se solicita el concurso de acreedores bien porque lo hagan los acreedores o porque tú mismo lo pidas. Solo se hace en empresas grandes.

👨‍⚖️ Sigas la vía que sigas, la disolución de la sociedad se debe inscribir en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» (BORME).

Recuerda que si necesitas ayuda para disolver tu sociedad, puedes ponerte en contacto con nuestros expertos.

Cuánto cuesta disolver una Sociedad

¿A que te sabes la respuesta?

Efectivamente, DEPENDE

El coste de cerrar una empresa  depende de su volumen y del motivo de su cierre, por eso no puedo darte cifras exactas.

  1. Problemas económicos: en el caso de insolvencia económica si el volumen en grande lo más sensato sería que el Administrador presentara el Concurso de Acreedores de forma voluntaria.

¿Cómo se hace? 

  • Se presenta la solicitud de concurso de acreedores en el Juzgado de lo Mercantil: se revisa en un acto previo y finaliza con el Auto de concurso de acreedores.
  • Se eligen los administradores concursales.
  • Se resuelve declarar el  concurso.
  • Se determina la responsabilidad.

En este caso el coste del cierre de la empresa será elevado ya que tendrás que pagar tasas judiciales y los servicios jurídicos necesarios (Abogado y Procurador) para desarrollar dicho procedimiento.

  1. Otros motivos: pueden ser motivos personales, de salud, un acuerdo entre los socios, discrepancias sobre la gestión, etc.

       La disolución tiene dos pasos distintos:

1ª Liquidación: los socios deciden cómo pagar las deudas pendientes si hubiese y cómo repartirse los bienes de la Sociedad para que no quede nada en el Balance.

2ª Disolución: después se hacen las Escrituras Públicas que se llevan al Registro Mercantil y en las que se incluye el balance de liquidación y la adjudicación de bienes a cada uno de los socios según su participación en la Sociedad.

Al existir muto acuerdo entre los socios los costes son mucho más pequeños porque serían solo los gastos notariales y de inscripción del Registro Mercantil.

En ambos casos, una vez finalizados los dos procedimientos se tendrán que cursar las bajas correspondientes en Hacienda y Seguridad Social, trámites que no tienen coste adicional.

Impuestos para la Disolución y liquidación de la sociedad

Pero esto no ha acabado todavía.

¿Qué falta? Hacienda.

Liquidar y disolver la sociedad está sujeto también a una serie de impuestos.

Éramos pocos y… pues eso.

Solo por recordar algunos aspectos clave, la disolución de una sociedad está regulada por los artículos 360 al 400 de la Ley de Sociedades de Capital.

Además, en las sociedades limitadas los socios tienen acotada su responsabilidad al capital aportado a la misma. 

Por eso, normalmente, a no ser que se dé algún caso concreto de mala praxis o daños a terceros, sobre todo en cuanto al desarrollo de la actividad de administración de la empresa, estos no suelen responder con su patrimonio personal de las deudas contraídas por la Sociedad.

En cuanto a qué impuestos hay que pagar para disolver una sociedad limitada, deben tenerse en cuenta:

Impuesto sobre Sociedades

En el proceso de disolver una sociedad es muy común la entrega de bienes a los socios para el pago de las deudas contraídas con estos. 

En dicho caso hay que  valorar los bienes de la sociedad al precio de mercado (a menudo será la Administración quien realice la evaluación). 

Luego se compara la diferencia entre este valor y el valor contable de los bienes. 

Dicha diferencia se integra en la base imponible del impuesto, por la que se paga el Tipo General del 23% en 2023 para aquellas sociedades que hayan facturado menos de 1 millón, descendiendo así un 2% respecto al 25% que se pagaba en años anteriores.

IVA

El Impuesto sobre el Valor Añadido afectará también a las entregas de bienes y aportaciones que no sean de naturaleza dineraria, aunque se debe tener en cuenta que hay posibles exenciones. 

Pero en verdad para transferir los bienes al patrimonio de los socios y que éste adquiera su cuota de liquidación, se cobra IVA.

IRPF

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas también se debe tener en cuenta de cara a la transmisión de capital al patrimonio del socio. 

El socio tendrá una ganancia o una pérdida patrimonial que será la diferencia entre el valor de mercado de los bienes que recibe y el valor de adquisición de las acciones de la empresa cuando se creó.

El importe que se reparte entre los socios supone un incremento en la base del ahorro y tendrán que incluirlo en su Declaración de Renta.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos

Se aplica al cómputo del valor total de los bienes y derechos un tipo del 1% tributando como Operación Societaria.

Y hasta aquí puedo leer que decía aquélla.

Ojalá que toda esta información haya sido de ayuda 🙂 y permita prepararte para el combate.

Las empresas tienen su ciclo de vida, como todo, nacen y llegan a su fin (como este post) y darte cuenta de ello lo antes posible te evitará muchos disgustos y te permitirá ahorrar mucho dinero.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • luis alfonso ojeda dice:

    Tengo una empresa, la cual nunca tuvo movimiento comercial, hace 5 años de creada. los 3 socios queremos liquidarla. solo se ha presentado declaración de renta en cero (0). Gracias por su apoyo

  • Ignacio Navarro Guzmán dice:

    Tengo una sl,somos cuatro socios ,llevamos quience años,sin actividad,no tenemos deudas,ni capital, todos los años presentamos las cuentas,….es mejor disolver, caduca ???,puedo dejar de presentar las cuentas..Gracias.Encantado

    • GesTron dice:

      Hola Ignacio. Para tu duda es mejor consultar a los especialistas legales en disolución de sociedades, ya que podrán valorar de manera objetiva la conveniencia o no de dar de baja la empresa. En los últimos años se están tomando medidas contra las sociedades «zombie» (aquellas paralizadas mucho tiempo y sin actividad, o las que se sustentan de préstamos ICO que no podrán devolver) y os convendría estar al tanto de las posibles consecuencias.

  • Gema dice:

    Buenos días, hace un año que la sociedad no tiene actividad, se presentó el modelo 036 en Hacienda, no tiene deudas, hay que liquidarla pero nunca se ha presentado las cuentas anuales, como se podría hacer con el menor coste posible y hacerlo bien? Ha estado 10 años funcionando. Muchas gracias, un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Gema, la solución pasa por regularizar la situación, presentar las CCAA de los tres últimos ejercicios y llevar a cabo los trámites necesarios para la liquidación. Con respecto a la última cuestión, si quieres hacerlo bien y a buen precio ponte en contacto con nuestros asesores que estarán encantados de ayudarte.

  • Nuria dice:

    Buenas tardes, quiero presupuesto para cesar y liquidar una SL, no hay trabajadles , ni deudas ni cobros pendientes, solo hay como activo unas existencias que no valen nada porque están caducadas, un ordenador, una impresora y una web que está inactiva y cerrada, y el efectivo que queda en el banco, tengo todas las cuentas anuales al día , registros e impuestos del primer trimestre que lo hago yo, qué documentación les hace falta para realizarme un presupuesto de lo que me costaría cesar h liquidar la empresa? Accionistas mi marido y yo, y yo administradora única
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Nuria, ¡por supuesto que podemos ayudarte! Contamos con un departamento de legal encargado y especializado en liquidacion y disolucion de sociedades. Ellos te indicaran los pasos a seguir para liquidar la sociedad y te solicitaran la información necesaria.

  • Hanna dice:

    Puede alguien darme un par de nombres de gestorías serias y eficaces a la hora de disolver una Sociedad Limitada en Madrid zona de Majadahonda , Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Hanna. Pues fíjate si Ayuda T Pymes es seria, que aparte del servicio legal y de asesoría llevamos casi una década asesorando desde Gestron de forma gratuita. Si necesitas dar de baja tu SL deja tus datos en el formulario que verás tras el enlace y los asesores se pondrán en contacto contigo para ponerse manos a la obra desde ya.

  • francisco dice:

    Llevo 24 años con la s.lu y ya me quiero jubilar, además que no me es rentable. Tengo en las existencias una cifra que no es real, dado que mi actividad de librería y papelería tuvo años que he tirado muchos libros y material obsoleto.
    ¿Tengo que pagar iva en la extinción por esas existencias aunque no existan y como calcular si son al 4% de los libros o al 21 % de los demás.? ¿ es mejor venderla, que extinguirla? al venderla el capital social que es de 12.000 e, abria quien me lo pagara, aunque yo la vendería por cero, pues al final de mi vida todo son inconvenientes con la s.l.
    gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Francisco. Los compañeros del área legal son los más indicados para responderte con objetividad a tu duda. Ponte en contacto con ellos para que te echen un cable con tu duda.
      Por cierto, que nos apena el final de una actividad librera. Esta pandemia ayudó muy poco a un sector que ya de por sí ha cambiado mucho en los últimos 30 años. Te deseo una feliz jubilación.

  • Agustin ibañez dice:

    Desearia saber presupuesto para disolucion y liquidacion de sociedad limitada, 3000 euros de capital social, administrador y accionista unico sin actividad desde hace mas de diez años y sin deudas a Hacienda. El NIF está revocado y hay que solicitar rehabilitacion.

  • antonio Flores dice:

    El pasado mes de Febrero constituimos una S.L.U la cual se dio de alta en el registro mercantil, pero a fecha de hoy aún no hemos presentado la declaración censal en Hacienda, debido a que la actividad no se ha podido desarrollar ya que no he encontrado Local, para montar mi restaurante y debido a problemas familiares he de marcharme a mi Pais (Ecuador), por lo que no quiero dejar problemas en España, y por si regresará en un futuro tampoco tener problemas, Es por lo que necesitaria me dieran presupuesto y requisitos para liquidarla, la sociedad no ha tenido ningun tipo de movimiento solo se depositaron los 3000 euros en el banco y se pagaron los gastos de Notario, Un saludo y Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Antonio. Nuestros expertos en el área de Bajas de empresa pueden ayudarte. Solo deja tus datos y se pondrán en contacto contigo lo antes posible para ofrecerte un presupuesto. Te entendemos al querer dejar todo bien cerrado para que vuelvas a Ecuador con la mayor tranquilidad.

  • Elena dice:

    Buenas,soy parte de una sociedad cooperativa especial,somos 3 socias,queremos cerrarla en octubre y nuestra gestoría nos dice que los gastos son de 3000 €,la empresa no tiene dinero,tendríamos que ponerlo de nuestro bolsillo,en fin yo me pregunto cómo puede ser tan costoso el cerrar la sociedad?pasamos subrrogadas a otra empresa,ese es el motivo del cierre.espero su contestación,muchas gracias de antemano.saludos

    • GesTron dice:

      Hola, Elena. Tenemos un servicio exclusivo para ese trámite en concreto. Estaría bien contrastar con una segunda voz experta y comprobar si hay diferencias en el importe cuando les facilites los datos que crean oportunos. Solo tienes que rellenar el formulario y se pondrán en contacto contigo.

  • Jose dice:

    ¡Hola! Mi socio y yo nos separamos en octubre del 2020 y dimos de baja la empresa en hacienda, pagamos una línea de crédito que teníamos y cada cual por su lado, sin deudas ni préstamos de ningún tipo ni nada, además ya llevaba un año la empresa que generaba muy muy poco y se pagaba lo poco religiosamente (Iva e impuestos). Me ha llegado una petición de mi socio (de la notaría) de poner una previsión de fondos de 400€:

    Buenos días, hemos calculado una provisión de 400 euros para atender a la gestión de la escritura de disolución y liquidación de la empresa.

    ¿Cómo lo han calculado y lo piden así sin dar ningún dato?

    Gracias de antemano.

    • GesTron dice:

      Hola, Jose. Pues tendríamos que tener todos los datos para analizar lo oportuno que es ese importe. Lo que sí te adelanto, por la fecha en la que se dio de baja, es que aún tenéis algún tipo de obligación tributaria pendiente aunque sea relacionada con la misma disolución, y en este caso habría que atenderla antes de un año desde el cese de la actividad.

  • JORGE dice:

    Hola!!

    En el año 2016 decidí no seguir con la empresa. Socio único. Quedó inactiva en hacienda y yo me di de baja como autónomo, pero en la actualidad no he realizado ningún paso más puesto que tengo un préstamo avalado con la empresa de mi padre (otra sociedad). Después de tantos años sin que tenga actividad esta sociedad, salvo los pagos del préstamo. ¿Qué opciones tengo para liquidar de forma definitiva la sociedad? (Sin pagar mucho….. jaja…ains)

    • GesTron dice:

      Hola, Jorge. Los pasos serían, en modo resumido, comunicar el cese de las actividades a Hacienda, elaborar la contabilidad, elaborar un balance de situación y cuenta de resultados, calcular la base de reparto, celebrar una Junta de Socios, liquidar el ITPyAJD (Modelo 600) en la Hacienda Autonómica, escritura pública ante notario y, por último, la baja en Hacienda. Para esta operación tan delicada puede interesarte la intervención de un profesional, al menos así tendrás seguro que no tendrás que preocuparte de que vuelva a salir este tema en un futuro debido a incidencias con la AEAT.

  • Esther dice:

    Buenos días. Tengo una sociedad con mi hermano (el 66% es mío y el 33% es suyo), queremos cerrar el negocio y queremos alquilar el local, el local pertenece a la sociedad y no sé qué opciones son mejores para poder alquilar dicho local, tendremos que comprar el local los socios a la sociedad o en el momento que se cierre la sociedad el local pasa a ser de de las personas físicas (los 2 socios) en el porcentaje que les pertenezca?Muchas gracias por todo.un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Esther, ponte en contacto con nuestro servicio de asesoría legal. Así podremos ayudarte con tus dudas y darte un asesoramiento más personal y especializado. Un saludo!

  • FLOR C dice:

    Buenas tardes, Quisiera su apoyo.. en mi caso soy socia de 50% en denominación S.A.C, la empresa se creo pero no se uso prácticamente(solamente esta creada).
    ** pregunta 1: La disolución de la sociedad cuento me estaría costando y que tramites debo presentar.
    ** pregunta 2: como podría hacer si yo quiero retarme pero el otro socio aun quiere mantenerlo, cuanto me pagaría y tramites debo presentar.
    EN AMBOS CASOS QUE REQUISITOS NECESITARIA.

    • GesTron dice:

      Hola Flor,

      Lamentablemente, si sois dos socios en la sociedad limitada y cada uno de vosotros posee el 50%, no podéis disolverla en caso de que haya uno de los dos que no quiera hacerlo. Es necesario un acuerdo por Junta General, aunque si eres socia administradora puedes convocar una junta general con el punto de adopción de la decisión de liquidación y disolución de la sociedad. Mi consejo es que en este caso en particular, preguntes directamente a nuestros asesores desde el formulario de asesoría empresas y autónomos. Un saludo!

  • FLOR REYES dice:

    Buenas tardes, Quisiera su apoyo.. en mi caso soy socia de 50% en denominación S.A.C, la empresa se creo pero no se uso prácticamente(solamente esta creada).
    ** pregunta 1: La disolución de la sociedad cuento me estaría costando y que tramites debo presentar.
    ** pregunta 2: como podría hacer si yo quiero retarme pero el otro socio aun quiere mantenerlo, cuanto me pagaría y tramites debo presentar.
    EN AMBOS CASOS QUE REQUISITOS NECESITARIA.

    • GesTron dice:

      Hola Flor,

      Lamentablemente, si sois dos socios en la sociedad limitada y cada uno de vosotros posee el 50%, no podéis disolverla en caso de que haya uno de los dos que no quiera hacerlo. Es necesario un acuerdo por Junta General, aunque si eres socia administradora puedes convocar una junta general con el punto de adopción de la decisión de liquidación y disolución de la sociedad. Mi consejo es que en este caso en particular, preguntes directamente a nuestros asesores desde el formulario de asesoría empresas y autónomos Un saludo!

  • andres dice:

    tengo una sl del año 2000 de capital 60000 euros esta inactiva 18 años ni he presenatado nada ni pagado impuestos,se que en hacienda pone revocacion de nif,la pregunta es la empresa la cierran ellos o lo he de hacer yo y que hay que hacer solo tengo escritura de la empresa en la que soi unico socio y administrador la empres es construcciones solozabal sl.

  • Juan dice:

    Hola.
    En 2017 formalicé una SL con un socio que al año la dejamos sin actividad por no entendernos. Necesito disoverla ya que el que fue mi socio no se hace cargo de los gastos que tiene el presentar el imp. de sociedades y así no puedo seguir.
    Me gustaría saber cuanto puede costar la disolucion definitiva y si en el caso que el no quisiera aportar su parte habría forma de hacerlo individual para no cargar yo tambien con la disolución.
    Gracias, un saludo.

  • Esther dice:

    Buenos dias. Tenemos mi marido y yo una SL sin actividad desde hace más de 15 años. La sociedad tiene un inmueble que queremos vender y no sabemos muy bien como hacerlo, ya que, por un lado a la hora de la compraventa, los fondos tienen que ir a una cuenta corriente y la sociedad ni tiene ni se puede abrir, y por otro lado no se si tengo que primero volver a darla de alta en hacienda, lo que requiere que yo que soy la administradora me tenga que volver a dar de alta como autónomos, lo que me complica mucho mi situación.

    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Esther,

      Primero, ¿ha presentado tu sociedad los impuestos a 0 durante todos estos años? La AEAT lo va a exigir al darla de alta, al ser también contra normativa tenerla tanto tiempo sin disolver. Mi consejo, ponerla al día de impuestos, realizar cv inmueble, liquida y disolver. Si quieres que te echemos una mano, escríbenos a la gestoría y nos pondremos en contacto contigo.

  • Alfonso X dice:

    Tengo una S.A sin uso desde el 1990 y sin biene ni nada, único socio yo. ¿como lo cancelo ? ¿Hay que pagar algo? ¿y si está en otra c.autonoma ?

  • Maria dice:

    Por favor puede decirme quien tiene que ocuparse legalmente ante Hacienda de una SL unipersonal cuyo socio y administrador único fallece en Concurso Físico de acreedores pero la SL no estaba en Concurso pero si estaban las acciones de la sociedad… Todas…
    Era mi marido y mi hija y yo aceptamos a beneficio de inventario. Tiene que ocuparse el concursal? Muchas gracias

  • CLAUDIA CENDAN VALLE dice:

    Buenas tardes, tengo una S.L.L., y estamos pensando en cesar en la actividad y crear una S.C., ya que en vez de tres socios, pasaremos a ser dos. ¿Esto es posible? ¿Cuánto tiempo tengo que presentar el Impuesto de Sociedades una vez que hacemos el cese. Gracias. Un saludo.

    • GesTron dice:

      ¡Buenas Claudia! ¿Qué tal?

      Escríbenos a la asesoría y nos pondremos en contacto contigo, ya que es un tema un tanto complejo para explicartelo a través de un comentario de blog. Así las dudas que te vayan saliendo te la resolvemos in situ.

      ¡Un saludo!

  • Alberto dice:

    Muy buenas, ante todo gracias por tu artículo, está muy bien. Quería hacer dos preguntas, yo tengo una sociedad que lleva años inactiva, junto con mi mujer, ambos socios al 50%. La sociedad estuvo activa 3 meses y luego la desactivamos porque la creamos en previsión de un acuerdo comercial que al final no salió. Lleva cerrada desde 2014. Todos los años hemos presentado todos los papeleos y pagado los correspondientes impuestos incluído algún susto con hacienda (por retraso) que ya está resuelto. La cuenta en la que teníamos el capital social de 3006 euros está activa pero sólo hay 12 euros porque fuimos sacando todo. Dicho esto:
    Pregunta 1: puedo vender la sociedad ahora tal cual está a un particular o empresa? Encuentro muchas empresas que venden sociedades pero ninguna que compre.
    Pregunta 2: lo de venderla es para «quitarme el muerto de encima». Sería más conveniente liquidarla? Me saldría muy caro en ese caso?

    Muchas gracias y perdón por las molestias. Un cordial saludo.

    • GesTron dice:

      ¡Buenos días Alberto! ¿Qué tal?

      Podemos echarte un cable pero necesitaría algunos datos más, escríbenos a la asesoría y nos pondremos en contacto contigo.

      ¡Un cordial saludo!

      • Marlive dice:

        Hola buenas.
        Hemos alquilado una franquicia y creamos una S. L
        Termina el contrato y las cuentas no eran lo que la franquicia nos había dicho. Solo nos ha dado trabajo y deudas.
        Tenemos un mes para salir de allí pero ahora no sabemos cual es la manera correcta. Gracias por si nos pudieran ayudar de alguna forma

        • GesTron dice:

          ¡Buenos días Marlive! ¿Qué tal?

          Su caso es un tanto complejo porque nos haría falta saber qué tipo de contrato tenéis con la franquicia y qué cláusulas tienes. Escríbenos a la asesoría y nos pondremos en contacto contigo.

          ¡Un saludo!

          • Carolina dice:

            Hola
            Quería hacer una consulta. Hice una sociedad para una empresa pequeña con mi hermana.. La empresa por motivos personales solo duró 2 meses aprox. La cual cerramos e hicimos todos los trámites para aquello.pero aún no vamos a la notaria para disolver la sociedad… Mi pregunta es… Hay algún plazo para hacer este trámite? Que pasa si solo hice los tramites para cerrar la empresa y no hago los de la disolución de la sociedad con mi hermana?
            Atenta a su respuesta muchas muchas gracias.

          • GesTron dice:

            ¡Buenos días Carolina! ¿Qué tal?

            En principio no tienes un plazo estipulado para disolver la sociedad, ya que hay gente que no la disuelve durante años para en un futuro retomar la actividad. Lo que si te recomiendo, es que presentes las declaraciones trimestrales y anuales aunque la empresa no tenga actividad.

            ¡Un saludo!

  • Juan dice:

    Estimados

    ¿Qué sucede si el socio principal de la sociedad que se disuelve, es una sociedad extranjera? puntualmente la sociedad, única dueña de la compañía española reside en Chile.

    Saludo cordial

  • PACO dice:

    Me jubile el dia 1 de julio y tengo una s.l. dedicada al transporte de mercancia por carretera, ya estoy dado de baja en autonomos a partir del dia 30 de junio y creo que la mejor opcion es cerrar definitivamente la empresa, al no ser que tengan Vds, otra opcion que sea mas interesante.

    • GesTron dice:

      Hola Paco,

      Depende de la situación en la que se encuentre tu empresa y de la proyección que tengas respecto a ella. Habría que estudiar esos factores.

      Gracias por comentar, un saludo.

  • Adrián8 dice:

    Si por ejemplo tienes una S.L junto a un socio y ese socio fallece, por ejemplo un padre, a lo mejor tu tienes un trabajo que te reporta un capital y la sociedad sólo te da problemas, ya no da beneficio apenas pero el contable sigue ahí chupando. En ese caso no sale rentable tener la sociedad activa ¿qué recomendarían? Aparte de todo el tema de herencia que a ver como se reparten las participaciones (el 50% del padre) entre hijos y si eso podría paralizar la actividad de la empresa ya que podria haber problemas con la herencia y todo un jaleo.

    • GesTron dice:

      Buenas Adrián, ¿qué tal? Tu caso es un tanto complejo, aparte de que me has comentado unos cuantos supuestos… Para atender tu caso de forma personal, ayudarte con el tema de la S.L. y con la herencia escríbenos a la gestoría y nos pondremos en contacto contigo.

      Un saludo.

  • Fabienne dice:

    Hola! Buen artículo! Y el modelo 036? También habrá que presentarlo, no? He entendido que hay que ir al notario, inscribir la disolución de la sociedad en el Registro Mercantil y presentar el 036? A parte de pagar todos los impuestos, proveedores, etc. Gracias!!!

  • GesTron dice:

    Buenos días, MA
    Verás, se trata de un caso complejo que necesitaría someterse a estudio para darte una respuesta eficiente. Te recomiendo que contactes con tu asesoría y que analicen tu situación.

    Siento no poder ayudarte con tu duda. Que tengas un buen día.

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