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Deducir gastos de un coche: ¿qué debes tener en cuenta?

Hoy en GesTron hablamos sobre cómo deducir gastos de un coche. En gran parte de la actividad económica, tanto empresarial como profesional, desarrollada por los autónomos es imprescindible uno o más vehículos.

Si nos estás leyendo y es tu caso, sabemos que tendrás dudas sobre cómo deducir gastos de un coche derivados en el IRPF e IVA. Hoy, con la ayuda de nuestros compis de la asesoría Ayuda T Pymes, vamos a intentar despejarlas. Aunque te adelanto que el sistema de Hacienda es diferente a la hora de deducirse el IVA o el IRPF.

Te detallamos cuándo y cómo podrás deducir gastos de un coche

Los gastos del vehículo se pueden deducir en tus declaraciones de IVA e IRPF en caso de que seas autónomo y necesites emplear transporte para el desarrollo de tu actividad. En este artículo, vamos a destacar la importancia de aclarar en la contabilidad del autónomo todas las cuantías y de qué forma afectarán a lo que debas pagar (o no) en función al IVA o al IRPF. Como todo en esta vida, depende de cada caso.

Concepto de afectación total del vehículo a la actividad económica

Es muy difícil, por no decirte casi imposible, probar a Hacienda que tu vehículo sólo lo utilizas para fines comerciales y en ningún momento ni circunstancia de forma personal. La movida reside en probar la afectación al 100% exclusiva, aunque se puede recurrir a cualquier prueba admitida en Derecho, por ejemplo demostrando un segundo vehículo para fines personales, registrando el kilometraje, desplazamientos realizados, agenda de visitas a clientes y proveedores… Es complicado vencer a Hacienda, porque es posible que considere inconsistentes estas pruebas, aunque existen diferentes sentencias judiciales a favor del trabajador autónomo.

Si en tu caso estás dado de alta en Hacienda como transportista o comercial, la verdad es que lo tienes mucho más fácil.

Deducción del IVA de los gastos del vehículo afecto a la actividad

El criterio general establece que la deducción se hace en caso de realización de operaciones de entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas y no exentas, y cuando las cuotas sean soportadas por repercusión directa.

En el artículo 95.3.2 de Ley del Impuesto sobre Valor Añadido (IVA), se nos indica que en caso de emplear vehículos automóviles de turismo y sus remolques, se entienden “involucrados” al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en la proporción del 50%. Es decir, podrás deducirte solo la mitad de los gastos.

¿En qué casos se pueden deducir gastos de un vehículo al 100%?

La normativa de IVA e IRPF mantiene el mismo criterio sobre el tipo de transporte a la hora de deducir los gastos de un vehículo. Es decir, podrás deducir el 100% de IVA e IRPF, siempre que en el desarrollo de tu actividad emplees:

  1. Vehículos mixtos utilizados para el transporte de mercancías. ¿Cuándo se considera un vehículo mixto? La normativa Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el vehículo mixto responde a automóvil especialmente dispuesto para el transporte de mercancías y personas hasta un máximo de nueve incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.

2. Vehículos utilizados como servicio de transporte de viajeros mediante contraprestación.

3. Vehículos utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.

4. Los vehículos utilizados por sus fabricantes a la hora de realizar pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.

5. Los vehículos utilizados para desplazamiento profesionales de los representantes o agentes comerciales.

6. Los vehículos utilizados en servicios de vigilancia.

¿Cuáles son los gastos de IVA del vehículo que puedes deducirte?

Te recomendamos que siempre, siempre pero siempre cuentes con una factura que justifique el gasto y esté incluida en tu contabilidad para deducirte las cuotas soportadas de IVA, como norma general el 50% o al 100%, siempre que el uso y el tipo de vehículo encaje en lo detallado anteriormente, en función a gastos de adquisición, gastos de combustible, reparaciones y revisiones, servicios de aparcamiento, parking y peajes.

Para llevar un control del gasto de tu vehículo afecto parcialmente a la actividad, debes tener en cuenta el número, fecha, tipo de gasto, proveedor y CIF, cuota de IRPF y cuota de IVA.

¿Cuál es la situación de los taxistas o autónomos del transporte?

Si tienes un monovolumen/furgoneta que utilizas para el transporte de materiales, además lo tienes rotulado con tu nombre comercial, si dispones de un vehículo para uso particular (monovolumen/furgoneta), no siendo este de alta gama y en el mercado está catalogado como vehículo con alternativa industrial, podrás deducir el 100% de las cuotas de IVA que has soportado por la adquisición y/o mantenimiento de este vehículo.

Para los profesionales de este sector su vehículo y carburantes son indispensables en su actividad laboral. No existe la misma flexibilidad en el resto de actividades económicas, por ello, es muy importante que te asegures de la cantidad que inviertes en tu vehículo y en gasolina  puedes incluir como gastos.

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