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¿Cómo presentar los impuestos de un autónomo?

Lo has hecho o, al menos, es inminente. Acabas de tramitar tu alta como autónomo y aún no controlas del todo el tema de los impuestos trimestrales, anuales y las demás obligaciones fiscales de tu negocio.

Cualquier actividad profesional está sujeta a una carga fiscal. Desde el momento en que te pongas en marcha, tendrás que empezar a organizar la información vinculada a tu facturación, gastos, trámites laborales, etc.

Hoy en Gestron, repasaremos las obligaciones fiscales e impuestos del autónomo. Desde cómo darte de alta en Hacienda, tu declaración censal, qué impuestos son los que debe pagar un autónomo (IRPF, IVA, IAE) y qué modelos debes presentar 🔎📊

Antes de presentar los impuestos de un autónomo

Para desarrollar una actividad profesional por cuenta propia, ya sea de forma esporádica o continuada, es obligatorio cursar el alta en Hacienda.

Para registrarte en el censo de empresarios, tendrás que presentar el modelo de declaración censal (036 o 037).

Al presentar dicha solicitud, vas a notificar tus datos personales, indicar la actividad que vas a desarrollar, el domicilio donde ejerces la actividad y los impuestos que, como autónomo, tendrás que declarar.

Cada vez que haya una variación en estos datos, tendrás que presentar de nuevo el modelo 036 o 037 indicando la información correcta.

¿Tienes gastos deducibles antes de iniciar tu actividad como autónomo?

Si tienes gastos relacionadas con la puesta en marcha de tu negocio antes de iniciar tu actividad, para poder deducírtelos, tendrás que presentar un aviso previo en Hacienda con el mismo modelo 036, marcando la casilla 504 📝

No olvides que cuando vayas a iniciar por fin la actividad, tienes que volver a presentar el modelo 036 y marcar la casilla 508 para comunicarle a Hacienda el alta definitiva.

Seleccionar el epígrafe IAE

A la hora de declarar tu actividad, tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes Impuesto de Actividades Económicas (IAE), regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, para incluir tu registro de actividades empresariales y profesionales.

Aunque tienes la obligación de inscribirte, si eres una persona física o un sujeto pasivo del Impuesto de Sociedades con un importe neto de negocio inferior a 1.000.000 de euros, estarás exento del pago de este impuesto.

¿Qué impuestos debe pagar el autónomo?

IRPF AUTÓNOMOS

Por un lado, está el IRPF de los autónomos, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que grava las rentas generadas por tu actividad y que se paga trimestralmente.

Tendrás que elegir entre el Régimen de Estimación Directa Simplificada, el Régimen de Estimación Directa Normal y el Régimen de Estimación Objetiva (Módulos).

¡Recuerda! Si tu actividad es profesional no tienes la obligación de presentar el modelo de IRPF si emites facturas con retención en al menos el 70% de tus ingresos.

En caso de que desarrolles la actividad de tu negocio como sociedad, tendrás que tributar por el impuesto de sociedades en lugar de hacerlo por el IRPF.

IVA AUTÓNOMOS

Por otro lado, está el IVA, Impuesto sobre el Valor Añadido que “se paga” trimestralmente. Tú, como autónomo, aplicas el porcentaje de IVA que te corresponda al precio de tus productos o servicios.

Al final, tendrás que pagar la diferencia del IVA repercutido y cobrado a tus clientes, con el soportado por tus compras a proveedores.

Impuestos trimestrales de los autónomos: ¿qué modelos debo presentar?

  • Declaración trimestral del IVA. Tendrás que presentar el modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Si cotizas en módulos, debes declarar la parte que corresponde al régimen simplificado de IVA en el modelo 303. En caso de que lleves a cabo operaciones intracomunitarias, también deberás presentar el modelo 349. Recuerda que todos los autónomos que no presenten su IVA de manera trimestral en el modelo 303, tienen la obligación de presentar el modelo 309 cuando realizan compras intracomunitarias.
  • Declaración trimestral del IRPF, teniendo que declarar el modelo 130 si tributas por estimación directa o en el 131 si lo haces en módulos, hasta el día 30 en el mes de enero y hasta el 20 los meses de abril, julio y octubre.
  • Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta en caso de que tengas trabajadores contratados, subcontrates a otros autónomos que te facturan con retenciones del IRPF o si alquilas una oficina o local con retención.

Dado el caso, tendrás que declarar el modelo 111 trimestralmente (retenciones a trabajadores y profesionales) o el modelo 115 (retenciones de alquileres), liquidando en Hacienda la cuantía de la retención que se refleja en las nóminas de tus trabajadores, en las facturas de tus proveedores autónomos o en la factura del alquiler de tu centro de trabajo.

¿Cuándo se pagan los impuestos trimestrales?

Los meses de presentación de trimestres son abril, julio, octubre y enero, teniendo como plazo del 1 al 20 de cada uno de ellos para realizar tu presentación 📆

A continuación te dejo qué modelos debes presentar para que no te saltes nada 👀

Los modelos 130, 303, 111, 115, 123 y 349 son los más habituales durante los meses de abril, julio y octubre. Si eres sociedad, recuerda que debes presentar también el modelo 202 durante el mes de abril (1P) y octubre (2P).

En enero la cosa cambia, ya el plazo para presentar los modelos 303, 390, 349 y 130 pasan del 1 al 30, consiguiendo10 días más de plazo para su presentación.

Impuestos anuales de los autónomos ¿qué modelos debo presentar?

  • Declaraciones resúmenes anuales, de carácter informativo y recapitulativo, que debes declarar en enero, tanto sobre retenciones e ingresos a cuenta (modelos 180, 190) como sobre el IVA (modelo 390).
  • Declaración anual de operaciones con terceros, a presentar en el modelo 347 del 1 al 28 de febrero, indicando aquellas personas o entidades, clientes o proveedores, con los que en el año anterior el conjunto de operaciones realizadas por encima de los 3.005,06 euros.
  • Declaración anual del IRPF, a presentar mediante el modelo 100, más conocido como declaración de la renta.

Si tienes una sociedad mercantil limitada, una sociedad anónima o una asociación, debes declarar el modelo 202 y realizar los pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre.

En caso de que tengas la obligación de realizarlo debido a las ganancias del año anterior, tendrás que incluir tu declaración del impuesto de sociedades mediante el modelo 200 a presentar hasta el 25 de julio (anualmente).

Recuerda que si en algún momento tienes problemas de liquidez temporal, podrás solicitar aplazamiento de los pagos de los modelos, aunque no de todos. Hacienda será la encargada de decidir la concesión de este aplazamiento y tendrá un tanto por ciento de interés debido a este aplazamiento.

¿Cómo presentar los impuestos de un autónomo?

Con la digitalización paulatina de las instituciones, desde el año 2015 la Agencia Tributaria obliga a los autónomos a declarar sus impuestos de forma telemática.

Para su presentación, tendrás que utilizar un DNI electrónico, una clave PIN temporal o, la que pienso es mejor opción y más sencilla a largo plazo, generes un Certificado Digital y lo instales en tu ordenador.

Lo mejor es evitar dolores de cabeza y adelantarse a los problemas con la ayuda de un asesor de confianza 😎

Mi recomendación es que contactes con mis amigos de Ayuda T Pymes para que tramiten todos tus impuestos como autónomo y así evites posibles sanciones por parte de la administración 🤑

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