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Cómo compatibilizar el paro con ser autónomo

Cualquier ayuda es importante para comenzar a emprender, y si puedes aprovecharte del paro que estás cobrando, mucho mejor ¿verdad?

Pues estas de suerte, ya que voy a desvelarte todas las claves necesarias para que puedas compatibilizar el paro mientras empiezas tu actividad como autónomo.

¿Es posible compatibilizar paro y autónomo?

Antes de nada te respondo: sí, es posible cobrar el paro y ser autónomo

Hace unos años cobrar la prestación por desempleo y ser autónomo a la vez era totalmente incompatible.

Por suerte, el Real Decreto Ley 4/2013 actualizó las normativas, y gracias a sus modificaciones posteriores, hoy en día todas las personas que estén cobrando el paro pueden compaginarlo con su alta de autónomo sin importar su edad.

Para conseguirlo, solo debes solicitar la compatibilización en los primeros 15 días del inicio de tu nueva actividad laboral.

¿Te interesa?

Si la respuesta es sí, estás en el lugar adecuado. No dejes pasar tu plazo de solicitud y sigue leyendo.

Requisitos para compatibilizar paro y hacerse autónomo

Antes, solo los menores de 30 años podían compatibilizar su prestación con el alta de autónomo. Ahora ya no hay restricciones de edad, así que esto no supone ningún impedimento.

Lo que sí debes cumplir son los siguientes requisitos:

  • Estar cobrando la prestación contributiva que se obtiene por tener al menos 360 días cotizados.
  • Estar dado de alta como trabajador por cuenta propia.
  • Solicitar la medida antes de que finalice el plazo de 15 días hábiles desde el inicio de tu actividad.
  • No realizar un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial durante el periodo de compatibilidad.

Si tienes en consideración todos estos factores, podrás compatibilizar el paro y percibir el 100% de tu prestación durante 9 meses; e incluso, disfrutar de la tarifa plana de autónomo, si es que tienes derecho a ella.

Durante ese lapso de tiempo, aunque estés cobrando el paro, no tendrás obligaciones sobre el compromiso de actividad ni sobre los demandantes de empleo (por ejemplo la renovación de la demanda de empleo o cursos).

Cómo solicitar la compatibilidad del paro para ser autónomo

Si estás cobrando el paro y quieres darte alta como autónomo, tienes 3 opciones:

  • Detener el cobro del paro

Te han ofrecido un trabajo como freelance o vas a iniciar un negocio como autónomo y lo más habitual es que decidas detener la prestación que estabas cobrando.

La duda que surge entonces es: «¿podré recuperar mi prestación por desempleo más adelante?»

Pues sí, podrás reanudarla siempre que la actividad por cuenta propia que desarrolles dure más de 24 meses y menos de 60.

  • Seguir cobrando el paro

Vas a empezar tu aventura como trabajador o trabajadora por cuenta propia, pero también quieres percibir al mismo tiempo la prestación por desempleo que te corresponde.

No hay problema.

Durante un máximo de 270 días o durante el tiempo que te quede por percibir (si este es inferior), podrás compatibilizar ambas cosas, solicitándolo en el plazo no prorrogable de 15 días desde el inicio de tu actividad.

  • Capitalizar el paro

Para poner en marcha tu negocio, puedes capitalizar el paro y cobrar en un pago único la prestación contributiva por desempleo que te quede por percibir (siempre que aún falten como mínimo 3 mensualidades).

¡Cuidado! Si te decantas por esta opción no podrás iniciar tu actividad sin haber solicitado antes la capitalización del paro, como tampoco podrás solicitarla si te has beneficiado de ella en los últimos cuatro años.

¿Puedo solicitar la compatibilidad de paro y autónomo de forma online?

Esta solicitud la puedes realizar tanto online como a través de la página oficial del SEPE, acogiéndote a la opción que mejor se adapte a ti y a las necesidades de tu negocio.

También puedes recurrir a una gestoría para que realice todo el trámite y no tengas que preocuparte por nada.

Si quieres contar con un “colchón” de 9 meses, donde tus ingresos no dependan al 100% de tu trabajo, déjalo en nuestras manos y ahórrate dolores de cabeza.

!Podemos ayudarte!

Cuánto se tarda en aprobar la capitalización del paro

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está obligado a dictar y notificarte la resolución expresa en tu procedimiento.

Cuando esta sea resuelta, recibirás en tu domicilio o en el que hayas facilitado para las notificaciones, la resolución del SEPE comunicándote si finalmente ha sido aprobada o denegada, indicándote los motivos de este último si fuese el caso.

No te preocupes, siempre puedes informarte en cada momento sobre el estado de tramitación de tu expediente a través de la Web del SEPE (si tienes certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve), a través de su servicio de atención telefónica a la ciudadanía o en la oficina de prestaciones en la que presentaste la solicitud.

¿No has recibido la resolución una vez pasados tres meses desde que la presentaste? esto quiere decir que te ha sido denegada por silencio administrativo.

En este caso, como último recurso puedes presentar una reclamación previa a la vía judicial.

¿Si me doy de baja de autónomo tengo que devolver el dinero?

Si decides acogerte a esta compatibilidad, vas a poder estar trabajando como autónomo y recibir durante 9 meses el 100% de la cuantía que corresponda con tu prestación por desempleo.

Todo ello contando con el descuento del IRPF y sin deducción en tu cotización de la Seguridad Social.

No olvides que si llegas a darte de baja antes de que termine la compatibilización, podrás seguir cobrándola sin ningún problema.

Respecto a la capitalización del paro, ten en cuenta que tienes un mes para empezar la activad desde que recibiste el importe.

No se exige un mínimo de tiempo en la que debas estar en activo para recibir o devolver el dinero obtenido.

Ahora bien, debes justificar al SEPE que éste ha sido utilizado con el fin de empezar tu actividad como autónomo. Además, tienes que ser ajeno a las causas por las que has tenido que cesar tu actividad para que no tengas que devolver el dinero.

¿El cese ha ocurrido muy pronto? ten en cuenta que, en este caso, la Inspección puede activar una investigación al respecto.

Mi recomendación, para no pillarte los dedos, es que mantengas en buenas manos toda la documentación necesaria que justifiquen los motivos del cese.

Cómo compatibilizar el paro para ser autónomo colaborador

¿Y compatibilizar paro y autónomo colaborador? ¿Es posible?

Por supuesto, ya que cualquier trabajador por cuenta propia puede compatibilizar su prestación por desempleo durante un máximo de 270 días, solicitando la compatibilidad en los 15 días siguientes de haberse dado de alta como autónomo.

Cómo compatibilizar el paro para ser autónomo societario

¿Pensabas que me había olvidado de ti? para nada.

Como bien te comenté, todos los tipos de autónomos puede compatibilizar su prestación de desempleo. Es por ello que si decides ser autónomo societario, debes saber que también optas a esta solicitud.

Plazo para solicitar la compatibilidad del paro

Si acabas de empezar como autónomo y no sabes si puedes o no optar aún a esta solicitud, puede que estés de suerte, ya que esta debe presentarse dentro del plazo de 15 días posteriores al comienzo de la actividad.

En el caso de que hayas sido contratado a tiempo completo o parcial, la compatibilidad se iniciará desde la fecha de dicha colocación. Y si la solicitas fuera de plazo, empezará desde la fecha de la solicitud pero sin descontarte los días consumidos.

Compatibilidad de la prestación de desempleo con el trabajo por cuenta propia

Puedes compatibilizar tu paro con ser autónomo durante un máximo de 270 días (es decir, 9 meses) o menos, según el tiempo que te quede por percibir.

Si tras esos 9 meses decides seguir como trabajador por cuenta propia, debes saber que tu prestación quedará suspendida en tierra de nadie hasta los pasados 60 meses.

¿Y si dejo de ser autónomo antes de que pasen esos 60 meses?

Tranquilo, ya que podrás seguir cobrando sin problema lo que te quedaba pendiente de paro. Pero no olvides que en el caso de que sigas como trabajador por cuenta propia transcurrido ese periodo, perderás el derecho de cobro a la prestación por desempleo que te restase.

¿Por cuánto tiempo puedo compatibilizar mi paro como autónomo?

Al acogerte a la capitalización del paro, podrás estar trabajando como autónomo y recibir durante 9 meses el 100% de la cuantía que corresponda con tu prestación por desempleo. Eso sí, con el descuento del IRPF y sin deducción en tu cotización de la Seguridad Social.

Espero haberte ayudado y que puedas iniciar tu proyecto empresarial compatibilizando o no tu paro. Recuerda que hay más ayudas para nuevos emprendedores, como la tarifa plana o la bonificación por pluriactividad.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Alba dice:

    Soy autónoma con tarifa plana desde hace 8 meses para actividades extraescolares. Desde hace más de 20 años también trabajo por cuenta ajena en un colegio que va a cerrar por lo que me despedirán en junio.
    Puedo seguir de autónoma y cobrar paro de la seguridad social? O puedo parar el paro y cobrarlo cuando no tenga ingresos como autónoma?
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Alba. Mientras estés dada de alta en el RETA no podrás recibir la prestación del paro como asalariada. Si no tienes ingresos como autónoma, es lo mismo.

  • nancy dice:

    Hola,

    Termino de trabajar el 31 de diciembre y en enero quiero comenzar como freelance, pero me gustaría aprovechar la opción de compatibilizar el paro. Para esto tengo que darme de alta primero en el SOC y la SEPE y esperar a que aprueben mi solicitud antes de darme de alta como autónoma?

    Y una vez dada de alta como autónoma meto el formulario de la compatibilidad, o debo hacerlo antes¿?

    Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Nancy. No puedes iniciar la actividad económica hasta que hayan resuelto que te conceden la capitalización del paro. Por lo que si quieres empezar en enero deberías solicitar el pago único ya, porque tardarán semanas en decidir si te la conceden.

  • rosa dice:

    Hola, estoy cobrando el paro y en la próxima semana voy a ser autónoma societaria. ¿Puedo compatibilizar la prestación con ser autónoma? ¿o podría capitalizar el paro? gracias

  • José dice:

    No deseo la capitalización por no cumplir todos los requisitos. Necesito la compatibilización pero todo sobre la marcha. ¿Es posible?

    • GesTron dice:

      Hola José. La compatibilización del paro con el emprendimiento y la capitalización del paro es lo mismo. Los requisitos y el proceso de tramitación y posible aprobación, también.

  • José dice:

    Hola estoy trabajando por cuenta ajena y voy a ser despedido. Mi intención es hacerme autónomo.
    Puedo solicitar el paro y acto seguido darme de alta y posteriormente en los 15 días siguientes pedir la compatibilización sin haber empezado aún a cobrar??
    O? Hay que estar ya algún tiempo cobrándolo?

    Gracias

  • Marta dice:

    Hola! Yo estaba cobrando el paro y me di de alta como autónoma, después de dos meses compatibilizando, me han ofrecido un trabajo por cuenta ajena aunque sido siendo autónoma a la vez que trabajo por cuenta ajena. Si me despidieran de este nuevo trabajo , ya no podría compatibilizarlo más? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Marta. Mientras estés dada de alta como autónoma no podrás cobrar el paro ni capitalizarlo para emprender. Eso sí, ese tiempo que trabajaste por cuenta ajena y el salario percibido computará para una futura prestación por desempleo si en ese momento sí se dan las condiciones para acceder a dicha prestación.

  • Eva dice:

    Hola: Mi hija lleva 1 año cobrando el paro y le queda otro año más. A principios de 2024, le gustaría darse de alta en autónomos y compatibilizar el paro con esta nueva actividad. En Galicia a partir de enero de 2024, los nuevos autónomos estarán exentos de pagar la cuota durante 1 año. La pregunta es:, esto puede influir en que sea compatible con cobrar el paro? Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Eva. Es perfectamente compatible. Por cierto, presumiblemente la cuota cero en Galicia será como en otras comunidades, le pagaran a posteriori el dinero que haya pagado de cuotas. Es decir, que al estado sí se las pagará mes a mes, solo que en un momento dado le vendrá de vuelta.

  • Alejandro dice:

    Yo estaba en la misma situación pero me di de baja de autónomo días antes de causar baja en la empresa. El SEPE se queda con lo último según tengo entendido. De hecho, a mi me lo han concedido. Lo que es básico es que en la fecha en la que aparezca la baja en el certificado de empresa, no constes ya como autónomo.

  • Jasmina dice:

    Hola yo estoy de autónoma y con la compatibilidad del paro. Me dicen en la gestoría, que igual tengo que pagar algún porcentaje o que me llegue alguna carta para devolver la cantidad cobrada del paro..Porque segun ellos no puedo tener las dos cosas, es eso cierto?

    • GesTron dice:

      Hola Jasmina. El paro se compatibiliza para emprender mediante la capitalización del paro. En sí mismo, cobrar el paro es incompatible mientras se es autónomo. Por eso la única formula posible es la solicitud del pago único antes de darse de alta. Cualquier anomalía respecto a esta norma puede desembocar en que te pidan una parte del dinero, sí.

  • Sara dice:

    Hola, cuanto tiempo tardan en darte respuesta desde que vas a la oficina del SEPE para solicitar la compatibilidad de recibir prestación por desempleo con actividad por cuenta propia,¿?.

  • Sergio dice:

    Hola.
    Tengo el justificante Due en el que figura mi alta como autónomo en la seguridad social. A los 4 dias he ido al sepe para tramitar mi compatibilidad de cobrar el paro y ser autonomo pero no lo he podido hacer porque no figuro como tal en la seguridad social. Tenía entendido que en 2 o 3 días estaría dado de alta. Es normal esta demora? Ya que han pasado 6 días y cuando entro con mi clave pin a la seguridad social sigo sin aparecer como autónomo.
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Sergio, uno de los requisitos para acceder a la capitalización del paro es no darse de alta como autónomo hasta que esté aprobado. El Ministerio de trabajo y Economía Social aclara que se debe Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. No obstante, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.. Por otro lado, el alta en el RETA es instantánea, te recomiendo que visualices tu vida laboral para comprobarlo.

  • José dice:

    Hola! Tengo una duda que cada vez que la pregunto nadie me responde (en oficinas) si yo he sido dado de baja y supongamos cobre el paro 2 meses y luego me hago autónomo puedo solicitar igualmente la compatibilidad o no? Y si es así como cambio de cobrar la prestación a compatibizarla con la actividad de autónomo ¿online con certificado digital o en oficinas? Gracias de antemano!

    • GesTron dice:

      Hola José. La capitalización del paro debe ser aprobada antes de iniciar la actividad, en cualquier caso. Podrás hacerlo siempre que te queden más de tres meses de prestación. Puedes hacerlo online o presencial, pero te pedirán también una memoria explicativa del proyecto que debe convencerlos de su viabilidad. Por eso te recomiendo que maximices tus posibilidades haciéndolo con una asesor especializado en capitalización.

  • Javier dice:

    Actualmente me encuentro en régimen de pluriactividad, con más de 10 años de cotización ininterrumpida por cuenta ajena y desde febrero de 2018 como autónomo profesional también sin interrupciones. La empresa para la que que trabajo ha entrado en concurso de acreedores y estoy condenado irremediablemente al desempleo dentro de dos o tres meses. ¿Si me doy de baja como autónomo antes de que este hecho se produzca y, por tanto, tenga derecho a la prestación por desempleo, podré compatibilizar la prestación si me doy de alta de nuevo como autónomo cuando esté cobrando la prestación?

    • GesTron dice:

      Hola Javier, poder puedes, pero también la Administración puede oler a chamusquina y denegártelo (no sería la primera vez), o iniciar una investigación a posteriori. Más aún si la actividad económica es la misma que en el anterior periodo por cuenta propia (de modo que no sería un proyecto empresarial nuevo que necesite de esa inversión). No te la juegues, porque sería un claro caso de fraude con sus consecuencias.

  • Jesús dice:

    ¡¡HOLA!! He estado trabajando por más de tres años en una empresa que cierra ahora. Dispongo de paro acumulado de todo ese tiempo y tengo la idea de establecerme como autónomo. ¿Puedo darme de alta primero y posteriormente solicitar el pago de ese paro acumulado?

  • Juan Manuel dice:

    Hola buenas me quedado en paro y tengo derecho ala prestación por desempleo
    Quiero hacerme autónomo y compatibilizar el paro mientras soy autónomo
    Cómo debo de hacerlo?primero tengo que solicitar la prestación por desempleo y después pedir la compatibilidad y hacerme autónomo o puedo mandar la solicitud antes de pedir la prestación por desempleo y hacerme autónomo?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Juan Manuel, Puedes presentar la solicitud del pago único al mismo tiempo que solicitas la prestación contributiva por desempleo, o en cualquier momento posterior, siempre que le falten por percibir, al menos, tres mensualidades y no hayas iniciado la actividad.

  • Estefanía dice:

    Hola. He dejado mi anterior empresa solicitando una excedencia y he estado 4 meses fuera de España. Puedo ahora darme de alta como autónomo y solicitar la compatibilidad con mi paro acumulado? (Tengo 18 meses de paro sin disfrutar, aunque ahora al haberme ido de la empresa no lo estoy recibiendo).
    Gracias por vuestra gran labor!

  • bjoern dice:

    Buenos días!
    Estoy de alta de autónomos y trabajando a cuenta ajena al mismo tiempo (pluriactividad). Pinta que dejaré la empresa en unos meses y tendré derecho a paro… Puedo igualmente compatibilizar el paro y quedarme autónomo?
    Muchas Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Bjoern. Me temo que al estar dado de alta como autónomo, cuando dejes la empresa no estarás en lo que se conoce como «situación legal de desempleo» ya que realmente no estarás desempleado, sino que seguirás trabajando como autónomo y por tanto no tendrás derecho a cobrar la prestación por desempleo. Por cierto, si quieres que te ayudemos con el día a día de tu actividad como autónomo y a resolver cualquier cuestión que te surja, no dudes en contactar con nuestro equipo de asesores expertos.

  • Alejandro dice:

    Buenas tardes,

    Si me acojo a la modalidad de paro y alta como autónomo. ¿Hay algún límite de ingresos mensuales? Por ejemplo, empiezo a facturar 2 mil €/mes, ¿es compatible con el cobro del paro independientemente de los ingresos?

    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro, en principio el SEPE no ha indicado un limite de ingresos. Sepe nos informa que la prestación por desempleo se extinguirá:
      Si el trabajo por cuenta propia es de duración igual o superior a 60 meses.
      Si el trabajo por cuenta propia tuvo una duración igual o superior a 24 meses e inferior a 60 meses, y la persona trabajadora no se dio de alta como trabajador o trabajadora por cuenta propia en alguno de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.
      Recuerda que nosotros podemos darte de alta como autónomo y nuestros compañeros del departamento legal podrán solicitar tu compatibilización.

  • Ariadna dice:

    Estoy cobrando el paro y quiero crear una sociedad limitada como única socia y compatibilizar el paro, se puedo o solo es para autónomos no societarios?

    • GesTron dice:

      Buenas Ariadna, espero que puedas llevar tu nuevo proyecto a flote. Con respecto a la compatibilización del paro, no es posible para los autónomos societarios. En tu caso te recomiendo que revises la capitalización del paro para montar la sociedad. Si quieres ponerte en contacto con nuestros especialistas en este tema, solo debes pinchar aquí.

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