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Cómo contratar personal doméstico

Seamos realistas: las personas no tenemos una capa con la que salir volando (más quisiéramos a veces) ni vamos por la vida trepando edificios sin más ayuda que nuestros superpoderes. Los superhéroes lo somos, como mucho, de lo nuestro (como yo, que lo soy de la asesoría, modestia aparte).

No podemos con todo, ni falta de hace. De ahí que muchos de vosotros os preguntéis qué hace falta para contratar una empleada del hogar que se encargue de las faenas de la casa, que no son poca cosa.

Por desgracia, este es un sector en el que hay mucha economía sumergida. Así que me da mucha alegría que tú quieras saber cómo hacer las cosas bien, y yo voy a contártelo todo 😃

¡Empezamos!

¿Para contratar a una empleada del hogar hay que ser autónomo?

Esto es lo primero que tienes que tener claro: NO tienes que darte de alta como autónomo para contratar personal doméstico. Respira (te ahorras el hachazo).

En este caso, el empleador es una persona física, titular de un hogar familiar, que concierta una relación laboral del servicio del hogar familiar para la realización de tareas domésticas en el ámbito del hogar familiar.

Así pues, se trata de una relación laboral especial en la que la persona que contrata no tiene que ser autónomo. Cosa lógica, si tenemos en cuenta que no va a realizar una actividad que le vaya a suponer unos rendimientos económicos.

¿Cómo se hace un contrato con una empleada del hogar?

El contrato debe hacerse por escrito, quedándose una copia el empleador y otro la trabajadora del hogar. Es importante hacerlo de esta manera, porque si el contrato no se formaliza de forma escrita, se presume que la relación laboral es indefinida.

¿Se puede pactar un periodo de prueba con una empleada del hogar?

Sí, se puede pactar un periodo de prueba con la empleada del hogar con una duración máxima de 2 meses.

¿Cómo se contrata a una empleada del hogar?

Para contratar personal doméstico, hay que dar de alta a esa persona en el Sistema Especial de Empleo de Hogar. Y esto es algo que se hace a través del nuevo portal de la TGSS, Import@ss.

Existen dos formas de hacerlo:

Con identificación

Una vez que estés en esa página web, tendrás que identificarte con certificado electrónico, Cl@ve o SMS, o bien acceder desde tu área personal. A continuación tendrás que señalar que estás tramitando el alta como empleador, y rellenar los siguientes datos:

  • Datos del trabajador. Tipo y número de documento de identificación (DNI o NIE) y fecha de nacimiento.
  • Datos de empleador. Aquí debes indicar si la empleada va a estar al al cuidado de una familia numerosa. Recuerda que en caso de que cumplas las condiciones, podrás acceder a una bonificación.
  • Duración del contrato. Fecha de inicio de la actividad y tipo de contrato (que puede ser indefinido o de duración determinada, según el caso).
  • Jornada y salario. En este apartado se señala si el contrato es a jornada completa o por horas, el número de horas de trabajo a la semana o al mes, cómo se ha pactado el pago del salario (mensual o semanalmente), el salario que recibirá la trabajadora, si recibirá salario durante las vacaciones, si las pagas extras están incluidas, si hará horas de guardia o si se ha pactado salario en especie (el sistema informará de la cuota a pagar según estos datos). Hay que tener en cuenta que el salario no puede ser inferior al SMI.
  • Domicilio de la actividad. Aquí hay que cumplimentar los datos o seleccionar el domicilio de la actividad en caso de que coincida con alguno de los registrados en la base de datos de la TGSS.
  • Entidad aseguradora. En este punto se debe seleccionar la entidad aseguradora, escogiendo entre el INSS o una Mutua colaboradora.
  • Datos de contacto. Se introducen los datos de contacto como empleador de hogar.
  • Domiciliación bancaria. Este es el apartado en el que se señala la cuenta en la que se tiene que cargar la cuota mensual que corresponda.
  • Revisa tus datos. Finalmente, Import@ss ofrece un resumen de todos los campos que se puede modificar en caso de que se encuentre algún error.

Cuando revises los datos, si son correctos, debes dar tu conformidad una vez leída y aceptada la declaración responsable. Después tendrás que firmar la solicitud y solicitar el alta. Te aparecerá un comprobante que podrás descargar en PDF.

Sin identificación

Si no dispones de ninguno de los medios de identificación señalados, puedes acceder al servicio de envío de solicitudes de la página, pudiendo solicitar el alta a través de este formulario sin tener que identificarte previamente.

Debes rellenar y adjuntar los siguientes datos para la tramitación del alta:

  • Datos del empleador. Tus datos personales, dirección, Código de Cuenta de Cotización (CCC), datos bancarios que se cobren las cuotas y copia de tu documento de identidad.
  • Datos de la empleada del hogar. Sus datos personales, copia de su documento de identidad y Número de la Seguridad Social (NUSS).
  • Datos de la relación laboral. Número de horas trabajadas, salario, fecha de comienzo de la relación laboral, retribuciones en especie en su caso, pernocta en su caso, etc.
  • Contrato de trabajo. Desde aquí puedes descargar algunos modelos.
  • Impresos de alta en la Seguridad Social. En el siguiente enlace puedes acceder al formulario.
  • En caso de que contrates a una empleada del hogar por primera vez, tendrás que presentar igualmente el Modelo TA.6-0138 HOGAR de Solicitud de Código de Cuenta de Cotización, al que puedes acceder desde aquí.
  • Si la empleada no cuenta con número de afiliación a la Seguridad Social, deberás gestionarlo mediante el modelo TA 1.

Puedes dejarte guiar durante este proceso a través del asistente virtual habilitado en el portal y en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Bueno, pues ya tienes la información que necesitas para contratar una empleada del hogar. Pero si quieres facilitarte aún más la vida, recuerda que en AYUDA T PYMES podemos ayudarte a dar de alta a la trabajadora y después gestionar sus nóminas mes a mes.

¿No se trata de delegar? Pues venga, dale 😉

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