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Cuenta Corriente Tributaria | Para qué sirve y cómo funciona

Puede que hayas escuchado alguna vez hablar sobre la Cuenta Corriente Tributaria. Si es así, te preguntarás: soy autónomo, ¿es para mí?

Por supuesto que es para ti. Y saber qué es, para qué sirve y cómo funciona la Cuenta Corriente Tributaria te sacará de dudas y te empujará a solicitarla, ya que tiene muchas ventajas para los autónomos. 

Qué es la Cuenta Corriente Tributaria

La Cuenta Corriente Tributaria se encuentra regulada en el Real Decreto 1065/2007, concretamente en sus artículos 138 a 143, en los que se regulan los procedimientos y actuaciones que tienen relación con los tributos. 

Ésta es una cuenta abierta con la Administración en la que se incluyen los movimientos relativos a las cantidades pendientes de pago y también las pendientes de cobro, compensando así unas con las otras. De esta forma se pretende facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, extinguiendo las deudas de forma automática

Para qué sirve la Cuenta Corriente Tributaria

Es un sistema que tiene una gran utilidad, sobre todo para las empresas que tienen un gran volumen de movimientos de obligaciones de pago y derechos de cobro con la Administración. 

Mediante el uso de la Cuenta Corriente Tributaria se anotan las deudas y créditos y se compensan de forma automática unas con las otras

Podrán incluirse en la Cuenta Corriente Tributaria las deudas y derechos de cobro generados por los siguientes impuestos: 

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Impuesto sobre Sociedades (IS).
  • Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), cuando se trate de obligados tributarios que obtengan rentas obtenidas a través de un establecimiento permanente.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

No se podrán incluir ni anotar para compensar automáticamente las deudas siguientes:

  • Las que procedan de autoliquidaciones presentadas fuera de plazo.
  • Las derivadas de liquidaciones provisionales o definitivas practicadas por los Órganos de la Administración Tributaria.
  • Las devengadas en concepto de IVA en operaciones de importación excepto en los casos en los que se haya optado por la aplicación del diferimiento del ingreso de las cuotas liquidadas por la Administración (artículo 167 dos LIVA).
  • Las devoluciones reconocidas en procedimientos especiales de revisión y en la resolución de recursos y reclamaciones.

Cómo funciona la Cuenta Corriente Tributaria

El 1 de octubre se inició el plazo por parte de la Agencia Tributaria para que los autónomos puedan solicitar la Cuenta Corriente Tributaria para compensar las deudas derivadas de impuestos con dinero que les deba la Administración por cualquier motivo. 

Los trabajadores por cuenta propia que soliciten esta herramienta podrán empezar a utilizarla a partir de 2024 para compensar sus deudas con devoluciones pendientes por parte de la Administración. 

La principal ventaja que aporta esta nueva herramienta es la posibilidad de pagar declaraciones trimestrales, como el IVA o el IRPF, y también las anuales, como la Declaración de la Renta, con cuantías pendientes de cobrar derivadas de las autoliquidaciones de otros periodos. 

Requisitos para crear una Cuenta Corriente Tributaria

Para poder crear una Cuenta Corriente Tributaria es necesario cumplir los siguientes requisitos

  • Estar dado de alta en el censo de empresarios o profesionales y en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • Ser empresario o profesional y estar obligado a presentar de forma periódica autoliquidaciones tributarias de IVA y/o de retenciones e ingresos a cuenta.
  • La suma de los créditos reconocidos durante el ejercicio anterior a la solicitud de la cuenta tiene que ser de, al menos, el 40% de las deudas tributarias generadas en el mismo período de tiempo.
  • Haber presentado autoliquidaciones del Impuesto de Sociedades o del IRPF durante el último año y dentro del plazo establecido. 
  • Haber presentado las declaraciones informativas y los pagos a cuenta y resumen anual de IVA a que estén obligados.
  • No tener ninguna deuda tributaria en período ejecutivo, a no ser que estén aplazadas o suspendidas. 
  • No tener pendiente ningún pago de responsabilidades civiles por delito contra hacienda.
  • No haber renunciado a la cuenta corriente durante los dos últimos años, ni haber sido excluido.

Pasos para crear una Cuenta Corriente Tributaria

Para crear una Cuenta Corriente Tributaria siendo autónomo hay que seguir los siguientes pasos

  • Presentar la solicitud en el mes de octubre del año anterior a aquél en el que desee iniciar la compensación de deudas. 
  • Esperar a la verificación por parte de la Agencia Tributaria del cumplimiento de los requisitos. 
  • Recibir la resolución en el plazo de tres meses. Si no la recibes, se entiende desestimada la solicitud por silencio administrativo. 

Una vez recibida la resolución estimatoria la Agencia Tributaria irá haciendo anotaciones en la cuenta corriente de manera trimestral: el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. En estas anotaciones se indicarán las nuevas deudas o devoluciones, y se notificará al autónomo que tiene 10 días para formular alegaciones.

¡Recuerda! Los autónomos que quieran abrirse esta cuenta con la Administración, tienen de plazo hasta el próximo 31 de octubre y la herramienta se activaría a partir del 1 de enero de 2024. Como has visto, los pasos para solicitarla son muy sencillos y tiene importantes ventajas, así que te animamos a que la pidas si cumples los requisitos. 

Si tienes más dudas sobre impuestos, deudas con la Agencia Tributaria y cualquier otra cuestión relacionada con la gestión de tu negocio, ¡contáctanos!

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