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Cómo crear una sociedad anónima paso a paso

Sociedad anónima, sociedad limitada…mucha gente se pregunta, y con razón, las características y diferencias de estas. Como estoy aquí para resolver tus dudas, hoy te voy a hablar sin ambages de cómo crear una sociedad anónima y también te incluyo un comparativo con la sociedad limitada. ¡Al lío!

¿Qué es una sociedad anónima?

Una sociedad anónima S.A es un tipo de sociedad mercantil de capital social dividido en acciones. El capital social coincide con las aportaciones de los socios. Este tipo de sociedad lo forman quienes dispongan de un capital elevado.
Los socios no responden personalmente de las deudas de la empresa, esto es, con las deudas sociales la responsabilidad se limita a lo que hayan aportado a la sociedad. Muy distinto al autónomo o trabajador por cuenta ajena que sí tienen que responder con su patrimonio.

No existe ni mínimo ni máximo de socios.

El capital mínimo es de 60.000 € y en un principio se puede aportar un 25% (Art. 4.2 Y art. 79 LSC).

¿Qué órganos la conforman?

Está formada por los siguientes órganos:

Junta General
La junta general consiste en las reuniones de los socios para decidir sobre los asuntos más relevantes de la sociedad como por ejemplo la aprobación de cuentas o la modificación de los estatutos. Para constituirse, se tienen que cumplir los requisitos de quórum. Destacan dos tipos de junta:

  • La ordinaria: anual y en la que se tratan asuntos como la aprobación de cuentas del ejercicio anterior.
  • La extraordinaria: para otros asuntos. Un mínimos del 5% del capital debe solicitarla para que los administradores tengan la obligación de convocarla.

Ambas serán convocadas por los administradores.

Administradores:
Personas físicas o jurídicas que se encargan de la gestión, administración y representación de la sociedad. La duración de su cargo dependerá de los estatutos. El tiempo máximo es de 6 años pero podrán ser reelegidos.

Diferencias entre sociedad anónima y sociedad limitada

SASL
Capital mínimo: 60.000€ divididos en acciones. Estas acciones son valores mobiliarios.Capital mínimo: 3000€ dividido en participaciones sociales.
Puede cotizar en el mercado de valores.*No puede cotizar en el mercado de valores.
Más adaptada a grandes empresasMás idónea para pymes

*La Comisión Nacional del Mercado de Valores es el organismo que se encargará de supervisar las acciones.

¿Cómo crear una sociedad anónima? Trámites y documentación necesaria

Antes de realizar todos los trámites, resulta fundamental saber que la sociedad no se puede crear con un nombre ya existente.

Trámites ante la Agencia Tributaria

  • Declaración previa al inicio de la actividad (antes del comienzo)
  • Alta en el censo en la actividad. En ella, se incluye alta IAE (Impuesto sobre actividades económicas)
  • Solicitud de CIF (Código de Identificación Fiscal)
  • Opciones de IVA e IS. Pagos fraccionados; retenciones (trabajadores y servicios profesionales)

Trámites generales

  • Escritura pública en el Registro Mercantil
  • Certificación negativa de denominación
  • Suscripción íntegra del capital
  • Desembolso mínimo del 25% del capital suscrito

Dónde y cómo realizar la constitución de sociedades

Se puede realizar la constitución de la sociedad anónima por dos vías distintas: la ordinaria, y por sistema CIRCE.

Para la Inscripción en el CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresa) a través de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE):

  1. Rellenar el DUE (documento único electrónico)
  2. Se solicita la reserva de la denominación al Registro Mercantil Central. Plazo: 6 horas hábiles des de la solicitud
  3. Se adjudica la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución a través de la agenda electrónica notarial. El plazo no supera las 12 horas hábiles desde la tramitación.

Te dejamos también un artículo para conocer los pasos para empezar una empresa desde cero.

Requisitos para crear una sociedad anónima

En la escritura tiene que constar lo siguiente:

– Los datos de los socios: nombre, apellidos, edad, nacionalidad y dirección. Para personas jurídicas: denominación o razón social.
– La voluntad de constituir una sociedad de capital.
– Las aportaciones que cada socio realice o, en el caso de las anónimas, se haya obligado a realizar, y la numeración de las participaciones o de las acciones atribuidas a cambio.
– La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación de la sociedad.
– Los estatutos de la sociedad*(normas de la sociedad).

*Estos estatutos sociales tienen a su vez que incluir como mínimo y obligatoriamente:

  • Denominación social
  • El objeto social
  • Fecha de cierre del ejercicio social
  • El domicilio social
  • El capital social y las participaciones en que se divida, su valor nominal y su numeración correlativa
  • La forma de organizar la administración de la sociedad y de adopción y deliberación de acuerdos

¿Por qué crear una sociedad anónima?

La creación de una sociedad anónima resulta idónea para negocios que requieren de una gran inversión. Además, es el tipo de sociedad que están obligados a constituir bancos y fondos de pensiones.

La Sociedad Anónima facilita la participación de nuevos socios. En definitiva, todo depende del tipo de negocio que quieras montar. En cualquier caso, sea cual sea el tipo de sociedad que quieras crear, podemos ayudarte.

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