Tener personal trabajando en tu empresa puede ayudar a que tu negocio crezca, por tener más posibilidades de producción, más puntos de vista y muchos otros aspectos positivos.
Sin embargo, también puede ocurrir que las cosas se tuerzan y uno o varios trabajadores tengan que ser despedidos. Además de las dudas acerca de todo el proceso de despido, también existe en muchos casos la obligación de dar 15 días de preaviso.
Te lo cuento todo para que no cometas errores que puedan meterte en líos 😁
¿En qué casos hay que dar los 15 días de preaviso?
Como ya sabrás, existen diferentes tipos de despido. En cada uno de ellos puede haber diferencias relacionadas con el preaviso y su obligación o no.
Vamos a ver los diferentes despidos y el preaviso en cada uno de ellos 😉
Preaviso en despido disciplinario
En caso de despido disciplinario no estás obligado a dar los 15 días de preaviso al trabajador.
El despido tendrá efecto desde la entrega de la carta de despido.
Ningún trabajador podrá reclamarte nada por no haberle dado preaviso si ha habido un incumplimiento que ha finalizado en un despido disciplinario.
Preaviso en despido objetivo
Cuando despides a un trabajador por causas objetivas sí tienes que dar los 15 días de preaviso.
En caso contrario, el trabajador podrá reclamártelo.
Preaviso en despido colectivo o ERE
Cuando acaba el procedimiento de despido colectivo, tendrás la obligación de dar un preaviso de 15 días a cada uno de los trabajadores a los que afecte.
Por tanto, como empresario tienes la obligación de preavisar a los trabajadores con 15 días en los casos de despido objetivo o colectivo.
Tiempo de preaviso de despido: 15 días naturales o 15 días hábiles
Vale, ya hemos dejado claro que el preaviso de 15 días es obligatorio, tanto en el caso del despido objetivo como en el colectivo. Pero…¿son días naturales o hábiles?
Según la legislación vigente, los 15 días de preaviso por despido son naturales.
Empiezan a contar desde el momento en el que se entrega la carta de despido al trabajador y acaban el día en que finaliza el contrato de trabajo. Por tanto, queda resuelta la duda porque no se descuentan de este plazo sábados, domingos ni festivos.
Este plazo para el preaviso del despido podrá variar si el convenio colectivo establece otro diferente, pero siempre deberá ser igual o superior a 15 días.
Consecuencias de no hacer el preaviso de despido a los trabajadores
Si, como empresario, no comunicas el despido objetivo o colectivo con 15 días de antelación, el trabajador afectado tendrá derecho a reclamar un importe por este incumplimiento. Lo que recibirá será la cuantía que correspondería a 15 días de sueldo, incluyendo las partes proporcionales de las pagas extraordinarias, que también se generarían.
Es decir, si el empresario no cumple el plazo de preaviso o no realiza el preaviso, deberá abonar al trabajador la cuantía de salario correspondiente a los días de preaviso. Esto es, a los 15 días naturales.
Dicha cantidad se deberá entregar en el finiquito. Si no lo entregas el trabajador podrá reclamarlo presentando una papeleta de conciliación.
Todo esto hace referencia al despido objetivo o al despido colectivo. En el caso del despido disciplinario la empresa no tendrá que preavisar y el trabajador no podrá reclamar ningún importe por este concepto.
¿Es válido el preaviso de 15 días si el despido es verbal?
El preaviso de despido tiene la finalidad de comunicar al trabajador que no va a continuar prestando sus servicios para la empresa y la causa por la que va a ocurrir esto. Puede ser por incumplimientos, por causas económicas o cualquier otra que comunique la empresa.
Según el artículo 53.1 en el apartado «c», se establece un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo.
Con el contenido de este artículo se entiende que hay que comunicar toda la información por escrito al trabajador. Además, en el caso de que se produzca un despido verbal no existirá prueba de que se hizo y el trabajador podrá hacer diferentes reclamaciones:
- Negar que el despido se haya producido. Esto puede generar, en el caso de que hayas dado la baja en la Seguridad Social, que te reclamen las cuantías por la falta de preaviso.
- Reclamar la falta de causa en el despido. Con esta comunicación puede solicitar que el despido sea nulo, pues no puede haber un despido sin causa. Con el despido nulo estarás obligado a readmitir a la persona y pagarle los salarios del tiempo que no haya estado trabajando.
Para evitar exponerte a estos y otros riesgos derivados de un despido verbal, lo mejor es que hagas una comunicación al trabajador por escrito lo más completa posible. Incluye fechas, la causa, identificación y todos los datos que creas necesarios para que todo quede lo más claro posible.
Ahora ya sabes que hay que dar 15 días de preaviso si despides a los trabajadores por causas objetivas y qué pasa si no avisas con 15 días de antelación en el despido.
De todas formas, mi recomendación siempre será que cuentes con profesionales en el ámbito laboral que puedan asesorarte ante cualquier duda o problema con el personal de tu negocio. Además, el equipo de Ayuda T Pymes podrá estar a tu lado durante todos los procesos de despido y posibles reclamaciones de los trabajadores.