¿QUÉ NECESITAS?

Inicio > Categorias > Otros > El falso autónomo o dependiente ahorro en cotización

El falso autónomo o dependiente ahorro en cotización

Ya hablamos en el blog de GesTron sobre la insuficiencia en la regulación normativa cuando hablamos de la figura del autónomo dependiente o TRADE. En España, miles de empresas obligan a sus trabajadores a darse de alta como autónomos cuando su relación laboral pertenecería más bien al régimen general y a un contrato como asalariado. Hoy desde nuestra gestoría para autónomos abordamos este tema de candente polémica.

Esto es lo que ha ocurrido con empresas como Deliveroo, Glovo y otras plataformas orientadas hacia la economía colaborativa. La Inspección de trabajo ya ha acreditado a través de dos resoluciones (en Barcelona y Madrid), que los repartidores autónomos de estas empresas no desarrollan una figura que se corresponda realmente con el autónomo dependiente, sino que se les aplica un trato discriminatorio siendo la relación entre ambas partes de naturaleza laboral.

Hablamos, por ende, de falsos autónomos que deberían estar dados de alta como asalariados en el Régimen General para que sus derechos como trabajadores no se vieran perjudicados.

Existe esta figura fiscal, el autónomo dependiente, a la que podrían acogerse aquellos trabajadores por cuenta propia que desarrollen la mayor parte de su actividad (75% de sus ingresos o más) a través de un único cliente.

El autónomo dependiente tiene ciertas garantías y beneficios de los que no se beneficia un autónomo general, como el derecho a periodo de vacaciones; y otras condiciones que lo alejan de ser un trabajador asalariado, como el hecho de no tener que acudir a un lugar de trabajo en un horario establecido por la empresa para la que trabaja. Asimismo, por ejemplo, un TRAED debe, por Ley, contar con total libertad en la gestión y realización de procesos en la prestación del servicio que ofrece.

Esto difiere de la situación real que vive el autónomo dependiente que trabaja para sociedades como Glovo o la británica Deliveroo, que según se refleja en los informes de la investigación, a pesar de cotizar por su cuenta, son sometidos a controles rigurosos sobre horarios, velocidad en el transporte y muchos más aspectos que repasamos a continuación.

Si quieres saber más sobre el autónomo dependiente, haz clic en el artículo de ahí abajo:

https://ayudatpymes.com/gestron/autonomo-dependiente-trade/

El falso autónomo en el caso Glovo

La empresa catalana y sus trabajadores, también conocidos como glovers, vuelven a estar en el punto de mira. La Inspección de Trabajo ha concluido que los trabajadores deberían trabajar como asalariados. Estas declaraciones son fruto de la movilización de Comisiones Obreras, que ha denunciado la situación en la que se encuentran los trabajadores en Valencia.

Anteriormente, la empresa ha vivido casos parecidos tanto en Zaragoza, como en Madrid. Por un lado, en Zaragoza, la Inspección de Trabajo concluyó que la situación era ilegal. Sin embargo, en Madrid se decretó lícita dicha actividad.

En lo que se refiere al caso de Valencia, el más actual, la Inspección de Trabajo declara que la prestación de servicios en Valencia de los denominados ‘glovers’, concurren los presupuestos constitutivos del contrato de trabajo, es decir, dependencia y ajenidad.

Esto se traduce en que los trabajadores deberían ser contratados por cuenta ajena, con su contrato, su nómina y todos sus avíos.

Glovo insiste en la legalidad de su actividad. Además, argumentan que los trabajadores tienen total libertad para decidir cuándo y cuánto quieren trabajar.

La Inspección cree que lo debido sería la inclusión de los trabajadores en el Régimen General, unos 200 según indica CCOO. Si bien es cierto que a día de hoy el número de trabajadores es mayor, esa fue la cifra en el momento de la denuncia.

A Glovo le ha sido extendida un acta de liquidación, mediante la cual debe abonar el dinero no pagado en materia de cotizaciones a la Seguridad Social. Como te decía antes, no es la primera inspección en contra la empresa. De hecho, en Zaragoza fueron 326 trabajadores los que se consideraron falsos autónomos.

El falso autónomo dependiente de Deliveroo: se confirman prácticas fraudulentas en la contratación en dos resoluciones de la Inspección

La polémica se ha servido de nuevo con la entrada en escena de grandes sociedades como Deliveroo, una empresa de reparto que trabaja con ciclistas autónomos. Ya hace varios meses, un colectivo de 1.000 trabajadores de esta empresa en Barcelona, autónomos por supuesto, han denunciado y presentado un dossier con pruebas sobre su relación laboral con la compañía.

Deliveroo es acusada por sus ciclistas de no regularizar su situación como trabajadores asalariados; cuando sus labores en la empresa coincidirían por ley con dicha figura, con el fin de ahorrarse los correspondientes gastos de Hacienda y Seguridad Social que a día de hoy salen del bolsillo de los empleados.

Tras la resolución del expediente a favor de los trabajadores en Barcelona y Madrid, la Inspección pone en marcha nuevos procedimientos alrededor de toda España. De hecho, ya se ha solicitado documentación, como los contratos suscritos con Roodfoods Spain, la sociedad detrás de la marca de Deliveroo, facturas emitidas a la empresa y un informe de los trabajos llevados a cabo por parte de los, en principio, «falsos autónomos» desde hace 3 años.

La investigación se extiende ya por Barcelona, Bilbao, Zaragoza, Sevilla, La Coruña, Alicante y Gijón y podría salpicar a otras empresas como Stuart o Uber Eats, en las que sus sindicatos ya han presentado pruebas en su contra.

Los sindicatos siguen presentando pruebas en contra

Además, la orden del Ministerio de Empleo vendría acompañada de un formulario dirigido a los propios autónomos, en el que se debe reflejar información que contraste la verdadera relación laboral entre Deliveroo y sus repartidores. Orden con la que estos deberían colaborar obligatoriamente, de lo contrario tal como refleja el organismo, se estaría incurriendo en un «acto de obstrucción» con la investigación, sancionable hasta los 6.250 euros.

La Inspección de trabajo quiere cerciorarse de hasta qué punto las empresas como Deliveroo, tienen el control sobre la labor de sus «trabajadores». Como te he explicado anteriormente, un autónomo dependiente  debe tener total libertad de procedimiento en la realización de su trabajo, así como no debe cumplir con horarios ni estar supeditado a las órdenes directas o al control de la empresa que solicita sus servicios.

Si Deliveroo determinara, en algún aspecto, la jornada laboral del autónomo, la zona de actuación, el horario, marcara los salarios o penalizase el rechazo de pedidos por parte de sus trabajadores, tal como se sospecha, estaría violando la normativa y la Ley.

La Inspección acredita que Deliveroo ata en corto la actividad de los autónomos, «animándoles» a través de su plataforma online a mejorar los tiempos de entrega, mientras controlan la ubicación del repartidor a tiempo real y bajo la amenaza de consecuencias en sus honorarios o ‘sanciones graves’.

«Sabemos que has recogido el pedido pero vemos que no te mueves, ¡ponte en movimiento!»

Los autónomos tendrían, de este modo, una relación laboral con la empresa Reciben formación específica sobre los procesos que deben seguir, siendo el medio principal de producción la plataforma digital de control sobre la que te hablaba antes y no las bicicletas o medios de transporte propios de los repartidores.

Esto es un punto clave en la investigación, ya que la resolución definitiva del caso podría extenderse a otras empresas que basan sus modelos de negocio en plataformas virtuales.

La figura del autónomo dependiente desvirtuada por la Seguridad Social

La UPTA, por su parte, reivindica la figura del autónomo dependiente o TRADE y llama la atención a la Inspección de Trabajo, a la que acusa de centrar el ojo de mira en analizar los poco más de 10.000 contratos como autónomo dependiente en los registrados del SEPE, en lugar de analizar los otros aproximadamente 290.000 casos de autónomos dependientes que trabajan de forma irregular.

La UPTA cuestiona la forma de proceder de la Inspección y la postura de la Seguridad Social al respecto. Plantean que actúan de forma opuesta a la naturaleza de la Ley, pasando por lupa a las empresas que cumplen con la normativa vigente en cuanto al autónomo dependiente y dejando impunes a otras muchas que no aplican los mecanismos exigidos por ley.

Desde la organización manifiestan su defensa del autónomo dependiente como figura contractual y la extensión de la misma como herramienta de trabajo eficaz para la nueva economía. Según la UPTA, el autónomo dependiente o TRAED se configura como una eficaz herramienta de trabajo en el contexto de la nueva economía, supeditándose al control necesario para no vulnerar el mercado laboral.

«Si tuviéramos que contratar empleados, no existiríamos«

Deliveroo afirma que si tuvieran que soportar los costes de contratar empleados, no existirían sus negocios. Es así o tal vez, simplemente, no serían tan escalables y se reduciría significantemente su beneficio económico.

Sin embargo, las denuncias por parte de trabajadores de empresas como Deliveroo abren la perspectiva y el punto de mira de la problemática, no sólo hacia la defensa de la figura del autónomo dependiente, sino a la reflexión sobre cuáles son esas condiciones de esa nueva economía. ¿Se trata de un eufemismo para que la Ley pase por el aro de los intereses y márgenes de beneficios de los nuevos modelos de negocio?

  • Miguel Ángel dice:

    Da por sentado que los 290.000 trades son ilegales y los «poco» (a mí me parecen muchos) más de 10.000 son contratos Trades legales.
    Cada uno cuenta la feria según la ve…
    Un trade que es ciclista tiene autonomía total en su trabajo, vacaciones, descansos sobre una multinacional. claro,claro…

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SUSCRIPCIÓN

SUSCRÍBETE!

No deberías perderte nada de lo que cuente por aquí.