Uno no puede hacerlo todo solo. Eso lo sabe un autónomo y hasta un superhéroe como yo.
No dudo que tú también tengas superpoderes en lo tuyo ⚡ Pero ambos sabemos que para CRECER y expandirse, hay que delegar.
¿Estás hasta arriba ya y necesitas una mano en el negocio? Primero, tranquilidad.
Y ahora sigue leyendo, porque voy a contarte si un autónomo puede contratar a otra persona 🤝
Al lío, que tenemos plancha.
Soy autónomo y quiero contratar a otro autónomo, ¿es posible?
La respuesta es sí, un autónomo puede contratar a otro. Aunque hay una condición a tener en cuenta.
📑 Necesitarás un contrato, como en cualquier relación laboral. Pero no será un contrato laboral, sino un contrato mercantil de prestación de servicios.
El autónomo al que vas a contratar no va a ser un empleado que recibirá tus órdenes y al que tendrás que pagar la Seguridad Social. Será un profesional que realice los servicios que tú le encargues como cliente. Por eso firmaréis un contrato mercantil y no laboral.
No va a haber una nómina. El otro autónomo hará una factura que refleje los servicios y precios contratados, y tú le pagarás lo que acordéis en el contrato 💲
Te diré algo para que no te coja por sorpresa: aunque no tengas que pagar a la Seguridad Social, el precio de contratar a un autónomo puede ser más caro que el de un trabajador.
Es lógico; como autónomo sabes que esa persona es un microempresario con unas unas responsabilidades fiscales que no tiene un trabajador por cuenta ajena.
Soy autónomo y quiero contratar a un trabajador, ¿puedo hacerlo?
Sí, un autónomo puede contratar a un trabajador. De hecho es una situación muy habitual.
Detrás de cada pequeño negocio local en el que hay uno o varios empleados no suele estar una sociedad, sino un empresario individual que ha contratado a un trabajador ✅
La situación es distinta a cuando contratas a otro autónomo, porque a un empleado sí tienes que darlo de alta en la Seguridad Social. Hay dos escenarios posibles:
- Que sea su primer trabajo: utilizarás el Modelo TA.1, ya que la Seguridad Social tiene que asignarle un número de afiliación que será el mismo durante toda la vida laboral de esa persona.
- Que haya trabajado antes: tienes que darlo de alta de nuevo en la Seguridad Social, utilizando el Modelo TA.2/S.
Para contratar a un trabajador debes seguir además los siguientes pasos:
- Presentar el Modelo TA.7, para obtener un código de cuenta de cotización con el que ingresar el importe de los seguros sociales del trabajador.
- Dar de alta al trabajador en Seguridad Social.
- Aportar una copia del contrato laboral en el SEPE en un plazo de 10 días. Puedes hacerlo a través de su Sede Electrónica.
- Realizar los pagos de las cotizaciones del trabajador. Puedes utilizar el sistema Cret@ o el Sistema de Liquidación Directa.
¿Cuántos trabajadores puede contratar un autónomo?
Según la actividad que realice el autónomo, podrá contratar a entre 2 y 10 empleados. El número de trabajadores que puede contratar un empresario individual se regula en el artículo 3.1.d) de la Orden HAC/1264/2018, de 27 de noviembre.
Por ejemplo, para el despacho de pan o el comercio al por menor de pastelería, un autónomo puede contratar a un máximo de 6 empleados. En el comercio al por menor de muebles puede contratar hasta 4 trabajadores.
¿Puede un autónomo contratar a un empleado a comisión?
Sí, puede hacerlo. Pero tendrá que respetar los siguientes aspectos:
- Debe seguir todos los pasos que expliqué antes para contratar a un empleado.
- El contrato será mercantil, pero si el trabajador tiene que estar físicamente en un local trabajando será un contrato laboral.
- Tendrá que pagarle el Salario Mínimo Interprofesional según el número de horas de su jornada laboral. Ojo, que pagar a comisión es INCENTIVAR y no explotar ❌
¿Un autónomo puede contratar a un familiar?
Sí, un autónomo puede contratar a una persona de su familia. Pero el artículo 12 de la Ley General de la Seguridad Social establece que salvo prueba en contrario, no se considerarán trabajadores por cuenta ajena:
- El cónyuge.
- Los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y por adopción en su caso, ocupados en su centro o centros de trabajo, si conviven con él y están a su cargo.
Cuando se cumplan esos requisitos, el autónomo tendrá que contratar a su familiar como autónomo colaborador.
Para contratar a un familiar como asalariado es necesario que:
- Pueda acreditarse que no hay dependencia entre el autónomo y su familiar, por ejemplo porque no convivan.
- Se abone al trabajador el salario mínimo establecido en el convenio colectivo.
Además, si queremos contratar a un familiar con un contrato contrato indefinido Familiar de Trabajador Autónomo, tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive del trabajador autónomo.
- Estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo.
¿Es mejor contratar a otro autónomo o a un trabajador?
Para responder a esta pregunta debes repasar las ventajas y los inconvenientes de cada modalidad.
Al contratar a otro autónomo, no tienes que pagar las cotizaciones a la Seguridad Social ni asumes los riesgos de contratar a un empleado (si la producción o las ventas caen, quizás no puedas seguir pagándole).
Pero a otro autónomo no puedes imponerle ningún horario, ni la forma o el lugar en el que realizar tu encargo. Además, el precio de contratarlo puede ser más caro que el de un empleado, por sus obligaciones fiscales.
Cuando contratas a un empleado, tienes que darlo de alta y pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social. Además te comprometes mediante un contrato laboral a tenerlo contratado durante un tiempo determinado, y tienes que ajustarte a lo que establece la ley en este sentido.
La ventaja es que a un empleado sí puedes darle instrucciones concretas sobre cómo, cuándo y dónde tiene que hacer su trabajo, respetando siempre sus derechos como trabajador.
👩🏫 ¡Recuerda! Contratar a un autónomo es más conveniente para una tarea puntual. Si necesitas una persona que te preste sus servicios a largo plazo, puede ser más interesante que contrates a una persona como asalariada.
Contratar a otra persona, sea como autónoma o por cuenta ajena, tiene su «miga». Quizás los trámites los tengas claros, pero realizarlos es otra cosa.
¿Para qué tanto lío? En AYUDA T PYMES tenemos a los mejores asesores que pueden hacer este trabajo por ti, ¡y así tú te centras en lo tuyo! ¿No es mucho mejor así?
Soy autónomo y tengo mi propio negocio y local,otra empresa puede contar a un trabajador y que trabaje en mi local conmigo?
Gracias
Hola Víctor. Depende de la actividad que realice si se trata de un asalariado y no de un autónomo. Te pongo por ejemplo aquellas personas que realizan encuestas en centros comerciales u ofertan promociones en estancos. O también, si se trata de una ETT, en el caso de que su actividad esté enfocada por completo a los objetivos de la tuya. En cualquier otro caso debería ser contratada por el negocio para el que trabaja, a falta de más datos.