La vida de por sí es complicada, pero es que a veces nos la complicamos más sin necesidad. Porque si existiendo el Documento Único Electrónico y pudiendo usarlo, nos ponemos a crear una empresa a la antigua usanza, es que tenemos un gen con ganas de líos por ahí perdido en nuestro ADN 🤦
O eso, o que no nos hemos enterado todavía de que existe la posibilidad de utilizar este documento. Y como veo que tú sí estás ya sobre la pista, yo voy a contarte lo que tienes que saber sobre el famoso DUE. Que como ya te imaginarás, no todo el monte es orégano.
Así que vamos a lo que vamos.
¿Qué es y para qué sirve el Documento Único Electrónico (DUE)?
Como bien indica su propio nombre, se trata de un documento electrónico cuyo fin es agilizar los trámites necesarios para crear una empresa o para que un autónomo se dé de alta por Internet.
Es decir, se trata de un documento que ahorra de presentar la mayor parte del papeleo a la hora de poner en marcha un negocio.
El DUE es una ayuda mayor de lo que parece, incluso. Porque permite que prácticamente todo el jaleo que requiere constituir una empresa, se pueda hacer a través de un mismo procedimiento, sin tener que mandar un buen número de documentos a distintos organismos.
¿Qué negocios se pueden crear con el DUE?
Antes te di la de cal y ahora viene la de arena (la de arena es la mala, sí).
¿Te acuerdas cuando te dije que no todo el monte es orégano? Te lo decía porque el DUE no está pensado para todos todos los negocios. Pero vamos a ver el vaso medio lleno y a quedarnos con que sí sirve para los siguientes tipos:
- Empresarios individuales (personas físicas que se dan de alta como autónomas en el RETA).
- Emprendedores de Responsabilidad Limitada.
- Sociedades de Responsabilidad Limitada.
- Sociedades Limitadas Nueva Empresa.
- Sociedades Limitadas de Formación Sucesiva.
- Sociedades Civiles.
- Comunidad de Bienes.
¿Por qué no se puede utilizar por ejemplo para crear por ejemplo una Sociedad Anónima? Pues porque el DUE es lo que es, un documento, no El Ilusionista. Por, lo tanto no hace magia.
Es decir, que se puede simplificar lo que es susceptible de ser simplificado. Pero hay muchos tipos de sociedades cuyo proceso de constitución es más complejo y que por consiguiente, no se puede reducir al DUE.
¿Qué tramites se realizan a través del DUE?
El DUE engloba un buen número de trámites que quedan realizados con su presentación:
- Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, modelos 036 y 037. En el caso de la Comunidad Autónoma Canaria, Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad, modelo 400.
- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), modelos 845 y 846.
- Solicitud de afiliación a la Seguridad Social, asignación de número de Seguridad Social y variación de datos, modelo TA. 1.
- Solicitud de alta en el Régimen Especial de Autónomos, modelo TA. 0521/1.
- Inscripción en la Seguridad Social del empresario y solicitud de alta de cuenta de cotización, modelo TA. 7.
- Solicitud de registro de marca, modelo 4101.
- Solicitud de registro de nombre comercial, modelo 4301.
- Solicitud de formalización de la cobertura de Riesgos Profesionales con Entidad Gestora de la Seguridad Social, modelo TA. 16.
- Solicitud de alta en el RETA de familiar colaborador del titular de la explotación, modelo TA. 0521/2.
- Solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para trabajadores societarios, modelo TA. 0521/B.
- Declaración individual del trabajador autónomo en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, modelo TA. 49.
- Declaración del titular de la explotación marítimo-pesquera y familiar trabajador a su servicio en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, modelo TA. 50.
- Solicitud de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, modelo TA. 0825/1.
- Solicitud de alta del familiar colaborador del titular de la explotación en el Régimen Especial de la Seguridad Social, modelo TA. 0825/2.
- Solicitud de alta del trabajador por cuenta ajena o asimilado, modelo TA. 2/S.
- Solicitud de inscripción de embarcaciones y artefactos flotantes, modelo TA. 47.
- Solicitud de inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modelo 600.
¿Cómo se cumplimenta y presenta el DUE?
El DUE se puede cumplimentar a través de la página web del CIRCE, para lo que debes disponer de un certificado electrónico.
Si esto no te da mucha seguridad, no te preocupes; también puedes acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), donde van a darte todo el asesoramiento que necesitas para cumplimentar el DUE y poner tu empresa en marcha. Aquí tienes el buscador de estos centros.
Y además, en esta página encontrarás un vídeo que contiene mucha información útil respecto a estos trámites.
Pues sí, lo del DUE no está nada mal, oye. Pero una cosa te digo; hasta para esto hay que tener tiempo, y el tiempo no sobra sino que vuela.
Así que si vas a crear una empresa, si quieres puedes ponerte en manos de AYUDA T PYMES y nosotros te tenemos el bollo fuera del horno en un pispás.
¿Te tienta la idea? Pues ya sabes lo que tienes que hacer.