El SEPE sabe bien lo que se hace. Por eso te deja cobrar el paro en un pago único (capitalizar el paro lo llaman ellos) si con eso te vas a poner las pilas y vas a montar un negocio. Para ellos es lo contrario al dicho; hambre para hoy, pero pan para mañana (si hay suerte y te va bien).
Pero no te vayas a creer que eso es que vas hoy a la oficina del paro y asunto resuelto. Que tienes que cumplir requisitos, presentar papeles…Como está «mandao» en estos casos, vaya.
No te apures, que de esta salimos 🙃 Te cuento cómo conseguir el pago único del paro a la voz de ¡YA!
Requisitos para cobrar el pago único del paro
Bueno, creo que es mejor que primero veamos cuáles son las condiciones para recibir el pago único del paro, para que sepas si puedes solicitarlo:
- Tener derecho a cobrar el paro y que te queden pendientes por cobrar al menos 3 mensualidades. Si se trata de la prestación por cese de actividad (el paro de los autónomos) serán 6 mensualidades.
- No haber cobrado el pago único del paro durante al menos los 4 años anteriores.
- Comenzar la actividad en un plazo máximo de un mes desde el momento en que se concede el pago único, y siempre en una fecha que sea posterior a la solicitud. Se puede comenzar la actividad y darse de alta en el RETA después de hacer la solicitud y antes de que se apruebe el pago único.
- Si la relación laboral finalizó por despido y se ha recurrido el mismo, la solicitud de la prestación tiene que hacerse una vez resuelto el procedimiento.
Además hay que tener en cuenta que:
- Si en los 2 años anteriores a la solicitud se ha compatibilizado el paro con el trabajo por cuenta propia, no se puede solicitar el pago único del paro para constituirse como autónomo o como autónomo socio de una sociedad mercantil.
- En caso de una cooperativa que prevea en sus estatutos la opción de que los socios tengan que superar un periodo de prueba, habrá que superar dicho periodo para solicitar el pago único del paro.
¿Cómo se solicita el pago único del paro?
Ahora ya sí te lo voy a contar. Para solicitar el pago único del paro tienes varias opciones:
- Hacer la solicitud a través de la Sede Electrónica del SEPE.
- Presentar el impreso de solicitud y el resto de la documentación en las oficinas del SEPE, para lo cual es necesario pedir cita previa.
- Presentar los mismos documentos en cualquier oficina de registro público. Te lo tienen que aceptar igual, sí.
- Enviar la documentación por correo administrativo a los lugares anteriores.
Los documentos que se deben adjuntar al formulario de solicitud son los siguientes:
- Documentación acreditativa de la identidad: DNI o pasaporte. Las personas extranjeras tendrán que presentar su certificado de registro de ciudadano de la UE en el que conste su NIE o su TIE en la que aparezca su NIE (según si con ciudadanos de la UE o no, respectivamente), y en ambos casos su pasaporte (o documento identificativo de su país de origen, en caso de ser nacional de la UE).
- Memoria explicativa del proyecto de la actividad que se va a desarrollar y de la inversión que se va a hacer. En caso de solicitar solo que se subvencionen las cuotas a la Seguridad Social, no hay que detallar la inversión en esta memoria.
Según el tipo de actividad que se vaya a realizar habrá que presentar otros documentos. Y en cada uno de estos casos te podemos ayudar:
- Constituir una sociedad mercantil, o incorporarse a una ya constituida hace un año o menos.
- Constituir una cooperativa o sociedad laboral, o incorporarse a una ya constituida.
- Comenzar una actividad autónoma.
Ojo, que posteriormente habrá que justificar que el pago único se ha destinado en efecto a desarrollar una actividad por cuenta propia. Pero eso ya vendrá más tarde, y yo también te hablaré de esto un poco más adelante.
¿Cómo se calcula el paro único del paro?
Calcular, lo que se dice calcular…No hay mucha ciencia. Se trata de que te den en un solo pago todo lo que te queda por cobrar de paro.
Así que solo tienes que sumar las mensualidades que tienes pendientes de cobrar todavía.
Eso sí, para que no te hagas un lío, recuerda que a partir del día 181 de paro ya no se cobra el 70% de la media de la base reguladora de los 180 días de contrato, sino el 50%.
¿Cuál es la cantidad máxima del pago único del paro?
¡Qué cositas me preguntas eh! Pero te voy a responder.
A ver, el máximo maximísimo de paro que se puede cobrar en España es 1.519,92 euros (en 2022), para lo cual es necesario cotizar para ello y tener 2 hijos o más. Y el tiempo máximo que se puede cobrar de prestación son 24 meses.
Entonces, el máximo del pago único que se puede recibir es de 36.478,08 euros. Dinerito que, como ya sabes, tendrías que invertir íntegramente en tu nueva andanza empresarial.
¿Cuánto tardan en dar el pago único del paro?
Una vez que presentes la solicitud, en un plazo de 15 días el SEPE tiene que responder. Si todo está en orden y han podido acreditar que cumples todos los requisitos, deben enviarte una notificación de que la solicitud ha sido aprobada.
Pues bien, el pago único del paro debería llegarte el día 10 del siguientes mes.
Ten en cuenta que si pasan 3 meses y no has obtenido respuesta, debes entender que se ha denegado tu solicitud por silencio administrativo negativo ❌
Si eso pasa y no estás de acuerdo, porque piensas que cumples todos los requisitos para pedir el pago único del paro, recuerda que puedes reclamar.
Cómo justificar el pago único del paro
Como ya te dejé antes apuntado por ahí, eso de que vas a invertir el dinero en tu nuevo negocio vas a tener que justificarlo. Que el SEPE no es tonto, vamos.
Para ello vas a tener que presentar los documentos que justifiquen en qué has invertido el dinero. Llámese recibos de alquiler del local, facturas de los suministros, etc.
Si has empleado el dinero en aportaciones dinerarias al capital social de una empresa, tendrás que justificarlo a través de la certificación del depósito de las cantidades a nombre de la sociedad, en la entidad de crédito que haya incorporado la notaría a la escritura de constitución o de ejecución del aumento del capital social.
En esa certificación también deben constar las aportaciones realizadas por los demás socios, y se describirán las aportaciones no dinerarias y su valoración en euros.
Otro caso particular: que parte del pago único haya ido a una aportación voluntaria a una cooperativa. En ese caso hay que acreditar la aportación al capital social a través de una certificación de su órgano de gobierno.
También hay que presentar el compromiso adquirido por el trabajador ante la cooperativa de que esa aportación voluntaria va a permanecer en la cooperativa el mismo tiempo que la aportación obligatoria, o como mínimo el mismo tiempo durante el cual se hubiera cobrado el paro si no se hubiera capitalizado (es decir, si se hubiera cobrado por meses).
¿Me pueden embargar el pago único del paro?
Ya siento decirte que sí, que te pueden embargar el pago único del paro, porque la prestación por desempleo se puede embargar (con el límite del SMI) y esto no es más que una forma de cobrarlo.
Puede hacerlo la propia administración si se trata de una deuda pública (con la propia Seguridad Social o con Hacienda).
También se puede hacer judicialmente, en caso de que se trate de una deuda con una entidad privada que no haya sido pagada.
Hasta aquí todo lo que tienes que saber sobre el pago único del paro. Pero oye, que ya que vas a montar un negocio, si quieres nos dejas a nosotros lo de hacer los trámites en el SEPE para solicitar el cobro.
¡Pronto vas a ser un súper emprendedor! Mejor que vayas aprendiendo que no puedes hacerlo tú todo solo, así que confía en AYUDA T PYMES, que somos la mar de competentes y de majetes, tú 😜
Hola,
Me gustaría saber si tengo que esperar a darme de alta como autónoma antes de solicitar el pago único.
Necesito darme de alta cuanto antes y me dan cita para dentro de dos semanas en el sepe para entregar la documentación.
¿Se podria hacer online y ya darme de alta?
¿Tendría que esperar respuesta?
Gracias y saludos.
Hola Jessica. La fecha de solicitud debe ser anterior al del inicio de la actividad. Puedes acelerar todo lo posible el proceso con la ayuda de nuestros especialistas en la capitalización del paro. Al fin y al cabo siendo autónoma no podrás percibir la prestación del paro.
He preguntado a varios asesores y no me han sabido responder, si estoy trabajando en una empresa y me despiden, yo puedo capitalizar el paro para comprar acciones y entrar como socio en la misma empresa que me ha despedido? Dicha empresa tiene menos de un año. De ser así me interesaría contratar la gestión con ustedes
Hola Gustavo, es una circunstancia muy concreta y creo que son los especialistas en capitalizar el paro los más indicados para estudiar tu situación.