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La cuota sube, la cuota baja… Desde hace varios años no hay ningún enero en que la cuota de autónomos se quede como está. Y este año no será diferente.
Con el método de ingresos reales, algunos dicen que las cuotas van a ir mejor año tras año, otros, que son un sablazo y que van a acabar con el emprendimiento de aquellos que alcancen un nivel mayor de facturación.
Sin embargo, la realidad es solo una. Así que, si quieres saber qué está ocurriendo con la cuota de autónomos desde 2025, estás en el sitio adecuado. De hecho, aquí tienes un directo con una especialista de la asesoría que resolverá dudas que ni siquiera aparecen en este post.
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Cuota de autónomos 2025 y tramos de cotización
En 2025 sucederá lo mismo que en los años anteriores, pero con una diferencia todavía más latente, sobre todo para los autónomos que pasen del sexto tramo. Su tabla sería la siguiente:
Tabla de cotización 2025

Los principales beneficiarios de este sistema para el nuevo año de cuotas, serán los que obtienen un rendimiento neto inferior a 1300 euros. Los autónomos que coticen por el primer tramo (el mínimo) verán su cuota reducida hasta los 200 euros mensuales.
Sin embargo, a partir de los 1700 euros nos encontramos subidas tanto en las bases como en las cuotas mínimas. Siendo la cuota mínima a partir de este tramo de 350 euros mensuales, lo que supondrá una gran diferencia con los años anteriores, por ejemplo con los 480€ del 2023. En cuanto a los rendimientos netos superiores a 6000 euros abonarán 1.080 euros más al año.
Hay tres casos especiales a tener en cuenta a la hora de pagar tu cuota de autónomo. Te explico cómo tendrás que cotizar si eres autónomo societario, colaborador o disfrutas de la Tarifa Plana.
Cuota autónomo societario 2025
Los autónomos societarios tienen una peculiaridad respecto a los trabajadores por cuenta propia y es que, tendrán una base mínima de cotización fijada en 1.000 euros al mes.
Es decir, pagarán una cuota mínima de 314 euros (31,4% de 1.000). Ten en cuenta que anteriormente pagaban 377,87 euros mensuales, lo que supone un ahorro de 814,44 euros al año.
Eso sí, ten en cuenta que si los ingresos son mayores, las cuotas a abonar también pueden ser mayores a las que se pagaba en años anteriores.
En cuanto a la reducción de gastos deducibles de difícil justificación, será de un 3% en vez del 7% que gozan las personas físicas. Siempre con un límite de 2.000 euros.
Cuota autónomo colaborador 2025
En el caso de los autónomos colaboradores, no pueden cotizar por una base mínima inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) establecido en 1.000€. Por lo que la cuota mínima también sería de 314 euros.
Al ser familiares colaboradores, no se tienen que declarar los ingresos, siendo este el principal motivo de establecer una cuota mínima.
👩🏫 Los autónomos colaboradores pueden seguir acogiéndose a las bonificaciones y ayudas que ofrecen desde el Estado.
Cuota autónomo con Tarifa Plana
¿Estás pensando en darte de alta como autónomo? Que no te dé miedo comenzar con tu vida de emprendedor. Ten en cuenta que el Gobierno ofrece una subvención conocida como Tarifa Plana, de 80 euros para aquellos autónomos que hayan decidido comenzar a trabajar por cuenta propia.
Además, su duración puede ampliarse desde los 12 hasta los 24 meses, aunque se puede llegar incluso hasta los 36 meses. Esta dependerá del rendimiento neto obtenido durante el primer año que no podrá superar el SMI. Es más, en algunas comunidades autónomos existe la Cuota Cero (Andalucía, Galicia, Canarias, Murcia, Extremadura…), y te devolverán incluso el importe que has pagado en la cuota reducida ¡Ser autónomo sale gratis un año entero!
Sin embargo, es importante aclarar que el periodo para reclamar la Tarifa Plana de forma retroactiva ha terminado en 2025. Esto significa que solo los nuevos autónomos podrán acogerse a ella.
¿Qué tramo de cotización te corresponde?
Para saber qué tramo de cotización te corresponde tienes que hacer una previsión de tus rendimientos netos para el siguiente año.
Lo más habitual es que si en el último ejercicio fiscal, has tenido beneficios, el siguiente también. Pero, hacerlo con más precisión es super sencillo, sobre todo si tienes la ayuda de una asesoría, ya que necesitarás la cuenta de pérdidas y ganancias.
Podrás saber tu tramo de cotización con la estimación que hagas a través de la cuenta de pérdidas y ganancias. Eso sí, recuerda no tener en cuenta los pagos de la Seguridad Social. Si en tu caso están registrados como pérdidas, solo tendrás que sumarlos y a partir de esas cifras hacer tu estimación.
Una vez tengas la estimación tendrás que restar el 3%, si eres autónomo societario o el 7% para el resto de autónomos como gastos de difícil justificación. Cuando ya tengas el resultado, solo tendrás que buscar el tramo que te corresponde.
Te pongo un ejemplo para que te quede mucho más claro:
Supongamos que acabaste el año 2024 con unos ingresos de 29.000 euros de los cuales 5.000 euros han sido gastos. El rendimiento neto anual ha sido de 24.000 euros.
Si has cotizado por la cuota mínima de autónomo en 2024, el montante supondría 3.528 euros. Es decir, la cantidad a reducir sería el 7% de 27.528 euros (24.000 + 3.528). En total se deducen 1.926,96 euros.
Los 22.073,04 euros (24000 -1926,04) de rendimiento neto, se dividen entre los 12 meses, lo que supondría un total de 1839,42 euros al mes. Es decir, entrarías en el tramo de 1700 a 1850 euros. En este caso, la cuota mensual va a ser de 320 euros al mes durante este 2024 si estás en la base de cotización mínima de dicho tramo.
Una vez descontadas las cuotas mensuales de autónomo, el beneficio sería de 18.353,04 euros.
Pero cuidado, porque este no es tu beneficio final, ya que tendrás que liquidar el IRPF con la Agencia Tributaria.
Cómo saber tus rendimientos netos anuales
No has escuchado nunca eso de “pérdidas y ganancias”, tranqui porque te explico cómo obtener tus rendimientos netos anuales y saber qué tramo te corresponde.
Para calcular los ingresos reales y adaptar la cuota de autónomo a la que te corresponda, debes realizar la siguiente operación.
Autónomos societarios → (Ingresos anuales – gastos deducibles anuales – 3% de gastos de difícil justificación) / 12
Resto de autónomos → (Ingresos anuales – gastos deducibles anuales – 7% de gastos de difícil justificación) / 12
El rendimiento neto a declarar a la Agencia Tributaria será de los ingresos menos los gastos deducibles anuales. Mucho ojo porque aquí no se están contabilizando el IVA, así que no lo incluyas en los ingresos. Ese dinero no es tuyo, es de Hacienda, por lo que no se considera ingreso.
Una vez has obtenido el rendimiento neto anual deberás de dividirlo entre 12. De este modo, obtendrás el rendimiento neto mensual.
Igual que con la cuenta de pérdidas y ganancias no olvides liquidar el IRPF.
¿Es posible cambiar los tramos de cotización de los autónomos durante el año?
La obligación de presentar una previsión de los beneficios anuales ha provocado que muchos empresarios se lleven las manos a la cabeza. Y no es para menos, ya que es imposible tener una bola de cristal para saber con certeza que va a suceder durante el transcurso del ejercicio.
Por este motivo, el Gobierno permite que los tramos de cotización se puedan cambiar hasta en seis ocasiones al año. De este modo, si la empresa va mejor o peor que la previsión inicial, se podrá adaptar a la situación real.
De hecho, es lo más recomendable, porque si estás cotizando por debajo de lo que te corresponde tendrás que pagar la diferencia y puede ser un buen golpe para tu economía.
En el caso que hayas pagado de más o de menos de lo que te corresponde, se iniciará el proceso de regularización de cuotas en algún momento del año siguiente.
¿En qué consiste la regularización de cuotas?
Para que no pagues de más, y sobre todo de menos, Hacienda y la Seguridad Social ponen en común tras la declaración de la renta sus datos para comprobar que todo ha ido viento en popa. Aunque este proceso de revisión no es inmediato, sino que puede demorarse varios meses.
Si consideran, con esta información, que tenías que pagar de más, se pondrán en contacto contigo para que pagues lo que te corresponda.
En el caso de cruzar los datos y ser inferior, te indicarán la devolución que te harán en tu beneficio de esa parte que no te correspondía pagar.
OJO, porque el autónomo podrá renunciar a esa devolución y seguir cotizando de más. Es muy útil, por ejemplo, cuando estás cerca de la jubilación.
El MEI se suma al cálculo final de la cuota de autónomos
¡Y ojo! No te olvides de calcular este impuesto que viene integrado en la cuota. Se trata del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, también llamado por sus siglas MEI.
El MEI es un impuesto progresivo que afecta a la cuota de autónomos, y que aumenta su cuantía. Por eso te cobrarán una cifra superior a la indicada en las tablas ¡Esto no lo avisan! 👀
- En el año 2025, será del 0,80 %.
- En el año 2026, será del 0,90 %.
- En el año 2027, será del 1 %.
- En el año 2028, será de 1,10 %.
- En el año 2029, será de 1,2 %.
Ejemplos de cálculo del MEI en la cuota de autónomo
Para entender cómo afecta el MEI a tu bolsillo, te voy a poner dos ejemplos muy claritos:
MEI con Tarifa Plana
Aunque seas beneficiario de la Tarifa Plana vas a tener que sumar el MEI a tu cuota, no hay tutía.
Calcularlo es muy sencillo porque tendrás que aplicar el porcentaje a la base por la que cotizas con la subvención, es decir por la base mínima (653,59€).
La cuota a pagar una vez sumado el MEI rondaría los 86€.
MEI con tramos
Cuando no tengas la suerte de disfrutar de la Tarifa Plana, tendrás que realizar la operación anterior acorde con tu cotización.
Por ejemplo, si estás en el tramo 8, tu base de cotización serán 1209, 15€, lo que corresponde a una cuota de 370 euros.
Para calcular el MEI aplicamos la fórmula anterior a la base de cotización:
🧑🏫1209, 15 ‧ 0,008 = 9, 67
Eso se sumará a tu base de cotización, por lo que pagarás 379, 67€ al mes de cuota de autónomos.
Cuándo se paga la cuota de autónomo
Pagar la cuota de autónomo es posiblemente lo que menos gusta, y con razón, ya que supone un desembolso considerable. El pago se debe realizar el último día hábil del mes corriente.
Para que lo comprendas mejor, voy a ponerte un ejemplo. Supongamos que estamos en el mes de septiembre. En ese caso, deberás pagarlo el día 30 de septiembre, siempre que no caiga en sábado o en domingo.
En caso de no realizar el pago en la fecha indicada, se aplicará un recargo del 10% siempre y cuando se pague en el mes siguiente. A este se le suman los intereses que se generen desde el día siguiente a su vencimiento.
Si el pago de la cuota se retrasa más de un mes, el recargo será del 20% más los intereses generados, así que lo mejor es pagarlo en el plazo establecido.
Existen situaciones en las que resulta imposible afrontar el pago de la cuota, por lo que el Gobierno ha habilitado la posibilidad de aplazar o fraccionar los mismos.
👨🏫 Las consecuencias de no pagar la cuota de autónomo es la pérdida del derecho al cobro de algunas prestaciones asociadas, como por ejemplo la maternidad o la incapacidad temporal.
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