¿QUÉ NECESITAS?

Inicio > Categorias > Fiscalidad | Jurídico > Conoce la multa de hacienda por no declarar los ingresos

Conoce la multa de hacienda por no declarar los ingresos

En la vida, hay ideas buenas, como aprender inglés o comprar un campito 🌳 También hay ideas malas, como escribir a un ex después de haber bebido, o elegir un sofá caro teniendo un gato 🐱

Y luego hay ideas malas malísimas, como tratar de ir de listo con Hacienda y no declarar lo que has ganado. Este tipo de ocurrencias pueden salir por un ojo de la cara, como se suele decir. O por dos, según el caso 👀

Haces bien en querer saber cuál la multa de Hacienda por no declarar los ingresos. Así se te quitan las ganas, porque te aseguro que como te llegue esa sorpresa, te veo gritando a la altura vocal de Nino Bravo cantándole a Noelia. Pero tú lo vas a hacer mal, no sueñes 🤭

¿Y quién mejor para contarte cuál es esa multa con todos los detallitos? Oh yeah, el superhéroe de la asesoría: GesTron 😎

Empezando, que es gerundio.

¿Cuál es la multa de Hacienda por no declarar los ingresos?

El «regalito» por tu ocurrencia viene en el artículo 191 de la Ley General Tributaria, y depende del tipo de infracción que hayas cometido.

  1. Este artículo indica que es una infracción tributaria dejar de ingresar dentro del plazo de cada tributo la totalidad o parte de la deuda tributaria que debiera resultar de la correcta autoliquidación del tributo, salvo excepciones de la ley.
  2. También constituye una infracción tributaria la falta de ingreso total o parcial de la deuda tributaria de los socios, herederos, comuneros o partícipes derivada de las cantidades no atribuidas o atribuidas incorrectamente por las entidades en atribución de rentas.

Si se trata de una infracción leve, la multa es del 50% de la cantidad que tenías que declarar. Se considera que una infracción es leve hasta los 3.000 euros (sin declarar) y cuando se demuestre que no existía ocultación, por lo que te puede «caer» una multa de hasta 1.500 euros.

Cuando la infracción se considera grave, la multa va del 50% hasta el 100% de la cantidad que debías declarar. La infracción es grave a partir de 3.000 euros, sin límite, y es así cuando existe una ocultación. La multa en este caso puede ser épica, como ves.

Ojo, si además te las has ingeniado para no declarar lo que ganas utilizando medios fraudulentos, se considera que la infracción es muy grave. La multa es del 100% al 150% de la cantidad que deberías haber ingresado. Ni te cuento.

¿Cuál es el plazo de prescripción por los ingresos no declarados?

Veo que con lo de las multas no te he convencido todavía, y no me gusta la idea 😡 Pero mi deber es responder a tus dudas, así que según el artículo 66 de la Ley General Tributaria, el plazo de prescripción es de 4 años.

👨‍⚖️ Hacienda solo te puede reclamar las cantidades que no hayas declarado durante los 4 años anteriores. ¡Pero ojo! El plazo se interrumpe cuando se inicia el procedimiento sancionador.

No te hagas ilusiones, que aunque me meto mucho con ella, tengo que reconocer que la Agencia Tributaria es bien «larga». Te puede coger antes de que pasen los 4 años, no lo dudes.

¿Se puede reclamar la multa de hacienda por no declarar los ingresos?

Sí, las multas que pone hacienda se pueden recurrir, según establece el artículo 212.2 de la Ley General Tributaria. Existen dos opciones: interponer un recurso de reposición o una reclamación administrativa.

El recurso de reposición se interpone ante la propia Agencia Tributaria, que es quien resuelve además. La reclamación administrativa se presenta ante el Tribunal Económico-Administrativo, que es un órgano administrativo independiente de Hacienda.

Sé que tanto en un caso como en el otro, la cosa se te antoja complicada. Yo estoy tranquilo porque sé que he cumplido, tratando de prevenirte de engañar a la Agencia Tributaria.

Además, te aconsejamos que solo recurras las multas cuando estés totalmente seguro de que Hacienda ha cometido un error. Recuerda que si interpones un recurso te supone renunciar al posible descuento de la sanción por pronto pago, por lo tanto, es aconsejable que estudies bien si compensa o no en estos casos.

¿Y tú? ¿No me irás a decir que tu visita se debe a que Hacienda dice que tienes «dinerito oculto»? Madre del amor hermoso 🤦

Bueno mira, a grandes problemas, grandes soluciones. Lo de los recursos y reclamaciones, tiene su miga. Pero en AYUDA T PYMES tenemos un súper equipo de asesores legales que te pueden ayudar con este fandango.

Créeme, si alguien puede hacerlo, son ellos. Tú mejor ve pidiendo al cielo 🙌

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Nataliya dice:

    Hola! Tengo tarjeta de Revolut que usa mi hijo comprando y vendiendo zapatos en Walapop. ¿Tengo que declarar lo que ha cobrado por las ventas? Al mes vende sobre 500 – 700€. Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola. Hasta el momento, es obligatorio declarar las ventas en aplicaciones de segunda mano, como Wallapop, cuando los importes de dichas ventas superen los 2.000 euros, o cuando se realicen más de 30 operaciones en un año natural.

  • Isabel dice:

    Hola,
    Las ayudas familiares y de amigos que se reciben por western union, o por el banco, también se tienen que declarar? No es parte de un trabajo, pero si son recurrentes cada mes.
    Gracias 🙂

    • GesTron dice:

      Hola Isabel. Según Hacienda, hasta el momento es obligatorio declarar los movimientos de entrada o salida de importes iguales o superiores a 10.000€.

  • jose dice:

    Gano dinero vendiendo pinturas. Hago ingresos regulares en el banco ,actualmente tengo un volumen de ventas elevado
    tengo riesgo de tener problemas con hacienda? las ventas las hago todas sin factura y no dejan rastro

    • GesTron dice:

      Hola Jose. Tu banco está obligado a comunicar a Hacienda a partir de cierta cantidad en un ingreso, 3.000€, e igualmente esta última puede preguntar cuando lo estime oportuno si tiene sospechas, y pedirte justificación de los ingresos que vean sospechosos. Evidentemente estás realizando una actividad económica no conforme a la Ley, evadiendo impuestos, y si lo detectan las consecuencias pueden ser muy graves y costosas.

  • Abdel dice:

    Hola! En el 2023 gané 3 premios de 6000€ los cuales me los pagaron en cheque y lo ingrese en mi cuenta del banco, hay que decalarlo?

    • GesTron dice:

      Hola Abdel. En la Renta, deberás incluirlo en las «ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisión o de elementos patrimoniales».

  • Jose dice:

    Hola estoy desempleado y he ganado 6000 euros en aceituna de mi olivos ,y la almazara me ha dado 3 talones de 2000 euros,como tengo que hacer pa pagar hacienda

    • GesTron dice:

      Hola Jose. Deberías darte de alta en Hacienda, emitir las facturas, darte de baja si no vas a volver a facturar, y presentar la declaración trimestral de IVA y la anual, e IRPF si procede. Puedes contactar con la asesoría si necesitas ayuda y no quieres perder tiempo en los papeleos.

  • Mar dice:

    Hola! Desde 2020 genero ingresos de redes sociales, nunca ha sido mucho .. en 2020 apenas genere, 2021 quizás llegue a 17.000 al año y 2023 a lo mejor a 8000 como mucho. He querido ser autónomo pero no alcanzo económicamente para ese gasto, mi duda es : quiero darme de alta por primera vez pero no sé si al darme de alta me investiguen y me multen.. de cuánto podría ser la multa por ese tiempo? Que me recomiendas? Debo comentar a mi gestor estas ganancias que he tenido ?

    • GesTron dice:

      Hola Mar, la cantidad que te pedirían sería grande, ya que te exigirían el alta retroactiva desde el momento del inicio de la actividad económica habitual, sin posibilidad de cuota bonificada y con recargos, entre otras cosas. Si se van a dar cuenta o no, no te lo puedo asegurar. Realmente podrían pillarte incluso no siendo autónoma, aunque si te das de alta posiblemente sea más fácil de detectar.

  • Marta S. dice:

    Hola, soy autonoma desde hace un mes y honestamente estoy perdida.. Cada vez que emito una factura tengo que avisar a Hacienda o eso se hace cada unos cuantos meses / anualmente, etc.. Mil gracias!

    • GesTron dice:

      Si eres autónoma se supone que ya deberías estar dada de alta en Hacienda (una cosa es el RETA y otra Hacienda). Lo que si debes es presentar tus declaraciones trimestrales sin falta (y la anual). Esa es la comunicación con Hacienda 😊 Te recomiendo contar con un asesor para no meterte en líos, y dedicarte en exclusivo a lo que de verdad da beneficios a tu negocio.

  • Juana Elena dice:

    Hola! yo trabajo en una empresa como profesora a tiempo parcial per adémas trabajo corriegiendo exámenes para una universidad inglesa. No tengo que factorar y noy hay contrato exactamente porque me mandan los exámenes para corrigir cuando haya y lo hago desde casa, no sé cuando habrá ni futuro trabajo pero más o menos gano unos 10,000 euros anual. Pago todos los impuestos que corresponde pero me ha dicho mi asesor que no hace falta que estoy dado de alta como autónoma porque se puede considerar como rendimiento de trabajo por el hecho que tampoco es algo que yo necesito generar, ni factorar etc etc. Es cierto?

    • GesTron dice:

      Hola Juana. Toda actividad económica habitual y continuada obliga al alta como autónoma, independientemente del importe facturado. Cuestión aparte es que Hacienda no se haya percatado aún de tu situación, pero el riesgo existe de que te exijan el alta con carácter retroactivo, con recargos por demora, y sin posibilidad de bonificación.

  • Cloe López dice:

    Buenas tardes, quería hacerte una consulta. Soy autónoma pero con el problema que hay con los Bizum, mi pareja comenzó a recibir por Bizum parte de mis pagos. Ese dinero no está declarado y quisiera regularizarlo, cómo puedo hacerlo? Lo tendría que declarar mi pareja por haberse recibido en una cuenta a su nombre? O tendría que declararlo yo?
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Cloe. Hacen falta datos más precisos para poder ofrecerte una solución satisfactoria. Te invito a que te pongas en contacto con alguno de nuestros asesores.

  • Kevin dice:

    Buenos días,

    Estuve buscando trabajo hace 6 meses, y quise hacerme Raider en su día porque estaba algo desesperado. Inocentemente me di de alta sin darme cuenta como autónomo en la agencia Tributaria (Más no en la SS) y nunca ejercí, encontré un trabajo normal y me mantuve en él durante 6 meses.

    Hoy día me llegó una carta de Hacienda diciendo que tengo que declarar esos 6 meses, más genuinamente no hice nada. ¿La sanción será muy grave?

    Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola Kevin. En tu caso, al no haber emitido ninguna factura no debería ser grave, pero no dejes pasar el tiempo y ponte en contacto con Hacienda. Lo grave, en términos económicos, hubiese sido que si hubieras generado varias facturas seguidas y no te hubieses dado de alta en el RETA, porque ahí sí podrían haberte pedido un alta retroactiva y pagar muchos meses sin bonificación posible. No dejes pasar más tiempo y soluciónalo, que Hacienda no olvida, tiene una memoria legendaria una vez se percata de algo 😅

  • Alejandro dice:

    Hola!
    El verano pasado estuve trabajando dos meses en lo que creía que era un trabajo con contrato temporal, aunque me pedían datos de facturación no sospeché, ahora hemos visto que efectivamente me tenían como autónomo y el IVA ese dinero (algo menos de 4500€) no está declarado. Me di de alta como autónomo en otra empresa hasta Marzo que me han cambiado a contrato fijo y ahora no se cómo proceder, si notificarle a hacienda que he visto que hay un impago por mi parte, que aunque fuese por ignorancia y por desinformación no pagué igualmente, si esperar a que ellos lo revisen o qué, y en tal caso si la multa sería muy alta.
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro. Nadie puede hacerte autónomo sin tu permiso y no se debe trabajar para una empresa sin la firma de un contrato laboral. La cuestión es si realmente fue un proyecto freelance el que hisciste para esa empresa durante dos meses. ¿Tenías libertad de horarios? ¿Usabas recursos propios para realizar las tareas? ¿Emitiste tú la factura?. A Hacienda le va a dar igual el desconocimiento, de sentimientos siempre careció bastante, e incluso podrían anular tu baja si ese «trabajo» se dio después de tu baja en el RETA, además de posibles sanciones y recargos por demora. A falta de más datos, te recomiendo que lo trates con un abogado fiscal.

  • A dice:

    Hola, tengo un trabajo fijo ¿si recibo un ingreso de 98€ de una asociación a la que pertenezco, estoy corriendo un gran riesgo y sería mejor dejarlo pasar?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola. ¿Es un ingreso sin que medie factura? En sí no hay ningún problema si facturas a una asociación siempre que te des de alta en Hacienda, y luego de baja si no se va a repetir.

  • Carlos dice:

    Hola, hay casos en los que hacienda no te pilla? O el 100% de los casos irregulares son detectados? Que ocurre si quieres declarar lo que no has declarado fuera de plazo pero ademas no tienes ingresos ni previsión de tenerlos? pueden esperar a que tengas empleo e ingresos para pagar la deuda o acumulas recargos hasta que puedas empezar a pagar? Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Carlos. Hay casos, sí. Pero cada vez son más eficientes en la detección gracias a herramientas de big data e IA. Cuando se declara fuera de plazo ya se incorporan cargos de demora y lo previsto en la ley en función del tipo de deuda con la AEAT. Respecto a lo último ya entraríamos en terreno más jurídico y tendrías que consultarlo con un especialista legal, porque si no pueden cobrarse ahora, lo harán en cuanto se pueda. Una vez han iniciado el procedimiento la prescripción de la deuda ya no entra en juego.

  • Javier dice:

    Buenas tardes

    He recibo por bizum durante 3 meses casi 4000€ de cantidades diferentes a través de muchas personas, y ahora quiero saber si puedo declarar este dinero ou no.
    Y tambien si puede mi banco informar hacienda de este dinero ?
    Y cuales la multa de hacienda si no puedo justificar este dinero ?

    • GesTron dice:

      Hola Javier. Hacienda puede preguntar al banco en cualquier momento si tiene sospechas, y el banco además está obligado a informar a partir de ciertas cantidades. La referencia son 10000€, pero eso no quita que puedan preguntar por cifras inferiores. La multa dependería de la gradación de la infracción que se estipule.

  • Raquel dice:

    Hola. Tengo un dinero ahorrado de un trabajo no declarado y quiero comprar un piso por más o menos ese importe. (35000€).
    Hay alguna forma de hacerlo y que la agencia tributaria no me de problemas?

    • GesTron dice:

      Hola Raquel. Entiendo que ese dinero vino en efectivo, pues con esas cantidades a través del banco es casi seguro que Hacienda pregunte. Te recomiendo que lo trates con un asesor jurídico o abogado.

  • Rodrigo dice:

    Buenas,
    acabo de ganar 250€ por tiktok. Es la primera vez que gano dinero. Que deberia de hacer? Darme de alta por autonomo veo que se me va mucho porcentaje de lo que ganado y aun no se si voy a seguir mucho tiempo con este proyecto. Y este dinero, al ser tan poco debo declararlo?

    • GesTron dice:

      Hola Rodrigo. Todo actividad por cuenta propia que genere beneficios ya requiere que estés dado de alta al menos en Hacienda y declararlo. Si además esa actividad no es puntual, el alta como autónomo es obligatoria, al margen de la cantidad de lo que factures.

  • Norman dice:

    Llevo como 3 años ganando dinero.
    El primero fueron 700€
    El segundo unos 17.000€
    Y ahora, 2023, llevo a mitad de año unos 4.000€
    No pensé que fuera a tener nunca problemas porque como en clase no me enseñaron nunca cómo se debe gestionar todo esto del dinero, el IVA, IRPF, etc. Pues no tengo ni idea de qué significa nada ni de porqué tendría pagarlo o a dónde tengo que ir para que no me pongan una multa. El día que me pongan una multa, puedo librarme de ella alegando que no contaba con dicha información de todo lo que tenía que hacer? Jajajaja (seguramente no, pero yo pregunto)
    Y el día que quiera hacer todo el papeleo creo que me renta más irme a Andorra. España dicen que está muy mal para los autónomos.

    • GesTron dice:

      Hola Norman. Regularizar tres años, aunque sea de buena fe, sería un varapalo económico para ti, sobre todo si esa actividad no fue por facturas muy puntuales. Por ejemplo, te la Seguridad Social te podría exigir el pago de todas las cuotas de autónomo sin bonificación con carácter retroactivo. Y Hacienda solo olvida a partir de los 4 años (a menos que inicien un procedimiento justo antes de ese plazo), y mucho menos perdona. Hacienda te cargará todos los intereses de demora además de la posible sanciones que detecten.

  • Antonio dice:

    Hola buenas, me jubilé, y seguí trabajando en mi negocio, y cobre una cantidad importante ese mes con el datáfono, sin darme cuenta de lo que me iba a suceder. Ahora hacienda me ha dicho que tengo que pagar en torno a los 2500€.
    Pero me dicen que me tiene que llegar una multa.
    ¿Se podría saber de cuanto es más o menos?
    Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Buenas Antonio,
      Entendemos que ya no está dado de alta de autónomo y eso conlleva no seguir realizando tu actividad. En tu caso hacienda podrá reclamarte que debes darte de alta de autónomo, además de presentar los modelos que le pertenecen y las sanciones que esto conlleve, no podemos indicarle una cantidad exacta porque no conocemos lo reclamado por Hacienda. Gracias por tu pregunta y si necesitas ayuda para tu alta no dudes en contactar con nuestros especialistas.

  • Jordi dice:

    Hola! A finales de 2021 me empezó a ir bien con los negocios online, el principal problema es que era menor de edad, pongamos que genere entorno a +10.000/15.000€ los cuales no todos iban a mi nombre (al de mis padres por ser menor de edad) pero si a mi cuenta bancaria. A partir de mayo ya me hice autónomo y comencé a declarar todo este dinero. Problema; aparte de que todo este dinero en su día no lo declare por ser menor de edad me limitaron una cuenta de paypal donde ahí tenia gran parte del dinero, aprox 7.000€, ahora me ha pillado en un momento que no se que hacer. Ya he hecho retiradas progresivas a mi cuenta de banco personal (no donde llevo los ingresos de mi negocio actualmente) durante el año 2022 y me quedan 3.000€ aun por sacar en paypal. Se que no es lo correcto, ¿pero que seria lo ideal hacer? este dinero lo gane siendo menor de edad y ahora ya llevo mas de medio año haciendo todo correcto, ¿será lo mejor sacar todo y correr el riesgo a una investigación por todo el dinero generado antes de ser autónomo?

    • GesTron dice:

      Hola Jordi, realmente ninguna de las opciones son las correctas por lo tanto no podemos ayudarte en tomar esta decisión. Igualmente enhorabuena por tu proyecto. Gracias por tu consulta.

  • Maria rosana dice:

    Estoy empezando a ganar dinero en una plataforma de criptomonedas y me gustaría saber si tengo que declarar las cantidades ya que de momento es muy poco dinero.

    • GesTron dice:

      Hola María Rosana. Te comento, en el momento en el que realices operaciones de venta de criptomonedas o de trading (intercambio de una criptomoneda por otra), será obligatorio incluirlas en tu declaración de la renta. Es decir, si holdeas (compras criptomonedas y las mantienes sin venderlas o intercambiarlas) no será necesario declararlas hasta que se produzca la venta o intercambio. Recuerda que cuando llegue el momento estaremos encantados de asesorarte y ayudarte con tu declaración. ¡Esperamos que sigas ganando dinero con tus operaciones!

  • Jaime Martos dice:

    Buenas tardes

    Estoy cobrando la prestación por desempleo y estoy haciendo encuestas online para sacarme un extra. De las encuestas gano unos 80 € al mes y lo ingreso desde paypal a mi cuenta. ¿Estos 80 € mensuales debo declararlos a Hacienda cuando haga la declaración de renta? ¿En caso afirmativo, en qué concepto? Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola Jaime. Estos ingresos debes declararlos en la declaración de la renta como rendimientos de actividades económicas. Al ser un ingreso recurrente debes de estar de alta como autónomo. Recuerda que nosotros podemos darte de alta como autónomo gratis contratando el servicio de asesoría. Con estos ingresos y dependiendo de tu comunidad autónoma, puedes optar a la nueva cuota 0.

  • Alejandro Juan dice:

    Buenos días,

    Revendo zapatillas por internet. El problema es que los ingresos suman ya cerca de 18000€ sin iva. No tengo facturas de compra y de venta tampoco ya que lo gestiono por plataformas online europeas. Que podría hacer? Darme de alta? Declarar el año que viene?

    Saludos.

    • GesTron dice:

      Hola Alejandro, deberías darte de alta ya y declarar los ingresos este año y el IVA. Tendrás que regularizar las obligaciones fiscales del 2022 con sus recargos correspondientes, pero con ese volumen es muy probable que Hacienda detecte tu actividad y la sanciones sean mucho mayores si te requiere la Administración. Contacta con nuestros asesores especialistas y te ayudarán a regularizar tu situación.

  • Pedro Valer Andrés dice:

    Nos expropió el año 2019 el Ayuntamiento de Zaragoza unos metros de terreno para ampliar la calle, nos han ingresado en la cuenta de la comunidad 56.586 € el año 2020 y a fecha de hoy el administrador todavía no ha hecho la declaración anual a Hacienda con los propietarios afectados, los enteros correspondientes de cada uno y la cantidad resultante a declarar, lo que puede conllevar una propuesta de sanción según me informaron ayer en una delegación de Hacienda. Cuando se haga la declaración …, si nos llega sanción la podemos reclamar al Administrador por no haber hecho a su debido tiempo (año 2021) la declaración a Hacienda ?
    Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Pedro. Claro, que podéis reclamarle la mala gestión, de hecho sería interesante que desde ya le indicarais por email y por burofax que sois conocedores de la situación y que no se ha presentado por su parte la declaración y, que en caso de alguna sanción o recargo por parte de Hacienda será él responsable de éstas, por no presentarla e informaros cuando debía.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SUSCRIPCIÓN

SUSCRÍBETE!

No deberías perderte nada de lo que cuente por aquí.