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¿Puede tener nómina un socio trabajador?

Hay autónomos que trabajan en la misma empresa de las que son socios realizando dos funciones diferentes al mismo tiempo: la profesional y la empresarial.

¿Pueden tener nómina, ser socios y estar dados de alta en el RETA al mismo tiempo? ¿De qué depende? ¿En qué les puede afectar? ¿Qué ventajas o desventajas tiene? Aquí encontrarás respuesta a todas estas dudas.

Agárrate bien que despegamos rumbo al mundo del autónomo societario 🚀

¿Qué es un socio trabajador?

Un socio trabajador autónomo o «autónomo societario» es una categoría especial de autónomo en la que tiene el control efectivo de la sociedad y realiza funciones dentro de la misma.

A estos efectos, se tiene el control efectivo de la sociedad y deben darse de alta como autónomos societarios cuando:

  • El socio es administrador de la empresa de forma activa, la dirige y la gestiona.
  • El socio administrador solo tiene una actuación pasiva, pero si trabaja en la empresa y percibe remuneración, debe cotizar como autónomo societario.
  • Si el socio no es administrador, pero trabaja para la empresa y percibe remuneración deberá cotizar en el RETA.
  • Si el socio con control efectivo no es administrador ni trabaja en la empresa no deberá cotizar a la Seguridad Social.

¿Cómo se define el control efectivo de la Sociedad?

El control de efectivo es un proceso que dirige una entidad hacia la mejora mediante la concentración de acciones para lograr las metas establecidas.

Existe cuando ese trabajador sea socio titular de al menos el 50% del capital social. Además se presume que este control existe (aunque cabe prueba en contrario) cuando conviva y sea pariente hasta el segundo grado de algún otro socio o de varios de ellos cuya participación conjunta en el capital social supere el 50%.

También se presume si tal socio posee un tercio del capital o incluso solo el 25% si realiza igualmente funciones de gerencia o dirección.

¿Un socio de una empresa puede ser asalariado?

Depende. Cuando una empresa va a dar de alta su actividad empresarial en el IAE, se encuentra con varios epígrafes empresariales que son muy similares a los de las actividades profesionales.

La elección de ese epígrafe marca la diferencia para que la actividad de la empresa se entienda como empresarial o profesional, y eso influye, a su vez, para determinar si el socio trabajador tributa por rendimientos de trabajo o por actividad económica; es decir, si tendrá nómina o factura.

Además, en los estatutos sociales de la sociedad se establece si las funciones de administración son gratuitas o retributivas.

¿Los autónomos societarios pueden tener más de una nómina?

Los autónomos societarios pueden tener una nómina como socio trabajador y otra como socio administrador 💸

Todo siempre depende de si las funciones del socio administrador son retributivas o no, ya que al no serlo, el autónomo no deberá percibir retribución alguna por sus funciones de administración y gerencia.

En el caso de si ser retributivas, según lo establecido en el artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital, se puede elegir entre:

  • Una asignación fija.
  • Dietas de asistencia.
  • Participación en beneficios.
  • Retribución variable con indicadores o parámetros generales de referencia.
  • Remuneración en acciones o vinculada a su evolución.
  • Indemnizaciones por cese, siempre y cuando el cese no estuviese motivado por el incumplimiento de las funciones de administrador y los sistemas de ahorro o previsión que se consideren oportunos.

Tengo que recordarte que puedes indicar en las escrituras si el cargo es retributivo o gratuito, siempre referido a las labores de la administración de la sociedad y no al trabajo a realizar como autónomo dentro de esta.

Para saber si puedes tener nomina como autónomo trabajador, deberás tener en cuenta la actividad que desarrollas, por ejemplo:

Si eres diseñador de interiores, tu IAE sería el 432, el cual es referente a una actividad profesional, por lo que no podrías tener nómina, sino que tendrías que facturar a tu sociedad por la prestación de tus servicios.

Por este motivo es muy importante que, antes de adentrarte en este nuevo mundo, te asesores de un buen asesor fiscal que te guíe en todo este largo camino 😜

¿Cuándo debe darse de alta en Hacienda un socio trabajador?

En principio, el socio tiene obligación de darse de alta en Hacienda siempre que cumpla tres requisitos:

  • Cuando la sociedad realiza una actividad profesional.
  • Cuando la actividad profesional que realizan socio y empresa es la misma.
  • Cuando el socio esté obligado a darse de alta como autónomo societario, según sean las funciones de este dentro de la sociedad, ya que por norma general no esta obligado a darse de alta en AEAT, pero si en Seguridad Social.

En este caso, el socio trabajador debe darse de alta como profesional en el IAE, sus servicios se consideran rendimiento de actividad económica, y cobrará sus servicios mediante la emisión de facturas.

¿Cuándo no debe darse de alta en Hacienda un socio trabajador?

Si no se cumple alguna de los tres requisitos, el socio no estará obligado a darse de alta ante Hacienda. En este caso, sus rendimientos se considerarán rendimientos del trabajo, tendrá una nómina con la retención del IRPF que proceda y será fiscalmente deducible en el Impuesto de Sociedades de la empresa.

Las labores del socio trabajador en una sociedad que realiza funciones empresariales se consideran rendimientos de trabajo.

Los socios trabajadores que prestan servicio en sociedades profesionales en cuyo capital social participan, se consideran ingresos de actividades profesionales en vez de ingresos del trabajo, tienen que darse en alta en IAE y cobrar mediante facturas, han de estar incluidos en el RETA y desarrollar una actividad profesional.

El resto de socios trabajadores sí puede recibir nómina y cotizarán por ingresos de trabajo en el régimen general.

Como se indica anteriormente, esto es siempre en referencia a la actividad que se desarrolle como autónomo, es decir, si como autónomo tienes epígrafe empresarial puedes percibir nomina, pero si por el contrario tienes un epígrafe profesional, tendrás que facturar a tu sociedad.

Ejemplo de nómina de un socio trabajador

Vamos a comparar la nómina de un empleado por cuenta ajena y la de un socio trabajador autónomo para aclarar mejor los conceptos.

Ejemplo nomina socio trabajador

Esta es la nómina de un trabajador por cuenta ajena. Si se trata de un trabajador autónomo societario, las deducciones por contingencias comunes o profesionales, aparecen tachadas porque no proceden, ya que los autónomos societarios pagan su cuota mensual de autónomo y no cotizan por esos conceptos.

Por contra, sí procede la retención de IRPF en función de la situación personal y familiar del autónomo, y este se encuentra encuadrado como administrador, tendríamos que mirar si se le debe aplicar el 19% o el 35% en función de si la cifra de negocios en superior o inferior a 100.000 euros.

¿Tiene nómina el socio trabajador de una cooperativa?

En las cooperativas, son los socios los que deciden por unanimidad el régimen en el que quieren darse de alta: todos al régimen de autónomos o todos al régimen general de la seguridad social.

En general, como socio de la cooperativa te conviertes en un trabajador, recibiendo una nómina por tu trabajo que coincidirá con el importe de tus facturas.

Además, los socios trabajadores tienen derecho a percibir periódicamente en plazo no superior a un mes, percepciones a cuenta de los excedentes de la cooperativa denominados anticipos societarios que no tienen la consideración de salario.

¿Cómo se contabiliza la nómina de un socio trabajador?

La nómina de un socio trabajador es un gasto fiscalmente deducible en el Impuesto de Sociedades de la empresa.

Cuestión aparte es el caso de los socios administradores de la sociedad, ya que, como veremos, al tratarse de un cargo no remunerado, Hacienda se está negando a aceptarlo salvo que se firme un contrato de trabajo entre ambas partes.

La nómina podrá ser un gasto deducible para Hacienda cuando en las escrituras se establezca el cargo retribuido.

¿Hay socios trabajadores sin nómina en la empresa?

Puede. Los socios trabajadores sin nómina, es decir, no incluidos en el régimen general de la seguridad social deberán estar dados de alta en el IAE y en el RETA para poder emitir facturas a cargo de la empresa en cobro de sus servicios.

¿Puede tener nómina el socio administrador de una sociedad limitada?

Pues aquí decimos lo de siempre, depende. En el caso de un socio trabajador que es administrador en una Sociedad Limitada se debe determinar en los estatutos de la empresa si sus funciones son retribuibles o no, ya que el tratamiento fiscal dependerá de ello 💪

  • Si en los estatutos se indica que las funciones del administrador no son retribuidas, el administrador no puede cobrar nada por su trabajo, y en caso de que percibiera algo, no se podría considerar gasto deducible en el Impuesto de Sociedades.
  • Si las funciones del socio administrador de una Sociedad Limitada son retribuidas, lo mejor es que cobre mediante nómina eligiendo alguna de las vías que contempla la ley: una asignación fija, dietas de asistencia, participación en beneficios, retribución variable, etc. Se considerarán rendimientos del trabajo a efectos del IRPF y será un gasto deducible para la sociedad en el Impuesto de Sociedades. En este caso, la retención será del 19% si los ingresos de la empresa son menores a 100.000 € o del 35% si son superiores.

Si quieres ampliar información, te dejo aquí un link a un artículo muy interesante en el que hablamos de las retribuciones de los socios trabajadores.

Bueno, pues hemos visto hasta aquí cómo funciona la nómina de un socio trabajador autónomo. Espero que haya servido para aclarar un poco tus dudas ✅

Y recuerda que, para ahorrarte dolores de cabeza, mejor que cuentes con la ayuda de unos buenos profesionales en el sector 😎

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