Las deudas tributarias se pagan, sí o también. A Hacienda no le importa que te hayas gastado el dinero en una ONG, o porque te fuiste «de fiesta de noche y de día» 🎵, como Enrique Iglesias y Juan Magán en la canción. Ella lo que quiere es cobrar, y ya te digo yo que lo va a conseguir 😂
Pero no es tan fiero el lobo como lo pintan, oye. Que resulta que la Agencia Tributaria hasta te deja fraccionar una deuda, mira por dónde. La pregunta es, ¿en cuántos plazos? 🤔
Anda, pequeño saltamontes, no busques más. Que aquí está GesTron para darte la respuesta, como siempre 🤗
Pero antes, vamos a aclarar algunas cosillas…
¿Qué deudas con hacienda se pueden aplazar?
Esto es lo primero que tenemos que tener claro, no vaya a ser que te estés haciendo ilusiones para nada.
Los pagos que se pueden fraccionar son los de los siguientes impuestos:
IRPF
Se pueden fraccionar tanto los pagos trimestrales (modelos 130 y 131, según si es en estimación directa o indirecta, respectivamente) como el pago de la declaración de la renta (modelo 100) cuando el resultado sea a pagar.
IVA
Los pagos trimestrales del IVA (modelo 303) se pueden fraccionar. La declaración anual (modelo 390) no conlleva pago ni devolución, solo se realiza a efectos informativos, por los que en este caso no hay nada que fraccionar.
Impuesto de Sociedades
En el Impuesto de Sociedades, no se podrá pedir el fraccionamiento de los pagos trimestrales (modelo 202). Pero sí se puede fraccionar el pago de la declaración anual (modelo 200).
¿Qué deudas no se pueden aplazar ni fraccionar en ningún caso?
Como hemos visto ya, el pago trimestral del Impuesto de Sociedades no se puede aplazar. Pero tampoco es posible solicitar el fraccionamiento de las deudas derivadas de:
- Los modelos 111, 115 y 123, porque son retenciones a cuenta. Dinerito que no es tuyo, pa’ entendernos (se mira pero no se toca).
- La ejecución de una resolución firme desestimatoria suspendida por reclamación o recurso.
¿En cuántos plazos puedo pagar al fraccionar una deuda con hacienda?
De forma general, se conceden los siguientes plazos para pagar una deuda por una declaración trimestral de la que se ha solicitado el fraccionamiento:
- Deudas inferiores a 30.000 euros: 6 meses para las personas físicas y 12 meses para las personas jurídicas.
- Deudas superiores a 30.000 euros: 36 meses, tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas.
Si hablamos del fraccionamiento de la declaración anual de la renta o del Impuesto de Sociedades, la cosa cambia:
- Impuesto de la Renta (modelo 100): se puede fraccionar en 2 pagos. El primero se hace en el momento de la declaración, y corresponde al 60% de la deuda. El segundo tiene lugar unos meses después, en la fecha indicada por la propia Agencia Tributaria.
- Impuesto de Sociedades (modelo 200): si la deuda es inferior a 30.000 euros, las pymes pueden fraccionarla hasta en 12 meses y las sociedades en hasta 6. Cuando sea superior a 30.000 euros, se concederá un plazo de hasta 36 meses para el aplazamiento.
Como ves hay bastante flexibilidad para fraccionar una deuda con Hacienda, ya que te permite incluso proponer la cantidad fraccionada si cumple con los mínimos y máximos mencionados.
¿Cuándo se puede solicitar el aplazamiento?
Se puede realizar la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tanto en periodo voluntario como ejecutivo.
Si se trata de una deuda de menos de 30.000 euros, te la concederán prácticamente de forma automática. En la solicitud de aplazamiento de deudas superiores a 30.000 euros, la cosa cambia. Hacienda te va a pedir una garantía, como por ejemplo un aval bancario. Así que en este caso, hay que esperar un poquito.
¿Las deudas aplazadas se pagan con intereses?
¡Faltaba más, chato! Estamos hablando de la Agencia Tributaria, no de una hermanita de la caridad. Y el interés depende de si la deuda se fracciona con garantía o sin ella:
- Cuando se ofrece un aval como garantía, se aplica el 3%.
- Si el fraccionamiento no tiene garantías, el interés es del 3,75%.
Y esto es un fastidio gordo, porque a veces la culpa de que no puedas pagar los impuestos no es tuya sino de otro. Me explico: muchas personas piden el aplazamiento del IVA porque los clientes no les han pagado aún, por lo que no han cobrado el IVA de alguna factura.
Sin embargo, a Hacienda esto se la «trae al pairo». Los plazos, son los plazos. Como mucho, te concede el fraccionamiento y arreando que es gerundio. Pero con intereses, ya lo sabes 😒
Siempre lo digo: hay que intentar tener un «colchoncito» para este tipo de cosas. Mejor adelantar el IVA que no te han pagado, que fraccionarlo.
No puedo pagar el aplazamiento de mi deuda con hacienda, ¿qué hago?
Siendo claro: seguir buscando la forma de pagarle, porque no hay tutía que valga.
Si dejas de pagar alguna de las cuotas aplazadas, hacienda te va a mandar un regalito: una providencia de apremio con un recargo del 10% si pagas en plazo y del 20% si no.
Y cuidado, que si sigues sin pagar, comienza el tema de los embargos. Poca broma.
Pues hasta aquí hemos llegado con este tema del aplazamiento y fraccionamiento de las deudas con Hacienda. Ahora ya tienes las cosas claras, ¿pero a que todo esto te sigue pareciendo un rollo?
Por eso, en AYUDA T PYMES, que somos unos santitos 😇, nos ofrecemos a llevarte los impuestos, solicitar el aplazamiento, fraccionar una deuda con hacienda y todo lo que haga falta. Que luego nos vienes con los disgustos y la cosa se vuelve más complicada.
Buenas tengo una deuda de 14.000 resultado de aplazamientos no cumplidos, ya hace más de dos años , puedo volver aplazarlo?
Hola Lis. Hay casos en los que se permite el nuevo aplazamiento siempre que consideren que está habiendo una voluntad real de pagarlo. El no cumplir con el anterior puede dificultarlo si viene de muy atrás en el tiempo. En tu caso te recomiendo una cita presencial por ser una petición de carácter extraordinario.
Tengo que pagar en Hacienda una cantidad de 2700euros. ¿En cuantos plazos máximos serían?
Hola Manuel, como comentamos en el post, los plazos dependerán de la procedencia de dicha deuda.
Hola , tengo una deuda fraccionada y hasta ahora he podido pagarla con mucho esfuerzo, sólo me queda la última fracción de 1800 euros , pero me va a ser imposible pagarla, como puedo hacerlo para que me den facilidades? Gracias
Hola Belén, ponte en contacto con Hacienda explicándoles tu situación. Si hay voluntad de pago real, y siendo la última, te ofrecerán una solución.
quiero beneficiarme de la cuota reducida de autónomos, pero tengo una deuda con Hacienda, si aplazo mi deuda podré optar a este beneficio?
Hola Javier. Me temo que no, salvo error de la Administración, ya que la deuda sigue existiendo.
Buenas! En la renta 2022, me salió a pagar 5400 euros de IRPF, el 60% lo pagué y me resta el otro 40%, ese restante lo podré fraccionar?
Gracias!
Hola Miguel. Se puede volver a aplazar, pero deberás presentar tu solicitud lo antes posible, ya que a principios de noviembre llegará el cargo al banco y deben tener constancia de dicha solicitud con anterioridad. Contacta con la Agencia Tributaria.
Hola Buenos días soy Laura
Tengo una deuda con hacienda de 17.000 euros solo me dejan fraccionarla dos años pero soy mileurista habría alguna manera de poder alargarlo más,reconozco la deuda pero 680 euros al mes en inviable gracias.
Hola Laura. Te recomiendo contactar con nuestros expertos jurídico tributarios, que están especializados en casos como el que nos indicas.
Hola buenas tardes, en cuántas cuotas puedo negociar con Hacienda cuando la deuda es superior de 40.000 euros, cual sería el máximo de plazos con esta deuda. Gracias y saludos
Hola Dolores. Hasta en 36 plazos, pero he de decirte que, en ocasiones, además piden una garantía para estas cantidades.
Si tengo una deuda de 18000.00 euros a cuanto es el maximo que se podira aplazar
Hola Maria Rosa. Seis o doce meses dependiendo de si la deuda es de persona física o de persona jurídica.
Hola , sobre el comentario de María, comentáis que sobre una deuda de 2300 euros , soló se podría fraccionar los pagos en dos partes sin intereses, se podría pagar los pagos a largo plazo , con su correspondientes intereses?
Hola Manuel. La única excepción que va sin intereses es la renta cuando nos acogemos al 60% + 40% que nos permiten (siempre que vayamos en el plazo estándar en la declaración)
Hola! Para pagar la declaración de hacienda en dos plazos fraccionados del 60% y del 40% cómo habéis explicado, se pagan intereses?
Hola Elena. Es la única fórmula en la que no hay intereses. Mira el art.62.2 del reglamento.
Con una deuda de 2.300 euros como resultado de la renta a pagar en cuantos plazos puedo pagarla. Gracias
Hola María. Lo podrás fraccionar en dos partes sin intereses: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40%.
Buenas! Tengo una deuda de unos 8000euros aproximadamente, tengo la nómina embargada, quisiera dejar de tener el embargo y fraccionaria.
Hola Jordi. En tu caso, solo hay dos soluciones posibles: pagar la deuda pendiente, para finalizar el embargo; o, intentar renegociar la deuda con la AEAT. Nuestros asesores especialistas pueden ayudarte con esto.