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Precontrato de trabajo para extranjeros: condiciones y modelo gratis

El precontrato de trabajo para extranjeros en España es uno de los trámites imprescindibles para poder ejercer un trabajo por cuenta ajena sin ser ciudadano de nuestro país. Hoy repasamos los aspectos claves relacionados con la gestión de los papeles para extranjeros con la ayuda de mis compañeros de la asesoría online, Ayuda T Pymes.

¿Cómo contratar a un extranjero para trabajar en España?

Los trámites para contratar a un extranjero en España dependen de si esta persona procede o no de la Comunidad Europea o si se trata de un ciudadano no comunitario. En el primer caso, el empleador no tendrá mayor problema para incorporar a esa persona a su equipo, dado que no será necesaria la solicitud de ningún tipo de permiso.

En cambio, para contratar extranjeros no comunitarios es obligatorio disponer de permiso en vigor de residencia y trabajo en España. Si el trabajador en cuestión no cuenta con estos permisos, será el empresario quien tenga que realizar el trámite y, una vez concedidos, el empleado deberá realizar las gestiones pertinentes para conseguir el visado que permitirá su entrada en España.

Los trámites que deben realizarse para contratar a un extranjero en España son los siguientes:

  1. Solicitar el permiso de residencia temporal y de trabajo por cuenta ajena

Este permiso de residencia temporal tiene una duración máxima de un año, siendo susceptible de poder limitarse a una zona geográfico específica dentro del territorio y a un sector concreto. Como te decía, es la empresa o empleador que contrata al trabajador el responsable de solicitar el permiso en la oficina provincial de extranjería donde se desarrolle la actividad del profesional.

Ten en cuenta que la validez del permiso estará, en todo caso, condicionada a la posterior obtención del visado y alta en la Seguridad Social. Si el trabajador llega a España y no consigue realizar estos trámites de forma adecuada, se encontrará en nuestro país de firma irregular.

Para solicitar el permiso de residencia y trabajo para un trabajador extranjero, como empleador, debes estar inscrito en la Seguridad Social, no tener deudas con ésta o con la Agencia Tributaria, además de disponer de medios económicos, materiales y personales para contratarlo legalmente.

Además, el trabajador extranjero no puede tener antecedentes penales en los últimos 5 años, además de contar con la titulación o cualificación profesional requerida para desempeñar la profesión en España.

El empleador debe pagar las tasas del modelo 790 en un plazo de 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud y la documentación exigida. El trabajador extranjero abonará 10,50 euros y el empleador entre 195,88 euros y 391,79 euros.

Durante el trimestre siguiente, se recibe una respuesta por parte del órgano responsable. En caso contrario, el permiso se entiende denegado.

Documentación para solicitar permiso de residencia temporal y permiso de trabajo

Todos los documentos a continuación deben ser presentados en su forma original para ser revisados y entregados en copia. Además, si están escritos en alguna lengua extranjera, deben ser traducidos a una lengua oficial del territorio.

  • Modelo de solicitud oficial de residencia temporal y trabajo junto con su duplicado, firmado por la empresa que va a realizar la contratación del empleado.
  • DNI o NIF del empleador: de ser persona jurídica, se adjuntará el documento público de representación de quien haga esta solicitud.
  • Acreditación de la exención de considerar la situación nacional de empleo si se diera el caso.
  • Original y copia del precontrato de trabajo para extranjeros.
  • Justificante de los recursos económicos implicados en el negocio y en la contratación del empleado.
  • Copia del pasaporte o documento de viaje en vigor del extranjero y capacitación o cualificación profesional.
  1. Obtención del visado

Para obtener el visado, el empleado tendrá que personarse en el consulado correspondiente y presentar la solicitud junto al duplicado del precontrato de trabajo para extranjeros en España sellado por la Oficina de Extranjería.

  • Además, el pasaporte o título de viaje válido en España, vigente y con 4 meses de validez como mínimo.
  • Certificado de antecedentes penales emitido por las autoridades del país de origen o por los países en los que haya residido en los últimos 5 años.
  • Certificado de no padecer una enfermedad que pueda tener consecuencias de salud pública graves según el Reglamento Sanitario Internacional.
  • Durante este procedimiento se puede requerir al trabajador extranjero para hacerle una entrevista personal.

Una vez que el extranjero acceda al visado cuenta con tres meses para entrar en España.

  1. Alta en la Seguridad Social

Una vez el trabajador extranjero llega a España y se hacen oficiales las condiciones del precontrato de trabajo para extranjeros, el empleador tiene tres meses para registrar su alta en la Seguridad Social. Este paso es muy importante.

  1. Tarjeta de identidad de extranjero (TIE)

En un mes tras el alta en Seguridad Social, el trabajador debe solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).

¿Cómo debe ser el contrato de trabajo para extranjeros?

Para celebrar un contrato de trabajo con una persona extranjera (no ciudadano comunitario de la UE), primero deben cumplirse una serie de condiciones que darán acceso al empleado al territorio español regularmente.

Contratar a una persona que proviene de fuera de España no implicará muchas diferencias para el empleador una vez termine de atar una serie de cabos previos.

Como te comentaba al principio del artículo, la celebración de un precontrato de trabajo para extranjeros en España es una gestión imprescindible si queremos que el trámite llegue a buen puerto.

¿Qué requisitos debe cumplir dicho precontrato de trabajo para extranjeros? Debe estar firmado por ambas partes, garantizando así al empleado el desarrollo de una actividad continuada a lo largo del tiempo de vigencia de la autorización de permanencia en territorio español.

Además, las condiciones recogidas en el contrato de trabajo tienen que acogerse a las establecidas por la regulación, normativa vigente y el convenio colectivo aplicable en cada caso, para la actividad, categoría profesional y localidad que correspondan.

Si la contratación del trabajador extranjero se desempeñase a tiempo parcial, la retribución no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual.

¿Cómo se puede contratar a una persona sin papeles?

La forma legal, salvo excepciones, de contratar a una persona sin papeles en España es celebrando un precontrato de trabajo para extranjeros en España y solicitar el permiso de trabajo y residencia pertinente. Si la persona ya se encuentra en situación irregular en España, la cosa se complica y pasa por otras alternativas como intentar reclamar el permiso de residencia bajo el supuesto de arraigo y otras situaciones particulares tales como:

  • Supuesto de arraigo. Extranjeros que se encuentran en España en situación irregular sin permiso de residencia o trabajo.
  • Arraigo laboral: haber permanecido en España al menos dos años y poder acreditar una relación laboral no inferior a un semestre.
  • Arraigo social: haber permanecido en España durante, al menos, tres años, contar con un contrato de trabajo y acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe de inserción social.
  • Arraigo familiar: ser hijo de padre o madre originariamente españoles o ser padre o madre de un menor de nacionalidad española.
  • Autorización excepcional por razones humanitarias.
  • Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Autorización de residencia temporal por razones de protección internacional.
  • Autorización de residencia temporal por colaboración con autoridades policiales, fiscales, judiciales y seguridad nacional.
  • Autorización de residencia temporal por colaboración con autoridades administrativas o interés público.
  • Residencia por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades no policiales, contra redes organizadas.
  • Residencia por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades policiales, fiscales o judiciales, contra redes organizadas.
  • Residencia temporal y trabajo de extranjeros víctimas de trata de seres humanos.
  • Aunque la vía más utilizada es el Arraigo Social, es bueno destacar que NO SIEMPRE es necesario contar con un contrato de trabajo.

¿Qué pasa si contrato a un extranjero sin permiso de trabajo?

Debes de tener en cuenta que contratar a una persona en situación irregular en España o, lo que es lo mismo, un extranjero sin papeles, sin permiso de residencia y trabajo en nuestro país, es considerado una falta grave por parte de los organismos públicos.

Tal y como establecen los artículos 54 y 55 de La Ley de Extranjería, la contratación de trabajadores extranjeros sin haber solicitado y obtenido previamente la debida autorización de residencia y trabajo implica, como te comentaba antes, una infracción muy grave. Pudiendo incurrir el empleador, por cada uno de los empleados extranjeros ocupados en situación irregular, en una multa desde 6.001 euros hasta 60.000. Dicha cuantía podrá incrementarse por el importe correspondiente a las cuotas empresariales por la cotización en Seguridad Social y otros conceptos de recaudación conjunta, desde el inicio de la prestación de servicios del trabajador extranjero hasta el último día en que se presten sus servicios.

Además, los artículos 55.6 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero y 245.5 Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, recogen como sanción accesoria la clausura del establecimiento o local desde seis meses a cinco años.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Anton dice:

    Hola. Tengo un permiso de residencia temporal con permiso laboral de otro país perteneciente a la union europea y me gustaría saber si hay posibilidad de regularización en españa

  • Mariana dice:

    Cuánto tiempo tiene una empresa para hacer el alta en la Seguridad Social de su nuevo empleado. ¿Debe ser inmediato al inicio del contrato?

    • GesTron dice:

      Hola Mariana. La empresa debe dar de alta a sus trabajadores antes del inicio de la actividad, con una antelación máxima de 60 días.

  • Sirley dice:

    Buenas tardes ¿que tan difícil es que aprueben el visado para poder venir a trabajar a España con precontrato?.
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      La mayor traba suele ser que el puesto de trabajo ofertado debe estar falto de candidatos (es decir, que sea difícil de ocupar con los demandantes de empleo residentes en España). Cada comunidad autónoma expone todos los trimestres cuáles son estas ocupaciones.

  • Juan dice:

    Hola,desde mediados febrero y con mucho trabajo. Tengo trabajando a una persona extranjera. Primero se presento precontrato de 1 año a extranjería. Para poder tramitar el poder trabajar en España. Ya pasado 4 o 5 meses con suerte se lo aprobaron. Pero ,las circunstancias me obligo a contratarlo 6 meses a 8 horas. Y ahora, reducir a 4 horas ya que el trabajo a disminuido. El problema viene ,que en el trabajo tengo problema con su actitud y discusión todos los días con su compañero. Y parece que quiere que lo heche. !! A bajado su ritmo de actividad, tengo problema en el desempeño (su actividad que siempre realiza todos los días, ahora lo realiza como si fuera nuevo o peor) perjudicando al producto. Y al no realizar su trabajo,su compañero y el!! están todo el día discutiendo… Si lo despido ? Como debo actuar

    • GesTron dice:

      Hola Juan. Dado que se trata de un contrato con ciertas peculiaridades (viene de un precontrato) y que hubo una reducción de jornada (puede darse el caso de que contravenga el precontrato si se estipuló una jornada específica ahí), te recomiendo que lo consultes con un abogado laboralista, ya que pueden haber consejos legales que te evitarán sorpresas si de verdad hay una estrategia por parte del trabajador.

  • Luis dice:

    Hola buenas llevo un poco más de un año en España, y cuento con una empresa que me quierer hacer contrato para así poder estar contratado de manera legal y obtener mis papeles. La pregunta es si se puede con el tiempo que llevo y que debo hacer ?

    • GesTron dice:

      Hola Luis, si en estos momentos te encuentras ya de forma irregular en España contratarte es sin duda un riesgo para el empleador, ya que no se permite. El precontrato se realiza a quienes aún no se encuentran en territorio español, para que ya lleguen en situación regularizada.

  • Julia dice:

    Buenas tardes, tengo una duda, tengo a una persona extranjera que tiene el permiso de residencia, pero el permiso de trabajo no lo tiene hasta octubre. Una empresa le va a contratar en el mes de agosto, ¿tiene alguna penalización o consecuencia para esa persona?

  • Arnaldo dice:

    Entiendo que para solicitar el permiso de trabajo por cuenta ajena en extranjería para personas en situación irregular en España debo constar con un precontrato de trabajo, pero si dentro de los requisitos para solicitar dicho permiso,en sitio (inclusion.gob.es) actualizado de febrero del 2023,dice explicitamente, que la persona NO DEBE ENCONTRRARSE IRREGULARMENTE EN TERRITORIO ESPAÑOL. Lo cual contradice toda la información presentada aquí. Quisiera una explicación lógica sobre esto. Muchas gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola Arnaldo. En el punto «¿Cómo se puede contratar a una persona sin papeles?» explicamos esa complicación para aquellas personas que ya se encuentran en España de forma irregular. Normalmente son los supuesto de arraigo los que pueden allanar ese camino. El resto de posibilidades son aún más excepcionales.

  • juan manuel alzogaray dice:

    Buenas tardes, soy argentino con ciudadania italiana. La situación es que estoy con todo el tramite de empadronamiento para así pedir el NIE, estoy viendo un lugar donde estarían dispuestos a hacerme pre-contrato pero mientras tanto me comentaron de una posibilidad de hacerme CONTRATO CON PASAPORTE con una retención de salario hasta que obtenga mis papeles, de este modo iniciar a trabajar lo antes posible. He estado buscando pero no he encontrado información al respecto, mi pregunta es que tan probable es esto. GRACIAS !

  • Sebastian Kral dice:

    Hola soy de Suecia y vivo en Barcelona desde febrero. He vivido aquí mas o menos 3 meses. Ahora hablo con un hombre de un restaurante y él quiere emplearme. No tengo el número NIE y mi pregunta es: como puede hacer para obtener el NIE? Puedo mostrar un trabajo pre-contrato de restaurante como un razón valido para obtener el NIE?

    • GesTron dice:

      Hola Sebastián, debes pedir la cita por internet donde estés empadronado. En Barcelona capital de hecho es muy complicado conseguirlo sin cita previa por la alta demanda, aunque si estás en una pequeña localidad puedes acudir directamente. Te pedirán entre otros requisitos el modelo EX-18. Aquí tienes más información.

  • María José dice:

    Hola la empresa donde trabajo me hizo un precontrato y ya saqué la cita para empezar hacer todo el proceso para el arraigo social !! Pero ahora el gestor se entero que llegará una inspección y que lo mío no vale nada y que los pueden multar !! Es verdad ? Ósea los pueden multar aun sabiendo que ellos me están ayudando con él proceso para mi permiso de trabajo ?!

    • GesTron dice:

      Hola María José. Si la inspección de oficio se debe a una irregularidad en tu contratación podrías conseguir el arraigo laboral, pero no el arraigo social, aunque el resultado final es el mismo. Debes valorarlo en función del desarrollo de dicha inspección y del perjuicio ocasionado.

  • MARI dice:

    Buenos días. Quisiera saber si es obligatorio que en el precontrato no aparezca que tiene periodo de prueba y si hay que indicar el importe del salario, ya que en todos los contratos que hace mi empresa aparece según convenio.

    • GesTron dice:

      Hola Mari, en el precontrato debe realizarlo la empresa tal y como realiza los contratos normalmente, si no tiene periodo de prueba por convenio puede no indicar ningún plazo. El indicar que estas cláusulas están regidas según convenio colectivo, es correcto siempre que se indique el convenio colectivo que se aplica.

  • REMEDIOS dice:

    Buenas tardes.
    Voy a regularizar a una chica marroquí, le voy a hacer un precontrato para que ella pueda solicitar su residencia aquí en España, y mi pregunta es si le hago el precontrato me obligan a contratarla una vez tenga su residencia o cuanto tiempo la tengo que tener dada de alta en la seguridad social.
    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Remedios. Un precontrato es un acuerdo mediante el cual las partes se obligan a concluir en un futuro un vínculo laboral, y deben cumplirse las condiciones concretas indicadas. Si no hay un motivo que esté directamente relacionado con el trabajador y que justifique esta decisión de no cumplir con el precontrato, se podrán tomar medidas judiciales. Contacta con nuestros asesores especialistas en laboral que pueden ayudarte con esta gestión.

  • Alberto dice:

    Quisiera saber si se me puede hacer un contrato de trabajo sin que yo tenga un NIE? tengo 3 años aqui en españa y mi situacion sigue irregular

    • GesTron dice:

      Hola Alberto. Lo primero sería solicitar un permiso de trabajo y tras esto solicitar el NIE. Sin permiso de trabajo y sin NIE no te podrán contratar. Puedes iniciar los trámites en extranjería y te pedirán un precontrato, es decir, que la persona que te vaya a contratar entregue ese precontrato como un compromiso de que te va a contratar en cuanto tengas el permiso de trabajo y el NIE. Con el tema del precontrato nuestros asesores especialistas os pueden ayudar.

  • Roxana dice:

    Buenas tardes quisiera saber si yo podría hacer una oferta de trabajo a mi hermano que se encuentra en España de forma irregular vive con nosotros hace tres años y si podría contratarlo como servicio doméstico gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Roxana. Tendrá que iniciar sus trámites en extranjería solicitando permiso de trabajo por cuenta ajena y una vez lo tenga solicitar el NIE. Para el permiso de trabajo por cuenta ajena necesitará un precontrato de trabajo (es una promesa de contrato de trabajo futura). Mis compañeros, asesores especialistas, pueden ayudarte con el trámite del precontrato.

  • Raiza dice:

    Me gustaría más información por privado

  • Tatiana Ramírez dice:

    Hola, llevo tres meses en España y estoy trabajando cuidando a unas personas pero me quieren hacer el contrato se puede ? Ellos lo están haciendo para sacar una residencia pero le han denegado porque se necesita 2 años aquí de ilegal, cómo podría hacer ?

    • GesTron dice:

      Hola Tatiana. Necesitarás permiso de trabajo por cuenta ajena, que se solicita en extranjería y tramitar tu NIE. Para esto te van a solicitar un precontrato de trabajo (es similar a un contrato, una promesa futura de que ellos te van a contratar). Nuestros asesores especialistas pueden ayudarte con la gestión del precontrato.

  • Felipe dice:

    Hola, llevo 8 meses de forma irregular en Navarra, he conocido una empresa que por mi experiencia quiere contratarme, me dicen que harían todo lo necesario con tal de que yo obtenga mi permiso de trabajo y poder contratarme, que podría hacer? gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Felipe. Tendrás que solicitar el permiso de trabajo por cuenta ajena en extranjería, para esto necesitarás un precontrato de trabajo. Nuestros asesores especialistas en laboral pueden ayudaros con el precontrato. Una vez tengas el permiso de trabajo, podrás solicitar tu NIE y tu número de la Seguridad Social y a partir de ahí, te podrá contratar.

  • Carlos dice:

    Hola,

    ¿Se puede hacer un precontrato a una persona sin papeles que recién lleva dos meces en España?

    Gracias por su respuesta.

  • José María dice:

    Preciso contratar una persona extranjera para ayudarme a cuidar a mi esposa afectada de discapacidad y dependencia. Esta persona tiene el NIE y le falta obtener el permiso de trabajo que ya esta pendiente de visita para que se lo otorguen el próximo Enero.
    Es posible contratarla ahora???

  • Garazi dice:

    Hola,
    He hablado con una Marroquí, y quiere que le haga contrato de trabajo, dice que con tres años de residencia es posible, vivo en un pueblo de País Vasco y lo que estoy viendo que no puedo darle de alta en la seguridad social sin permiso de trabajo, puedo hacerle un precontrato? O tendrá que volver a su país y pedir el personal de trabajo desde allá?

  • Maribel dice:

    Hola! Estoy de manera irregular en España pero quieren contratarme para un trabajo, es esto posible? Que debería hacer mi empleador? Gracias!!

    • GesTron dice:

      Hola Maribel. Para trabajar en España necesitarás solicitar permiso de trabajo y tu empleador, deberá entregarte un precontrato para la tramitación del permiso de trabajo. Nuestros asesores especialistas en laboral pueden ayudaros con el precontrato. Hasta que no tengas el permiso de trabajo, no vas a poder trabajar en España.

  • Violeta dice:

    Hola, mi pareja está trabajando más de 6 meses en construcción (esta sin papeles) y su jefe ahora lo tiene que poner de alta para un trabajo fuera de la ciudad, mi primera pregunta es si se puede ponerle de alta y la segunda es si su jefe le puede hacer los papeles ahora y como seria el procedimiento.

    • GesTron dice:

      Hola Violeta. Para contratarlo tu pareja necesita tener permiso de trabajo y su jefe, deberá entregarle un precontrato para la tramitación del permiso de trabajo. Sin permiso de trabajo no va a poder contratarlo ni darle de alta. Nuestros asesores especialistas en laboral pueden ayudaros con el precontrato, cuando tengáis cita en extranjería para solicitar el permiso del trabajo.

  • JOSE dice:

    HOLA ESTOY CASADO CON UNA MUJER DE PERÚ HACE 7 AÑOS, EN EL 2017 VINO SU HIJA EL MARIDO DE ESTA , CON UN HIJO DE 11 AÑOS SE EMPADRONARON CON NOSOTROS , Y A LOS TRES MESES MARCHARON , HAN VUELTO EL PASADO 11 DE JULIO , CON DOS BEBÉS DE UN AÑO, EN EL PADRON MUNICIPAL CONTAN DESDE EL 2017 NO LES DIERON DE BAJA, ELLOS NO ESTÁN CASADOS LEGALMENTE, Y QUIEREN QUEDARSE Y PODER ARREGLAR DOCUMENTACIÓN , PARA PODER TRABAJAR DIGNAMENTE, BIEN CON UN PRECONTRATO, O SI HAY OTRAS VIAS, SE HAN ACTUALIZADO EL PADRÓN DE CADA UNO DE ELLOS, Y TAMBIÉN LOS BEBES, PUEDEN TENER ESPERANZAS DE REGULAR LA SITUACIÓN, MUCHAS GRACIAS

    • GesTron dice:

      Hola Jose. Necesitarán tramitar un permiso de trabajo por cuenta ajena y hacer los trámites correspondientes en extranjería, para ello le solicitarán un precontrato. Es decir, tiene que tener una oferta de trabajo y que el empresario que se comprometa a contratarlos a través del precontrato. Uno de nuestros asesores especialistas puede ayudaros con el precontrato.

  • Gisela dice:

    Buenos días, tengo un conocido que es colombiano y no encuentra trabajo por no tener papeles..Mi pregunta es?? El no puede pagarse un seguro como autónomo o similar para ponerse legal?? Gracias

  • Yeni dice:

    Hola buenas noches espero me puedan ayudar soy Ciudadana Alemana y acabo de llegar a España tengo oferta de trabajo que nesecito para poder trabajar porque con mis papeles alemanes no me quieren hacer el contrato porque dicen que nesecito una Recidencia. Que tan cierto es? O que documentos nesecito presentar para obtener un NIE? GRACIAS.

    • GesTron dice:

      Hola, Yeni. Es cierto que necesitas el NIE para trabajar en España como comunitaria. La verdad es que es un proceso sencillo. Hay pocas trabas para el acceso de los comunitarios al mercado laboral español. El modelo EX-18 es el que se usa para este trámite, pero pueden pedirte más documentos que avalen tus medios económicos actuales, además de una pequeña tasa a abonar.

  • Ada dice:

    A que números telefónicos me puedo dirigir para solicitarles una asesoría?

  • Nancy dice:

    Hola.Soy ecuatoriana con nacionalidad española tengo negocio y quiero hacerle una carta de invitación a mi hermana.estando aquí podría hacerle un contrató de trabajo para que se quede legalmente?

  • Evellyn dice:

    Tengo el NIE caducado, y tengo la nacionalidad en tramite, pero tengo el numero de seguridad social, hay alguna manera de hacer un precontrato solo con el numero de seguridad social?

    • GesTron dice:

      Hola Evellyn, si tiene el NIE caducado y no tenía autorización de trabajo no podrá trabajar en España. El derecho a trabajar sólo corresponde a los extranjeros en situación regular en España, es decir, cuando cuente con la correspondiente autorización administrativa para trabajar.

  • Juan Jose dice:

    que puedo hacer si un trabajador pierde el permiso de trabajo estando contratado. Debo esperar que sea firme la resolución? como puedo hacer para facilitar que puede obtener permiso de trabajo ?
    Espero pronta respuesta. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Juan José. Es un supuesto muy concreto. Estoy seguro de que nuestros compañeros de la asesoría legal pueden echarte una mano con esa duda.

    • Vanessa Puccio dice:

      Va a depender de las causales por las que perdió el permiso de trabajo, supongo que es por el vencimiento de plazo. Si el tramite de renovación está en trámite en principio podría continuar (ya que, en el sistema administrativo español un trámite pendiente te coloca en un limbo ante estas situaciones), en tanto se cumplan las otras obligaciones (hacienda, SEPE, etc)

  • maria conde dice:

    Queremos contratar a una persona extranjera de Perú que está en España en situación ilegal desde hace 3 años, he leido que si se hace un contrato a una persona ilegal se incurre en infracción muy grave.
    Nosotros le decimos que solicite el arraigo social y cuando tenga papeles le hacemos el contrato, pero ella insiste en que le hagamos primero el contrato.

    Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola, María. Si celebras ya el contrato te expones a un riesgo (sí, es una infracción grave). Hay que decir que la legislación no lo pone fácil cuando ya se está en España de forma irregular, pues el arraigo social sin contrato de trabajo es más difícil de conseguir. Te recomiendo consultar con nuestra asesoría legal, ya que de seguro habrán tenido experiencias idénticas con nuestros clientes.

  • Yolanda dice:

    Hola quiere traer a mi sobrina haciendo un contrato para q trabaje cuidando a mi hijo puedo?

  • palacios129@hotmail.com dice:

    Buenas tardes. Tengo intención de colaborar con una persona paraguaya que está de forma irregular en España, empadronada hace tres años y quiere obtener permiso de residencia. He leído en este foro que NO SIEMPRE es necesario el contrato o precontrato de trabajo para tramitar dicho permiso, me gustaría conocer cuándo se dan esos supuestos y cuáles son los requisitos para obtener dicho permiso de residencia que le permita ir y venir a su pais cuando lo necesite.

    Muchas gracias y mucha salud…!!!

  • Lino dice:

    En los supuestos del contrato agrario para el arraigo social, lo cual puede ser 2 de 6 meses, tengo que presentarlos juntos al momento de iniciar el trámite? O puedo dar entrada con uno contrato de seis meses y pasado este, presento el otro?

  • Ximena Hurtado dice:

    Buenas Tardes, necesito información voy a darme de alta como autónoma cogiendo un Bar en La Rioja, y necesito darle contrato de trabajo a mi hija por que lo que vamos a hacer es trabajar en Bar Familiar, qué requisitos debo presentar Yo como Empleadora ? Para que sea viable la solicitud Arraigo Social para mi hija? Ella tiene 19 Años y vive en España desde el 2018 Mayo?

    • GesTron dice:

      Hola Ximena. Te recomiendo que consultes a nuestra asesoría jurídica ya que en principio se da el supuesto de arraigo social, pero por otra estamos hablando de una relación laboral entre madre (empresaria) e hija (trabajadora), la cual ya descartaría el posible acceso a una futura prestación por desempleo (que puede que no te importe, pero es mejor que cuentes con toda la información).

  • lilianaisilayvega@gmail.com dice:

    Me acabo de quedar un bar. Y quiero hacerle un precontrato a mí cuñado para que pueda sacar su permiso de trabajo. Puede trabajar conmigo mientras le sale su primera tarjeta de trabajo gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Liliana. Imagino que se trata de una persona extranjero esperando el permiso. Ojalá pase ese trámite engorroso lo antes posible y pueda ayudarte. La realidad es que no puede trabajar hasta ese momento, siendo pulcros con la Ley. Hay situaciones particulares que se señalan en el presente post como el arraigo, que pueden acelerar este trámite, pero son pocas las excepciones.

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