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¿Se puede ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Una de las dudas que más veces he resuelto en mi vida como gestor es la que podéis leer en el título de esta pregunta. Una y otra vez me han preguntado «¿puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?«.

Hoy vengo a resolver esa duda para que todos podáis saber si se puede compaginar o no la vida laboral con el autoempleo.

¿Puedo ser autónomo y trabajar en una empresa?

No os voy a dejar más con la intriga: sí, se puede ser trabajador por cuenta ajena y autónomo a la vez. Es una opción muy buena para aquellos que quieran compaginar su empleo de toda la vida con alguna actividad que quieras llevar a cabo por tu cuenta.

Ser autónomo y empleado a la vez tiene el nombre de pluriactividad. Para la Seguridad Social esto significa que el trabajador en cuestión está cotizando en dos o más regímenes de la Seguridad Social. ¿Qué quiero decir con esto? Que, en definitiva, estás pagando «por dos» a la Seguridad Social como trabajador autónomo (en el RETA) y como empleado.

👨‍⚖️ ¡Ojo! Pluriempleo no significa lo mismo que pluriactividad. Según la Seguridad Social, un pluriempleado es aquel que trabaja por cuenta ajena y presta servicios a dos o más empresas distintas en el mismo régimen de la Seguridad Social.

En definitiva, puedes ser pluriactivo y convertirte en un trabajador por cuenta ajena que también presta sus servicios como autónomo. Solo tendrás que darte de alta como autónomo y podrás empezar a compaginar ambas actividades.

Si prefieres que un experto tramite tu alta como autónomo y además quieres quitarte de papeleo, puedes echar un vistazo aquí para conocer el servicio que tengo preparado para ti. Sabemos por experiencia que si algo le falta a un asalariado que además es autónomo… ¡es el tiempo!

¿Puedo tener una SL y trabajar por cuenta ajena?

También puedes. Puedes ser un autónomo societario y ser empleado de otra empresa al mismo tiempo.

Es importante conocer que desde hace años los autónomos societarios tienen derecho a disfrutar de la tarifa plana al igual que el resto de autónomos.

Ahora bien, también existe la posibilidad de ser socio trabajador de una SL y cobrar por nómina, lo que significaría pluriempleo y no pluriactividad, ya que estarías con dos trabajos asalariados en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS).

Beneficios de ser autónomo y asalariado

Seguro que estás pensando lo siguiente: ¿tengo que pagar dos veces a la Seguridad Social y no tengo ningún tipo de descuento o bonificación? 

Pues lo cierto es que existía una bonificación por pluriactividad hasta 2023, que se traducía en lo siguiente:

  • Primeros 18 meses como autónomo: reducción de un 50% de la base mínima.
  • Siguientes 18 meses como autónomo: reducción de un 75% de la base mínima.

Había que elegir al darse de alta como autónomo entre esta bonificación y la tarifa plana, y lo cierto es que esta última salía más rentable el 95% de las ocasiones, así que nunca resultó demasiado útil; hasta el punto que la eliminaron.

De este modo, el beneficio que tienen actualmente quien sea autónomo y trabajador por cuenta ajena es la devolución del exceso de cuotas.

Devolución del exceso de cuotas

Cuando eres autónomo y trabajador por cuenta ajena estás cotizando por conceptos idénticos a la Seguridad Social en dos regímenes distintos: el RGSS y el RETA.

Por este motivo, la Seguridad Social te devolverá el 50% de tus cotizaciones, siempre que cuando la totalidad de las cotizaciones ingresadas por contingencias comunes, en ambos regímenes, supere una cuantía determinada que varía año a año.

Normalmente esta devolución se abona a primeros del mes de mayo, y se realiza de oficio, sin que tengas que solicitar nada.

¿Tendré dos pensiones de jubilación si he sido autónomo y asalariado?

Sí, podrás cobrar una por autónomo y otra por haber trabajado por cuenta ajena, siempre y cuando hayas cotizado durante al menos 15 años en ambos regímenes.

En caso de que no llegues a los 15 años en alguna de las dos opciones, puedes acumular la cotización en aquel régimen en el que sí puedes cotizar.

👩‍🏫 ¡Importante! si cobras solo tu pensión de jubilación como asalariado, debes tener en consideración que se sumará el importe de cada día que hayas cotizado en los dos regímenes; pero un día jamás contará como dos días cotizados.

Espero que con este artículo ya no te queden dudas sobre si puedes ser autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez. Eso sí, ten en cuenta que si ser autónomo ya es duro de por sí, compaginarlo con un trabajo por cuenta ajena es más duro todavía. Por ese motivo no te recomiendo perder el tiempo con los papeleos y trámites, que ya bastante tendrás con lo tuyo. Déjalo mejor en manos de Ayuda T Pymes.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Pablo dice:

    Buenos días.
    Estoy en un caso similar al comentario reciente de Antonio. Soy trabajador por cuenta ajena en una empresa y voy a hacer un pequeño trabajo puntual de desarrollo web por cuenta propia para una persona y no cobraré más de 2.000 euros. Entiendo que solo debería darme de alta en Hacienda con el modelo 037, pagar el IVA correspondiente al trimestre en el que presente la factura y luego podría darme de baja? Al hacer este trabajo se me penalizaría mucho en la declaración del IRPF por haber cobrado de dos sitios en un mismo año o al tratarse de un trabajo puntual no me penalizará?
    Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola. Pablo, es tal y como apuntas. Respecto al IRPF hay muchas variables, pero ten en cuenta que lo facturado irá en rendimientos de actividades económicas, no sumará en los rendimientos del trabajo. Que sea o no puntual no es lo que afecta, sino la cantidad facturada en el ejercicio fiscal. Lo demás es cuestión de tramos.

  • Antonio dice:

    Buenas. Soy un desarrollador web con contrato laboral con una compañía. Voy a hacer un trabajo puntual, por cuenta propia, para una startup en la que me van a pagar 3.000 euros. ¿Es necesario que me dé de alta como autónomo? Sería un proyecto que finalizaría en 1 o 2 meses, pero no le dedicaría todo mi tiempo.

  • Mario dice:

    Hola quisiera saber si me doy de alta para una nueva actividad y estoy por cuenta ajena desde hace 5 años,si me dan de baja en la empresa para la que trabajo una vez dado de alta en la nueva actividad sería posible cobrar el desempleo que me corresponde por los años trabajados?o al estar de alta como autónomo ya no me pertenece cobrar esa prestación?muchas gracias estoy buscando asesoría para emprender mi nuevo negocio online.

    • GesTron dice:

      Hola Mario. Si comienzas una actividad económica como autónomo, luego si te despiden no podrás cobrar el paro, pero no perderás el tiempo acumulado ni lo cotizado para esa prestación si en un futuro se vuelve a generar el derecho a la prestación. Si quieres que te ayudemos con los trámites y papeleos de tu nuevo negocio puedes contactar con la asesoría.

  • Pedro dice:

    Hola,

    Tengo una duda sobre el límite de facturación sin ser autónomo.

    Tengo claro que unas de las condiciones para poder facturar sin ser autónomo es darte de alta en Hacienda y que las actividades no sean periódicas. Otra condición esencial es facturar menos que el SMI, pero mi duda es:

    ¿Se contempla mensual o anualmente? Es decir si yo durante el año hago 5 facturas de 2.000 euros, 2.500 euros, 1.000 euros, 500 euros y 300 euros por ejemplo en diferentes meses, mensualmente superaría el SMI en algunos casos, pero anualmente no.

    Entonces entiendo que se contemplará de manera anual.

    Muchas gracias de antemano.

    Saludos.

    • GesTron dice:

      Hola Pedro. El SMI se contempla el anual. Eso sí, 5 facturas en la misma actividad podría llegar a considerarse actividad habitual en caso de que indaguen. Esa interpretación queda en manos de los agentes públicos.

  • Laura dice:

    Hola buenas. Muchas gracias por el artículo. Me queda una duda que es la situación que yo tengo ahora. Estoy trabajando por cuenta ajena desde hace 11 años pero desde hace 7 años trabajo con reducción de jornada por cuidado de un menor. Ahora quiero empezar a la vez un proyecto y me tendría que hacer autónomo. Puedo hacerme autónoma estando por cuenta ajena con ese tipo de reducción de jornada? Soy de Madrid.
    Muchas gracias de antemano por su respuesta.

    • GesTron dice:

      Hola Laura. Se puede trabajar perfectamente como autónomo y asalariado a la vez, pero el motivo de la reducción de jornada presupone que necesitas ese tiempo para el fin al que está destinada. De hecho existe una ayuda casi idéntica en los autónomos, pero obliga a la contratación de un trabajador. El encaje legal es complicado.

  • Luis Lopez dice:

    Muy buenas, gracias de antemano por su respuesta.
    Trabajo de abril a noviembre a 40h en dos empresas hoteleras, por cuenta ajena en las dos. Soy fijo discontinuo. Los otros 6 meses en los cuales no trabajo, me gustaría empezar con amazon fba y darme de alta como autónomo. Mi pregunta es, me saldria rentable darme de alta como autonomo, si con estas dos empresas en las que trabajo tengo unos ingresos de 60.000€ brutos anuales. Tendría que pagar mucho en la declaración de la renta del año siguiente? O no tiene nada que ver? Saludos y gracias

    • GesTron dice:

      Hola Luis. Para valorar cuán rentable te sale ser autónomo no pienses en la renta, ya que los rendimientos económicos y los del trabajo son independientes. Fíjate solo en lo que facturas en relación a lo que pagarás de cuota de autónomo, teniendo en cuenta que el primer año puedes acogerte a la tarifa plana y quizá también el segundo. A ello súmale el gasto en asesoría, ya que llevar solo la presentación de modelos trimestrales y anuales puede llevar mucho tiempo y riesgos.

  • Maria dice:

    Hola, estoy trabajando con un contrato de 6 meses a jornada completa (40h), que posiblemente pasado los 6 meses me hagan indefinida. A parte quiero darme de alta o montar una SL, para unos proyectos de los que obtendría unos 1300€/ brutos mensuales. Me gustaría saber si podría disfrutar de la cuota de 80€ o la bonificación 0€ (Tengo 25 años). También me gustaría asesorarme con ustedes para ver si esto sería posible.
    Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola María. Probablemente puedas acceder a la cuota reducida (a menos que hayas sido autónoma hace poco), y la cuota cero dependerá de la comunidad autónoma en la que residas y desarrolles tu actividad. Si quieres que nos pongamos en contacto contigo, deja tus datos en la página de la asesoría, y podremos confirmarte todo con más información.

  • paula dice:

    Hola,

    Mi caso: tengo un contrato indefinido de 40h semanales (des de hace 3 años) con un salario bruto anual de 24.000€. Por otra parte me van saliendo trabajos freelance que podrian llegar a 5.000€ brutos al año. Me sale a cuenta hacerme autonoma? que tendria que hacer? entiendo que primero tengo que darme de alta en Hacienda porque estoy creando unos ingresos. Pero seria necesario el alta como autonomo?

    Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Paula. Si es una actividad habitual por cuenta propia el alta como autónomo es obligatoria. Puedes acogerte a la tarifa plana durante dos años con esa facturación y pagarías poco más de 80 euros al mes.

  • Ariadna dice:

    Hola,

    Trabajo por cuenta ajena y también como autónoma. El tema está, en que entre ambas actividades ya supero los 85000€ y por lo tanto cada vez son más altos los impuestos a pagar.
    Me han comentado la posibilidad de montar una S.L., (tengo claro que los beneficios irían para la sociedad) pero no tengo claro si es lo mejor.
    Me gustaría saber vuestra opinión.

    Un saludo y gracias

    • GesTron dice:

      Hola Ariadna. Solo ten en cuenta la facturación por cuenta propia a a hora de sopesar si pasar de autónoma a SL, no mezcles tus ganancias como asalariada. Por otro lado, ahora miran mucho también si se hace solo para pagar menos impuestos y se persigue, por lo que tener a algún trabajador disminuye las posibles sospechas sobre este objetivo. Te recomiendo que consultes con los expertos en creación de sociedades.

  • Ainara dice:

    Buenas tardes. Trabajo por cuenta ajena bajo contrato temporal de 30h semanales. A día de hoy me han ofrecido trabajar una tarde a la semana en una clínica privada pero como autónoma. Nunca me he dado de alta en este régimen. Mi duda es ¿darse de alta como autónoma para una única tarde es rentable? Manteniendo el trabajo por cuenta ajena y teniendo en cuenta la cuota de autónomos, gestor…

    • GesTron dice:

      Hola Ainara. Si es rentable darse de alta como autónoma dependerá de lo que factures mensualmente por esa actividad económica, no del tiempo que le dediques. Con la tarifa plana, si puedes acceder a ella, pagarás 80 euros el primer año, y el segundo si sigues sin superar el SMI (al final son 86€ si cuenta con el nuevo impuesto MEI). Luego pasarías al sistema de tramos estándar de las cuotas de autónomo. Además deberás presentar los modelos trimestrales y anuales (lo más común es dejar esto en manos de una asesoría, más aún si estás en situación de pluriactividad).

  • Pablo dice:

    Buenas. He leído el artículo y haces referencia en los requisitos a autónomos «nuevos». Como seria el proceso en el caso de que una persona halla sido autónoma en el pasado, este ahora por empleado por una empresa y quiera volver a darse de alta cómo autónomo? Gracias y felicidades por la web.

    • GesTron dice:

      Hola Pablo. Si se está trabajando por cuenta ajena y en un momento dado se vuelve a dar de alta en el RETA, haya estado o no antes, no hay gran cambio desde 2023. Esto se debe a que desde ese año se ha eliminado la bonificación por pluriactividad, y la única diferencia de los pluriactivos frente a los demás autónomos es que en primavera la Seguridad Social, de oficio, devuelve el exceso de cotizaciones (porque un pluriactivo cotiza en varios conceptos por lo mismo en sus dos actividades). Estamos pendientes de actualizar este artículo.

  • Alejandro dice:

    Estoy dado de alta como autónomo colaborador (familiar), puedo realizar una segunda actividad ajena a la empresa con ese mismo tipo de autónomo? o debería darme de alta como autónomo individual y declarar ambos ingresos?

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro. El art. 1 de la LETA especifica que será de aplicación esta Ley a los trabajos, realizados de forma habitual, por familiares de las personas definidas en el párrafo anterior que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena. Es decir, que siendo autónomo colaborador no es posible estar a la vez en el Régimen General de la Seguridad Social.

  • Emily dice:

    Mi empleador puede saber si me di de alta como autónomo aunque no se lo comunique?

  • Edo dice:

    Hola,

    Trabajo como camarero a media jornada los fines de semana en Gipuzkoa y un día a la semana imparto clases particulares en Navarra. Entre ambos trabajos no llego al mínimo para declarar a Hacienda. A pesar de ello, ¿debería declarar el dinero que cobro por las clases haciéndome autónomo? En tal caso, ¿merecería la pena darme de alta como autónomo o tendría algún beneficio? Y por último, ¿es posible darme de alta como autónomo y cambiar mi régimen fiscal para declarar como tal mis ingresos como camarero?

    ¡Gracias y feliz año!

    • GesTron dice:

      Hola Edo. Sí, cualquier actividad económica obliga, como mínimo, al alta en Hacienda. Y si es habitual, también el alta como autónomo. No exiten bonificaciones por pluriactividad en este momento, solo la tarifa plana inicial. En cuanto a ser camarero por cuenta propia, sería claramente un falso autónomo, ya que no decidirías tus horarios, ni usarías recursos propios para el desarrollo de la actividad…

  • Carlos dice:

    Hola, llevo 2 años trabajando con una empresa con contrato indefinido de jornada completa. Me están llegando varios proyectos extra al margen de la empresa para la que trabajo. Mi pregunta es ¿puedo darme de alta como autónomo y hacer esos proyectos y facturarlos, mientras mantengo mi contrato de trabajo de 40h semanales? ¿de ser así, tengo que notificar a mi empresa de este movimiento?

    • GesTron dice:

      Hola Carlos. Sí que puedes darte de alta como autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez. Son actividades diferentes. Y no hay necesidad de comunicarlo a la empresa siempre que no tengas una cláusula contractual de exclusividad o de no concurrencia.

  • Erica dice:

    Hola, mi consulta es: estoy dada de alta en una empresa con un contrato indefinido de 15 horas semanales. Si compatibilizo este trabajo con un trabajo como freelance y me doy de alta como autónoma, tendré derecho a la tarifa plana de 80€? Estoy en Andalucía. Gracias

  • Xavi dice:

    Me han ofrecido trabajar de camarero pero dándome de alta como autónomo… ¿Puedo darme de alta como autónomo y trabajar como camarero? ¿Y si trabajo en varios restaurantes durante la semana como extra? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Xavi. Es posible, pero es muy raro en el oficio de camarero que se cumplan los requisitos para no ser un falso autónomo. Por ejemplo, elegir tus horarios, poder de negociación, usar tus propias herramientas para realizar las tareas necesarias… Vigila que no se trate de un falso autónomo, porque es lo más probable, a riesgo de equivocarme.

  • Alvaro Manuel dice:

    Buenas, si me despiden de mi trabajo siendo autonomo, tengo derecho al paro acumulado por dicho trabajo?

    • GesTron dice:

      Hola Álvaro. Si estando en situación de pluriactividad (autónomo y asalariado al mismo tiempo), eres despedido o finaliza tu contrato, no podrás acceder al cobro de la prestación por desempleo al estar dado de alta en el RETA en el momento de la finalización de la relación laboral.

  • ROCIO dice:

    Hola, trabajo como autónoma desde hace 9 meses y ahora mi cliente mayoritario quiere hacerme contrato para él. Yo quisiera saber si me compensa trabajar por cuenta ajena y mantener el autónomo para seguir facturando a otros clientes minoritarios o si voy a perder la tarifa reducida de autónomos nada más empiece mi contrato.

  • Isabel dice:

    Buenas tardes, mi duda es la siguiente:

    ya soy autónoma en un régimen diferente al de los youtuber. Comencé con mi canal hace un tiempo y ya casi cumplo los requisitos para comenzar a monetizar. Mi pregunta es: siendo autónoma ya en otro régimen, ¿debo rellenar otro impreso o hacerme autónomo en un nuevo régimen? Evidentemente yo no quiero abandonar el trabajo que tengo ahora por el de youtuber, pero me gustaría tener una ganancias extras, eso sí, dentro de la ley y no sé cómo cotizar esas ganancias de youtube siendo autónomo en un régimen, como digo, muy distinto al del youtuber.

    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Isabel. Cuando dices régimen diferente ¿Te refieres a que no estás en el RETA? Porque si lo que te refieres a que estás en un epígrafe distinto del IAE, o código CNAE, lo único que tienes que hacer es incluir la nueva actividad (Siempre hay una que se considerará la principal, pero puedes estar de alta en distintas actividades).

  • Keylin dice:

    Hola,
    Mi caso es un poco extraño, estoy trabajando por cuenta ajena trabajo indefinido pero habrá cese de actividad y me quedaré en paro. Y pienso pedir el pago único para ser autónomo y a la vez buscar un trabajo por cuenta ajena que lo pueda compaginar, no sé que puedo hacer para tener reducción en los pagos de autónomo.
    Gracias,
    Saludos cordiales

    • GesTron dice:

      Hola Keylin. Mientras tengas derecho al cobro de la prestación por desempleo podrás solicitar la capitalización del paro. Sin embargo, si encuentras trabajo como asalariado antes, perderías ese derecho al cobro, y por tanto, también a la capitalización. Una vez te fuera concedido el pago único no hay inconveniente en trabajar también por cuenta ajena siempre que sea compatible con el proyecto empresarial que indicaste en la memoria de la solicitud. En cuanto a la reducción de pagos, la capitalización del paro es compatible con las ayudas para nuevos autónomos, como la cuota reducida o una posible cuota cero.

  • Santiago dice:

    Hola.
    Soy trabajador por cuenta ajena y quiero empezar a monetizar videos en YouTube.
    Tengo que hacerme autónomo para poder cobrar los beneficios.

    • GesTron dice:

      Hola Santiago. Según la Ley española, al ser una actividad económica de carácter habitual, por ser continuado en el tiempo, estarías obligado al alta como autónomo. Supongo que podrías cobrarlos sin darte de alta, pero el riesgo de ser detectado es que a posteriori te pidan la retroactividad de los pagos de cuotas sin bonificación posible y recargos de demora.

  • IRIS34 dice:

    Hola, soy autónoma desde hace tres meses. Al mismo tiempo estoy estudiando una carrera y empezaría el proximo año 2024 las prácticas curriculares. Quería saber cómo me puede afectar la nueva regulación de las prácticas formativas que obligan a la empresas a darte de alta en la seguridad social a partir de enero de 2024. ¿Si me dan de alta ya no podré tener las bonificaciones de tarifa plana? Muchisimas gracias de antemano. un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Iris, la bonificación de la cuota reducida de los nuevos autónomos (antes se llamaba tarifa plana) no se pierde por comenzar a trabajar por cuenta ajena en ningún caso.

  • JOSÉ dice:

    Hola, muchas gracias por la explicación.

    Hay algún tipo de restricción por el tema horario, es decir ¿la seguridad social no pondría trabas a la hora de darme de alta como autónomo si soy empleado a tiempo completo?

    Muchas gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola José. No tendrás inconveniente para ser autónomo por ese motivo. La Seguridad Social no pregunta por horarios de trabajo de autónomo. Es irrelevante para la entidad.

  • Paula dice:

    Buenas! Una duda: si mi nómina por cuenta ajena tiene aplicado un 10% de irpf, al trabajar por cuenta propia a la vez este irpf de mi nómina debería subir también? Es decir, ¿pierdo cualquier bonificación de reducción que tuviera por estar teniendo ganancias como autónoma?

  • Ricardo dice:

    Trabajo por cuenta ajena y tengo una oportunidad de ser freelance…. y compaginar los 2 trabajos…. mi duda es que en el trabajo de freelance tiene que ver con el trabajo que estoy por cuenta ajena…. es como si trabajo en una barberia y despues hago mis clientes a domicilio…. no se si eso afecte… etc…

  • MANUEL dice:

    Buenas, una persona que actualmente se está beneficiando de la tarifa plana, está dada de alta como comercio menor de ropa. Y quiere además agregar la actividad «agraria» a sus actividades de autónomo. Va a pagar más como autónomo? o el mismo RETA bonificado le sirve para las dos actividades??
    Gracias!

  • Carlos G dice:

    Primero, gracias por la explicación.
    En mi caso, soy trabajador por cuenta ajena y quisiera empezar a buscar y conseguir trabajos para realizar proyectos de ingeniería por cuenta propia y desde el domicilio.

    Si fueran trabajos recurrentes y por encima del SMI, ya veo que hace falta darse de alta como autónomo.
    Mi duda es si sale mejor montar una SL o SLP, antes que darme de alta en el RETA.
    El tema es que ya estoy cotizando en el trabajo por cuenta ajena y quisiera tener el menor coste posible a la hora de pagar nuevas cotizaciones.

    un saludo y gracias,

    • GesTron dice:

      Hola Carlos. Fiscalmente sale más rentable una sociedad que ser autónomo, pero Hacienda vigila mucho en los últimos años a aquellos que lo hacen para evadir impuestos. Por ese motivos suele fijarse en si hay trabajadores, una facturación suficiente….

  • Daniel perez dice:

    Hola,
    soy de Andalucía, Almería, y soy trabajador fijo por cuenta ajena desde hace 10 años y quiero emprender yo solo un proyecto empresarial creando una SL, por lo que debo de darme de alta como autónomo societario, y compaginar durante un tiempo ambos trabajos (con mi actual empresa no tengo ninguna clausula de concurrencia etc…). ¿puedo acogerme como autónomo societario a la tarifa plana? ¿Es totalmente compatible y factible este caso a visión tributaria? saludos

  • Cesar dice:

    Hola.

    Soy autonomo desde hace bastantes años, del ramo de la formacion, es decir, exento de iva. Pago la cuota minima, y me ofrecen a final de año un contrato fijo discontinuo de 15 dias y unos 1500 € brutos. Como afectará esto a mi declaracion de la renta si facturaré en total unos 40,000 euros con unos 13.000 de gastos. Me asusta coger este trabajo y al año que viene tener que pagar mas de esos 1500 euros…

    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola César. La cuestión es que en cada factura ya te estarás descontando el IRPF de cara a la renta, por lo que no deberías tener ningún susto. Mira este short de uno de nuestros asesores.

  • Steven dice:

    Hola
    Tengo una pregunta
    Tengo entendido que para ser repartidor en Uber eats, glovo debo declararme como autónomo

    En el momento que se me llegue a presentar un trabajo en empresa con contrato, puedo seguir de repartidor en mis tiempos libres como autónomo y trabajar en empresa?

  • José Javier dice:

    Hola, GesTron,

    Magnífico artículo. Soy trabajador por cuenta ajena con contrato indefinido. Estoy planteándome hacerme autónomo para compaginar mi trabajo como asalariado con otra actividad como autónomo totalmente distinta. La cuestión es, ¿tengo que avisar a la empresa para la que trabajo de que voy a ser también autónomo?

    Gracias de antemano,

    Un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola José Javier. Solo tendrás que avisar si tienes dudas de que tu actividad como autónomo pueda suponer una incompatibilidad contractual (por ejemplo de horario, o de una cláusula de no concurrencia).

  • Sara dice:

    Buenas,
    Estoy trabajando por cuenta ajena, y desde otra empresa me ofrecen la posibilidad de trabajar con contrato mercantil compaginando ambos trabajos. Sería tipo autónoma dependiente, no facturo. A partir del primer mes con ese contrato mercantil, me dan la posibilidad de un contrato laboral. Mi duda es si tengo que darme de alta como autónoma para ese primer mes.
    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Sara. Todo autónomo, dependiente (TRADE) o no, factura. O es nómina como asalariada, o es factura como autónoma (o solo dada de alta en Hacienda), no hay tercera opción. Para que se genere la obligación de darse de alta como autónomo te recomiendo leer este artículo. Y dada la información que me has dado, te recomiendo también leer el post sobre la figura del falso autónomo.

  • pablo dice:

    Buenos días

    He oído que si te das de alta como autónomo siendo ya asalariado esto puede afectar a tu cotización como trabajador por cuenta ajena y debes comunicárselo a la empresa, ¿ es esto cierto?

    • GesTron dice:

      Hola Pablo. Las cotizaciones de ambos regímenes son paralelas. En algunos puntos incluso se cotiza dos veces por lo mismo, por ese motivo en mayo, la TGSS de oficio efectúa la devolución del 50% de algunas de ellas cuando una persona está en pluriactividad. Por otro lado, solo estás obligado a comunicarlo a la empresa en caso de que en el contrato haya una cláusula de no concurrencia o exclusividad cuando haya dudas de que pueda incumplirse.

  • DANIEL dice:

    Hola,
    Llevo 13 años como autónomo pagando lo cuota mínima y quería saber si trabajando
    por cuenta ajena a jornada completa podría reducirme en la cuota de autónomos.
    Muchas gracias
    Un saludo

  • Maikon dice:

    Hola, estoy con contrato fijo indefindo en una empresa, en esa misma empresa tengo la oportunidad de hacer fuera de mi horario otros trabajos como freelancer , puedo darme de alta como altonomo, o sea ser contratado de la empresa y hacer facturas para la misma empresa a la vez? gracias saludos

    • GesTron dice:

      Hola Maikon. Sí puedes, siempre que sea una actividad diferente a las funciones que ejerces como asalariado. Y además, que cumplas con los requisitos para no ser considerado un falso autónomo.

  • DaniRL dice:

    Buenas. Llevo varios años trabajando de autónomo para dos clientes. Uno de ellos me contrata de forma indefinida pero quiero mantener el otro como autónomo. Estaba pagando 296 euros. Puedo pagar menos de cuota mensual?

  • Maria jose dice:

    Buenas estoy trabajando por cuenta ajena con contrato indefinido, quisiera hacerme autonomo y contratar a una persona eso es posible?, y podria tener la cuota reducida?

  • Camila dice:

    Hola, buenas.
    Llevo 8 años trabajando en la misma empresa por cuenta ajena. Este año me gustaría emprender pero seguir trabajando en la misma empresa.

    Tengo entendido que tengo que hacerme autónoma para poder formar parte de la sociedad que montaremos (somos 3 socios). ¿Debo comunicar a mi empresa que me daré de alta de autónomo? ¿Podría verse ese hecho perjudicado de alguna manera en mi nómina?

    Por otro lado, al darme de alta de autónomo, ¿puedo acogerme a la tarifa plana?

    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Camila. Respecto a tu actual empresa, si no hay alguna cláusula contractual que sea incompatible (de no competencia, por ejemplo), no hace falta ni comunicarlo. Y sí puedes acogerte a la tarifa plana, incluso siendo autónoma societaria.

  • Aroa dice:

    Hola,
    Llevo trabajando 3 años con contrato indefinido en mi actual empresa, pero el próximo 2 de noviembre cambio de trabajo a mi nueva empresa también con contrato indefinido. Estoy llevando un proyecto actualmente yo sola, y desde mi actual empresa me han propuesto darme de alta de autónoma eventual para trabajar «a demanda» como una especia de consultora del proyecto. Me han dicho que pagarían ellos el darme de alta y de baja como autónoma eventual.
    Mis preguntas son; ¿Puedo realizar los dos trabajos sin avisar a mi nueva empresa? ¿De cara a la declaración de la renta va a afectar mucho el tener 2 pagadores y el ser autónoma eventual?
    Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Aroa. No te he entendido muy bien. Eso de que te dé de alta una empresa en el RETA es algo extraño, a menos de que se trate de una asesoría. Por otra parte, el alta como autónoma es gratis, y la baja también, pero las cuotas no ¿Qué van a pagar exactamente? ¿Quién presentará tus declaraciones trimestrales de IVA?. No existe el concepto de autónomo eventual. Sí el de facturación puntual (que es , por ejemplo, hacer solo una factura en todo el año), pero en ese caso no es necesario estar de alta como autónomo. Deberías facilitar todos los datos posibles a un asesor para estudiar tu situación. La renta es lo de menos, créeme. Si te haces autónoma debes tener control sobre tu actividad económica y sobre tus obligaciones fiscales. Respecto a tu nueva empresa, no es necesario el aviso si en el contrato no se establece una cláusula de no concurrencia.

  • Davvid dice:

    Buenas, estoy valorando darme de alta como autónomo pero también suelo trabajar de forma puntual para eventos en caterings y días sueltos en bares y demás dado de alta, en uno suelo ir más a menudo y estoy con un contrato fijo discontinuo que se activa solo los días que voy y tengo la duda de si eso sería considerado pluriempleo ya que suelen ser dos o tres empresas distintas, pero pocos días al mes y he visto que eso es incompatible con la tarifa plana (soy de Andalucia asi que mi idea es acogerme también a la cuota cero) y es la duda que tengo, si tendría que renunciar a esos curros para poder acogerme o es compatible al ser cosa de pocos días, muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola David. Ser empleado y hacerte autónomo no es incompatible con la tarifa plana. Gestron lo vivió en sus carnes en el pasado. Por otro lado, las cuotas cero tienen requisitos distintos según qué comunidad, solo tienes que comprobarlo en las bases. Además Andalucía tiene una ayuda extraordinaria también compatible con ambas.

  • Ester dice:

    Hola tengo un contrato fijo discontinuo normalmente trabajo 4 meses al año, quería saber si es posible darme de alta como autónoma en agricultura, y si esto perjudicaría a mis prestaciones, si sería incompatible y si así podría contribuir a mis cotizaciones en la seguridad social para la jubilación. Gracias y un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Ester. Son compatibles ambas actividades (estar de alta). En cuanto a las prestaciones que tengas ahora, depende de cuáles. Por ejemplo no se puede cobrar el paro como asalariado si se está de alta como autónomo. Con vistas a la jubilación se sumarán las dos cotizaciones, pero un día como pluriactiva (trabajar por cuenta propia y asalariada el mismo día) no computarán como dos a efectos de días cotizados.

  • Iván dice:

    Hola, yo soy autónomo y mi mujer trabaja con reducción de jornada por cuenta ajena. Ahora también la hemos dado de alta como autónoma colaboradora en mi empresa. ¿Es compatible? La gestoría me dice que si, pero en algunos artículos he leído que uno de los requisitos para ser autónomo colaborador es no trabajar por cuenta ajena. Tengo un poco de lío y quiero hacer las cosas bien. Gracias

    • GesTron dice:

      En la Ley 1º del Estatuto del autónomo se señala: «También será de aplicación esta Ley a los trabajos, realizados de forma habitual, por familiares de las personas definidas en el párrafo anterior que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena, conforme a lo establecido en el artículo 1.3. e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores». Aquí te dejo una fuente experta jurídica que trata tu caso

  • Toñi dice:

    Hola! Tengo un trabajo a jornada completa de solo 4 meses, y quiero hacerme autónoma para un tienda online, podría? O pagaría mucho de declaración de la renta?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Toñi. Puedes perfectamente. Muchos autónomos pluriactivos temen por la declaración de la renta, pero sinceramente no es para tanto, y si lo fuera, es porque has ganado mucho dinero con la tienda online, lo que sería buena señal.

  • Ana dice:

    Hola! En mi caso llevo varios años de autónoma y he empezado a trabajar en una empresa por cuenta ajena mientras mi empresa la intento sacar para adelante ya que estoy en una situación complicada. Desde la gestoría me dicen que no puedo acogerme a ninguna reducción de la cuota de autonomo pero aquí leo lo contrario, ¿me podríais dar vuestra opinion? Muchas gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Ana, Tu gestor tiene razón, este año desapareció la bonificación por pluriactividad. Pero además, esta extinta bonificación solo se podía pedir en el momento de hacerse autónoma si ya estabas como asalariada en ese momento.

  • Wiam dice:

    Tengo contrato indefinido y voy a comenzar otro trabajo que me dan a elegir si quiero contrato o autónomo. Cuál sería la opción más rentable y teniendo en cuenta que se trabajarían 10 días al mes en este segundo trabajo?

    • GesTron dice:

      Hola Wiam. Pues como autónomo solo tendrías que pagar la cuota y encargarte de declarar los impuestos (modelos trimestrales y otros), que si puedes acogerte a la cuota reducida sería sería algo más de 80 euros al mes durante el primer año, y el segundo si no has superado el SMI. Si estás como asalariado la empresa se encargaría del pago de parte de tus cotizaciones y no tendrías que preocuparte por trámites con hacienda todos los trimestres. Por ese mismo motivo el precio de un autónomo suele ser más alto, porque si no la empresa sale ganando si termina pagando lo mismo (y porque el fin del autónomo es mejorar las condiciones de un asalariado).

      Pero ojo, no es lo mismo un trabajador que un autónomo (las condiciones son diferentes). ¿No se trataría de un caso de falso autónomo? Echa un vistazo al anterior enlace.

  • Jozt dice:

    Hola, estoy trabajando por cuenta ajena y querría comenzar también a trabajar por cuenta propia por las tardes. ¿Podria acogerme a alguna bonificación siendo mi residencia la Comunidad de Madrid?.

    Saludos

    • GesTron dice:

      Hola Joszt. Podrás acogerte a la tarifa plana de 80€ si cumples los requisitos. Pero además tengo una buena noticia para ti, Madrid publicó las bases de la cuota cero antes del verano, y aunque aún no esté funcionando aún, se da por hecho que devolverán las cuotas de todo el primer año con carácter retroactivo a las altas hechas en 2023.

  • Simon dice:

    Buenos días. Durante 5 años he estado de alta de autónomo y contratado por cuenta ajena con jornada parcial. No he tenido reducciones por ningún sitio, las podría reclamar???

  • Gemmq dice:

    Hola, desde de noviembre del 2012, hasta mayo del 2014, fui autónoma, como han pasado años, si volviera a darme de alta como autónoma, tendría la bonificación del 50% los primeros 18 meses?
    Muchas gracias y un saludo

    • GesTron dice:

      Hola. Pasado tanto tiempo, no será ese el motivo que te impedirá acogerte a una bonificación. Pero las bonificacióoes por pluriactividad dejaron de existir este mismo año. La que podrías acogerte sería la cuota reducida, que fija la cuota en 80 euros al mes durante un año, y te sale más rentable. Se prorrogaría un año más en caso de que en el primero no superases el SMI.

  • Monica dice:

    Hola:
    Mi caso es el contrario. Llevo casi 20 años de autónoma (falsa), trabajando en varias clínicas. Ahora en una em han contratado pero por un 20% de la jornada laboral, así que pago en dos regímenes. Sin embargo de autónoma no cobro ni a los 800 euros mensuales. Hay algo que pueda hacer para no pagar 300 de autónomos y estar en los dos regímenes parcialmente?. En caso de paro o enférmedad, qué cobraría. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Mónica. No hay nada que puedas hacer para reducir la cuota que pagas actualmente si ya cotizas por lo mínimo. Lo único que variará es que en primavera, y de oficio, te devolverán una parte del exceso de cuotas por estar en los dos regímenes al mismo tiempo.

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