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Epígrafes comercio electrónico y profesionales digitales

Hoy vengo a hablar sobre la necesidad (o no) de tramitar el alta IAE y CNAE cuando se desarrolla una actividad como freelance de forma online. Es un paso que tendrás que dar al darte de alta en Hacienda y en Seguridad Social como trabajador por cuenta propia.

Existen dos cuestiones fundamentales:

  1.  Las posibilidades de ahorrar en el momento del alta en la Seguridad Social para no pagar cuota de autónomo en diferentes circunstancias.
  2. A la hora de tramitar el alta IAE de Hacienda, ¿a qué epígrafes debo acogerme?

Para no hacernos un lío, vamos a hablar de estas dos cuestiones y te aclararé todos los aspectos posibles sobre epígrafes de comercio electrónico y profesionales digitales 📲

¿Basta con tramitar el alta IAE de Hacienda para ser autónomo freelance?

Hacienda y la Seguridad Social pregonaron hace tiempo el inicio de procedimientos de revisión de miles de sitios web españoles y de la actividad que llevan a cabo.

El fin no era otro que reducir la evasión de impuestos o bien únicamente tramitar el alta IAE para poder generar facturas, presentar las declaraciones trimestrales (teniendo cubiertas las obligaciones con Hacienda pero sin cotizar), o bien prescindir tanto del alta en Hacienda como en la Seguridad Social.

Desarrollar una actividad sin superar en ingresos el Salario Mínimo Interprofesional y no realizar tu alta IAE en Hacienda no es tan fácil, ya que el concepto más importante es la HABITUALIDAD.

Uno de los puntos clave es que la actividad del trabajador sea eventual y que no se repita en el tiempo con las mismas cantidades económicas.

Tendiendo esto en cuenta, es totalmente obligatorio tramitar el alta IAE en Hacienda siempre que desarrollemos una actividad económica por nuestra cuenta.

Actividades exentas de alta IAE

En el caso de los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares por parte de profesionales contratados o funcionarios, no sería necesario tramitar el alta en el IAE ni en el RETA 💥

Este tipo de actividad podría desarrollarse sin problemas justificándose con la firma de un recibo.

En cuanto a fiscalidad, se rige por la Ley del IRPF en su artículo 17.2, por el que se emite recibo sin IVA y se refleja en la declaración de IRPF como rendimiento del trabajo.

La consideración de estas rentas como rendimientos de actividades económicas dependerá de la existencia de la ordenación por cuenta propia de factores productivos, lo que se determinará dependiendo de cada caso concreto, en vista de las circunstancias concurrentes.

Sin embargo, y con carácter general, cabe hablar de la existencia de ordenación por cuenta propia cuando el contribuyente intervenga como organizador de los cursos, conferencias o seminarios, ofreciéndolos al público y concertando, con los profesores o conferenciantes, su intervención en tales eventos cuando participe en los resultados prósperos o adversos que deriven de los mismos.

¿Si no superas el SMI estás exento de darte de alta en la Seguridad Social?

Existe jurisprudencia en recursos contra la disposición de sanciones a trabajadores, que no se dieron de alta por este motivo, a los que les que dieron la razón y no tuvieron que cubrir los costes de una posible sanción.

La cuestión es que, si no te das de alta en la Seguridad Social, aunque no sea muy común cuando los ingresos son muy bajos, el riesgo de que te sancionen existe.

Esta situación suele conllevar que la Seguridad Social gestione tu alta IAE a fecha de la primera vez que te registraste en Hacienda y te cobra las cuotas atrasadas en el RETA desde ese momento, que considera deberías haber pagado, más la sanción, recargo e intereses. Una gracia 🙄

¿Qué epígrafe escojo al tramitar el alta IAE de Hacienda?

El epígrafe o alta IAE se refiere al Impuesto de Actividades Económicas. Tendrás que determinar en qué categoría encaja mejor el trabajo que llevas a cabo.

Es cierto que hay profesiones que no vienen correctamente recogidas en los epígrafes de Hacienda (tampoco en la TGSS). Profesiones que son muy comunes a día de hoy, sobre todo relacionadas con el marketing digital, por ejemplo (especialistas en SEO, SEM, copywriters, diseñadores, etc.) y el mundo online en general.

Los epígrafes IAE están claramente desfasados, pero aún no han movido ni un solo dedo.

Cada trabajador acaba eligiendo los epígrafes que se ajustan más a su actividad y, bastante a menudo, para la misma labor desarrollada por distintas personas, estos epígrafes pueden no coincidir.

Ten en cuenta que puedes elegir todos los epígrafes que consideres oportunos. No tiene un coste adicional darte de alta sólo en uno o en tres, o cuatro, los que sean, simplemente deberás justificar que la naturaleza de tu negocio queda recogida en dichos epígrafes.

Epígrafes IAE para el alta de negocios online y profesionales digitales

En servicios de SEO, community manager y marketing digital, los epígrafes correspondientes serían P751 para profesionales de la Publicidad, Relaciones Públicas y similares o E844 si trabajaras en una estructura societaria. En el caso de agencias de publicidad, el alta tienes que realizarla en el CNAE 7311.

Para los desarrolladores web, hosting y de apps, el epígrafe profesional puede corresponderse con el P763 para profesionales programadores y analistas de informática si eres profesional o E845 para explotación electrónica por cuenta de terceros si eres una sociedad. A su vez, los puedes cumplimentar en el RETA con los registros del CNAE 5829 para edición de otros programas informáticos o CNAE 6201 para actividades de programación informática.

Para el diseño y puesta en marcha de campañas de publicidad estilo Google Ads, valdría el alta IAE en el epígrafe de Hacienda 7699 calificado como ´´otros servicios privados de telecomunicación N.C.O.P.´´

En cuanto al IAE para diseño web y/o Gráfico, si no cuentas con formación específica te corresponde el el epígrafe del grupo 399, sección 3, división 2. del IAE P322 para técnicos en artes gráficas, con el correspondiente registro en el CNAE 1812 denominado ´´otras actividades de impresión y artes gráficas.´´

Para el cobro de afiliaciones, IAE 631 para intermediarios del comercio, 844 para Servicios de Publicidad, relaciones públicas y similares y 7699 para Otros servicios privados de telecomunicación N.C.O.P. (no comprendidos en otras partes).

En cuanto a la venta de infoproductos en páginas web o, en realidad, cualquier actividad relacionada con el comercio electrónico, ante la desactualización de las listas de alta IAE, se suele elegir el epígrafe 665 denominada ´´Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos.´´

Sin embargo, la Administración determina que cualquier actividad de comercio que se lleve a cabo online debe registrar su alta IAE de acuerdo con “la verdadera naturaleza” de la actividad económica. Reflejando siempre las condiciones en que concurre el vendedor y la forma en que la venta es realizada.

¿Qué significa esto? Que tendrás que registrarte en tantos epígrafes como clases de productos vayas a vender.

No te preocupes, yo al principio también me hice un lío con tanto epígrafe 🥵

Menos mal que mis amigos de Ayuda T Pymes me solucionan siempre estas y otras dudas para así contártelas lo más claro posible y ahorrarte una intensiva búsqueda sobre qué es lo mejor para ti y tu negocio.

Para realizar estas y otras gestiones ya, mejor que te pongas en contacto directamente con ellos 👀

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Catalina dice:

    Hola, tengo una duda, en este momento estoy recibiendo los últimos meses de la RISGA, pero para salir de esta situación desarrolle un proyecto con un plan de negocios para solicitar una subvención para emprendimiento. Mi duda surge cuando pienso que; SI esta subvención se tarda alrededor de 3 meses en ser aprobada y como tengo que darme de alta como autónomo no se si la Risga es compatible con el trabajo autónomo o si tributa, ¿me puedes aclarar la duda ? Muchas gracias por tu valiosa respuesta.

    • GesTron dice:

      Hola Catalina. Habría que estudiar las bases de esa ayuda y de esa subvención, que al ser autonómicas no las tengo tan dominadas. Lo que sí te digo es que el ingreso Mínimo Vital es perfectamente compatible con ser autónomo y con bonificaciones como la tarifa plana, por ejemplo. Pero mejor informarte con las bases del Boletín Oficial de la Comunidad (requisitos, compatibilidades…). No se puede hacer analogía fácil en estos temas y solo te mencioné este ejemplo como referencia positiva para hacerte entender que podrías llevarte la buena noticia de que sí puedes acceder a ambas cosas al mismo tiempo.

  • Oscar dice:

    Hola saludos!!!! Mi gran duda antes de dar el paso de ser autónomo es : Para realizar actividades relacionadas con el marketing digital o desarrollo web, debo de tener una titulación que lo avale? En caso de si necesitar , bastaría la hoja que le dan a uno al finalizar un curso conducente al certificado de profesionalidad? Muchas gracias de antemano

  • Juan dice:

    Hola, ahora que esta en pleno auge toda la movida de las criptomonedas y sobre todo con la irrupcion del mercado NFT quisiera saber a que epigrafe tendria que acogerme si desero crear un negocio de servicios digitales que me permita ofrecer estos servicios a terceros para la compra/venta de criptomonedas para su posterior uso en juegos NFT para luego capitalizar los beneficios nuevamente en criptomonedas/dinero fiat

    • GesTron dice:

      Hola, Juan. El auge de las criptomonedas ha generado muchas dudas con la nueva regularización de la Ley contra el fraude. Haces bien en mover ficha. Los epígrafes IAE están super desfasados con los nuevos oficios y actividades digitales y no resulta fácil escoger el indicado. Te recomiendo que consultes a nuestros asesores expertos ya que en el último año han tenido trabajo con las actividades con criptodivisas de los clientes y ya tienen la experiencia de su lado.

  • Jesús dice:

    Buenas tardes, y lo primero agradecer éste tipo de artículos que nos ayudáis a los profanos en la materia a poder orientarnos un poco.
    Yo voy a empezar a trabajar para una empresa de telecomunicaciones buscándole clientes para alta en sus líneas y ellos me van a facturar mensualmente un importe fijo por alta que se confirme. Me voy a dar de alta pero tengo duda en el epígrafe del IAE que lo tengo que hacer, no se si en la sección 1 o en la 2 de Profesionales ya que lo veo igual. Muchas gracias por anticipado.

    • GesTron dice:

      Hola, Jesús. En muchas ocasiones la elección del epígrafe queda en manos del emprendedor o de una charla con su asesor. Hay negocios híbridos que complican mucho la elección. Si no se ha escogido el pertinente puede notificarlo la administración al cabo del tiempo, pero suele darse en casos que se busca un beneficio o mala fe. Y doy fe de que hay actividades con más de 5 epígrafes pertinentes. De tan flexible que es la norma, lo que consigue es liar a los emprendedores.

  • Artashes dice:

    Hola!
    Necesito una consulta por favor.
    Soy músico y programo sonidos para varios instrumentos musicales digitales como pianos electrónicos, teclados, sintetizadores, módulos. Creo bancos de sonidos para los instrumentos específicos y los vendo a través de una página web de terceros.

    Quería saber que epígrafe me podría corresponder?
    Muchas gracias!

    • GesTron dice:

      Hola, Artashes. Con los epígrafes no hay una decisión cerrada, y es debido a la propia flexibilidad de la norma (que se acaba cuando hacienda te obliga al cambio, o añadir uno nuevo, a posteriori si no lo ve adecuado). La opción más estándar cuando se vende a través de internet es elegir el 665, a menos que veas otro más indicado para el producto o servicio que proporcionas. Con los productos físicos suelen haber alternativas, pero con los descargables o virtuales hace falta una buena reforma de estos epígrafes (y ya lo habrás comprobado).

      • Artashes dice:

        Muchas gracias por la respuesta!
        Perdón, que vuelva a preguntar… Desarrollo mi actividad en mi «home studio», que supone grabar y editar algunas cosas entre otras.

        ¿Puede que me corresponda alguno de estos epígrafes?
        – 5829 (Edición de otros programas informáticos)
        -6209 — Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática
        – 6399.- Otros servicios de información n.c.o.p.
        -5920.- Actividades de grabación de sonido y edición musical

        • GesTron dice:

          Desde luego la 5920 se ajusta mucho a la actividad que has comentado. Debes saber que es posible estar en dos al mismo tiempo, pero cuida de que tengan el mismo régimen fiscal para que no se compliquen tus trámites y papeleos. A ser posible, escoge solo una. En tu caso la 5920 no puede ser desmentida por hacienda, ya que podrías comercializar tu «producto» en diferentes canales de venta si quisieras, y no solo mediante una tienda online.

  • Alv dice:

    Buenas.Tras leer el articulo me sigue surgiendo una duda. ¿Qué IAE tendría la venta de entradas (espectáculos, conciertos, monumentos)? ¿y con qué CNAE podría ir relacionado? Gracias de antemano.

    • GesTron dice:

      Hola, Álvaro, sin más información precisa no es posible una respuesta objetiva, ya que el epígrafe puede variar en función de tu relación contractual con las empresas o instituciones que gestionan estos eventos o monumentos, o en función de si lo vendes online o en un establecimiento físico. Es una decisión tan importante como tediosa. Lo sé. Pero créeme que son pocas las veces que un empresario tiene claro a la primera dónde debe encuadrarse su actividad. Sin duda se debería actualizar la lista para hacerla más intuitiva y con epígrafes que no se solapen tanto.

  • Raul dice:

    Interesante el artículo. En mi caso, tengo previsto crear un marketplace en el que las tiendas venderán sus productos, yo facturaré al cliente final y las tiendas que lo componen me facturarán a mi a posterior las ventas por el total menos una comisión que será mi margen de beneficios.en este caso, desde mi marketing place puedo vender desde una lavadora, un jamón o ropa. Que iae es es que tendría que dar de alta para la actividad del marketing place?Gracias de antemano 

    • GesTron dice:

      Hola Raúl,

      Podrías utilizar el epígrafe 621 (intermediarios del comercio) que está destinado a actividades que consistan en poner en relación al comprador y al vendedor o en realizar actos de comercio por cuenta de sus comitentes, en todas las fases de comercialización de toda clase de productos. Y también podrías usar el 665 (Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos). Este último se usa para cualquier actividad de comercio que se haga online.

      Espero que te resulte útil la info, si necesitas ayuda con el papeleo, no dudes en contar con nuestra asesoría empresas y autónomos ¡Un saludo!

  • LGA dice:

    Buenas tardes, En primer lugar gracias por el artículo, me ha aclarado muchas dudas. Espero me puedas ayudar con mi caso, trabajo por cuenta ajena y me gustaría conseguir unos ingresos extras mediante el programa de afiliados de amazon, ¿es posible hacerlo sin darte de alta como autónomo?  Muchas gracias, un saludo!

  • David dice:

    Hola, que epigrafe seria para una web de anuncios clasificados ??

  • Carlos dice:

    Hola, soy autónomo desde primeros de este año. Me dedico al marketing, y estoy dado de alta en el epígrafe 844 y 845. La duda me surge cuando un proveedor de servicios web me solicita que cambie a una actividad profesional para poder cobrar comisiones que genero por afiliación. Entonces, ¿debo cambiar mis epígrafes o darme de alta en uno nuevo?. Actualmente estoy disfrutando de la reducción del 50% de la cuota de autónomo, ¿tendría alguna repercusión?. Respecto al IRPF,¿empiezo a retenerlo en la factura en función del cambio/alta de epígrafe?. Y la última, ¿qué acciones debo seguir en la Seguridad Social?. Ojalá podáis ayudarme, estoy hecho un pequeño lío. Gracias de antemano.

    • GesTron dice:

      ¡Buenas Carlos! Para cambiar la actividad profesional debes de acudir a la Seguridad Social y registrar en tu alta esa nueva actividad, no vas a pagar más por la cuota de autónomo ni vas a perder la bonificación, simplemente estas declarando que vas a realizar esa actividad. Cuando factures con esa nueva actividad debes hacer lo mismo que con las otras facturas de tu actividad principal, es todo igual. Pide cita a la Seguridad Social para hacer todos los trámites y así te quites de problemas.

      ¡Un saludo!

  • Rubén dice:

    Hola!

    Soy autónomo profesional dedicado al desarrollo de software y páginas web. Estoy planteando un proyecto web a base de banners publicitarios y enlaces de afiliación. Mi duda es, sin saber si va ser un éxito o no, tengo que darme de otra vez como autónomo para la nueva actividad? Gracias!

    • GesTron dice:

      Hola Ruben,
      Si ya eres autónomo, lo que tendrás que hacer es darte de alta mediante el modelo 036 en un nuevo epígrafe si la actividad es diferente a la que realizas actualmente.
      Un saludo.

  • Franc dice:

    Hola, me acaban de otorgar por enfermedad común la incapacidad total absoluta, me gustaría complementar con una actividad de autónomo de tele venta desde mi casa a profesionales, mi actividad hasta la invalidez, era de agente comercial encuadrado en intermediario de comercio.
    Segun la ley LGSS 198

    • GesTron dice:

      Buenos días Franc,
      La pensión por incapacidad permanente absoluta y el alta en autónomos serían compatible, siempre y cuando no implique el desarrollo de una actividad vinculada al motivo o al área de trabajo por el que te asignaron la incapacidad. Sobre todo, porque si determinan que ya no sufres esa limitación, podrían revisar tu caso y retirarte la prestación. Deberás informar de tu alta al INSS. Puedes ponerte en contacto con nosotros para que te echemos una mano en el papeleo o gestión mandándonos un teléfono de contacto a gestron@ayudatpymes.com.
      Saludos

  • Jose dice:

    Hola.
    Gran artículo pero me queda una duda.
    Si hago aplicaciones para android y tienen publicidad, las apps son gratuitas pero tiene compras dentro para mejorarla.
    Con el IAE 763 «Programadores y analistas informáticos», ¿me bastaría?

    Saludos.

    • GesTron dice:

      Hola Jose,

      Añade el epígrafe 844 servicios de publicidad y relaciones públicas, es lo que suelen hacer la peña que aloja publicidad en sus plataformas. De todos modos, si preguntas en Hacienda te orientarán sin problemas.

  • Maria dice:

    Hola! Para una tienda online de camisetas (epígrafes 665 y el 651.2). El problema que tengo es el aplicativo web (telemáticamente modelo 036). Cómo se añade más de un epígrafe? O es que tengo que dar 2 altas? Porque con esas 30 páginas complementarias, al añadir 1 desaparecen los datos anteriores.

    • GesTron dice:

      Hola Maria,
      No desaparece, sigue estando. Simplemente se crea otra página con el nuevo epígrafe. Si vuelves a la página inicial puedes ver que está. Tienes que dar de alta cada epígrafe en páginas distintas.
      Un saludo.

  • Yely dice:

    Hola¡ voy a abrir una multitienda. Que epigrafe debería usar ya que me preocupa escoger una errado ya que aparte de alimentos tendré tabaco y alcohol.

  • Jennifer dice:

    Hola, trabajo media jornada cuenta ajena, y quiero ofrecer servicios diseño gráfico/digital, Merchandising, Web y RRSS x mi cuenta. Que pasos debo seguir, epígrafe(s) que debo darme de alta.
    Tengo 47 años y hace 4 años que fui autónoma, la cuota que pagaría cuanto seria y por cuanto tiempo? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Jennifer,

      Podrías acogerte a la tarifa plana, aunque debes revisar tus condiciones de cara ala jubilación. Por tu edad, si escoges la base mínima, es posible que tengas limitaciones si más adelante quieres incrementar tu base de cotización para mejorar las condiciones de tu jubilación (si es que quieres recibir una pensión por el RETA).

      Echa un ojo en este artículo sobre la tarifa plana.

      Los pasos vienen reflejados en el artículo, pero si necesitas más ayuda déjame un teléfono de contacto en gestron@ayudatpymes.com y hablamos al respecto. 🙂

  • Alex dice:

    Mi caso es una asociación sin ánimo de lucro que da cursos, conferencias y actividades medioambientales fuera de local permanente. A pesar de ser entidad sin ánimo de lucro, creo que debemos darnos de alta en el I.A.E. pero en qué categoría? y en qué epígrafe?. Muchas gracias y un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Alex,

      Depende de las actividades concretas que desarrolléis. En Hacienda os puedes echar una mano y orientaros en función de lo que hagáis en vuestra asociación. Recuerda que elegir más epígrafes no hace que tengas más gastos asociados a cargas fiscales. Escoge la combinación de ellos que refleje mejor la naturaleza de vuestra actividad.

  • Jose dice:

    Soy emprendedor, innovador y estratega online acabo de cumplir 65 años y aún sigo cobrando el subsidio de mayor 55 años, mi intención es recuperar los años perdidos y jubilarme hasta que mi cuerpo diga basta, tengo dos proyectos online uno es por cuenta ajena, y el otro crear una Startup.
    Saludos

  • Marta dice:

    Si me doy de alta en autónomos con tarifa plana, trabajando también por cuenta ajena, ¿aplican las reducciones de cotización por pluriactividad?

    • GesTron dice:

      Hola Marta,

      Se aplica la bonificación de la tarifa plana, la cotización doble por pluriactividad, te la devolverán una vez empieces a pagar la cuota normal.

  • Marta dice:

    Hola. Trabajo jornada completa por cuenta ajena. Quiero ofrecer crecimiento personal online ocho o dieciseis horas al mes. Ingresos que den para cubrir los gastos (hosting, dominio, zoom) y poco más. Es necesario alta autónomos o sólo alta en Hacienda? Podría acogerme a tarifa plana más tarde?

    • GesTron dice:

      Hola Marta,

      Es lo que digo siempre. Para cumplir con la normativa al 100%, tendrás que darte de alta como autónomo si el trabajo es habitual. Que puedes darte de alta solo en Hacienda, sí. Pero ojo con el alta luego en Seguridad Social, porque pueden determinar que debieras haber cursado alta en el RETA con anterioridad. Eso supondría tener que pagar cuotas atrasadas y perder el derecho a la bonificación, pago de intereses y recargo.

  • M. Jesus dice:

    Yo tengo una tienda online en una plataforma de ventas, son productos físicos así que no debo tener mucho problema…
    Lo que me está dando dolor de cabeza es la apertura de una escuela online en otra plataforma para vender cursos online.
    El 665 es residual, que me puedes aconsejar?

    • GesTron dice:

      ¡Hola!
      Tendríamos que ver qué tipo de cursos imparte la escuela online. La cosa cambia en función de si es formación reglada (Grupo IAE 931) o no reglada (Grupo IAE 932). En el primer caso, iría exento de IVA. Que se imparta online o de forma presencial es indiferente.
      En cuanto al modelo de IAE 665, es para el comercio al menor por correo o catálogo de productos diversos, no creo que sea el que mejor se adecua a la naturaleza de tu actividad.
      Si necesitas más ayuda, envíame un tlf a gestron@ayudatpymes.com
      Saludos

  • raul dice:

    Buenas, tengo una pagina web que vendo imprimibles en EEUU, Australia y Canada basicamente. La instalada en un marketplace.
    Me gustaria saber en que epigrafes tendria que darme de alta y como tendria que hacer las liquidaciones de IVA (modelos, etc…)

    Un saludo.

  • Fran dice:

    Si estoy dado de alta en el regimen general a 39 horas y me doy de alta de autónomo para realizar actividades de SEO, pagaré menos cuota de autónomo?

    Gracias por el artículo

  • SANDRA dice:

    Por lo que leo, entiendo que no tiene ningún coste el alta en varios epígrafes del IAE. Pero, y en la cuota de autónomos? Influye que tu acTividad encuadre en varios epígrafes para la cotización a la seguridad social? Eso es pluriactividad?
    Gracias por el artículo.

    • GesTron dice:

      Hola Sandra,
      No tiene ningún coste adicional. No, no es pluriactividad, pluriactividad es cuando cotizas en varios regímenes distintos al mismo tiempo. Por ejemplo, si estás contratado como asalariado en una empresa (inscrito en el Régimen General) y también desarrollas actividad por tu cuenta como autónomo (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Por último, el hecho de tener varios epígrafes seleccionados no va a implicar que pagues más cuota, ni menos.

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