Me llegan a GesTron un montón de dudas sobre el tema de facturar online y el supuesto límite para hacer facturas sin ser autónomo. ¿Facturar a través de una cooperativa es posible? ¿Es legal, o pueden sancionarte? ¿Existe alguna alternativa o límite?
Hoy abordamos el tema desde la experiencia de nuestra asesoría online y presencial, Ayuda T Pymes.
Facturar a través de cooperativa sin ser autónomo
Si te digo la verdad, nunca me olió bien el tema de hacer facturas sin ser autónomos a través de cooperativas de trabajo para freelancers, aunque se pusieran muy de moda. Parecía un buen negocio pero estaba claro que iba a reventar en algún momento perjudicando, como no, al de siempre: el autónomo. Y, efectivamente, reventó.
Al final, mi sexto sentido no iba descaminado, la Seguridad Social acabó cargando contra este tipo de cooperativas como Factoo, Indieprof, Komuny…
Por si no fuese poco con todo la que se había liado con las cooperativas de facturación, miles de autónomos que utilizaban estos servicios fueron obligados a darse de alta con carácter retroactivo en el RETA. Esto significa que, además no poder acogerse a las ayudas como la tarifa plana, tuvieron que pagar miles de euros de las cuotas, y encima, con recargo. Estamos hablando de pasar de pagar 80€ al mes a pagar 300, 400, o incluso 500 euros… Y si hablamos de muchos meses, menudo agujero en tu bolsillo.
Si no quieres acabar en medio de un berenjenal, ¡ojo!
Te voy a contar todo lo que necesitas saber sobre esta movida de las cooperativas.
Las cooperativas para facturar online pueden dejarte con el culo al aire
Las cooperativas de facturación para autónomos son, a priori, una alternativa atractiva para aquellos que no desarrollen una actividad de forma habitual. Gran error amigo.
Cuando ya estás dado de alta en otro trabajo y la actividad es esporádica, puede ser útil, aunque igualmente en esas condiciones puedes darte de alta en Hacienda (que es gratis) sin que te cobren comisión.
Plantéate cuál será el número de facturas que generas, puesto que te cargan gastos de gestión por cada una. En torno al 6% de tu facturación mensual. A ello súmale los impuestos, alrededor del 10% del total.
En principio, se supone que este tipo de plataformas te permiten hacer factura sin ser autónomo de forma segura y sin jugártela con la Seguridad Social.
Ya en las consultas que me han ido haciendo en el blog, he planteado alguna vez mi «resquemor» al respecto. Me refiero a los vacíos en la normativa que regula este tipo de empresas para hacer factura sin ser autónomo.
Pero como hemos visto, esto dista bastante de la realidad y en la mayoría de casos acaba suponiendo un problema. Te pongo varios ejemplos.
Ejemplos de cooperativas de facturación sancionadas
Facturar a través de una cooperativa tiene sus riesgos y si no, que se lo digan a los miles de españoles que se han visto afectados por estos casos. Vamos a ir viendo alguno uno por uno.
Caso Factoo
Probablemente hayas escuchado hablar de Factoo, una cooperativa que prometía hacerte facturar sin tener que darte de alta como autónomo.
Como se suele decir, «no es oro todo lo que reluce«, y tras dos años de actividad empezaron las investigaciones por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Esta cooperativa tenía, de forma estimada, unos 5.000 clientes que se dieron de bruces con las autoridades. ¿Qué implicó esta acción para los autónomos? Ser sancionados y obligados a darse de alta en el RETA con carácter retroactivo, con todo lo que ello supone: 20% de recargo sobre la deuda, más intereses, más pérdida de posible bonificación aplicable.
Algunos testimonios de afectados trataban de dar a entender que era víctimas de un fraude, pero la Administración no se ablandó con ellos, obligándolos a pagar en algunos casos más de 5.000€.
Según Factoo toda la actividad era legal, y según Empleo rozaba de forma peligrosa la ilegalidad. Tanto la rozó que, tras un informe de la Unidad Especializada en el Área de Seguridad Social de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, fue descalificada.
En 2017, se le prohibió a Factoo « seguir facturando en nombre los freelance«, acabando así en concurso de acreedores con una deuda millonaria por fraude a la Administración.
Este caso fue el principio de una caza brujas que ha llevado a investigar a muchas otras cooperativas que prometían lo mismo.
Caso «Falsa cooperativa de transporte»
Algunos años más tarde, en concreto en 2020, saltaban las alarmas cuando el Gobierno de Aragón sancionaba a una cooperativa de transportes haciéndole pagar 184.000 euros por no responder al régimen jurídico de aplicación de estas organizaciones.
La falsa cooperativa obligaba a firmar a cada uno de los socios cooperativistas un contrato de adhesión, afectación y exoneración de responsabilidad, con unas cláusulas donde obligaban al socio a asumir todas las responsabilidades derivadas de la actividad, incluyendo el ámbito fiscal y laboral ¡Anda que no eran listos!
En este caso, la Inspección tampoco hace división entre socios y cooperativa, por lo que volvieron a salir afectados los mismos de siempre.
Esta claro que nadie está a salvo cuando se trata de jugar en el límite entre lo legal y no tal como lo hacen estas cooperativas.
Caso Actura12
Por último, el más reciente de los tres casos nos traslada a 2022 cuando Actura12 fue sancionada por «fraude de ley».
La sanción alcanzó los 5.904.323,87€ por vulnerar las normas de cotización de la Seguridad Social…¡Miedo!
En Actura12 lo que hacían era cotizar por la base mínima independientemente de lo que facturasen sus clientes. Evidentemente, a la Administración no le gustó ni un pelo y cayó sobre ellos todo el peso de la justicia.
Por supuesto, los afectados fueron los clientes que fueron obligados a pagar aquello que debían con carácter retroactivo y con recargos.
Como puedes leer, la historia se repite una y otra vez, ya que estas cooperativas están al borde de la legalidad. Como la ley es difusa, es mejor no pillarse los dedos con ella y evitar esas sanciones de miles y miles de euros que podrían amargarte por completo.
Los contras adicionales de hacer factura sin ser autónomo en una cooperativa
Dentro de todo este mundo de la facturación, tenemos el pago de los seguros sociales.
Se supone que trabajas dado de alta en la Seguridad Social cuando haces facturas en una plataforma de autónomos como estas. Como el alta es por días, para que tengas derecho a generar la factura online y listo, el coste también es diario por día de trabajo cursado, derivando en un coste de unos 18 euros por factura.
Otro punto a tener en cuenta, es en los términos que estés dado de alta en la Seguridad Social, que tampoco se ven del todo claros. ¿Estás de alta como trabajador de la cooperativa? Si es así, como miembro de la misma y al facturar en su nombre, ¿eres responsable de las acciones de dicha cooperativa?
La verdad es que las cooperativas de facturación, parecían una vía eficiente para cubrir el trabajo esporádico por cuenta propia. El problema es que se ha planteado como una solución definitiva para aquellos que facturan «poco» y no quieren soportar los costes de la cotización en la Seguridad Social.
Es natural que surjan opciones de este tipo cuando la normativa vigente no ofrece opciones intermedias que permitan regular este tipo de trabajo, incluso se te ha podido ocurrir utilizar una empresa para facturar a través de ella de forma puntual, ¡error!
Te cuento porque tampoco es una buena idea.
Facturar a través de otra empresa
Ya hemos visto que las cooperativas pueden ser algo complicado, y seguro que has pensado rápidamente que tu amigo, vecina o abuela tienen una empresa que podría hacerte un favorcillo. Una día hablas con esa persona y os parece la mejor idea del mundo facturar sin ser autónomo a través de su empresa…¡Chungo tema!
Aunque parece que los astros se han alineado para darte un respiro con este problemilla, permíteme decirte que estáis a punto de cometer un error que te puede salir caro.
En este caso en concreto, y sobre todo si la factura que vas a hacer no tiene absolutamente nada que ver con la actividad que realiza esa empresa, estás buscando que la Administración te eche el ojo y comience investigar esos movimientos extraños.
Por supuesto, no es algo que vaya a ocurrir sí o sí, pero sigue sin ser una buena idea ya que las consecuencias de que te pillen serían demasiado altas.
Además, igual que ocurría con las cooperativas, tanto tú como la empresa incurriríais en infracción y se os multaría a las dos partes. Es decir, que tu amigo no se libra.
No te conviertas en un fugitivo en busca y captura por Hacienda y factura como es debido. No te preocupes que te explico tus opciones.
¿Qué puedo hacer para facturar sin ser autónomo sin jugármela?
En virtud del Real Decreto-ley de diciembre de 2016, el conjunto de medidas de la nueva Ley de Autónomos ya vigentes, existen alternativas factibles a la facturación a través de cooperativas.
Por un lado, está la posibilidad de cotizar como autónomo por día trabajado. Es decir, el trabajador autónomo que curse su alta no pagará la cuota completa. Además, el autónomo que curse su alta y baja en pocos días no pagará la cuota mensual completa. Además, el autónomo tiene esta opción de darse de alta y de baja hasta tres veces al año cotizando por días individuales. Luego ya sí se debe afrontar el importe completo de la cuota.
Luego está la opción de acogerse a la bonificación sobre la cuota para nuevos autónomos, que actualmente consiste en una cuota fija de en torno a 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses, prorrogable por otros 12 en caso de que el beneficio no supere el SMI anual.
En este sentido, la opción de hacer una factura online mediante una cooperativa, soportando los costes derivados de la misma y las posibles consecuencias legales, quizás pierda atractivo teniendo en cuenta estas medidas. ¡No te la juegues y hazme caso!
¿Cuáles son los requisitos para poder hacer factura sin ser autónomo?
Imagina que sólo ejercemos nuestra actividad a tiempo parcial, que somos estudiantes y generamos alguna factura online que otra. Que desarrollamos un trabajo esporádico para sacarnos un ingreso extra o que, simplemente, tenemos en mente arrancar un nuevo negocio del cual no conocemos la proyección.
Si no contamos con demasiada clientela y, en definitiva, no generamos suficientes ingresos, es normal que veamos interesante la opción de hacer factura sin ser autónomo. ¿Sería esto legal?
De forma general, facturar sin ser autónomo es algo inserto en un marco normativo con ciertas “lagunas”.
Quiero decir, la ley determina que cualquier persona que desarrolle una actividad de tipo económico, con fines lucrativos, de forma habitual, personal y directa, sin ser un trabajador asalariado contratado por cuenta ajena, tiene la obligación de cursar alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo.
Hay que tener en cuenta que sólo en concepto de cotización a la Seguridad Social, un autónomo al que le corresponda pagar la cuota mínima del RETA tendrá un coste fijo mensual que asciende en torno a los 230 euros según los tramos reducidos de las bases de cotización de 2024, a no ser que tenga derecho a la bonificación por inicio de actividad, en cuyo caso la cuota se vería reducida durante el primer año a en torno a 80 euros mensuales.
Y ahora viene la clave de la cuestión.
¿Qué considera la Seguridad Social como un trabajo habitual y qué entiende por actividad esporádica?
De forma estricta, no existe diferencia entre una persona que genere 200€ al mes por un trabajo puntual y aquel que ingresa 2.000 euros.
La versión semi legal del alta como autónomo sería darse de alta en el correspondiente epígrafe del IAE en Hacienda, presentando el modelo 036. Esto te permite facturar y te obliga a cumplir con las mismas obligaciones fiscales con Hacienda que siendo autónomo, pero sin cotizar.
Lo que ocurre es que, como te decía antes, existe cierto vacío legal al respecto, al extremo de que ni siquiera la jurisprudencia, resultado de las alegaciones de mucha peña que ha recurrido, es unánime.
Aunque hay personas que han conseguido ganar en los tribunales a la Seguridad Social, hay muchas otras que no han conseguido librarse de las sanciones en otros casos. Es decir, el riesgo de ser sancionados, es real.
En los casos en los que los jueces fallaron a favor a los trabajadores “autónomos”, se suele pedir la demostración de que los ingresos generados por la actividad no superan el SMI (Salario Mínimo Interprofesional), que oscila en torno a los 1323 euros mensuales o, lo que es lo mismo, 15876 euros al año.
Si llegados a este punto no te hace falta leer más para querer darte de alta como autónomo antes de que llegue un coche patrulla a tu casa, no dudes en contar con Ayuda T Pymes. Te ayudarán con todo el papeleo y además, te podrán asesorar con todos los problemas o dudas que te puedan surgir.