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¿Se puede ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Una de las dudas que más veces he resuelto en mi vida como gestor es la que podéis leer en el título de esta pregunta. Una y otra vez me han preguntado «¿puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?«.

Hoy vengo a resolver esa duda para que todos podáis saber si se puede compaginar o no la vida laboral con el autoempleo.

¿Puedo ser autónomo y trabajar en una empresa?

No os voy a dejar más con la intriga: sí, se puede ser trabajador por cuenta ajena y autónomo a la vez. Es una opción muy buena para aquellos que quieran compaginar su empleo de toda la vida con alguna actividad que quieras llevar a cabo por tu cuenta.

Ser autónomo y empleado a la vez tiene el nombre de pluriactividad. Para la Seguridad Social esto significa que el trabajador en cuestión está cotizando en dos o más regímenes de la Seguridad Social. ¿Qué quiero decir con esto? Que, en definitiva, estás pagando «por dos» a la Seguridad Social como trabajador autónomo (en el RETA) y como empleado.

👨‍⚖️ ¡Ojo! Pluriempleo no significa lo mismo que pluriactividad. Según la Seguridad Social, un pluriempleado es aquel que trabaja por cuenta ajena y presta servicios a dos o más empresas distintas en el mismo régimen de la Seguridad Social.

En definitiva, puedes ser pluriactivo y convertirte en un trabajador por cuenta ajena que también presta sus servicios como autónomo. Solo tendrás que darte de alta como autónomo y podrás empezar a compaginar ambas actividades.

Si prefieres que un experto tramite tu alta como autónomo y además quieres quitarte de papeleo, puedes echar un vistazo aquí para conocer el servicio que tengo preparado para ti. Sabemos por experiencia que si algo le falta a un asalariado que además es autónomo… ¡es el tiempo!

¿Puedo tener una SL y trabajar por cuenta ajena?

También puedes. Puedes ser un autónomo societario y ser empleado de otra empresa al mismo tiempo.

Es importante conocer que desde hace años los autónomos societarios tienen derecho a disfrutar de la tarifa plana al igual que el resto de autónomos.

Ahora bien, también existe la posibilidad de ser socio trabajador de una SL y cobrar por nómina, lo que significaría pluriempleo y no pluriactividad, ya que estarías con dos trabajos asalariados en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS).

Beneficios de ser autónomo y asalariado

Seguro que estás pensando lo siguiente: ¿tengo que pagar dos veces a la Seguridad Social y no tengo ningún tipo de descuento o bonificación? 

Pues lo cierto es que existía una bonificación por pluriactividad hasta 2023, que se traducía en lo siguiente:

  • Primeros 18 meses como autónomo: reducción de un 50% de la base mínima.
  • Siguientes 18 meses como autónomo: reducción de un 75% de la base mínima.

Había que elegir al darse de alta como autónomo entre esta bonificación y la tarifa plana, y lo cierto es que esta última salía más rentable el 95% de las ocasiones, así que nunca resultó demasiado útil; hasta el punto que la eliminaron.

De este modo, el beneficio que tienen actualmente quien sea autónomo y trabajador por cuenta ajena es la devolución del exceso de cuotas.

Devolución del exceso de cuotas

Cuando eres autónomo y trabajador por cuenta ajena estás cotizando por conceptos idénticos a la Seguridad Social en dos regímenes distintos: el RGSS y el RETA.

Por este motivo, la Seguridad Social te devolverá el 50% de tus cotizaciones, siempre que cuando la totalidad de las cotizaciones ingresadas por contingencias comunes, en ambos regímenes, supere una cuantía determinada que varía año a año.

Normalmente esta devolución se abona a primeros del mes de mayo, y se realiza de oficio, sin que tengas que solicitar nada.

¿Tendré dos pensiones de jubilación si he sido autónomo y asalariado?

Sí, podrás cobrar una por autónomo y otra por haber trabajado por cuenta ajena, siempre y cuando hayas cotizado durante al menos 15 años en ambos regímenes.

En caso de que no llegues a los 15 años en alguna de las dos opciones, puedes acumular la cotización en aquel régimen en el que sí puedes cotizar.

👩‍🏫 ¡Importante! si cobras solo tu pensión de jubilación como asalariado, debes tener en consideración que se sumará el importe de cada día que hayas cotizado en los dos regímenes; pero un día jamás contará como dos días cotizados.

Espero que con este artículo ya no te queden dudas sobre si puedes ser autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez. Eso sí, ten en cuenta que si ser autónomo ya es duro de por sí, compaginarlo con un trabajo por cuenta ajena es más duro todavía. Por ese motivo no te recomiendo perder el tiempo con los papeleos y trámites, que ya bastante tendrás con lo tuyo. Déjalo mejor en manos de Ayuda T Pymes.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • LA dice:

    Hola, una empresa de distinto sector (retail) a la mía actual donde estoy contratado (consultoría) por cuenta ajena me ha pedido que trabaje para ellos como freelance / autónomo en un pequeño proyecto y he visto que en mi contrato existe esta cláusula.

    SEGUNDA. CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES

    En el caso de que el Trabajador prestara servicios para otra empresa, deberá comunicarlo previamente y por escrito, a la Dirección de ******, informando del puesto de trabajo a ocupar, actividad de la empleadora, horario de trabajo y duración del contrato.

    En ningún caso el Trabajador podrá prestar servicios para otras empresas cuya actividad concurra directa o indirectamente con la desarrollada por ******.

    Me parece entender que se refiere a trabajar por cuenta ajena en otra empresa pero no estoy seguro… ¿Podría realizar ese proyecto cómo autónomo sin meterme en problemas?

    Mil gracias

    • GesTron dice:

      Hola Luis Alberto. Esa cláusula refleja «prestar servicios a otras empresas», indistintamente de si se trata por cuenta ajena o por cuenta propia. Deberías de consultarlo con un asesor jurídico, pero así dispuesto me temo que esa propuesta que tienes choca con tu contrato como asalariado.

  • Juan dice:

    Hola, soy funcionario en el Catastro, C2, y me ha surgido una oportunidad de teletrabajar con una empresa de arquitectura de Europa, unas 2-3 horas por las tardes, me leo la Ley de incompatibilidades y no me queda nada claro, no sé si puedo hacerme autónomo para poder hacer este trabajo.

    Muchas gracias un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Juan. En tu caso tienes que solicitar la compatibilidad a menos que tu cargo como funcionario entre en los supuestos de excepción que señala la misma ley. El órgano competente es quien decidirá. Y siempre hay que solicitarlo con carácter previo al alta.

  • María dice:

    Hola, a mi me surge una duda: yo fui autónoma desde diciembre del 2020 hasta agosto del 2022. Actualmente estoy contratada por una empresa, con contrato indefinido. En caso de volver a darme de alta como autónoma y compaginarlo con mi actual trabajo, ¿qué cuota tendría que pagar?
    Gracias

  • David dice:

    Hola quería preguntar si puedes ser asalariado y autónomo desarrollando la misma actividad, o si la empresa que te contrata puede denunciarte por competencia desleal.
    Gracias

  • Ana dice:

    Buenos días! Estoy trabajando por cuenta ajena a 20h/semana y me gustaría empezar a trabajar como autónoma unas 6h/semana. ¿Cuánto tendría que cobrar como autónoma para que me compense con la tasa que hay que pagar?
    Por otro lado, necesito saber si al estar en esta situación, en la declaración de la renta voy a tener que pagar muchos impuestos.
    Gracias de antemano.
    Un saludo,
    Ana

    • GesTron dice:

      Hola Ana. La cuota a pagar por ser autónoma dependerá de si tienes derecho a bonificaciones como la cuota cero o la cuota reducida, ya que serás nueva en el RETA. No tengas como referencia las horas que dedicarás a tu actividad por cuenta propia, sino la facturación resultante. Si no tienes derecho a bonificaciones deberías facturar más de trescientos euros para que te compense, y si estuvieras con una tarifa cero, pues casi todo sería beneficio al principio. Respecto a la Renta hay muchas variables, sería imposible orientarte sin tener en cuenta circunstancias personales y de facturación total.

  • Ernes dice:

    Buenas, enhorabuena por el artículo, mi situación es la siguiente me ofrecen un contrato por cuenta ajena de media jornada (5 horas) de duración determinada, y a la vez también me ofrecen montar una sociedad conjuntamente con otra persona, bien como asalariado, bien como autonómo societario, o en la mejor forma para que no me perjudique fiscalmente, pero desconozco cual es la mejor fórmula para compaginar ambas cosas. ¿Algún consejo?

  • Alberto Vivas dice:

    Hola buenas noches , mi pregunta es la siguiente . Puedo tener dos contratos laborales de diferentes empresas siendo yo autónomo ? Por favor estaré atento muchas gracias

  • Cristian dice:

    Hola qué tal quisiera hacerles una pregunta, soy trabajador por cuenta ajena con contrato indefinido, mi pregunta es que estoy próximo a comprarme dos furgonetas y quisiera saber si es que las pongo a trabajar y contratar a dos conductores para que la trabajen, tendría que darme de alta yo como autónomo y a ellos también verdad? Gracias. Un Saludo y me encantó esta pagina

    • GesTron dice:

      Hola Cristian. Si es una actividad económica de carácter continuado, sí tendrás que darte de alta como autónomo. Respecto a los dos conductores dependerá de la relación que tengas con ellos, porque si es a través de un contrato laboral no hará falta, y en caso de que no lo sea, entrará en juego el factor de continuidad también en cada uno de conductores.

  • Rosa maria alvarez dice:

    Siendo un matrimonio los dos autónomos ,cada uno con su pequeña empresa de transporte mercancias, ¿puede uno contratar como trabajador al otro ?

  • celeste dice:

    Hola, soy empleada por cuenta ajena pero me estoy planteado dar unos senvicios de mentoria unas horas a la semana. ¿Me tengo que dar de alta como autonoma igualmente? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Celeste. Sí vas a prestar servicios a otras empresas o personas, vas a ejercer una actividad económica y sí, debes darte de alta como autónoma también.

  • Víctor dice:

    Buenos días,

    Trabajo asalariado desde hace años. Pretendo cambiarme pronto de empresa, también asalariado.
    – ¿Puedo asalariarme con la nueva empresa y darme de alta como autónomo para seguir prestando los servicios a la empresa anterior?
    – ¿Si me despiden de mi empresa actual podría cobrar el paro anticipado para darme de alta como autónomo? Esto me imagino que sí, pero ¿qué pasa si una vez cobre el paro anticipado y me de de alta como autónomo mi único cliente (como autónomo) es la empresa que me ha despedido?

    Gracias de antemano!!!

    • GesTron dice:

      Hola Víctor, sí claro puedes tener un trabajo por cuenta ajena en una empresa y darte de alta como autónomo a la vez para trabajar con tu empresa anterior. No hay ningún problema. Ahora bien, a la hora de solicitar el pago único si vas a trabajar solo con la empresa que te ha despedido no será posible ya que no se puede solicitar si se ha mantenido una relación laboral inmediatamente anterior a la situación de desempleo. Puedes contactar con nuestros asesores especialistas en capitalización para que estudien tu caso a ver si hay alguna alternativa.

  • manel dice:

    Hola, si estoy contratado, por cuenta ajena, a 20 horas y quiero facturar como autonomo tambien, pero ya fui autonomo en dos ocasiones…, me puedo acoger a la bonificacion??o termino pagando dos veces????

    • GesTron dice:

      Hola Manuel. A la bonificación de pluriactividad sí que puedes acogerte, debes solicitarla en el momento de realizar el alta de autónomos. También se podría estudiar, dependiendo de cuándo hayas estado de alta de autónomo las anteriores veces, si podrías acogerte a la tarifa plana y ver cuál es más beneficiosa para ti. Contacta con nuestros asesores especialistas para que puedan ayudarte.

  • ana dice:

    Hola, gracias por tu post.

    Quería saber si me puedes responder a una pregunta sobre la pluriactividad. Se puede beneficiar de la bonificación en la cuota de autónomo si trabajo por cuenta ajena a tiempo competo pero al mismo tiempo estar de alta como autónomo societario ?

    Se puede un autónomo societario beneficiar de esta reducción de cuota?

    Muchas gracias
    Saludos

  • Victor dice:

    Soy autónomo, desde hace 2 años, y ahora me han hecho contrato de fijo Discontinuo por una ETT. Entonces, ¿esto afectará mi declaración de la renta y cuanto me tendrían que retener de IRPF? ¿Alguna ventaja de ese contrato por cuenta ajena?. Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Víctor. En relación a la Renta, dependerá de tus ingresos como autónomo y tus ingresos por la ETT. Contacta con nuestros asesores especialistas para que puedan hacer un estudio y simulación de cómo saldrá tu Renta aproximadamente. Igualmente, las retenciones de la ETT la deben calcular según tu salario bruto anual.

  • Liz dice:

    Hola! Soy trabajadora por cuenta ajena a tiempo parcial, trabajo 5h30 y quiero darme de alta como autónomo para trabajar en Glovo. Mi duda es si tengo algún limite de horas si me hago repartidor? Gracias por vuestra información.

    • GesTron dice:

      Hola Liz. No, no tienes ningún límite de horas aunque trabajes en otro trabajo a jornada parcial. Uno de los beneficios de los autónomos es que no tienen control en su jornada de trabajo.

  • Ale dice:

    Trabajo de cuenta ajena, y me quiero dar alta como autónomo, ¿es la cuota de autónomo deducible de la Renta en este caso?

  • Romi dice:

    Hola! Soy autónoma, un cliente me ha ofrecido una colaboración, pero me pone como condición realizar una prueba de dos semanas con contrato en nómina (luego opción de seguir en nómina o facturar como autónoma). Tengo otros clientes activos a quienes debo seguir facturarndo por tanto no puedo dar de baja mi autónomo. ¿Me conviene o me afecta tener esa nómina por el tiempo que me piden, junto con el autónomo?

    • GesTron dice:

      Hola Romi. En principio, no habría problemas es perfectamente compatible. Lo único, que te puede afectar en el tema de la declaración de la Renta, porque puede variar tu tributación y quizás te salga más a pagar este año. Para saberlo con exactitud, uno de nuestros asesores especialistas tendrías que hacer un estudio y simulación de tu situación.

  • aaron dice:

    Hola, un consulta, trabajo por cuenta ajena desde hace 23 años y quiero seguir y ahora tengo una oferta para trabajar como autónomo a tiempo parcial de ojeador en una empresa de representación donde ganaría entre 300 y 600 al mes, ¿Qué tendría que hacer? gracias de antemano

  • Roberto dice:

    Hola GesTron!

    Soy trabajador por cuenta ajena desde hace 6 años en un sector relacionado con las ventas directas, me gustaría montarme también por cuenta propia y sería sobre consultoría en marketing, no esta directamente relacionado pero podría tener problemas con mi actual empresa por cuenta ajena por incompatibilidad?? Dónde debe de reflejarse dichas incompatibilidades en mi contrato?

    Por otro lado, podría esperarme a tener suficientes clientes para superar el SMI para darme de alta? O es necesario darse de alta en RETA desde la emisión de mi primera factura?

    Gracias de antemano!

    • GesTron dice:

      Hola Roberto! El tema de incompatibilidad debe estar reflejado en las cláusulas de tu contrato, revísalo para ver si dicha actividad es incompatible. Respecto a darte de alta, lo importante no es que factures más o menos del SMI, sino que Seguridad Social y Haciendan se fijan en la habitualidad de la actividad. Si se ejerce con carácter habitual lo correcto es darse de alta desde el inicio en Hacienda y en Seguridad Social. Contacta con uno de nuestros asesores especialistas que pueden ayudarte con esta gestión.

  • Ana dice:

    Hola,
    Soy autónomo en España. Quiero vivir en Suecia por un tiempo y trabajar por cuenta ajena (como asalariado, no como autónomo), y al mismo tiempo mantener mi actividad como autónomo en España. ¿Es posible hacerlo? Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Ana. Para ser autónomo en España uno de los requisitos es ser residente fiscal. Puedes mantener tu actividad aquí, pero si dejas de ser residente fiscal tendrías que darte de baja en Seguridad Social, manteniendo solo el alta en Hacienda. De todas formas, es un caso particular que uno de nuestros asesores especialistas tendría que estudiar con detalles.

  • Natalia dice:

    Buenas tardes,
    Soy autónoma desde el 2015. Últimamente el negocio no va muy estable y estoy planteando de trabajar por cuenta ajena. Tengo una oferta de trabajo para el tiempo completo para 3 meses en una oficina con horarios fijos. Por eso no puedo facturar a esta empresa, tiene que ser el contrato laboral. Al terminar estos 3 meses de momento no se sabe si van a prolongar el contrato o el trabajo por cuenta ajena se termina. Por este motivo no quería darme de baja como autónoma y al terminar el contrato poder seguir con la actividad por cuenta propia. Entiendo bien, que durante estos 3 meses de trabajo por cuenta ajena ¿pagaré igualmente las cuotas de 283 euros de autónomos?
    Muchas gracias.

  • sara dice:

    Hola!
    Lo primero gracias por tu post y comentarios!.. Yo estaba en situación de pluriactividad y mi empresa ha hecho un ERE y nos ha echado a la mitad de la plantilla, me queda claro con tus comentarios que por estar de autonoma (aunque sea reciente) cuando me han echado no tengo derecho a desempleo, pero si dentro de unos meses no funciona mi negocio y me doy de baja…puedo percibir el paro acumulado?
    Gracias
    Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Sara. La baja de autónomos no da derecho a desempleo ni a cobrar luego toda la prestación, a menos que, estés acogida a la cobertura del cese de actividad y justificar las pérdidas de la actividad ante el SEPE, el proceso es tedioso y tienes que estar acogida a la cobertura de cese para ello uno de nuestros asesores especialistas puede ayudarte.

  • Diego dice:

    Buenos días.
    Recientemente me he hecho autónomo y he cobrado el pago único del paro que tenía para desarrollar la actividad.
    Ahora me ha llamado una empresa para trabajar por cuenta ajena. ¿Podría continuar mi actividad de autónomo y trabajar en la nueva empresa sin que me reclamen devolver la cuantía del pago único?
    Un saludo y muchas gracias

  • Nelson dice:

    hola soy un trabajador transfronterizo y he estado trabajando para una empresa española durante 5 años. Durante el mismo período trabajé por mi cuenta en Portugal. Ahora la SS me dice que tengo que empezar a trabajar como autónomo aquí en España y pagar todos los años que llevo trabajando como autónomo en Portugal. ¿Eso es posible?
    ¿Cuánto tendré que pagar?

  • Jose Angel dice:

    Hola.
    Trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, pero de vez en cuando me llaman desde una entidad de formación para adultos con el fin de impartir clases. ¿Puedo superar el SMI como ingreso anual por estas clases sin tener que darme de alta como autónomo? Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Jose Ángel, si vas a realizar esas formaciones con una habitualidad deberías tramitar tu alta como autónomo. Ten en cuenta, que independientemente de superar o no el SMI Hacienda y Seguridad Social pueden considerar que si hay recurrencia o habitualidad, estás ejerciendo una actividad económica. Si son cosas muy puntuales, podrías tramitar el alta solo en Hacienda y presentar las declaraciones correspondientes. Pero es una cuestión que hay que estudiar en cada caso, uno de nuestros asesores especialistas podrá ayudarte con este tema.

  • DIEGO dice:

    Hola,

    Tengo una consulta que he visto que no se ha planteado. Yo soy trabajador por cuenta ajena, pero quiero llevar las redes sociales de un familiar, al que quiero cobrarle 1000+iva

    Según he leído al ser una facturación esporádica y no continuada no haría falta dar se de alta en seguridad social pero si en Hacienda con un modelo censa 036-037. ¿Es correcto?

    Y rizando el rizo, si fuesen dos empresas de la misma cuantía…¿entiendo si que sería conveniente/obligatorio este alta?

    ¿Existe alguna formula de alta para 2.000 euros + iva que no sea excesivamente cara?

    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Diego. Una sola factura es algo puntual y basta con el alta en Hacienda con ese importe. Dos facturas a distintas empresas también pueden considerarse como puntuales, pero ya entra en juego la interpretación de la norma por parte de hacienda dependiendo de otras variables o patrones -> ¿es a la misma sociedad, es el mismo importe, es la misma actividad económica, cuánto tiempo ha pasado entre las facturas? No deberías tener problema alguno, pero cuidado si generas una tercera o cuarta.

      Por último, no hay fórmulas especiales en función del importe facturado. Espero que esta información te sirva de ayuda.

  • Michelle dice:

    Hola mi nombre es Michelle y tengo 27 años, tengo varias dudas, estoy trabajando como empleada fija desde hace 3 años, mis padres son autónomos, me gustaría dejar mi trabajo y hacerme autónoma para trabajar con ellos y además hacer algún trabajo yo sola como vender ropa por internet. Podría optar a cobrar el paro si me voy voluntariamente de mi empresa actual? como puedo demostrar si me lo dieran todo en un único pago en gastos de la empresa si ya esta creada? Podría darme de alta con dos actividades?
    Gracias de antemano.
    Un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Michelle, si te vas de forma voluntaria no tienes derecho a desempleo. Estando creada la empresa hay alguna forma de invertir el pago único a través de la compra de participaciones. Respecto a las actividades, sí es posible dar de alta más de una actividad, aunque si es una sociedad habría que estudiar antes el objeto social de las escrituras y ver si es necesario modificarlo. Un asesor especialista puede ayudarte con esto.

  • Pepe dice:

    Hola. Tengo la siguiente duda. Soy funcionario de carrera, y quiero montar una academia online. ¿Tendría que darme de alta como autónomo para llevar a cabo dicha actividad o hay algún régimen especial o similar? ¿O mientras que no supere el SMI no sería necesario? Gracias de antemano. Un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Pepe. Debes consultar el régimen de incompatibilidades ya que eres funcionario. Si no se detecta incompatibilidad, tendrías que elegir la fórmula jurídica (sociedad o como autónomo), pero en cualquiera de los casos sí tendrías que darte de alta en el RETA, de una u otra forma, ya que se trata de una actividad continuada por su propia naturaleza que te traerá ingresos regulares, independientemente de los importes de facturación.

  • Marta dice:

    Hola! Actualmente estoy trabajando en una empresa pero estoy de baja. Podría darme de alta en autónomos sin coger el alta y continuando en la empresa a la vez?

    • GesTron dice:

      Hola Marta, pues depende del tipo de baja. Hay casos excepcionales en los que el motivo de la baja afecta directamente a tu actividad como asalariada, pero no a tu actividad por cuenta propia por ser de una naturaleza completamente diferente.

  • Mar dice:

    Mi hijo en noviembre del 21 se hizo autónomo.Ahora le han llamado para un puesto de una multinacional y el puesto se lo han dado.pidió todo su paro para montar el negocio,solo trabajaba el,compro con ello coche y herramientas …que debería hacer si dejara de ser autónomo?le pondrán alguna penalización por pedir algo que era suyo y gastarlo en coche y herramientas

    • GesTron dice:

      Hola, Mar. Ya hace meses que tu hijo justificó los gastos de aquel pago único y en principio no hay una penalización por darse de baja a menos que haya indicios claros de fraude (oportunismo planificado). Si cesa la actividad comercial, el SEPE puede exigirle una nueva acreditación para el destino de los ingresos y comprobar que dicha actividad cesó por cuestiones objetivas. Hemos conocido casos en que exigen la tributación del importe recibido hasta un máximo de 5 años si las sospechas de fraude tienen fundamento.

  • Laura dice:

    Hola, actualmente trabajo como empleada fija discontinua y estoy pensando en emprender ofreciendo servicios de clases de música. Como serán pocos días, he leído que al no llegar al mínimo, no tendría porqué darme de alta como autónoma. Mi duda es… ¿Ese máximo de ingresos brutos anuales que se permite para que no te des de alta como autónomo y puedas ejercer la actividad, se contabiliza por lo que ingreso por esa actividad, o con la suma de lo que gano como trabajadora por cuenta ajena? Es decir, ¿Se sumarían mis ingresos como trabajadora y por cuenta propia para determinar si pago o no cuota de autónomo, o sólo se contabilizaría para ello lo que gane por cuenta propia?

  • Juan Gary dice:

    Tenía una consulta. ¿Se puede ser trabajador por cuenta ajena y autónomo de la MISMA empresa? Es decir, tener un sueldo cada mes y cuando les ofreces algo que les interesa que te paguen eso como autónomo. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Juan. Se puede siempre que se cumplan ciertos requisitos, como que no te impongan horarios, que no uses sus recursos, y que se trate de unas tareas diferentes que las indicadas en tu contrato por cuenta ajena. De lo contrario serías un falso autónomo.

  • Nay dice:

    Soy una joven de 18 años que me.voy dar de alta como autónoma con la tarifa plana y subvención de promoción de empleo autonomo. Mi consulta es si durante los 3 años que tengo que estar de alta o incluso después puedo perder alguna bonificacion que tenga la futura empresa que esté interesada en contratarme como asalariada.

    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Nay. Mientras estés de autónoma puedes trabajar como asalariada al mismo tiempo, sin problema. Lo único es que no tendrías derecho al paro de asalariada mientras estés de alta en el RETA. Pero la tarifa plana la conservarías. Respecto a la promoción de empleo autónomo habría que comprobar los requisitos y obligaciones para ver tu supuesto concreto.

  • Marta dice:

    Hola, soy autónoma desde hace menos de un año (pago unos 60€ porque tengo la tarifa plana), pero también estoy estudiando un máster con el que me han ofrecido hacer prácticas remuneradas extracurriculares. ¿Serían compatibles estas prácticas con el poder seguir trabajando y facturando como autónoma? ¿Qué cuota tendría que pagar en ese caso? ¡Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola, Marta. En nada te afectará trabajar por cuenta ajena (o prácticas) a tu bonificación en la cuota. Puedes estar tranquila en ese aspecto.

  • Fátima dice:

    Hola , tengo una pregunta , yo soy autónoma, tengo una tienda pero no foncciona bien y quiero trabaraj las tardes en un restaurante y me quieren dar de alta una hora , mi pregunta es a la hora de hacer la declaración de la renta me van a pedir muchi dinero?? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Fátima. Lo que te pidan en la renta depende de muchos factores, pero no te van a «penalizar» por trabajar por cuenta ajena y de autónoma al mismo tiempo.

  • Yajaira Isabel Domínguez dice:

    Hola. Yo estoy trabajando de joyería de lunes a viernes. Mi jornada completa e indefinido. Mi pregunta es: ¿PUEDO TRABAJAR SIENDO AUTÓNOMO Y AL MISMO TIEMPO CON EL TRABAJO QUE TENGP ACTUALMENTE? Para ello quiero abrir una tienda onlie con el tema de joyería. Y de ahí mi pregunta si puedo con mi tienda online(AUTÓNOMO)junto mi trabajo(actual). GRACIAS

  • Maria dice:

    Hola,estoy trabajando desde hace 12 años por cuenta ajena y de cara al 2023 quiero ser autónoma tamb para montar una tienda y hacer las dos cosas junto a mi hija que tendría que asegurar por 4 horas, esto se puede hacer?yo fui autónoma 3 meses en el 2010 hay agun problema por ello?en los periodos se invierno en mi trabajo de recepción estoy en paro ,podría cobrar el paro o ayuda como siempre o al ser autónoma ya no podre cobrarlo aunque también sea asalariada ?
    Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola, María. Puedes ser autónoma y contratar a tu hija, y hay varias alternativas según los requisitos que se cumplan. Por otro lado, si fuiste autónoma hace ya tanto tiempo podrás acceder, o bien a la bonificación de tarifa plana o la de pluriactividad. Y mientras seas autónoma, no podrás acceder a la prestación por desempleo como asalariada. Así es.

  • Ezequiel dice:

    Hola buenas, tengo una duda la cual no encontré respuesta en los comentarios anteriores. Si trabajo por cuenta ajena y quisiera darme de alta como autónomo para intentar hacer un poco más de dinero con glovo por ejemplo, que tanto afectaría la declaración de mi renta el año próximo? Siendo el primer año podría pagar él mínimo de autónomo? Y si luego me diera de baja implicaría algún problema ? Muchísimas gracias por todas tus respuestas

    • GesTron dice:

      Hola, Ezequiel. Siendo el primer año solo tendrías un 7% IRPF y la posibilidad de acceder a la tarifa plana de 60€. Si tu camino como autónomo es a largo plazo y ya trabajas como asalariado a jornada completa podría convenirte más la bonificación por pluriactividad.

      Respecto a la renta hay muchas variables que entran en juego. Cualquier respuesta sería vaga sin más datos. Y recuerda que también tendrías que presentar las declaraciones trimestrales (IVA).

  • cristobal dice:

    Buenas tardes, soy autónomo y una empresa me quiere contratar por 1 mes. Como soy autónomo me proponen que yo les facture mis servicios o bien me dan de alta como trabajador por cuenta ajena?
    Cuál sería la mejor opción ? Muchas gracias por vuestros consejos. Un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola, Cristobal. Tendrás que echar mano de la calculadora. Si estás como autónomo ellos se libran de pagar seguros sociales, cuando tú ya pagas los tuyos. Evidententemente tu tarifa como autónomo debe ser muy superior al sueldo equivalente como asalariado. Te pongo un ejemplo redondeado. Para un sueldo de 1000, un empresario acaba pagando siempre de más entre 300 y 500 euros en estos conceptos que como autónomo ya estás asumiendo por tu cuenta en otra actividad a través de la cuota.

  • Kinga dice:

    Buenos días,

    Me gustaría hacerles una consulta sobre pluriactividad. Tengo un contrato de fija discontinua parcial (60% de la jornada). Me gustaría también trabajar por mi cuenta pero no sé cuál sería la bonificación más adecuada en mi caso? La tarifa plana de autónomo es compatible con empleo por cuenta ajena? Quisiera añadir que nunca he trabajado como autónoma.
    Muchas gracias y saludos!

    • GesTron dice:

      Hola, Kinga. Pues vas a tener que echar cálculos, o lo hacen los superasesores si les facilitas más datos sobre tus circunstancias actuales. La tarifa plana es compatible con ser asalariado, sí; solo que no es compatible con la bonificación por pluriactividad. Tendrás que elegir entre las dos. Con una jornada completa y perspectiva de continuar como asalariado es mejor la ayuda por pluriactividad, pero con una jornada parcial, y además de discontinuo, los cálculos son imprescindibles para darte la respuesta precisa.

  • Marina dice:

    Buenos días, tengo una duda. Me he dado de alta como autónoma por primera vez y me han concedido la tarifa plana pero esta mañana me han llamado de un empresa para ofrecerme trabajar por cuenta ajena a partir de septiembre. ¿Como ya estoy dada de alta como autónoma y beneficiándose de la tarifa plana debo hacer algo? ¿Estoy incumpliendo alguna norma?

    Gracias de antemano
    Marina

    • GesTron dice:

      Hola, Marina. No hay problema en trabajar por cuenta ajena a la vez que eres autónoma. No tendrás problemas con la tarifa plana siempre que cumplas con tus obligaciones como autónoma.

  • Roberto dice:

    Hola, soy trabajador por cuenta ajena a jornada completa, estoy pensando montar una tienda online para gestionar en mi tiempo libre y generar un pequeño sobresueldo. Según la información que he encontrado, debo darme de alta como autónomo, ¿es cierto?
    Me gustaría tener toda la información sobre el proceso y saber como me afectará a la hora de hacer la declaración de la renta, para saber si es viable o no. De ser viable me gustaría contratar sus servicios de asesoría.
    Un saludo!

    • GesTron dice:

      Hola, Roberto. Si ya trabajas por cuenta ajena tienes varias posibilidades a escoger al hacerte autónomo (tarifa plana o pluriactividad). Una tienda online genera ingresos periódicos y eso obliga al alta como autónomo independientemente de que superes el SMI o no. Si quieres desgravarte los gastos iniciales (hosting, desarrollo web…) debes adelantar el alta en Hacienda y RETA, y si prefieres esperar a la primera factura de ingresos también puedes, pero no más allá. Por supuesto puedes contar con nuestro equipo de asesores para este proyecto. Si algo sabemos de los pluriempleados es que el tiempo para hacer papeleos no abunda.

  • Michelle dice:

    Hola… quiero realizar una consulta
    Quisiera saber si Tengo alguna penalización o algo parecido … te explico mi caso mira hace 3 meses me di de alta en el Reta para trabajar en el área de seguros porque no tenía absolutamente nada de ingresos y para probar pues me di de alta y ahora hace poco me llamaron para otro trabajo pero por cuenta ajena entonces no se si tengo algún tipo de penalización o que tengo que hacer

    • GesTron dice:

      Hola Michelle. Mientras cumplas tus obligaciones como autónoma puedes trabajar por cuenta ajena a la vez sin temor. Es lo que se denomina pluriactividad.

  • Eva dice:

    ¡Hola! Si ya soy autónoma y un cliente me propone un contrato como asalariada, ¿Me interesa aceptarlo o me interesa cobrarles como autónoma?
    ¿Qué sale más rentable a nivel fiscal y de ingresos?
    En caso de cambiar a pluriactividad, al llevar 2 años como autónoma no tendría bonificación ¿Verdad?

    Muchas gracias por el artículo y por las respuestas, sois de gran ayuda 🙂

    • GesTron dice:

      Hola, Eva. Si ya eres autónoma suele salir más rentable facturarlo que tener un salario, si aceptan. Más que nada porque un autónomo es quien establece sus tarifas. Ten en consideración, como referencia, que para un salario de 1000€ un empresario termina pagando bastante más por los seguros sociales. En cambio, si como autónoma cobraras esa cifra le estarías regalando esos seguros (que tú si pagas como autónoma). Por eso los autónomos cobramos más que los asalariados por un mismo servicio, y es bien sabido por los empresarios.

      Y no se puede acceder a la bonificación por pluriactividad si ya eres autónoma, es solo cuando parte de ser asalariada y además te haces autónoma en un momento dado.

  • francisco dice:

    Hola, en el caso que has explicado muy bien por cierto, es lo mismo al REVÉS, es decir yo llevo de autónomo muchos años y podría ahora hacerme asalariado. Y otros cuestión que viene a pelo, me afecta de alguna manera para la jubilación. Tengo 58 años y llevo desde los 21 de autónomo, por si ese dato pueda interesarte. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Francisco. Para el tema de la jubilación tenemos especialistas jurídicos ya que cada caso puede ser un mundo, y el tuyo es claramente excepcional (más aún con el periodo de transición que estamos viviendo con la ampliación de la edad de jubilación y con las excepciones a la regla). Déjales tus datos y se pondrán muy pronto en contacto contigo.

      Lo que sí te adelanto es que a Gestron le ocurre como a ti, que es asalariado y autónomo al mismo tiempo. Se puede perfectamente y no afecta a bonificaciones de cuotas a menos que te hagas autónomo en sentido contrario (siendo ya asalariado), porque entonces sí tendrías acceso a la bonificación por pluriactividad.

  • Esperanza dice:

    Hola, si eres autónoma y te han dado una subvención, puedes trabajar en un periodo de un mes asegurada con otra empresa?

  • Alba dice:

    Hola! Tengo la siguiente duda…Trabajo por cuenta ajena en una empresa pública bajo Guadalquivir como técnico de laboratorio. Me he dado de alta como autónomo en régimen de enfermera para hacer trabajos por cuenta propia. ¿Es necesario de cara a la legalidad que solicite una solicitud genérica de compatibilidades? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Alba. El Régimen de compatibilidades de los funcionarios es un mundo (bastante restrictivo por cierto). Habría que estudiar tu caso en particular, pero ya nos ha pasado tiempo atrás de incidencias por no seguir el procedimiento para estos casos. ¡Ojo!

  • Menchu dice:

    Hola, ver si podéis ayudarme. Quiero ponerme de autónoma y acogerme a las ayudas de cotización x ser joven. Sin embargo, un requisito es q hayan pasado tres años desde la última vez q ya estado de autónoma.
    Hace dos años y medio, estando trabajando x cuenta ajena, me dí de alta en autónomo sólo cuatro días xa gestionar la barra de bar durante las fiestas del pueblo. Ese periodo cuenta igual q si hubiera q si hubiera sido un periodo más largo o hubiera emprendido una actividad o negocio de mayor envergadura??

    • GesTron dice:

      Hola, Menchu. Esos cuatro días que estuviste de alta como autónoma afectan al cómputo, sí. Lo siento. La buena noticia es que nuestros asesores llevan diciéndome el último año que ya van varias ocasiones que están aceptando el acceso a la tarifa plana si han pasado más de 24 meses desde el último periodo por cuenta propia. Te recomiendo que consultes a los expertos sobre esta laguna legal y si recientemente han seguido teniendo casos.

  • Tatiana dice:

    Hola, me gustaría que me resolvieran esta duda. Yo trabajo como enfermera por cuenta ajena y además soy autónomo. Cuando cese mi contrato por cuenta ajena, tengo derecho a cobrar paro aunque siga como autónomo? Le agradecería resolviera mi duda, muchas gracias

  • Laia dice:

    Gracias por la info. Tengo un par de dudas. Hace un año me hice autónoma para poder trabajar en estudios de tatuaje pero el trabajo va y viene y me estoy planteando cogerme un contrato de media jornada o incluso contratos por días como azafata/hostess. Mi pregunta es si me va a caer un puro luego en la renta del año siguiente, puesto que tengo algunas propiedades a mi nombre también, aunque normalmente me sale a devolver porque mis ingresos la mayoría de meses son negativos. Actualmente estoy pagando ya la cuota de autónomos de 160€ que entiendo es bonificada al 75%? Tendré que pagar más al mes por los autónomos? O simplemente a final de año, lo veré reflejado en la renta? Me sale a cuenta trabajar con contrato? Saludos y gracias.

    • GesTron dice:

      Hola, Laia. No verás un cambio en tu cuota más allá de lo establecido en la Ley para tus circunstancias iniciales. Respecto a la renta, es más complejo de responder porque entran en juego más variables y cálculos. Necesitaríamos estudiarlo.

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