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¿Cuándo estás obligado a hacer la Declaración de la Renta siendo autónomo?

Si eres autónomo o estás pensando en serlo, puede que estés pensando en todas las obligaciones fiscales a las que tendrás que hacer frente. 

Y saber cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta es uno de los puntos más importantes que tienes que tener claro 😉

Obligaciones fiscales de los autónomos 

Las primeras obligaciones de los autónomos surgen antes de iniciar la actividad. Sí, sí, como lo lees. 

Cuando quieres poner en marcha un negocio tienes que comunicarlo tanto a la Agencia Tributaria como a la Seguridad Social

De este alta surgen las obligaciones de pagar impuestos, como el IVA y el IRPF y las cotizaciones mensuales. 

Pero…¿A qué impuesto se refiere la renta?

IRPF

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es el principal tributo que pagan los ciudadanos y los profesionales por percibir ingresos. 

Se paga un porcentaje sobre la diferencia entre ingresos y gastos deducibles. El tipo dependerá de las cuantías que se hayan percibido anualmente. 

Pero no todas las personas físicas están obligadas a presentar la declaración de la renta anualmente. 

Te lo explico 😉

Quién está obligado a hacer la declaración de la renta 

Cualquier persona física, ya trabaje por cuenta propia o ajena, sea pensionista o reciba otro tipo de rentas o ingresos durante el año natural anterior, debe presentar la declaración de la renta. 

Hay que tener en cuenta unos baremos. Esto quiere decir que las personas que hayan obtenido unos ingresos inferiores a los 22.000 euros o 14.000 euros, en función del número de pagadores y la cantidad recibida, no tienen la obligación de presentar la declaración de la renta.

En resumen, están obligadas a presentar la declaración de la renta todo aquél que haya ingresado más de 22.000 euros de un solo pagador o 14.000 euros de varios pagadores. En este último caso, la suma de los ingresos percibidos por el segundo y el resto tienen que superar los 1.500 euros al año.

Por otro lado, también están obligados a presentar la declaración los que reciban pensiones compensatorias del cónyuge o si el pagador no está obligado a hacer retención y todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Y, ¿quién no está obligado?

En el caso de los rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, …) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, …), siempre que unos y otras hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales, no tendrán que declararse. Ojito, porque esto será posible, siempre que estos sean sus únicos ingresos o cumplan las demás condiciones de no presentar.

Tampoco tendrán que hacerlo las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y las subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

🔴 ¡CUIDADO! En el caso de que superes uno de los limites, ya hay que presentar la renta de forma obligatoria.

Pero, si eres autónomos es algo diferente debido a las últimas modificaciones.

Obligación de presentar la renta si eres autónomo

Los autónomos, hasta hace unos años, tenían establecidos también unos límites, como el resto de personas, para determinar la obligación o no de presentar la declaración anual de IRPF. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, tenían la obligación de declarar los que hubieran obtenido unos beneficios netos que superaran los 1.000 euros al año

Pero todo esto ha cambiado con la modificación del sistema de cotización y de las cuotas de los autónomos.

Cambios con el nuevo sistema de cotización de autónomos

El nuevo sistema de cotización por ingresos reales ha traído, entre sus muchas novedades, la obligación para todos los emprendedores de declarar la Renta si están dados de alta como autónomos.

A partir de 2023, todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia o autónomos independiente de sus rendimientos tendrán que presentar la declaración de la renta.

Es decir, los que estén de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Esta obligación será independiente de los ingresos que hayan obtenido y del tiempo en el que permanezcan de alta como autónomos. Tiene el objetivo de conocer cuáles han sido sus ingresos para determinar la cuota a pagar mensualmente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 

Sin embargo, a pesar de que la obligación de presentar esta declaración simplemente por ser autónomo puede suponer tener que enfrentarse a más trámites y burocracia, en muchos casos puede ser beneficioso hacerla. Esto es así porque cuando un autónomo tiene ingresos bajos que le hacían no tener la obligación de presentar la declaración, al hacerla es muy probable que pague muy poco o, incluso, que pueda recibir alguna devolución cuando se beneficie de deducciones y reducciones disponibles.

¿Tienes claro cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta? Espero que con toda la información que te he explicado sepas que tendrás que hacer la declaración de la renta si eres autónomo. 

Para elaborar y presentar la declaración de la renta correctamente, lo mejor es contar con personal que pueda asesorarte y encargarse de todos los trámites relacionados con los impuestos de tu negocio. Ayuda T Pymes puede ser tu mejor aliado 😉

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