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¿Necesitan los autónomos tener un Código de Cuenta de Cotización?

Tengo una pregunta para ti ¿tú tienes CCC? Me refiero al Código de Cuenta de Cotización.

Es lógico que te líes más que «la pata de un romano» con tanta sigla. Que si CCC, que si BBC, que si el tal IBAN, que si el BIC, el IPC y el sursuncorda 👈

Seguro que te pregunto si tienes CCC, pero la cabeza te da vueltas porque no sabes si te hablo de una empresa de cursos de formación a distancia, de la cuenta que tienes en el banco o del código de cuenta de cotización de Seguridad Social.

¿Y qué es lo que es el CCC? Te estarás preguntando.

Si te puede la curiosidad y necesitas saber «ya» qué es el CCC, cómo se solicita y para qué sirve, léete este artículo hasta el final, porque habrá un antes y un después en tu vida. Te lo juro por «peppa pig» 🐷

Qué es el código cuenta cotización de un autónomo

👩‍🏫 Se trata de un código de 11 dígitos que identifica a la empresa o empresario individual para que cumpla con todas sus obligaciones facilitando, además, el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

El CCC son las siglas de Código Cuenta Cotización y es el número que identifica a cada empresario (persona física o jurídica) en sus relaciones con la Seguridad Social cuando vaya a contratar trabajadores.

Su solicitud solo es necesario cuando el empresario va a contratar a trabajadores por cuenta ajena

También se le puede conocer informalmente como Número Patronal o de Inscripción a la Seguridad Social de empresa.

Además del CCC principal, habrá que tener un CCC secundario cuando se incurran en alguna de estas causas:

  • Cuando el empresario o empresa realiza distintas actividades, independientes unas de otras. Se tendrá que tener un CCC por cada actividad que se quiera contratar trabajadores.
  • Cuando el empresario o empresa tiene distintos centros de trabajo en provincias diferentes. Se tendrá que obtener un CCC por cada provincia donde se vaya a contratar trabajadores.

En el caso de colectivos de trabajadores con peculiaridades en la cotización (contratos en formación, administradores sin control de la sociedad, etc.).

Como te he comentado antes, este requisito es esencial para que una empresa pueda contratar trabajadores, y equivale al número de afiliación del trabajador a la SS que le permite trabajar.

Su incumplimiento se considerará infracción grave, llevando aparejada una multa para la empresa que va desde seiscientos a seis mil euros.

Cómo saber cuál es tu código cuenta cotización

El código, sea principal o secundario, presenta esta estructura 👨‍🏫

  • 2 dígitos que identifican la provincia, por ej.: 05
  • 7 dígitos que son el número de cotización en sí, por ej.: 1234567
  • 2 dígitos de control para verificar los códigos anteriores, por ej.: 26

Este código lo facilita la Seguridad Social tanto de manera presencial como telemática, si se dispone de certificado electrónico o clave permanente.

Solicitud de código cuenta de cotización

La solicitud se realiza en el modelo TA 6 y el número asignado será considerado como primero y principal Código de Cuenta de Cotización.

A él se vincularán todos los números que solicite el empresario posteriormente, a través del modelo TA.7, por ejemplo, si contrata a trabajadores que desempeñen su actividad en un centro de trabajo situado en otra provincia.

La solicitud se puede tramitar:

  • De forma presencial, en la Administración de la TGSS más próxima a su domicilio social bajo cita previa.
  • De forma telemática en la página de la Seguridad Social mediante certificado digital en la sección «Empresas».

Tramitación telemática del Código de Cuenta de Cotización

La Seguridad Social tiene un apartado específico en su web para solicitar telemáticamente el CCC ✅

Puedes acceder a él desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social identificándote con Cl@ve permanente, Cl@ve PIN, vía SMS, Certificado Digital o DNIe.

Puedes acceder a él mediante certificado electrónico, usuario + Contraseña, clave o SMS.

Ya en la página del formulario, como verás, hay que seleccionar entre CCC principal o secundario, el régimen de cotización o el régimen especial al que perteneces y rellenar la información personal que va pidiendo:

  • Domicilio social.
  • Domicilio de la actividad.
  • Actividad económica: CNAE, trabajadores con contrato de aprendizaje/formación o en programas, inicio de actividad, Mutua y fecha de alta, etc.
  • Empresas de trabajo temporal: indicarán si tienen trabajadores de estructura o cedidos.
  • Datos de contacto.

En el siguiente paso, la SS solicita anotar el o los convenios colectivos a los que está suscrito el trabajador, y por tanto, la propia empresa y nos lleva a la página resumen final en donde aparece toda la información introducida.

Una vez concluido este trámite, se nos asigna un CCC y hay posibilidad de generar un documento que recomendamos guardar.

👨‍⚖️ Los autónomos NO deben confundir el código de cotización a la Seguridad Social como trabajador y el código de empresa. Se distinguen en que el de afiliación personal es un número de 12 dígitos y el de empresa solo tiene 11.

Tramitación presencial del Código de Cuenta de Cotización

La Seguridad Social no aconseja el trámite presencial por los tiempos de espera que conlleva, cita previa, etc. pero lo cierto y verdad es que también se puede tramitar la solicitud de forma presencial.

¿Qué hay que hacer una vez en la oficina? Cumplimentar el modelo TA 6 y entregarlo en ventanilla, sin más. El impreso lo puedes descargar en PDF por la web o solicitarlo allí.

Cómo conseguir un duplicado de tu Código de Cuenta de Cotización

Solo podrán solicitar un duplicado del código cuenta de cotización, las personas jurídicas (empresas) o empresarios con uno o varios códigos de cuenta asignados, independientemente del régimen al que estuvieran adscritos.

Se tramita a través de la web de la Seguridad Social en el apartado “Duplicado de documentos de Inscripción y asignación de CCC para empresario” previa identificación mediante el certificado o clave electrónica y se podrá visualizar, imprimir o descargar en formato PDF.

¿Es necesario el CCC para el alta en Seguridad Social de un empleado de hogar?

Sí, el CCC es necesario, pero no suficiente si vas a contratar empleados de hogar.

La información que necesitarás para gestionar el alta de un empleado del hogar básicamente es la siguiente:

  • Trabajador: DNI, NIE, Número de la Seguridad Social.
  • Empleador: datos identificativos, DNI, NIE, Número de la Seguridad Social y como hemos comentado antes Código Cuenta de Cotización (CCC) en el Régimen General – Sistema Especial de Empleados del Hogar (0138).
  • Contrato de trabajo: en él se reflejarán, entre otras cosas, la jornada y salario pactado que nunca puede estar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. (tienes aquí algunos modelos)
  • Número de cuenta: dónde se van a domiciliar los pagos y mandato SEPA.
  • Permiso de trabajo vigente para trabajadores extracomunitarios si se diera el caso.

El trámite se puede realizar telemáticamente desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social identificándote con Cl@ve permanente, Cl@ve PIN, vía SMS, Certificado Digital o DNIe sin necesidad de desplazarse físicamente a la oficina.

Plazos para darte de alta con empleados de hogar

En cualquiera de los casos anteriores, el alta se debe tramitar antes del inicio de la actividad laboral, con una antelación máxima de 60 días.

¡Y ojo! Desde el 01 de enero de 2023 es responsabilidad del empleador, al igual que el ingreso de la cotización, independientemente del número de horas de trabajo mensuales que tenga acordadas.

Por tanto, se elimina así la posibilidad de que sean los trabajadores de menos de 60 horas mensuales los que soliciten directamente el alta, baja o cualquier variación de datos.

Bajas y modificaciones de empleados de hogar

Además del alta, se pueden realizar variaciones de datos como pueden ser el tipo de contrato, las retribuciones, las horas de trabajo o tramitar la baja dentro de los 3 días siguientes a la finalización de la relación labora a través del nuevo portal de la TGSS.

Bueno, pues hasta aquí hemo llegado con el CCC. Ahora ya sabes qué es lo que es y has comprobado que los asuntos laborales requieren la máxima atención.

Por eso, y barriendo un poco para casa, permíteme que te diga que deberías poner siempre este tipo de asuntos en manos de asesores laborales especializados como los que tenemos en AYUDA T PYMES, quienes te ayudarán a llevar todo al día y a resolver cualquier contratiempo que pudiera surgir.

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