La Estimación Directa Simplificada es una de las formas en las que un trabajador autónomo puede escoger tributar el IRPF. En artículos anteriores de GesTron, con la ayuda de nuestros colegas de la asesoría Ayuda-T Pymes, ya hablamos de las demás opciones, la estimación directa normal y la objetiva o por módulos.
No sé si lo sabías, pero si estás acogido al régimen de estimación directa, en la próxima declaración de la renta podrías deducirte hasta un 20% de los rendimientos netos positivos en el IRPF generados. Te lo explico más abajo.
Además, hoy daremos respuesta a las principales dudas en torno a la Estimación Directa Simplificada, como los requisitos para tributar en Estimación Directa Simplificada; cómo se calcula el rendimiento de la actividad (tema que ya abordamos en el artículo de la Estimación Directa Normal); cómo se calcula la cuantía del pago fraccionado y cuáles son las reducciones en el rendimiento neto determinadas para 2018, entre otros aspectos interesantes.
Requisitos para tributar en Estimación Directa Simplificada
El Régimen de Estimación Directa Simplificado es el más común entre la mayoría de autónomos en nuestro país. Sin embargo, no todo el mundo cabe en esta modalidad, echa un ojo a los requisitos:
Sólo podrán tributar a través de Estimación Directa Simplificada los trabajadores autónomos cuya actividad económica, o conjunto de actividades llevadas a cabo por el mismo, no genere ingresos por encima de los 600.000 euros en el año inmediatamente anterior. Los autónomos que facturen más de 600.000 euros anuales por el conjunto de sus actividades, tendrán que tributar a través del Régimen de Estimación Directa Normal.
Asimismo, los autónomos que elijan tributar por el régimen simplificado no deben desarrollar actividades incluidas en el régimen de estimación objetiva o módulos.
Los trabajadores por cuenta propia que no hayan renunciado a su aplicación ni lleven a cabo otras acogidas a la Estimación Directa Normal.
Por defecto durante el primer año de actividad, el autónomo tributará por el régimen simplificado a no ser que renuncie o esté obligado a hacerlo mediante estimación objetiva.
¿Cómo debo calcular el rendimiento de mi actividad?
En el Régimen de Estimación Directa Simplificado se le aplica la misma normativa que regula el Impuesto de Sociedades, aunque con ciertas matizaciones expuestas por la Agencia Tributaria y que explico más abajo.
Rendimiento = Ingresos – Gastos
Ingresos: venta de productos y servicios, subvenciones, indemnizaciones percibidas, autoconsumo y otras partidas de ingreso.
Gastos deducibles: consumos de explotación, gastos en personal, recursos humanos, seguros sociales y Seguridad Social, alquileres, reparaciones, suministro de luz, agua, gas, etc., servicios de otros profesionales ajenos a la empresa, tributos susceptibles de deducción (IAE, IBI), gastos financieros, amortizaciones, entre otros.
A tener en cuenta en cuando a particularidades de gastos deducibles
- Las amortizaciones de inmovilizado material se calculan linealmente, teniendo en cuenta la tabla de amortizaciones simplificada. Así, podrán aplicarse los beneficios fiscales de amortización acelerada dispuesto para pequeñas empresas en el Impuesto de Sociedades.
- En «provisiones y gastos de difícil justificación» deben cuantificarse solo en un 5% del rendimiento neto positivo. En cambio, en Estimación Directa Simplificada no serán deducibles las provisiones.
- Si eres un autónomo económicamente dependiente puedes acceder a deducciones parecidas a las de rendimiento del trabajo.
¿Cómo calculo el pago fraccionado?
La cuantía del pago fraccionado trimestralmente ascenderá al 20% del rendimiento neto generado desde el primer día del año y el último del trimestre. A esto hay que restarle los pagos fraccionados y las retenciones soportadas en trimestres anteriores.
Para actividades agrarias y pesqueras, el pago fraccionado asciende al 2% de los ingresos trimestrales menos retenciones.
Para cumplir con tus obligaciones fiscales, una vez ya has escogido el régimen de tributación de IRPF en el modelo censal 036 o 037, en este caso el de Estimación Directa Simplificada, tendrás que presentar trimestralmente el modelo 130 de Hacienda.
Tienes hasta el día 20 de abril, julio y octubre y hasta el 31 de enero para gestionarlo. Las declaraciones trimestrales se completan con la anual del IRPF. La declaración anual del IRPF se presenta a través del modelo D-100, dentro del periodo que va desde el 2 de mayo hasta el 30 de junio del próximo año.
No olvides que aunque las declaraciones te salgan a 0 o negativas, debes presentarlas.
Reducción del 20% en los rendimientos netos en Estimación Directa del IRPF
Los autónomos que hubieran cursado su alta a partir de 2013 y que estén acogidos al Régimen de Estimación Directa Simplificado o normal, podrán aplicar una deducción del 20% en el rendimiento neto positivo durante los dos primeros ejercicios de actividad en los que su negocio generase rendimientos netos positivos.
En este sentido, para optar a dicha reducción no se debe haber desarrollado otra actividad el año antes de la fecha de alta en Hacienda, siendo aun aplicable de arrancar posteriormente actividades adicionales.
Si te has dado de alta dos veces en la misma actividad, a no ser que la primera fecha de alta fuera antes de 2013, el descuento no sería aplicable. Tampoco está disponible para autónomos económicamente dependientes o aquellos que generen más del 50% de sus ingresos a través de un solo cliente como pagador por cuenta ajena en una fecha anterior.
Las reducciones en el rendimiento neto solo se aplican hasta un importe de 100.000 euros netos al año. Es decir, si facturas más de esa cuantía, la bonificación no estará a tu alcance.
¿Cómo solicitar la deducción del 20%?
Para solicitar la reducción del 20% sobre rendimientos netos del IRPF, tendrás que presentar tu declaración de la Renta, cumplimentando el modelo 100. En la casilla 121 tendrás que reflejar el rendimiento de tu actividad, tal como te expliqué antes.
Debes marcar también las casillas en las que se hace referencia al derecho de reducciones por el desarrollo de ciertas actividades concretas (casillas 127 y 128) y el inicio de estas (casilla 129).
Luego, cuando tengas que presentar el trimestre (modelo 130), en cuanto al pago fraccionado del IRPF, no debes marcar ninguna casilla.
Estimación directa o módulos, ¿cuál me conviene más?
Como te comentaba al principio del artículo, como autónomo tienes varias opciones a la hora de declarar el IRPF. El Régimen de Estimación Directa Simplificado o el normal y el Régimen Objetivo –módulos-.
Tributar el IRPF a través de estimación directa simplificada o normal, implica basarse en la facturación e ingresos reales de un negocio a la hora de pagar la cuota de IRPF. Por el contrario, cuando un autónomo se acoge al régimen objetivo o por módulos –siempre que cumpla los requisitos para hacerlo-, se sabe que siempre se paga un importe determinado.
En resumen, con la Estimación Directa Simplificada o normal pagas cuantías variables a la Agencia Tributaria en concepto de IRPF y en el Régimen de Módulos, cuantías fijas.
¿Qué ocurre? Que los pagos a cuenta de IRPF dependerán, si escoges por ejemplo la Estimación Directa Simplificada, de las características de tu negocio en cuanto al tamaño de tu establecimiento, el número de trabajadores, de lo que gastes en suministros como la electricidad, entre otras opciones.
En cuanto al Régimen de Estimación Objetiva o por módulos, se tendrán en cuenta los ingresos generados por el autónomo al final del periodo fiscal (entre otros elementos) a partir de los que se asignará una cuota fija a pagar ante la Agencia Tributaria cada mes. No se tiene en cuenta el estado del negocio y si tiene pérdidas o ganancias. Pero… ¿Qué me conviene más como autónomo, si puedo elegir entre ambas modalidades?
Elegir entre Estimación Directa Simplificada o Módulos
En función de tu nivel de facturación y los beneficios que suela generar tu negocio, deberás decantarte por una u otra modalidad:
Debes escoger tributar el IRPF mediante estimación objetiva o módulos, siempre y cuando se nos permita por cumplir los requisitos, si el rendimiento real de tu negocio es superior al rendimiento objetivo calculado por el sistema de módulos (puedes adelantarte y calcularlo con tu software de contabilidad gratuito, Selfconta).
Ejemplo(s) estimación directa simplificada, normal o módulos.
Deberá escoger tributar mediante módulos un comercio con establecimiento pequeño y que no tenga o cuente con pocos trabajadores pero que, en cambio, tenga bastante facturación o ingresos. De este modo la cuantía que pagará cada mes a Hacienda será bastante más baja que la que le correspondería a su beneficio real.
Por el contrario, si un negocio tiene un establecimiento grande, consume mucha electricidad y tiene un montón de empleados, es mejor que se acoja al Régimen de Estimación Directa Simplificado o Normal. ¿La razón? Es más probable que los beneficios estimados superen los reales, lo que le servirá para compensar y pagar menos los periodos con ingresos reducidos.
Si prevés que en tu negocio va a ir aumentando los beneficios en los tres años siguientes y estás en módulos, ve planteándote la opción de acogerte a la estimación directa simplificada.
También es súper común que los ingresos sean mucho menores a los gastos, sobre todo en los primeros periodos de desarrollo de actividad. En ese caso, puede ser una opción bastante viable escoger tributar por estimación directa simplificada y luego, si cabe la posibilidad cumpliendo los requisitos estipulados, pasarse as módulos cuando el negocio y los beneficios se consoliden.
Además, ten en cuenta que en el régimen de módulos no podrás deducirte ningún gasto, ni siquiera la cuota como autónomo, al contrario que la estimación directa simplificada o normal.
¿Qué libros es obligatorio llevar en Estimación Directa Simplificada?
Si te acoges a la Estimación Directa Simplificada y desarrollas actividad empresarial, debes gestionar:
- Libro registro de Ventas e Ingresos
- Libro registro de Compras y Gastos
- Libro registro de Bienes de Inversión
- Libros exigidos por el IVA
Si te acoges a la Estimación Directa Simplificada y desarrollas actividad profesional, entonces debes llevar al día los siguientes libros contables:
- Libro Registro de Ingresos
- Libro Registro de Gastos
- Libro Registro de Bienes de Inversión
- Libro Registro de Provisiones y Suplidos
Si un autónomo factura al menos el 75% de tu facturación con retención, creo que tampoco tiene que presentar los 130 trimestrales ¿es así o estoy equivocada?
Así es 🙂