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Guía para rectificar una declaración de IVA ya presentada

Dicen que rectificar es de sabios, pero cuando se trata de temas de Hacienda el error puede tener distintas soluciones dependiendo de dónde hayamos metido la «gamba».

Nadie nace enseñado y un mal día lo tiene cualquiera. Quién no se ha confundido alguna vez al hacer la declaración de IVA, y se ha preguntado al darse cuenta ¿Y ahora qué hago? ¿Cómo rectificar el IVA?

Nadie puede garantizar que no te vuelva a ocurrir, pero si te sucede después de haber leído enterito este artículo, te prometo que sabrás rectificar una declaración de IVA ya presentada y evitar males mayores.

Agárrate fuerte que comenzamos el viaje hacia la declaración complementaria del IVA 🚀

¿Se puede rectificar un IVA ya presentado?

No te preocupes, todo tiene solución en esta vida (bueno, casi todo). Sí, se puede rectificar el modelo 303 de IVA aunque ya esté presentado en la Agencia Tributaria. ¿Cómo? Pues depende de a quién favorezca la rectificación:

  • La rectificación favorece a la Agencia Tributaria.
  • La rectificación te favorece a ti. 

En ambos casos existe solución, pero los trámites y procedimientos son muy distintos. Los vemos 👩‍🏫

Rectificación del IVA a tu favor (declaración sustitutiva)

Si consideras que has cometido un error en la autoliquidación de IVA y te perjudica como contribuyente porque has pagado de más o te van a devolver de menos, podrás obtener compensación del perjuicio iniciando un procedimiento tributario de rectificación de autoliquidación.

No es una declaración fiscal propiamente dicha sino una reclamación. Ejemplo: olvidamos declarar algún gasto de la actividad que se podía deducir o tecleamos incorrectamente un importe superior por una factura cobrada.

Cómo se solicita la rectificación sustitutiva del IVA

Mediante un escrito a la Agencia Tributaria solicitando la rectificación de la autoliquidación. Lo puedes hacer a través de internet mediante certificado digital o presentándolo en persona en cualquier oficina de AEAT junto al modelo 303 erróneo. En este caso, el plazo de respuesta teórico es de seis meses, pero suele extenderse.

El escrito a Hacienda debe contener la siguiente información:

  • Fecha de presentación del modelo 303
  • Ejercicio al que corresponde el modelo 303
  • Medio de presentación del modelo, telemático o en papel
  • El número de registro de la presentación y su número CSV (código seguro de verificación).
  • Número de justificante de la declaración
  • La cuota de autoliquidación real y el importe a devolver
  • Explicar y detallar el motivo del error y el importe que debería devolverte la Agencia Tributaria.
  • El número de cuenta bancaria donde quieres que se realice el ingreso.

Rectificación del IVA a favor de Hacienda (declaración complementaria)

«Más vale una vez rojo que cien colorado» Si la rectificación del error cometido favorece a la Agencia Tributaria debes presentar una autoliquidación complementaria de IVA para solicitar lo que corresponda ✅

  • La devolución o compensación de una cantidad menor
  • Ingresar un importe mayor

Las autoliquidaciones solo pueden ser complementarias, es decir, siempre dan como resultado una cuantía favorable a la Administración, a diferencia de lo que ocurre con las declaraciones informativas como, por ejemplo, el IVA anual, que pueden tener carácter de complementarias o sustitutivas, ya que no llevan asociado ingreso o devolución.

👩‍🏫 La declaración complementaria de IVA se presenta cuando, por error, existe una deuda tributaria a favor de Hacienda. Deberás presentarla en el modelo 303 marcando la casilla «autoliquidación complementaria».

Los requisitos para poder presentar una declaración complementaria son:

  • Siempre debe existir una autoliquidación anterior presentada a la que complementa y de la cuota tributaria resultante de la autoliquidación complementaria se deducirá el importe de la autoliquidación inicial.
  • Si se presenta una autoliquidación complementaria por una devolución improcedente, se debe ingresar esa cantidad devuelta más la cuota que resulte a pagar en la complementaria.
  • En su presentación hará constar que se trata de una autoliquidación complementaria en concepto de IVA y el trimestre al que se refiere, consignando todos los datos (los nuevos y los que se incluyeron en la declaración inicial).

La autoliquidación complementaria puede presentarse dentro del plazo de presentación del IVA (no es lo habitual y no genera sanciones) o fuera de plazo, lo que genera un recargo que irá el recargo será un porcentaje igual al 1%, más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración.

Cómo se solicita la rectificación complementaria del IVA

El paso a paso es muy sencillo:

  1. Rellena el nuevo modelo 303 indicando los importes correctos en cada casilla hasta llegar al resultado de liquidación en la casilla 69.
  2. En la casilla 70 de la nueva presentación donde dice «A deducir» escribe el resultado de la anterior declaración. Esta cantidad estará restando en esta nueva declaración el importe que ya pagaste en la anterior, por lo que en la casilla 71 te aparecerá el nuevo resultado de liquidación: más a pagar o menos a compensar.
  3. Más abajo, en el apartado «Complementaria», marca la casilla “Autoliquidación complementaria” e indica el número de Justificante de la primera declaración presentada y que encontrarás en la carátula del pdf que te descargaste en su momento.
  4. Firmas, la envías a través de la Sede Electrónica como haces siempre «et voilà» ¡Hecho!

Bueno, pues misión cumplida, ahora sabes rectificar una declaración de IVA ya presentada 📣

No obstante, si quieres evitar despistes con Hacienda que pueden ser muy dolorosos para tu bolsillo, en AYUDA T PYMES tienes a tu disposición un superequipo de especialistas tributarios que estarán encantados de ayudarte con este tipo de gestiones. Solo clica en el botón abajo, deja tus datos y contactarán contigo.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Miguel Ángel dice:

    Hola, muchas gracias por vuestros consejos, presente en el segundo trimestre del 2023 el modelo 303 una factura duplicada y pagué más IVA de lo queme correspondía, entiendo que debo hacer un escrito a la Agencia Tributaria dando los datos y solicitando la devolución, pero tengo que hacer un nuevo modelo 303 y también modificar el 390 que ya he presentado del 2023 ?
    Muchas gracias

  • Lola dice:

    He presentado un 303 del 1T. Quería aplazar el pago pero me he equivocado y no he marcado la opción. Como puedo rectificar la declaración. Si la hago de nuevo y escojo la opción modificar la declaración, al final me la rechaza por duplicada

  • Mary dice:

    Buenas noches, quisiera preguntarles que debo hacer en mi empresa la persona que me declaraba el IVA cometió varios errores en la declaración.
    En el mes 8 del 2023 declaró una factura de venta exenta
    De igual forma en el mes 9 declaró una factura exenta
    En el mes 10 declaró una factura de compra que había Sido declarada en el mes 9
    Y en el mes 11 dejo de declarar una factura de comprá.
    Que puedo hacer soy una nueva empresa y acabo de contratar a alguien para hacerme la contabilidad y me está pidiendo las declaraciones y facturas y se dió cuenta de todo el error

    • GesTron dice:

      Hola Mary. Habrá que modificar dos trimestres del ejercicio anterior. Desconozco las dimensiones de tu empresa, pero si no es enorme lo ideal es delegar las funciones de contabilidad y tributación a una asesoría, ya que sale mucho más rentable. Si contactas con nuestros asesores pueden regularizar toda tu situación para que estés tranquila y con todas tus obligaciones al día.

  • Carolina dice:

    Hola, tengo que rectificar el nombre de la empresa que me efectuó el pago, después de haber presentado la declaración del IVA trimestral.
    Me iba a pagar una empresa y me pagó la otra, que eran socios. Yo escribí el nombre de la empresa que en un principio iba a efectuar el pago pero me pagó el socio. Como cambio el nombre de la empresa?
    gracias

  • paola colmenaarez dice:

    Hice una declaracion en 0 involuntariamente, como hago para modificarlo,la persona si tuvo ventas, pero todo exento, no paga iva

  • LOLI dice:

    Buenas tardes,

    ME acabo de dar cuenta que en la liquidación de Iva del trimestre pasado he puesto el importe que correspondía en la casilla
    «En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes ……………………………… 36″ la he puesto en la casilla
    » Por cuotas soportadas en operaciones interiores con bienes de inversión ……………………… 30″ Es mas a nivel informativo, no afecta el resultado de la liquidación,¿cómo podría solucionarlo antes de que Hacienda se de cuenta?, por favor

    • GesTron dice:

      Hola Loli. Si no afecta al resultado de la liquidación, tienes que presentar solo una solicitud de rectificación de la autoliquidación antes de que transcurran cuatro años desde la finalización del plazo.

  • Olga dice:

    Hola, si he presentado un Iva con más devolución de la que toca ,y quiero presentar complementaria. Cuál es la sanción ?

    • GesTron dice:

      Hola, la sanción por parte de administración es del 1% por cada mes que sobrepase del periodo voluntario, sobre la devolución solicitada de más. También debes tener en cuenta que debes modificar el 390.

  • emily dice:

    hola buenas tardes por error declare mal el monto del la base imponible que de debe hacer

  • Meecedes dice:

    El 1T/2022 lo pague por Caixabank pero no me sale en la base de consultas de declaraciones presentadas. ¿Puede ser que se haya pagado y se me olvidara presentarla? ¿Si es este el caso como la presento?

  • VIVIANA dice:

    Hola buenas tardes, se hizo una declaración de IVA en el mes de julio con facturas del mes de agosto
    Que debo hacer al respecto.
    No hay pago ni a favor ni al Seniat.!

    • GesTron dice:

      Hola Viviana. Pues depende de cómo quede la declaración de IVA tras modificarla.
      – Si el modelo ya modificado sale a favor de Hacienda, es decir, más a pagar, menos a compensar o devolver: tendrás que presentar una complementaria del modelo.
      – Si el modelo ya modificado es a favor del contribuyente, es decir, sale a 0 o menos a pagar o más a compensar: tendrás que hacer un borrador del modelo 303 y presentarlo junto con un escrito donde expliques el error cometido y solicitar la rectificación. En este caso, aconsejamos aportar también el listado de facturas correctas que se han debido ser declaradas en el modelo.
      Es una cuestión que tienes que manejar muy bien para hacerla, si tienes dudas contacta con nuestros asesores especialistas en fiscal.

  • Fabian dice:

    Buenas tardes. Hice la presentación del modelo 303 pero no he informado las ventas exentas de iva en la casilla 122. Que debo hacer en este caso? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Fabián. Para corregir una declaración hay varios caminos en función de si has pagado de más o de menos, o si es una casilla informativa. En este enlace tienes la respuesta.

  • ASTRI dice:

    Hola, en mi caso en el 4t he declarado mas iva soportado del que debiera, entiendo que para subsanarlo tengo que presentar la declaración complementaria. ¿es correcto?

  • ada dice:

    Y si he puesto mal las bases, pero el iva es correcto, como lo modifico?

    • GesTron dice:

      Hola, Ada. Si el error no afecta al resultado de la liquidación, deberás presentar una solicitud de rectificación de la autoliquidación antes de que transcurran cuatro años desde que finalizó el plazo de la presentación.

  • Rafael Pardo Martinez dice:

    En el modelo 303 4 trimestre, no he puesto el total anual que importa 3.300 €. He hecho la declaracion todos los trimestre. Como subsanarlo?.

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