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Cómo recurrir multas o sanciones de Hacienda siendo autónomo

GesTron ha hecho una pequeña pesquisa y resulta que ‘Multas Hacienda’ tiene un montón de búsquedas en Google, ¿lo sabías? Y es que cómo recurrir una multa de Hacienda o mejor aún, evitar que nos sancionen, es un tema que goza de gran popularidad entre el colectivo de trabajadores por cuenta propia en España. Porque, amigos míos, ya nos funden bien a impuestos para hacernos cargo también de los recargos, intereses y de las molestias que vendrán de la mano.

Si tras hablar con los técnicos de Hacienda y leer este post, sigues viéndole lagunas al asunto, no dudes en ponerte en contacto con los expertos de la gestoría para pymes y autónomos Ayuda T.

Como sabes, la Agencia Tributaria puede imponer la retribución de sanciones cuando entiende que no cumples como deberías con tus obligaciones fiscales como autónomo. Entre los diversos motivos podemos encontrar desde una infracción leve por el descuadre de un modelo, el retraso en la declaración de un impuesto, hasta que te acusen de fraude.

De hecho, aquí tienes info sobre los errores más comunes que se cometen, para que los tengas en cuenta y puedas ahorrarte tener que recurrir multas.

En este sentido, es importante saber cómo proceder y tus derechos como contribuyente y profesional, los procesos y plazos de actuación tras recibir una notificación. Por eso, si quieres saber cómo pagar una multa a Hacienda, sigue leyendo el artículo de hoy.

  1. Multas Hacienda: leve, grave o muy grave
  2. Reduce el importe a pagar
  3. Aplazar el pago de multas Hacienda
  4. Recurrir o formalizar el pago

Multas Hacienda: leve, grave o muy grave.

Para saber cómo pagar una multa a Hacienda, en primer lugar debes controlar la naturaleza de la sanción. Estas pueden ser de tres tipos en función de la gravedad de la infracción que castiguen:

La infracción será leve cuando su valor no supere los 3.000 euros y no hayas intentado ocultar datos a Hacienda. En caso de que sí lo hayas hecho, es decir, haya existido ocultación, por ejemplo empleando facturas falsas o pudiéndose observar anomalías contables en tu actividad, esta se consideraría grave. Cuando el tema implica acción explícita de fraude o se emplean medios ilegales, la acción se considera infracción muy grave.

Ten en cuenta que siempre que se involucre ocultación,  intento de engaño a la Administración tributaria, incluyendo resistencia, obstrucción, excusa o negativa a la actuación de la misma, la cosa podría ponerse especialmente pesada, incluyendo las propias sanciones.

En la Sección Segunda de la Ley General Tributaria se explica detalladamente qué clases de sanciones existen y el importe que arrastra cada una de ellas.

Si no estuvieras de acuerdo con lo que refleja la notificación y quisieras recurrir multa, te recomiendo que te pongas en contacto con la Delegación de Hacienda que te corresponda o solicitar ayuda a un experto. En ambos casos, lo ideal es que lleves contigo toda la documentación que puedas aportar.

No dejes pasar el tiempo a lo loco y ten muy presente que debes cumplir con los plazos de vencimiento para la gestión de las multas Hacienda. De otro modo, la cosa podría empeorar con recargos sobre la cuantía inicial.

Reduce el importe a pagar a Hacienda

Si pasas de recurrir multa porque sabes que la cosa se te ha ido un poco de las manos y, por ende, no presentas alegaciones a la liquidación provisional de la sanción, realizando el ingreso en periodo de pronto pago; normalmente te aplican un descuento sobre el importe total que puede superar el 50%.

De todos modos, estos detalles se reflejarán en la notificación que hayas recibido en tu buzón de Hacienda. Podrás verificar qué plazo y pasos debes seguir para aplicar los descuentos. El resto de reducciones en el importe inicial de las sanciones serán del 30% si no se recurre la liquidación provisional, y de un 25% adicional si se paga dentro de plazo.

Si se te va la olla y pasa el plazo para presentar alegaciones, sin recurrir multa, prepárate para recibir la notificación de la sanción definitiva. De nuevo, ojo con los plazos y con pagarla en el estipulado o empezarán a sumarse intereses por demora y recargos de hasta el 20%.

Aplazar el pago de multas Hacienda

Si aceptas lo que refleja la notificación de Hacienda y rehúsas a recurrir multa pero no dispones del dinero suficiente para hacer frente a la misma, puedes aplazar el pago del importe.

Para eso tendrás que certificar que tu situación económica no te permite hacerte cargo de la sanción temporalmente. Con esto, una orden de domiciliación bancaria de la sanción y el compromiso por parte de la entidad de avalarte de forma en esta acción de forma solidaria o un certificado de seguro de caución, si el importe supera los 5.000€.

No olvides que podrás seguir aplicando los descuentos en el importe de la sanción tributaria siempre y cuando lo solicites en plazo, presentando la documentación requerida que antes te he mencionado.

Cuando la cuantía de la sanción supera los 18.000 euros no hace falta aval, pero el descuento es mucho más reducido.

Y por supuesto, antes de plantearte cualquier tipo de solicitud de aplazamiento de la deuda, revisa tu historial de deudas pendientes con Hacienda, Seguridad Social o cualquier organismo público. Si tienes cuentas que saldar, hazlo de inmediato, o no te podrás acoger a estos beneficios.

Recurrir multa o formalizar el pago

Si quieres proceder a recurrir multas ante Hacienda, haz clic aquí. Si vas a formalizar el pago de tu sanción. El pago de la multa puedes hacerlo a través de los distintos órganos de recaudación de la Administración o a través de entidades bancarias.

Si tienes certificado digital o de lector de DNI electrónico, puedes hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, donde también podrás hacer mediante seguimiento del estado del trámite.

En cuanto Hacienda reciba el justificante del pago, se supone que se entiende por finiquitado el proceso. Si te quedó alguna duda sobre cómo pagar una multa a Hacienda, no dudes en ponerte en contacto conmigo enviando un email a gestron@ayudatpymes.com y un experto consultor se pondrá en contacto contigo para echarte una mano.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Alex dice:

    por una multa en los ferrocarriles  en el año 2015 me intervienen la cuenta, pero yo no tengo dinero ni ingresos y quería saber qué opciones tengo

    • GesTron dice:

      Hola Alex, me faltan muchos detalles sobre tu situación. Lo único que puedo recomendarte ahora mismo es que preguntes a algún despacho de abogados o contactes directamente con nuestra asesoría legal. Un saludo

  • Jairo dice:

    Hola me han llegado dos notificaciones de multa por hacer la declaración fuera de plazo del resumen anual de IVA de dos años, desconocía que debía hacerlo, en fin que tengo la opción hacer alegaciones aunque la verdad no sé qué podría alegar ¿hay algo que pueda hacer para evitarme la multa?

    • GesTron dice:

      Hola Jairo,

      La verdad es que si fue un olvido hay poco que puedas hacer. Te recomiendo abonarla cuando antes para evitar mayores recargos. Por este tipo de cosas resulta muy útil recurrir a especialistas del sector de la asesoría que se encarguen de presentar tus impuestos dentro de plazo, llevarte las cuentas, etc.

      Un saludo

  • Felipe dice:

    Hola verán recurrí hace un tiempo por una paralela que me mandaron ahora me dicen que tengo que recurrir ante el tribunal económico administrativo regional de galucia, pero yo vivo en Santiago de Compostela y el órgano se encuentra en Coruña, que hago escribo una carta certificada o voy a algún registro a mandarla.

    • GesTron dice:

      Hola Adrián,

      Si fuera tú, primero acudiría a los juzgados y preguntaría si puedes realizar allí el trámite o si te podrían facilitar medios correctos para hacerlo. Es que si no… vaya jaleo.

    • naomi dice:

      A mí me paso, algo parecido, por una multa de tráfico. Hacienda me desestimo el recurso y me indicaron que tenia 30 días para interponer una reclamación contencioso administrativa en el Tribunal Regional de lo Contencioso Administrativo de Galicia cuya sede se encuentra en A Coruña. pues bien. hice un escrito sin necesidad de abogado, que presente en el registro de hacienda y estos lo enviaron al tribunal contencioso-ad. de la A Coruña, y allí me anularon la multa de trafico. lo curioso, es que mientras se produjo la anulación de la multa, Hacienda me embargo primeramente el importe en mi cuenta bancaria (120 euros). luego me lo devolvieron. Sin embargo la actuación correcta, es presentar el escrito de reclamación ante el tribunal de lo contencioso que te indiquen que puedes hacerlo a traves del propio registro de Hacienda para que ellos la envien o bien a traves de los ayuntamientos que tengan ventanilla unica y ellos te la envian al tribunal, y al mismo tiempo que haces esa reclamación, hay que comunicar Hacienda que has efectuado esa reclamación mediante un modelo de comunicaciones que tiene la propia Hacienda que se presenta en el propio registro de Hacienda dirigido al órgano de recaudación, para evitar que te embarguen las cuentas, mientras el tribunal decide que hacer con el recurso. También en el recurso debes indicar que te paralicen cualquier embargo que se pueda producir mientras el tribunal decide que hacer con el recurso. sin embargo, Hacienda es mas rápida que los tribunales y si no les dices que paralicen el embargo al mismo tiempo que presentas el recurso en los tribunales te embargan y van haciendo caja.
      en resumen : tienes que hacer dos escritos que presentas en el registro de hacienda. uno para el tribunal y otro para indicarle hacienda que no efectue ningun embargo mientras los tribunales no decidan que hacer con tu reclamación.

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