¿QUÉ NECESITAS?

Inicio > Categorias > Hacerse autónomo > ¿Se puede ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

¿Se puede ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Una de las dudas que más veces he resuelto en mi vida como gestor es la que podéis leer en el título de esta pregunta. Una y otra vez me han preguntado «¿puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?«.

Hoy vengo a resolver esa duda para que todos podáis saber si se puede compaginar o no la vida laboral con el autoempleo.

¿Puedo ser autónomo y trabajar en una empresa?

No os voy a dejar más con la intriga: sí, se puede ser trabajador por cuenta ajena y autónomo a la vez. Es una opción muy buena para aquellos que quieran compaginar su empleo de toda la vida con alguna actividad que quieras llevar a cabo por tu cuenta.

Ser autónomo y empleado a la vez tiene el nombre de pluriactividad. Para la Seguridad Social esto significa que el trabajador en cuestión está cotizando en dos o más regímenes de la Seguridad Social. ¿Qué quiero decir con esto? Que, en definitiva, estás pagando «por dos» a la Seguridad Social como trabajador autónomo (en el RETA) y como empleado.

👨‍⚖️ ¡Ojo! Pluriempleo no significa lo mismo que pluriactividad. Según la Seguridad Social, un pluriempleado es aquel que trabaja por cuenta ajena y presta servicios a dos o más empresas distintas en el mismo régimen de la Seguridad Social.

En definitiva, puedes ser pluriactivo y convertirte en un trabajador por cuenta ajena que también presta sus servicios como autónomo. Solo tendrás que darte de alta como autónomo y podrás empezar a compaginar ambas actividades.

Si prefieres que un experto tramite tu alta como autónomo y además quieres quitarte de papeleo, puedes echar un vistazo aquí para conocer el servicio que tengo preparado para ti. Sabemos por experiencia que si algo le falta a un asalariado que además es autónomo… ¡es el tiempo!

¿Puedo tener una SL y trabajar por cuenta ajena?

También puedes. Puedes ser un autónomo societario y ser empleado de otra empresa al mismo tiempo.

Es importante conocer que desde hace años los autónomos societarios tienen derecho a disfrutar de la tarifa plana al igual que el resto de autónomos.

Ahora bien, también existe la posibilidad de ser socio trabajador de una SL y cobrar por nómina, lo que significaría pluriempleo y no pluriactividad, ya que estarías con dos trabajos asalariados en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS).

Beneficios de ser autónomo y asalariado

Seguro que estás pensando lo siguiente: ¿tengo que pagar dos veces a la Seguridad Social y no tengo ningún tipo de descuento o bonificación? 

Pues lo cierto es que existía una bonificación por pluriactividad hasta 2023, que se traducía en lo siguiente:

  • Primeros 18 meses como autónomo: reducción de un 50% de la base mínima.
  • Siguientes 18 meses como autónomo: reducción de un 75% de la base mínima.

Había que elegir al darse de alta como autónomo entre esta bonificación y la tarifa plana, y lo cierto es que esta última salía más rentable el 95% de las ocasiones, así que nunca resultó demasiado útil; hasta el punto que la eliminaron.

De este modo, el beneficio que tienen actualmente quien sea autónomo y trabajador por cuenta ajena es la devolución del exceso de cuotas.

Devolución del exceso de cuotas

Cuando eres autónomo y trabajador por cuenta ajena estás cotizando por conceptos idénticos a la Seguridad Social en dos regímenes distintos: el RGSS y el RETA.

Por este motivo, la Seguridad Social te devolverá el 50% de tus cotizaciones, siempre que cuando la totalidad de las cotizaciones ingresadas por contingencias comunes, en ambos regímenes, supere una cuantía determinada que varía año a año.

Normalmente esta devolución se abona a primeros del mes de mayo, y se realiza de oficio, sin que tengas que solicitar nada.

¿Tendré dos pensiones de jubilación si he sido autónomo y asalariado?

Sí, podrás cobrar una por autónomo y otra por haber trabajado por cuenta ajena, siempre y cuando hayas cotizado durante al menos 15 años en ambos regímenes.

En caso de que no llegues a los 15 años en alguna de las dos opciones, puedes acumular la cotización en aquel régimen en el que sí puedes cotizar.

👩‍🏫 ¡Importante! si cobras solo tu pensión de jubilación como asalariado, debes tener en consideración que se sumará el importe de cada día que hayas cotizado en los dos regímenes; pero un día jamás contará como dos días cotizados.

Espero que con este artículo ya no te queden dudas sobre si puedes ser autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez. Eso sí, ten en cuenta que si ser autónomo ya es duro de por sí, compaginarlo con un trabajo por cuenta ajena es más duro todavía. Por ese motivo no te recomiendo perder el tiempo con los papeleos y trámites, que ya bastante tendrás con lo tuyo. Déjalo mejor en manos de Ayuda T Pymes.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Pedro dice:

    Hola

    Mi duda es la siguiente: Si estás dado de alta como autónomo y a jornada completa en una empresa ¿La cuota de autónomo no varía? ¿No se estaría pagando dos veces por los mismo?

    • GesTron dice:

      Hola Pedro. Tu pregunta es buena. Una vez al año la Seguridad Social devuelve el 50% del exceso de cotizaciones (normalmente en mayo). Se trata de recibir de vuelta una parte de aquello que pagas por duplicado. La cuota, sin embargo, no se ve afectada.

  • NIL dice:

    Hola buenas,
    ¿puedo trabajar asalariado en una empresa y los fines de semana trabajar cómo autónom? en caso de que si ¿que beneficios o inconvenientes tiene esto?

    • GesTron dice:

      Hola Nil. Es indiferente cuándo trabajes como autónomo, nadie se fijará en tu horario, solo en lo que factures. Puedes perfectamente. El inconveniente es que tienes que amortizar como mínimo el pago de la cuota mensual que pagas a la Seguridad Social (y a tu asesoría) para ver beneficios. Por lo demás, económicamente son todo ventajas a costa del tiempo que inviertas en tu actividad por cuenta propia.

  • Rafael Jesus dice:

    Mi duda es la siguiente… Soy autónomo, pero estoy en una bolsa de empleo para el servicio andaluz de salud, si ahora me llaman para un contrato de 3 meses, que pasa con mi autónomo, como procedo? Sigo pagando autónomos sin más y cuando se me termine mi contrato lo retomo? O tengo que notificar de alguna manera que me han contratado y queda mi autónomo en stand bite?

    • GesTron dice:

      Hola Rafael. En condiciones normales es posible compatibilizar ambas cosas. Pero como funcionario existe un régimen de incompatibilidades. Debes consultarlo.

  • Jack dice:

    Buenas tardes
    Soy autónomo desde hace poco más de 2 años con mi empresa en comunidad de bienes.
    Puedo trabajar también para otra empresa como autónomo sin que me hagan contato?
    Gracias por sus tiempo

  • Toñi dice:

    Buenos dias: trabajo en una empresa por cuenta ajena en España donde resido (tengo la nacionalidad española de nacimiento y también la inglesa), podría hacerme autónomo en inglaterra y facturarle a empresas inglesas por trabajos de diseño, aunque sé que el irpf la haría en España y lo que gane en inglaterra tendría que declararlo aquí también, cogiendo e a la doble imposición, la pregunta es si me puedo hacer en inglaterra autónoma y trabaje por cuanta ajena en una empresa Española, gracias
    Enviado

    • GesTron dice:

      Hola Toñi. Si tu residencia fiscal está fijada en España, debes tributar en España en cualquier régimen de la Seguridad Social, ya sea RGSS o RETA. Ser autónoma en España no impide poder facturar al extranjero. Lo que sí varía de un país a otro es la presión fiscal, que en España no es baja. Desconozco cómo está en Inglaterra en el presente.

  • David dice:

    Hola, tengo una consulta, estoy trabajando jornada completa en una empresa, y al mismo tiempo dado de alta como autónomo para una actividad diferente. Mi consulta es, si termina mi contrato en el trabajo a jornada completa (despido, ERE, etc), tendría derecho a paro? Tengo los 2 años de paro sin tocar desde siempre, ya que por suerte no he parado nunca de trabajar, pero querría saber si llegado el momento podría tener derecho a paro aunque siguiera con mi actividad como autónomo (que no me produce ingresos suficientes para pagar los gastos a día de hoy). De autónomo llevo aproximadamente 3 años dado de alta.

    Gracias!

  • Pamela dice:

    Hola En marzo me aprobaron mi permiso de trabajo por cuenta propia inicialmente por 1 año. Ya estoy de alta como autónomo. Mi pregunta es puede ejercer dos actividades cuenta propia y cuenta ajena a la vez?
    Sin tener algún problema?

  • Mireia dice:

    Hola, soy trabajadora por cuenta ajena, infefinida en una agencia de viajes. Mi padre tiene una empresa de transportes y uno de sus socios y administrador se ha jubilado, el es el único que tiene el titulo de transporte por lo que al jubilarse ya no puede ser administrador, necesitaríamos un nuevo administrador, por lo que estoy barajando la posibilidad de sacarme el titulo y ser yo la administradora. Mi pregunta es, seria posible continuar en mi trabajo actual y ser administradora de la empresa de mi padre? O si soy la administradora le debo exclusividad a la empresa? Gracias

  • Carmen dice:

    Buenos días,

    Tengo contratos temporales en la sanidad publica, no tengo alta como autónoma, ahora hay una empresa que desea contratarme como TRADE en un empresa que está iniciando. La pregunta en mi caso es: valdría la pena darme de alta?, estoy en un dilema
    ¡Muchas gracias de antemano por su respuesta!

    Un saludo

    Carmen

  • Marcos dice:

    Hola,

    Trabajo por cuenta ajena 37,5 horas al mes, pero me ha salido la oportunidad de trabajar como freelance para una reconocida empresa en Estados Unidos por tiempo y retribuciones variables. Se me abonaría todo por PayPal semanalmente (unos 500 dólares cada pago) y no tengo factura que pueda pedir. ¿Qué tipo de régimen es al que tengo que acogerme? Estoy un poco perdido

    Gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola Marcos, eres tú quien debe emitir las facturas a ellos. Y como actividad económica habitual que es, debes darte de alta en el RETA.

  • Marina dice:

    Hola, soy autónoma limpieza, retencion 7 y exente igic en canarias con cuota bonificada y voy a cumplir 1 año el 10. 06 entonces puedo pedir cuota 0, me quieren contratar 24 hora semanal como camarera piso, mantendrè mis bonificaciones o me sube la. Cuota, puedo pedir la cuota 0 igualmente?

    • GesTron dice:

      Hola Marina. La cuota cero de Canarias y la tarifa plana son compatibles con la pluriactividad (entiendo que ese próximo contrato sería por cuenta ajena). Te recomiendo leer las bases de la ayuda en el BOC.

  • Juan Carlos dice:

    Hola. Soy autónomo desde hace 9 años y asalariado desde hace 6 meses. ¿Puedo tener una baja laboral por enfermedad común y seguir trabajando como asalariado siendo trabajos compatibles? En Autónomo soy transportista y en asalariado trabajo de oficina. La baja me afectaría por la vista ya que no podría conducir un camión pero si puedo ir al trabajo a la oficina. Esta es una muy buena pregunta. Gracias por su labor informativa.

    • GesTron dice:

      Hola Juan Carlos. No hay una respuesta clara, hay que revisar jurisprudencia, etc. Ha habido casos donde tras el INSS retirar la prestación se han ganado juicios y han admitido que se puede estar de baja en un trabajo y ejercer actividad como autónomo, pero como digo no podemos recomendar ni lo uno ni lo otro. Casos como el tuyo hay que analizarlos con el máximo de datos a través de una consultoría laboral.

  • You dice:

    Hola buenas, por lo que he leido no hay ningún problema en trabajar a jornada completa por cuenta ajena y al mismo tiempo estar dada de Autonomo, pero claro tengo la duda, si realmente eso supera el máximo de horas semanales que esta permitido trabajar, hacienda no te multa después o te penaliza.??
    Muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola. Como autónoma puedes trabajar incluso 25 horas al día que nadie te dirá nada. No existe el concepto de jornada laboral ni de horas dedicadas en los trabajadores por cuenta propia. Es algo que queda en tus manos. Un autónomo no tiene más horario que el que se impone a sí mismo.

  • María dice:

    Hola! Me dedico al sector asegurador como autonomo desde hace 18 años y ahora tengo oportunidad de otro empleo como asalariada a media jornada. Es posible? Si fuera posible, me puede repercutir negativamente?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola María. Es totalmente posible y no hay ningún perjuicio en ser autónomo y trabajar por cuenta ajena. Además, en el mes de mayo te devolverán una parte del exceso de cotización (porque estarás cotizando para lo mismo en dos regímenes distintos, RETA y RGSS). No todo, pero sí una parte. Y es más, puedes acogerte a las bonificaciones existentes para los nuevos autónomos, como la tarifa plana, o la cuota cero si está activa en tu comunidad. Contacta con la asesoría y se encargarán de todo el papeleo.

  • Fabio dice:

    Buenas, muchísimas gracias por información!

    Mi duda es si puedo facturarle a la misma empresa (siendo asalariado y estando de alta como autónomo) en la que trabajo?

    Gracias de antemano,
    Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Fabio. No hay ningún inconveniente siempre que no se trate de la misma actividad que cumplas como asalariado, y que la realices con recursos propios y con la debida independencia.

  • Begoña dice:

    Hola!
    Trabajo a jornada completa en un ayuntamiento en Madrid. Estoy montando un negocio con una página online y mientras lo hago no estoy facturando aunque si invirtiendo en algunos gastos para montar el negocio online. Mi pregunta es si debo darme de alta de autónomo en cuanto empiece a vender o cuando ya tenga ingresos, porque sé que los ingresos de momento no van a ser muchos hasta que no empiece a funcionar, y otra pregunta sería a partir de que ingresos debo darme de alta de autónomos o solo en hacienda si es menor la cantidad. Gracias de antemano por la ayuda!

    • GesTron dice:

      Hola Begoña. Darse de alta como autónomo es obligatorio cuando tus ingresos anuales superen el SMI establecido, o cuando tu actividad sea habitual. Una tienda online es por su propia naturaleza una actividad habitual, y difícilmente podrías demostrar lo contrario si te inspeccionan. Puedes consultar más información a nuestros asesores expertos.

  • Guille dice:

    Buenas, lo primero muchas gracias por tu información, actualmente trabajo 40h por cuenta ajena con contrato indefinido y voy a empezar un emprendimiento con una amigo que no trabaja actualmente, ya que vamos a empezar a emitir facturas con IVA.

    Mi pregunta es sale mas económico que se haga él autónomo y facturar a su nombre, que hacerlo yo mientras ya estoy en un empleo y facturar con mi nombre. Es decir varia mucho lo que tienes que pagar como autónomo si tienes ya un empleo a no tenerlo.

    Y otra duda me gustaría saber, si puedo emitir una factura mientras estamos realizando el tramite de dada de alta como autónomo, O tengo que esperar a emitirla una vez ya este el proceso totalmente terminado?

    Gracias un saludo

    • GesTron dice:

      Hola Guille. Por un lado, te recomendamos que emitas tus facturas una vez se haya finalizado el proceso y estéis de alta como autónomo, ya que si se detectan esta anomalía, podrían hacerte pagar las cuotas «atrasadas» e incluso incurrir en multa. En cuanto al alta, en principio no tendrías ningún inconveniente por ser autónomo en pluriactividad, pero te aconsejamos que os respaldéis de un especialista en altas de autónomos, para poder acogeros a las bonificaciones disponibles.

  • María dice:

    Hola, hace 6 meses comencé a ser autónoma, me han llamado de una empresa para trabajar solo por 6 meses.

    Mi pregunta es, ¿puedo aceptar el trabajo mientras pago la cuota de autónomo y no genero ingresos?

    La idea es después de esos 6 meses de contrato seguir siendo autónoma.

  • Sergio dice:

    Buenos días.
    Quiero abrir una tienda online y para ello me tengo que dar de alta como autónomo.
    Si no he entendido mal, ¿podrían contratarme en otra empresa y continuar siendo autónomo?

  • Ventura dice:

    Hola soy Autonomo recien estrenado y para venta online de toda clase de productos , mi trabajo anterior era de fresador y mecanico y ahora que estoy de autonomo me sale trabajo de mi anterior oficio, mi pregunta es puedo trabajar en mi anteior oficio y facturar por horas la faena siendo Autonomo en otra cosa totalmente diferente?

    • GesTron dice:

      Hola Ventura. Sí que puedes, pero cuidado porque tienen que darse unas condiciones reales de trabajo por cuenta propia (horarios no impuestos, autonomía de negociación, recursos y herramientas propias…). Solo tendrías que añadir ese epígrafe en el modelo 036 (el otro seguirá siendo el principal).

  • Ana dice:

    Buenas noches !
    En 2015 me di de alta como autónomo ,nunca me beneficie de tarifa plana porque tuve trabajadores desde primer momento . Ceso actividad en 2021 y comienzo a trabajar por cuenta ajena ,pero en 2023 antes de que hubiese pasado dos años desde mi baja como autónomo me doy de alta y trabajo como asalariado y autónomo hasta noviembre de 2023 que me doy de baja como autónomo.
    ¿Quería saber si trabajo por cuenta ajena y no llego a los 14000€ anuales al año como autónomo si no me tendría que dar de alta de nuevo como autonomo ?.Ya que es un trabajo secundario para mí en el cual no obtengo mucho beneficio .Y si en caso de darme de alta si pudiese tener algún tipo de descuento y no tener que pagar la cuota integra de 300€,aunque creo que como no han pasado los dos años desde el cese tampoco .Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Ana. No tendrías posibilidad de bonificación por eso mismo que apuntas. Si no llegas al SMI anual cumplirás solo uno de los criterios para no estar obligada al alta en el RETA. Pero el otro criterio también es importante, que la actividad no sea habitual, y si facturas varias veces durante el año, sí que lo es, y debes estar dada de alta como autónoma.

  • Carlos dice:

    Hola, soy indefinido a tiempo completo y de vez en cuando me salen webs para hacer en las que facturo 2-3 mil euros. Hay meses que me salen 2 o 3, luego puedo estar 4 meses que no me sale ninguna etc ..
    Entonces por ejemplo, el mes que me salen 2-3 y tengo que facturar 6-9 mil euros puedo darme de alta, facturar y darme de baja?

  • Carlos Prego dice:

    Buenos dias , trabajo por cuenta ajena hace años y este mes que viene me voy a dar de alta como autónomo aquí en Aragon , mi pregunta es que aun estando como trabajador por cuenta ajena y ser nuevo autónomo me puedo beneficiar de la nueva ayuda de pago cero ?
    Gracias por la ayuda que das.

    • GesTron dice:

      Hola Carlos. El Gobierno de Aragón anunció la cuota cero para el segundo trimestre de 2024, pero aún no hemos visto las bases publicadas con las condiciones. Estamos a la espera. Eso sí, el hecho de que también trabajes por cuenta ajena no te afectará probablemente, al igual que en otras comunidades que la tienen activa.

  • Manuela dice:

    Soy autónoma societaria y a la vez trabando por cuenta ajena, me acaban de despedir después de años, he pedido al SEPE el paro y me dicen que no me corresponde por estar en RETA, aclarar que mi actividad como autónomo societario es desde hace 7 meses, y no he recibido remuneración de mi SL, podrían decirme si es correcto que ni me den el paro. Muchas gracias

    • GesTron dice:

      Hola Manuela. Es correcto. No se puede cobrar la prestación por desempleo estando dado de alta en el RETA, incluso no ingresando dinero por la actividad económica.

  • Natalia dice:

    Buenas tardes,

    Trabajo por cuenta ajena a jornada completa y con contrato indefinido. Además, soy psicóloga y de manera esporádica me sale la oportunidad de atender pacientes, pero estamos hablado de ingresos esporádicos que no superarían en ningún caso los 400€ al mes. En esta situación tendría que darme de alta como autónoma? O por ser ingresos esporádicos, y por debajo del SMI, con declararlos como ingresos extraordinarios en la declaración de la renta sería suficiente?
    Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Natalia. En la Declaración de la Renta es insuficiente ya que tienes que declarar el IVA todos los trimestres, y la Renta es solo para el IRPF. Debes darte de alta en Hacienda como mínimo. Por otro lado, esporádicas son 1, 2 o 3 facturas en un año. A partir de ahí pueden considerar que se trate de una actividad continuada, lo que obligaría sí o sí a darse de alta como autónoma también.

  • Jorge dice:

    Hola, muchas gracias por el artículo, es muy útil la información. Sigo con una duda sobre los cambios en 2024.
    Tengo un contrato indefinido de 12 horas, y para compaginar he encontrado trabajo temporal de autónomo, para un par de meses me tendré que dar de alta. ¿Hay algún descuento que no sea los de primer año ya que he sido autónomo anteriormente? ¿O debo esperar hasta MAYO de próximo año para ver si me devuelven algo?

    • GesTron dice:

      Hola Jorge. Algunas comunidades autónomas ofrecen sus propias ayudas. Deberías consultarlas en la página oficial de la tuya. De todos modos, para un alta de dos meses no suelen concederlas.

  • Oscar dice:

    Hola, si trabajo por cuenta ajena 20horas y quiero abrir una tienda online . Tendría que darme de alta como autónomo y podría ejercer los dos trabajos ? Un saludo!

    • GesTron dice:

      Hola Óscar. Así es, tendrías que darte de alta como autónomo. Que trabajes aparte como asalariado no importa, aunque estuvieras a jornada completa; no afecta en nada, ni siquiera a la hora de pedir las bonificaciones estatales o las ayudas autonómicas.

  • Ainara dice:

    Soy autónoma hace dos meses y me a salido una faena de 30h semanales y me quieren contratar, hay algún problema?

    • GesTron dice:

      Hola Ainara. No hay inconveniente alguno en ser autónoma y asalariada al mismo tiempo. Y además tampoco afectará a las bonificaciones en la cuota que pudieras tener.

  • Julio dice:

    Hola! Soy autonomo desde hace un mes, y siendo autonomo por la primera vez, pago 80 euros de cuota de autonomo durante el primer año. En estos dias se ha presentado un oportunidad de emepzar tambien un trabajo para cuenta ajena fulltime. Si emepiezo a trabajar en esta emperesa y mantengo mi alta como autonomo, mi cuota de autonomo seria pagar la mitad de 80 euros o no cambiaria en este caso?

  • Silvia dice:

    Hola si eres autónomo y te llaman a trabajar de la bolsa del Servicio Andaluz de Salud como laboral para cubrir una baja o por meses, al ser un organismo público se puede compatibilizar? Qué hay que hacer?

    • GesTron dice:

      Hola Silvia. La cuestión es si saben el el Servicio Andaluz de Empleo que eres autónoma en estos momentos. Porque no hay nada que impida que puedas trabajar al mismo tiempo que eres autónoma pero… ¿Te hubieran llamado sabiéndolo para cubrir esa baja?

  • Pablo dice:

    Buenos días,
    Trabajo a 40h por cuenta ajena con contrato indefinido y tengo pensado darme de alta como autónomo. Mi duda está en que la actividad que quiero ejercer como autónomo es la misma que la empresa en la que trabajo ¿Supondría algún problema? Gracias de antemano.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SUSCRIPCIÓN

SUSCRÍBETE!

No deberías perderte nada de lo que cuente por aquí.