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¿Cuánto debo facturar como autónomo para ser mileurista?

La figura del autónomo en España, aunque recientemente a un ritmo desacelerado, no ha dejado de crecer y extenderse durante los últimos años. Y es que no son pocos los factores que fomentan el autoempleo: El contexto de crisis en el que nos encontramos inmersos en España, la pérdida de puestos de trabajo por cuenta ajena, la tendencia actual de subcontratación de autónomos por parte de las empresas, bien como TRADE o como falsos autónomos…

Hoy abordaremos en GesTron, de forma general, cuánto debo ganar como autónomo para obtener beneficios o, más bien, cuáles deben ser mis ingresos como autónomo para no generar pérdidas, percibir (más o menos) un sueldo mileurista o mantener la calidad de vida que ostentaríamos como asalariado medio.

Ser autónomo mileurista: la cuota del RETA

Seas autónomo mileurista, o no llegues ni a los 200 euros, si trabajas habitualmente por tu cuenta, tendrás que hacer cuentas con el RETA. Es el Régimen Especial para trabajadores autónomos, es decir, el régimen de seguridad social a través del cual cotizan los trabajadores por cuenta propia.

De igual forma que un asalariado destina parte de su sueldo cada mes a la cobertura de sus obligaciones con la Seguridad Social, en vistas a percibir el derecho a recibir ciertas prestaciones en el futuro (maternidad, baja por enfermedad, jubilación, etc.).

En el caso de los autónomos serán ellos mismos los que deberán realizar mensualmente el pago de una cuota que variará en función de la base de cotización que elijamos y las contingencias por las que escojamos recibir cobertura.

En 2016, la cuota de autónomo en España con la base de cotización mínima ascendía a los 267,04 euros mensuales.

En 2017, el colectivo de autónomos absorbió con la aprobación de los PGE, un incremento del 1% en la base mínima hasta los 902,03 euros y, por ende, un aumento de  la cuota mensual de autónomos en 2017 que se determinaría en 269,71 euros.

Los Presupuestos Generales de 2018 se publicaron en mayo e incrementaron la base mínima y máxima, fijada en 932,70 euros y 3.803,70 euros respectivamente, lo que supone un incremento del 1,4% y una cuota mínima de 278,87 euros.

La buena noticia para ti es que existen bonificaciones como la tarifa plana, que reduce tu cuota a 50 euros durante 12 meses, en lugar de los casi 280 euros. También tienes la posibilidad de darte de baja en periodos de inactividad, todas las veces que necesites. Si tienes acceso a la tarifa plana, quizás no te interese, porque esta se interrumpirá y no podrás volver a disfrutarla una vez solicites una baja.

En cambio, ahora existe la posibilidad de cotizar por días, las tres primeras altas y bajas del año. Es decir, aunque no tengas acceso a bonificaciones, sólo pagarás tu cotización los días efectivos de trabajo, no la cuota completa.

Aun así hay varios factores que debes tener muy en cuenta antes de darte de alta como autónomo, ya que de otra forma podría salirte caro (literalmente).

Algo que también deberás tener muy presente a la hora de darte de alta como autónomo, es el tipo de bonificaciones al que tienes acceso; cuál te conviene más y solicitarla en el momento de registrarte como trabajador por cuenta propia. Es muy importante, ya que la mayoría de bonificaciones como la famosa tarifa plana de 50 euros de la que hablábamos, sólo se destinan a autónomos de nuevo alta. Una vez eres oficialmente autónomo, ya no podrás beneficiarte de ninguna reducción que no hayas solicitado en el proceso de registro.

¿Quieres informarte sobre la tarifa plana para autónomos? Clic aquí

Ser autónomo mileurista pagando el IRPF

El IRPF es un impuesto que grava la renta de las personas físicas, por lo que si eres autónomo, esta es tu forma de tributar por lo que ganas. Se trata de un impuesto progresivo, es decir, cuanto más pasta ingreses, más tendrás que pagar. Dicho pago se realiza anualmente a período vencido, momento en el que tendrás que presentar tu declaración anual de IRPF.

También debes tener en cuenta que en cuanto a IRPF, la cuantía del pago varía en función a tus condiciones personales. Esto quiere decir, que no pagarás lo mismo si estás soltero y sin hijos, que si estás casado, sólo trabajas tú y tienes dos churumbeles a tu cargo.

En definitiva, el IRPF tiene en cuenta todo el cómputo de ingresos y gastos que tengamos al desarrollar la actividad, así como nuestra situación familiar.

El trabajador por cuenta propia cuenta con dos sistemas de pagos a cuenta de IRPF, en función de su epígrafe en actividades económicas de Hacienda. Ya sabes, el IAE en el que te registrarte al presentar el modelo censal 036 o 037.

Te explico: el trabajador que recibe una nómina, todos los meses deja de cobrar un poquito de ese sueldo, siendo el empleador el que realiza el pago a Hacienda en nombre de su empleado. Digamos que «Hacienda lo deja en la hucha o en la cuenta» de ese trabajador, para que cuando haga su declaración de la renta, ya tenga esos pagos adelantados en concepto de IRPF.

En caso del autónomo profesional, ocurre algo parecido, ya que emiten a empresarios (sociedades y otros autónomos), y estos son los que dejan de pagarle esa parte de la factura al autónomo, para adelantar el IRPF a Hacienda. El organismo, de nuevo, guarda en la «hucha o cuenta» de ese autónomo profesional el tanto por ciento fijo, que se ha descontado de las facturas emitidas (7% ó 15% actualmente). Esto se denomina, sistema de retenciones sobre ingresos.

Si eres autónomo empresarial, la cosa varía. Es él quien, trimestralmente, tiene que ver su beneficio acumulado hasta la fecha y pagar un 20% a Hacienda, para que lo guarde en su hucha. Este modelo también puede ser empleado por autónomos profesionales, en el caso de que el porcentaje de ingresos acumulados no sujetos a retención en el trimestre o trimestres anteriores, supere el 30%.

¿Cómo calculo el IRPF que debo pagar? Clic aquí

En el enlace de ahí arriba te cuento de forma detallada cómo funciona todo el tema del IRPF para autónomos, cómo se calcula y demás.

Cuando se proceda a presentar la declaración de la renta anual, habrá que calcular la cuota total de IRPF a pagar por el autónomo y a la misma se le restarán el total de retenciones y pagos a cuenta de IRPF que ya hayamos realizado durante el año anterior.

Tendrás que liquidar el IVA trimestralmente

Se trata de un impuesto tributario derivado de cualquier actividad sujeta a IVA. La mayoría de actividades que puede realizar un autómono están sujetas a IVA. También hay algunas actividades exentas (formación, medicina…).

Pero los “pagos” que harás en concepto de IVA no deben dolerte tanto. Ese dinero nunca fue realmente tuyo, sino que funcionas como intermediario, como recaudador del Estado en la transacción del impuesto entre este y el consumidor final, quien realmente desembolsa el pago del IVA.

Tendrás que liquidar el IVA de tus facturas trimestralmente e ingresar el importe a Hacienda, mediante el modelo 303.

Si corresponde a tu actividad, podrás deducir el IVA de los gastos afectos a tu trabajo, como la cuota de la tu asesoría, internet, etc.

Este impuesto, en principio, no afectará a la rentabilidad de tu actividad como autónomo. Los asalariados no tienen que liquidar IVA a Hacienda, simplemente pagarán el IVA de los productos o servicios que consuman.

Ten en cuenta que si estás establecido en territorio de aplicación de IVA (península y Baleares) y realizas operaciones con proveedores comunitarios, es decir, con domicilio en cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, tendrás que tarifa plana y ahorrarte el IVA.

Te asignarán un NIF-IVA y tendrás que presentar el modelo 349 para informar de que realizas operaciones intracomunitarias.

BONUS de obligaciones

Como autónomo también estarás obligado a informar a Hacienda de la mayoría de operaciones que lleves a cabo, como:

  • Si las operaciones que como autónomos llevas a cabo con proveedores o clientes superan los 3.005 euros en total, tendrás que presentar el modelo 347.
  • Deberás tramitar los resúmenes anuales de IVA (modelo 390), de retenciones practicadas (modelo 190 y 180), etc.

Entonces, ¿cuánto debo ganar para ser autónomo mileurista?

El hecho de generar o no beneficios, dependerá de la naturaleza de nuestra actividad, de las condiciones en las que se encuentre el desarrollo de la misma y de un sinfín de factores específicos.

Sin embargo, si queremos determinar cuánto debemos facturar para quedarnos, aproximadamente, con un sueldo mileurista a final de mes, la cosa iría más o menos así:

Ejemplo del autónomo mileurista

Autónomo profesional, un freelance dedicado al diseño web o al marketing digital, por ejemplo, soltero, sin minusvalías ni hijos o personas dependientes a cargo. También suponemos que el autónomo no pudiera acceder a la bonificación de la tarifa plana. Además, nació en el 1984. Es decir, tiene 33 años.

En primer lugar, si el autónomo aspira a ser mileurista, deberá facturar  1.000 euros/mes + 278,87 euros que corresponden a su cuota de la seguridad social.

1000 x 12 meses = 12.000

278,87 x 12 cuotas = 3.346,44

12.000 + 3.346,4 = 15.346 euros anuales

El autónomo debería facturar, hasta ahora, 15.346 euros aproximadamente. A efectos de IRPF, las cuotas de seguros sociales son totalmente deducibles. La cuantía de IRPF anual a pagar por este autónomo oscilará, en torno a los 517,04 euros, teniendo en cuenta un tipo medio de impuesto sobre el bruto de sus ingresos del 3,26% (aplicable según su nivel de ingresos y condiciones personales).

En resumen, nuestro autónomo tiene que ingresar 15.346 euros brutos de ingresos, que paga 3.346,4 por su cotización en la seguridad social y, anualmente, 517,04 euros de IRPF anual, debe generar una facturación mensual de:

15.346 euros + 517,04 (impuesto derivado de los ingresos) = 15.863,04 euros al año

15.518,72 / 12 meses = 1.321,92 euros al mes

Siguiendo con el ejemplo, si tenemos un autónomo que ingresa con su actividad profesional, brutos, 15.863,04 euros al año, con todos sus ingresos sujetos a retención, le descontarán en concepto de IRPF las siguientes cantidades:

  • Retención al 7%: 1.110,41 euros
  • Retención al 15%: 2.379,45 euros

El autónomo tendrá una declaración de la renta con una cuota líquida de 314,72 euros. Cuando  presente su declaración anual de IRPF, la administración deberá devolverle entre 593,37 y 1862,41 euros aproximadamente, dependiendo del tipo de retención que se haya aplicado en el trascurso del año de actividad. Es decir, Hacienda le devolverá la diferencia entre la cuota de IRPF correspondiente (517,04 euros) y la cantidad en total que el mismo ha ido pagando trimestralmente.

Para entendernos, adelantas el pago en función a la retención aplicable y luego te devuelven la diferencia de lo que te hubiera correspondido pagar.

Si el nivel de ingresos de este autónomo hubiera sido mucho mayor y la retención no llegara a la cuota líquida asignada, entonces la declaración anual de IRPF le saldría a pagar.

Este factor da lugar a un obstáculo en la tesorería del negocio de un autónomo mileurista, ya que el sistema tributario hace que tenga que financiar a la administración durante más de un año de media con un importe de dinero considerable en relación a sus ingresos.

Para figurarnos la situación, este autónomo mileurista con unos ingresos de 15.346 euros brutos anualmente, pagará a cuenta de impuestos derivados de su renta 2.379,45 euros (retención del 15%) y tendrá que pagar de autónomos 3.346,4 euros.

Esto realiza un neto provisional anual de 12.9966,6 euros, con un saldo neto mensual de 1.080,54 euros y recibirá en la declaración del año siguiente 1.862,41 euros. Con que el tío va a tener suerte, y a año vencido recibirá, incluso, una paguita extra de parte del estado.

En el ejemplo, al autónomo le están reteniendo en su facturación del año corriente, y hasta mayo-junio del siguiente periodo, cuando haga la declaración de la renta y reciba la devolución, que podría llegar desde mayo-junio hasta diciembre, no recibiría el importe a devolver de Hacienda.

¿Quieres que te ayudemos en tu nueva aventura? Sabemos un montón de trámites y papeleos 😉

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • MARIA JOSE dice:

    Hola.Estoy pensando en dedicarme al diseño web como autónoma, pero me da miedo meterme en ello porque no podría dedicarle una jornada completa, sino 2 o 3 horas diarias. Si cobro a mis potenciales clientes 900€ por la web, cuántos impuestos tendré que pagar mensualmente, teniendo en cuenta que me puedo acoger a la tarifa plana de autónomos que hay ahora vigente de 60€/mes? No se si merece la pena…Marido trabaja por cuenta ajena y estoy casada en gananciales y tenemos un niño de 9 años.Me han comentado que es posible no pagar impuestos al principio hasta que consiga clientes. ¿ Como tendría que hacerlo, emitiría facturas e ingresaría el IVA pero no pagaría autónomos ni IRPF? Hasta que importe podría hacer eso y como se cuando tengo que empezar a pagar impuestos para que Hacienda no me busque?Espero haberme explicado bien. Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Maria José. Te has explicado muy bien. También es cierto que son varias consultas muy concretas que requieren de mayor detenimiento y estudio, porque hay más variables a tener en cuenta. Te recomiendo que consultes con nuestros asesores, ya que cuentan con las herramientas adecuadas para operaciones de mayor profundidad.

  • Marcos dice:

    Hola, soy autónomo societario y tengo una sociedad empresarial. Puedo tener una nómina o tengo que facturar como autónomo a mi propia sociedad?

  • Tomas dice:

    trabajo como autonomo y pienso darme de alta. Gano aproximadamente 1000 euros brutos mensuales. es un trabajo por Patreon, creo que es considerado micromecenazgo. al parecer ya tiene el IVA descontado, se le cobra extra a cada mecenas.
    cuanto quedaria despues de pagar el IRPF y seguridad social?

    • GesTron dice:

      Hola Tomás,

      La cuota es fija siempre, a no ser que estés acogido a alguna bonificación y esta cambie de tramo. Pero vamos, si tienes la tarifa plana, pagarías unos 50 euros. El IRPF dependerá de lo que factures, normalmente un 15% de tu facturación trimestral para profesionales y 20% para epígrafes empresariales. También depende de tu caso en concreto, del régimen al que estés acogido… Pásame un tlf de contacto a gestron@ayudatpymes.com y vemos tu caso.

      Un saludo

  • Dario dice:

    Hola,
    Si soy nuevo autonomo y gano 1050€ al mes (+ IVA) y pago el -7% de IRPF y 50€ de seguridad social, o sea 1000€ netos, cuanto tengo que pagar a hacienda con la declaración de la renta?
    Hipnotizamos que no tengo gastos y no soy casado ni tengo hijos.
    Me podeis aclarar esta duda?
    Gracias

  • Juan Carlos dice:

    Hola, me gustaría saber cómo llegan a esta cantidad: «La cuantía de IRPF anual a pagar por este autónomo oscilará en torno a los 314,72 euros, teniendo en cuenta un tipo medio de impuesto sobre el bruto de sus ingresos del 2,07%.»

    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Es el tramo de IRPF que le corresponde, Juan Carlos

      • Juan Carlos dice:

        Esto me confunde. Según hacienda, el primer tramo va de 0 a 12.450€ y es de 19%, el 2do tramo va de 12.450€ a 20.200€ y es de 24%, entonces de donde sale ese 2.07%. Por favor me puedes explicar? Muchas gracias de antemano.

        • GesTron dice:

          Se refiere al tipo impositivo para el nivel de ingresos y condiciones personales de la persona en cuestión. Como puedes ver ahora, se ha actualizado el artículo para la cuota y tipo impositivos de 2018.

  • Jose dice:

    Estoy de pareja de hecho con una extranjera, tiene el carnet y la tarjeta de sanidad gracias a que esta conmigo. Quiere montarse un negocio como autonoma y dice que para acogerse a las subenciones que dan a emprendedores extranjeros tenemos q anular la pareja de hecho.Es asi ?Que derechos perderia?

    • GesTron dice:

      Hola Jose,

      Desconozco las condiciones de esa ayuda a la que se refiere tu pareja. Lo ideal es que se dirija al organismo encargado de gestionarlas y resuelva allí sus dudas. Siento no poder ayudarte.

      Saludos

  • Manuel dice:

    He leído en en otra web lo siguiente:
    TOTAL: 1.577,53 € con el IVA y la retención del 15% incluidas. A esos 1.577,53 € le vamos a descontar el IVA 312,53 € y los 265 € de autónomos (+ o -), quedando un saldo final de 1.000 € netos.
    Con esos ingresos Hacienda devuelve 1.278 € (paga extra).

  • Eduardo dice:

    Todo esto teniendo en cuenta que el autónomo no necesite absolutamente nada para realizar su labor, es decir vehículo gasolina equipo informático adsl papelería etc. Si fuera así evidentemente necesitaría facturar más para poder afrontar estos gastos y seguir siendo mileurista

  • Ana dice:

    Buen artículo, gracias 🙂

  • M Angeles BARBERO dice:

    Muy interesante. Aunque realmente si facturo 1000 euros al mes no debería pagar el mínimo de autónomos si no 300€ que es el 30%

    Sugerencia para un nuevo tema:

    a tiempo igual: conviene mas cotizar al régimen general o a autónomos?
    ejemplo 25 años al régimen general cotizando por 14000 euros al año
    y 25 años al RETA también cotizando por 14000 al año (350 al mes ¿no? ) hoy x hoy ¿se cobraría la misma pensión?

    • GesTron dice:

      Hola, Mari Ángeles

      Creo que estás confundiendo la presentación del modelo 130 con la cotización en la seguridad social en el régimen de autónomos (RETA). Tú puedes solicitar cotizar por la base mínima y pagar la cuota, por ende, mínima también cada mes (267’04 euros con bases de 2016, a espera de que se aprueben los presupuestos generales definitivos). Por otro lado, los negocios que obtengan beneficio entre gastos e ingresos totales, tendrán que pagar el 20% del beneficio mediante la presentación del modelo 130.

      Muy buena sugerencia, ¡apuntado! Lo verás por el blog en breve

      Gracias por leer el post, comentar y por la sugerencia, un saludo 🙂

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