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Descubre cómo se hace una Factura Intracomunitaria

¡Hasta el infinito y más allá!, decía hace algún tiempo Buzz Lightyear, un superhéroe espacial con mucha iniciativa, por lo que estoy seguro de que era un autónomo trabajando para Pixar 🚀

Y es que, cuando se tiene un negocio, uno vuela hasta donde haga falta si se trata de vender, «incluso al extranjero». Pero tranquilo, que no siempre es necesario ir tan lejos para hacer negocios. Puedes establecer relaciones comerciales con empresas más cercanas como, por ejemplo, en la Unión Europea.

Pero, una vez lo has conseguido, surge la duda: ¿cómo se hace la factura cuando vendes a una empresa en Francia, Alemania, etc.? ¿La hago con IVA o sin IVA? Y cuando me venden, ¿me incluyen IVA en la factura?, ¿cómo se contabiliza?

Es normal que tengas dudas, pero te juro por las orejas de «peppa pig» que si te quedas leyendo hasta el final, lo sabrás todo y podrás hacer unas facturas intracomunitarias muy «top»

🚗 Vamos que nos vamos a contar facturas.

Qué es una factura intracomunitaria

Una factura intracomunitaria es una factura derivada de una operación mercantil entre dos operadores de la Unión Europea que cumple los requisitos del IVA intracomunitario. Es decir, operaciones comerciales donde ambas partes son empresarios a efectos de IVA, y una de ellas está situada fuera de España.

¿Las facturas intracomunitarias llevan IVA?

En las facturas Intracomunitarias no aparece IVA, siempre que, tanto el cliente como el proveedor tengan un número de NIF-IVA de operador Intracomunitario. Es decir:

  • Si disponen de NIF- IVA intracomunitario y aparecen en el censo VIES como operador ROI: el empresario del otro estado miembro emitirá una factura intracomunitaria sin IVA y nosotros la autorrepercutiremos con IVA.
  • Si no disponen de NIF-IVA intracomunitario o se trata de clientes particulares o consumidores finales: el empresario del otro estado miembro emitirá una factura intracomunitaria con el IVA de ese Estado.

Lo más práctico es que, si realizas operaciones intracomunitarias de forma habitual, solicites a la Administración el número NIF-IVA necesario para realizar este tipo de operaciones.

Se hace mediante el modelo 036 de AEAT solicitando además en este modelo, el alta como operador en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) marcando la casilla 582 y consignando la fecha prevista para la primera operación en la casilla 584.

👩‍🏫 Agencia Tributaria resuelve la solicitud en el plazo de tres meses. Si transcurre ese plazo sin respuesta, puedes considerar denegada la solicitud del número NIF-IVA.

La asignación del NIF-IVA conlleva que el operador será incluido en el censo VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA) y así, no tendrás obligación de incluir IVA en las facturas si tu cliente también está inscrito, operando bajo los criterios del IVA Intracomunitario.

Si quieres consultar el VIES y comprobar si un operador intracomunitario español o de otro estado miembro, está censado, accede desde aquí a la página web de la Agencia Tributaria. Con ello te asegurarás de no cometer errores al emitir o recibir las facturas ✅

Qué es el NIF- IVA Intracomunitario

Es el número fiscal necesario para poder intervenir en una operación intracomunitaria. En España se forma con las letras ES y a continuación el número fiscal español NIF/CIF igual que en el resto de países europeos.

Si se utiliza este NIF-IVA es obligatorio presentar el modelo 349 que es una declaración informativa de todas las facturas intracomunitarias emitidas y recibidas en el periodo.

El plazo de presentación del modelo 349, depende del volumen de operaciones intracomunitarias:

  • Mensual: para empresas con un volumen superior a 50.000 euros
  • Trimestral: si no supera los 50.000 euros
  • Anual: cuando los ingresos generados no hayan superado los 35.000 euros, y las entregas de bienes a otro estado miembro no exceda de 15.000 euros
  • Bimestral: si al finalizar el segundo mes del trimestre, has superado los 100.000 euros

En este modelo se deben especificar todos los datos de la empresa del otro estado miembro, NIF Intracomunitario, denominación social, volumen de operación y tipo de operación.

Cómo se emite una factura intracomunitaria

La factura intracomunitaria debe contener los mismos elementos que cualquier otra factura legal:

  • Número de factura: la numeración debe ser correlativa en fecha y número. Puedes crear una numeración distinta para las intracomunitarias diferenciándolas de las nacionales. Ej.: FES 2021/001 y FINTRA 2021/001)
  • Datos del vendedor y del cliente: nombre o razón social y dirección.
  • Descripción de los bienes y servicios prestados.
  • Precio de cada unidad.
  • Importe total de factura.

Al ser una operación intracomunitaria, no hay que hacer retención de IRPF.

🕵️‍♂️ En todas tus facturas intracomunitarias debes incluir un aviso indicando que se trata de una “Operación exenta de IVA de acuerdo con la Directiva Europea”.

Ejemplo de factura Intracomunitaria

Factura emitida

Supongamos un profesional español que se dedica a la programación informática y recibe un encargo de una empresa italiana para hacer un programa para la Compañía en Italia. Estos trabajos se presupuestan en 4.000 euros, ¿Cómo haríamos la factura Intracomunitaria?

Esta factura no está sujeta a IVA, ya que el servicio prestado va destinado a Italia. La emitiríamos con todos los datos obligatorios que hemos visto antes pero sin IVA.

Factura recibida

Supongamos ahora que una empresa española que fabrica y vende zapatos y está gestionada por una Sociedad decide comprar tapas para tacones a una empresa en Alemania. 

¿Cómo se contabiliza la factura Intracomunitaria que recibirá por la compra?

La empresa española recibirá dicha factura intracomunitaria sin IVA, pero en su contabilidad la tendrá que autorrepercutir, deberá soportar y repercutir el IVA de la operación, dando lugar a un efecto neutro en el resultado de su liquidación de IVA.

Además, tendrá que informar en el Modelo 349 de la denominación social, domicilio, descripción de los bienes comprados, precio de cada unidad y CIF de la empresa alemana a quien ha realizado la compra y el volumen de operaciones realizadas anual y trimestralmente ⏰

Factura recibida por un comerciante que tributa en Recargo de Equivalencia

En el caso de los comercios minoristas que tributan en recargo de equivalencia, tienen que liquidar el IVA de la operación realizada, más el recargo de equivalencia correspondiente.

Por ejemplo, supongamos un minorista que vende bolsos, y compra en Italia una partida de bolsos por valor de 10.000 euros, ¿qué IVA tendrá que ingresar a Hacienda?

La factura Intracomunitaria que recibirá el minorista desde Italia vendrá emitida por un total de 10.000 euros a la que habrá que añadir el IVA del 21% de España y su recargo de equivalencia correspondiente a su actividad, que es del 5,20 %. De forma que:

10.000 euros x 21% = 2.100 euros más el recargo que sería 10.000 x 5,20 % = 520 euros, dando un ingreso total a Hacienda de 2.620 euros, que ingresará mediante el modelo 309 de recargo de equivalencia.

Bueno, pues si has llegado hasta aquí, ya tienes «nivel pro» en facturas intracomunitarias.

Pero, si a pesar de ello, prefieres delegar en nuestros compañeros especialistas de AYUDA T PYMES para que te lo dejen todo niquelado, clica abajo y se pondrán manos a la obra.

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