¿QUÉ NECESITAS?

Inicio > Categorias > Laboral > ¿Se puede dar de alta a un trabajador en domingo?

¿Se puede dar de alta a un trabajador en domingo?

Las prisas no son buenas. Pero aunque todos lo sabemos, son muchos los empresarios que se ven con necesidades de un día para otro, y por eso se preguntan si se puede dar de alta un trabajador un día festivo 🤔

¡En fin, Serafín! Que aunque yo piense que las cosas hay que planificarlas con tiempo, al final mi cometido es explicarte este tipo de cosas. Porque uno es un superhéroe de la asesoría, no un Chicote de la vida (al que llaman para arreglar desaguisados y encima luego se la lían, al pobre hombre).

Así que, vamos al tema que nos ocupa. Tú quieres saber si puedes dar de alta a un empleado un domingo, y servidor te lo va a contar.

¿Es posible dar de alta un trabajador el mismo domingo que trabaja?

No, no es posible dar de alta a un trabajador en domingo. Piénsalo, ¿cómo vas a dar de alta a un trabajador un día festivo? Hay que realizar una serie de trámites que requieren una cierta antelación.

Así que si es sábado por la tarde y te estás calentando la cabeza porque te gustaría tener a alguien contratado para mañana, por ejemplo, siento decirte que vas un poquito tarde.

Para dar de alta a un trabajador, tienes que dar los siguientes pasos:

  • Inscribirte tú mismo como empresario en la Seguridad Social, a los efectos de que te den un código de cuenta de cotización. Es decir, el número que te identificará como empresario que puede contratar a trabajadores. Y para ello, tienes que presentar el modelo TA.6 en la TGSS, junto a otros documentos, antes del inicio de la actividad del trabajador.
  • Afiliar al trabajador en la Seguridad Social, si es la primera vez que trabaja. De este modo, se le reconocerá un número de afiliación. Este trámite se realiza presentando el modelo TA.1.
  • Si no es la primera vez que esa persona trabaja, directamente tendrás que darla de alta en la Seguridad Social. La solicitud del alta se tiene que realizar también antes de la actividad, en un plazo máximo de 60 días antes de su comienzo.
  • El siguiente paso es registrar el contrato laboral en el SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal), presentando una copia de dicho contrato. Aunque este paso no hay que darlo de forma previa al inicio de la actividad, porque dispones de un plazo de 10 días. Pero ya que estamos hablando de cómo dar de alta a un trabajador, tienes que saber que este es otro paso necesario.

¿Qué ocurre si doy de alta a un trabajador después de que empiece a trabajar?

Pues que te la juegas, amigo. La LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social), en su artículo 22.2, contempla como una infracción grave el hecho de no dar de alta a un trabajador.

La sanción no es poca cosa, no te vayas a creer. Según el artículo 40.1.e).1º de la LISOS, la multa sería:

  • En su grado mínimo, de 3.750 a 7.500 euros.
  • En su grado medio, de 7.501 a 9.600 euros.
  • En su grado máximo, de 9.601 a 12.000 euros.

¿Que de qué depende que la multa sea mayor o menor? De ciertos criterios que tiene en cuenta la propia LISOS. Pero eso no lo vamos a tratar aquí. Si quieres más información, métete en este otro post en el que te lo contamos todo con más detalle.

Lo que sí te adelanto es que como además sea un trabajador que está cobrando el paro, la multa aumenta pero bien. Ya sabes, entra en el otro artículo para saber más.

¿Un caso aún más grave? Que tenga un accidente laboral ese domingo sin estar de alta. Las consecuencias para el empleador serían muy, muy desagradables a nivel económico.

Y ahora que ya sabes que no puedes dar de alta a un trabajador en domingo ni en un día festivo, ¿qué te parece que en AYUDA T PYMES te echemos una mano encargándonos de la asesoría laboral de tu empresa?

Delegando estas tareas en nosotros, tú tienes más tiempo para dedicarte al negocio, y así, es posible que no te veas en más de un apuro de estos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SUSCRIPCIÓN

SUSCRÍBETE!

No deberías perderte nada de lo que cuente por aquí.